ANLA - Auto 001252 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 001252 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 001252 (25 FEB. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS
Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto - Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025, y
CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, otorgó a la Universidad Tecnológica de Pereira (UTP), con NIT 891.480.035-9 y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1111, Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para ejecutarse a nivel nacional, el cual incluye la autorización para la movilización de los especímenes a ser
Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para ejecutarse a nivel nacional, el cual incluye la autorización para la movilización de los especímenes a ser recolectados, por una vigencia de diez (10) años no prorrogables, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo, es decir, desde el 11 de diciembre de 2024. La Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024 fue publicada en la gaceta de esta Entidad el 24 de diciembre de 2024, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 71 de la Ley 99 de 19931. La Universidad Tecnológica de Pereira (UTP), mediante radicado 20266200226502 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 3500891480035926003, presentó a la ANLA solicitud de modificación del citado Permiso Marco de Recolección, en el sentido incluir dos 1 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones.Auto. No. 001252 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la
Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 (2) grupos de investigación, pertenecientes a un programa académico, y trece (13) investigadores asignados a dichos grupos de investigación, tal y como se relaciona en el Formato de Modificación y los documentos anexos presentados. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 2 señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 2 establece que “La entidad administrativa competente al recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental o al comenzarla de oficio dictará un acto de iniciación de trámite que notificará y publicará (…)”. El Decreto 1076 de 2015 3, mediante el cual se unificaron las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre éstas, el Permiso Marco de Recolección. El artículo 2.2.2.8.2.1 del Decreto 1076 de 2015 establece, respecto del Permiso Marco de Recolección, que las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos
Recolección, que las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco de Recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución. El parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada por un Permiso Marco de Recolección vigente. Con relación a la solicitud de modificación del Permiso Marco de Recolección, se debe indicar que el artículo 2.2.2.8.2.6 del decreto en mención, establece que el titular de dicho Permiso, durante la vigencia del mismo, podrá solicitar la inclusión de nuevos programas de investigación o modificar los investigadores nacionales o extranjeros adscritos a cada programa, para lo cual deberá tramitar la modificación del respectivo permiso, atendiendo lo señalado en el Formato de Modificación del Permiso Marco de Recolección. El artículo 2.2.2.8.5.2 ibidem, en su numeral 1, indica que, recibida la solicitud, en este caso de modificación del Permiso de Recolección con el lleno de los requisitos, la autoridad competente expedirá el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993 o la norma que la modifique, sustituya o derogue, dentro de los cinco (5) días 2 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.Auto. No. 001252 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 3 de 6
2 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.Auto. No. 001252 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 siguientes a su recepción y publicará un extracto de la solicitud en su portal de Internet, para garantizar el derecho de participación de posibles interesados. El artículo 2.2.2.8.6.5 del precitado decreto establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los Permisos de Recolección. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, otorgó a la Universidad Tecnológica de Pereira (UTP) Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y, en su artículo séptimo, estableció que “(…) durante la vigencia del permiso, podrá solicitar la inclusión de nuevos programas de investigación o modificar los investigadores nacionales o extranjeros adscritos a cada programa, para lo cual deberá tramitar la modificación del respectivo permiso, atendiendo lo señalado en el Formato de Modificación del Permiso Marco de Recolección, de
de investigación o modificar los investigadores nacionales o extranjeros adscritos a cada programa, para lo cual deberá tramitar la modificación del respectivo permiso, atendiendo lo señalado en el Formato de Modificación del Permiso Marco de Recolección, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.2.8.2.6 del Decreto 1076 de 2015. (…)”. En tal sentido, la Universidad Tecnológica de Pereira (UTP), en virtud del artículo 2.2.2.8.2.6 del Decreto 1076 de 2015, mediante radicado 20266200226502 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 3500891480035926003, solicitó modificar la precitada Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, adjuntando el respectivo Formato Único Nacional de Modificación del permiso. Verificada la información aportada mediante el radicado en mención y teniendo en cuenta que la Universidad Tecnológica de Pereira (UTP) acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al
El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11 del Decreto 376 de 2020 3, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. 3 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”.Auto. No. 001252 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 El numeral 3 del artículo 36° de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39° ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección
Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39° ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, designada mediante la Resolución 990 de 2025, la de contribuir a la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad.
En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, a la Universidad Tecnológica de Pereira (UTP), con NIT 891.480.035-9 y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1111, conforme a la solicitud efectuada mediante la comunicación de radicado 20266200226502 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 3500891480035926003. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de modificación de la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, continuarán en el expediente RCM0016-00-2024.
3500891480035926003. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de modificación de la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, continuarán en el expediente RCM0016-00-2024. ARTÍCULO SEGUNDO. Esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la documentación presentada mediante el comunicado 20266200226502 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 3500891480035926003, con el fin de pronunciarse sobre el trámite de modificación de la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024. ARTÍCULO TERCERO. Notificar el presente acto administrativo a la Universidad Tecnológica de Pereira (UTP), a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO CUARTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), junto con el formato de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, presentado por la Universidad Tecnológica de Pereira (UTP), en cumplimiento del numeral 1° del artículo 2.2.2.8.5.2 del Decreto 1076 de 2015.Auto. No. 001252 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6
Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 20114.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 25 FEB. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
JOHANNA MONTES ACOSTA
CONTRATISTA
OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ
CONTRATISTA
Expediente No. RCM0016-00-2024
Fecha: 23 de febrero de 2026
Proceso No.: 20265300012525
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad
4 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 001252 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 2598 del 26 de noviembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6FORMATO DE MODIFICACION
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Ministerio de Ambiente y
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
1. DATOS GENERALES DEL TITULAR Nombre Institución Nacional de Investigación: Universidad Tecnológica de Pereira Permiso Marco No.: Resolución No. 002598 del 26 de noviembre de 2024
A continuación diligencie únicamente los campos sobre la información del Permiso Marco que necesita modificar: 1.1 Actualización de los datos generales del solicitante Nombre Institución Nacional de Investigación: NIT: Aprobación Min. Educación (SNIES): Dirección: Ciudad: Departamento: Nombre: Luis Fernando Gaviria Trujillo Apoderado Representante Legal X Documento de Identidad: 10.098.569
Dirección notificación: Ciudad: Correo electrónico: Teléfono(s):
2. INFORMACION DEL PERMISO A MODIFICAR 2.1 Programas Académicos a incluir o excluir: Nombre del Programa Académico No. Aprobación Min. Educación (SNIES) Incluye Excluye 2.2 Programas y Grupos de Investigación científica a incluir o excluir:
Programa Académico Línea de Investigación (si aplica) Grupo de Investigación Código Colciencias Descripción Incluye Excluye Administració n AmbientalFitoremediación de aguas residuales domésticas e industriales - Desarrollo de instrumentos y herramientas para la gestión de recursos hídricos y su adaptación al cambio climático Agua y Saneamiento COL0020339 En el Grupo de investigación se realiza colecta de especies vegetales adaptadas o posiblemente adaptables a
herramientas para la gestión de recursos hídricos y su adaptación al cambio climático Agua y Saneamiento COL0020339 En el Grupo de investigación se realiza colecta de especies vegetales adaptadas o posiblemente adaptables a suelos inundados, las cuales se emplean especialmente en la implementación y operación de sistemas basados en la naturaleza para el tratamiento de aguas residuales, tanto domésticas como de otros orígenes productivos. Las especies vegetales se capturan de sistemas de tratamiento existentes o ecosistemas naturales y se trasladan a las unidades experimentales, para ser reconocidas fisiológicamente y ser sembradas posteriormente en medios porosos que reciben cargas orgánicas e inorgánicas de contaminantes presentes en las aguas residuales objeto de estudio. Eventualmente e stas plantas son objeto de estudio de material genético para correlacionar sus características con su
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible comportamiento bioremediador. Por otro lado, el grupo de investigación puede realizar extracción de ADN o ARN de muestras de aguas para evaluar el comportamiento de los consorcios microbianos posterior a un proceso de tratamiento. Administració n Ambiental -Bosques urbanos y silvicultura - Conservación de la biodiversidad del bosque Andino colombiano -Investigación aplicada a flora y fauna del bosque andino
tratamiento. Administració n Ambiental -Bosques urbanos y silvicultura - Conservación de la biodiversidad del bosque Andino colombiano -Investigación aplicada a flora y fauna del bosque andino -Procesos de apropiación social del conocimiento en temas de biodiversidad -Propagación de material vegetal para la conservación de especies nativas, especialmente amenazadas -Restauración ecológica y conectividad ambiental Gestión para la conservación de la diversidad biológica del Bosque andinoBIODIVERSA COL0220062 Se desarrollan procesos constantes de colecta con el fin de enriquecer las colecciones vivas y/o herborizadas del jardín Botánico de la Universidad Tecnológica de Pereira con énfasis en especies de flora del Bosque andino y Transicional a seco, en categoría de amenaza del departamento de Risaralda y para la ejecución de proyectos de conservación de las mismas en sus espacios naturales X 2.3 Investigadores a incluir o excluir: Nombre Identificación Grupo de Investigación Incluye Excluye Diego Paredes Cuervo 16716341 Agua y Saneamiento X Álvaro Ignacio Ramírez Fajardo 10019625 Agua y Saneamiento X Janneth Astrid Cubillos Vargas 24694463 Agua y Saneamiento X Lina Marcela Mosquera Chaverra 1128387060 Agua y Saneamiento X Diana Cristina Ñustez Cuartas 24585489 Agua y Saneamiento X María del Pilar Pulgarín 42132224 Agua y Saneamiento X
Lina Marcela Mosquera Chaverra 1128387060 Agua y Saneamiento X Diana Cristina Ñustez Cuartas 24585489 Agua y Saneamiento X María del Pilar Pulgarín 42132224 Agua y Saneamiento X Derly del Socorro Zuleta Lemus 30398711 Agua y Saneamiento X Jorge Hugo Garcia Sierra 10021071 BIODIVERSA X Santiago Bustamante Sanint 10005977 BIODIVERSA X Dorian Ruiz Penagos 18512643 BIODIVERSA X Natalia Eugenia Ospina 42130275 BIODIVERSA X Santiago Nieto Zapata 1088329908 BIODIVERSA X Elizabeth Ramírez Cupacan 1085329270 BIODIVERSA X 2.4 Administración de los programas de investigación científica: Vicerrectoría de Investigaciones, Innovación y Extensión. Correo: investigaciones@utp.edu.coFORMATO DE MODIFICACION
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 2.5 Sistema de Información de Registro y Seguimiento de proyectos: La institución cuenta con un software de investigaciones, en el cual se recopila la información de los proyectos de investigación tanto internos como externos junto con sus responsables e integrantes. Además, este sistema permite realizar seguimiento del proceso de ejecución de los mismos e identificar el cumplimiento con los avales éticos y ambientales. El solicitante manifiesta que la información consignada en esta solicitud es fidedigna y se sujetará a la normatividad vigente y actos administrativos reglamentarios. ___________________________
FIRMA DEL SOLICITANTE C.C. _____________________
4. INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO
1. DATOS GENERALES DEL TITULAR DEL PERMISO
___________________________
FIRMA DEL SOLICITANTE C.C. _____________________
4. INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO
1. DATOS GENERALES DEL TITULAR DEL PERMISO
a. Nombre del titular del permiso b. Numero de Permiso Marco de recolección otorgado 1.1 Actualización de los datos generales del solicitante a. Nombre de la Institución Nacional de Investigación
b. NIT
c. Dirección (Ciudad, Departamento) d. Numero de aprobación de la Institución de Educación Superior ante el Ministerio de. La Universidad Nacional de Colombia se rige por lo establecido el Decreto 1210 de 1993. Para el apoderado o representante legal: a. Nombre y Documento de Identificación b. Dirección, Correo electrónico y Teléfonos para Notificación En los casos que el trámite se adelante por medio de apoderado, se deberá anexar el poder debidamente conferido, que lo acredita como apoderado.
2. INFORMACION DEL PERMISO A MODIFICAR: indique únicamente la información nueva que desea modificar: incluir o excluir 2.1. Programas Académicos a incluir o excluir (solo para las Instituciones de educación Superior)
a. Nombre del programa académico relacionado con las actividades de recolección. b. Numero de aprobación ante el Ministerio de Educación. Marque con una equis (X) si incluye nueva información o excluye la ya incluida en el permiso. 2.2. Programas y Grupos de Investigación científica a incluir o excluir
a. Nombre del programa o línea de investigación. b. Nombre de cada uno de los grupos de investigación dentro de cada Programa o línea c. Código Colombiano de Reconocimiento de Grupos de Investigación ante Colciencias (ej. COL0000000). d. Breve descripción de los grupos de investigación. Marque con una equis (X) si incluye nueva información o excluye la ya incluida en el permiso. 2.3. Investigadores 10.098.569 V.°B.° Firmado digitalmente por Mauricio Holguín Londoño
Fecha: 2026.02.20
08:24:41 -05'00'
Firmado digitalmente por LUIS
FERNANDO GAVIRIA TRUJILLO Fecha: 2026.02.20 08:50:26
-05'00'FORMATO DE MODIFICACION
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a. Relación de los nombres y números de identificación de los investigadores vinculados a cada Grupo de Investigación dentro de la Institución. Marque con una equis (X) si incluye nueva información o excluye la ya incluida en el permiso.
2.4. Administración de los programas de investigación científica: nombre de la dependencia responsable de la administración de los programas de investigación científica (P. ej. Vicerrectoría de Investigación o Subdirección Científica).
2.5. Sistema de información de registro y seguimiento de los proyectos: en este espacio deberá incluir una breve descripción del sistema de información de registro y seguimiento de los proyectos, que se llevan a cabo en la Institución Nacional de Investigación.