ANLA - Auto 001538 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 001538 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 001538 (05 MAR. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITA A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, las Resoluciones 968 y 990 de 2025 y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 1384 del 12 de marzo de 2025, efectuó seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S., con NIT 811.007.7072, formulando requerimientos a la citada sociedad, teniendo como insumo el Concepto Técnico No. 1060 del 28 de febrero de 2025, conforme a lo dispuesto en la Resolución 1407 del 26 de julio de 20181, modificada por las Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 20202 y 803 del 24 de junio de 20243.
del 26 de julio de 20181, modificada por las Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 20202 y 803 del 24 de junio de 20243. La sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S., a través de la comunicación 20256200422802 del 11 de abril de 2025, presentó respuesta a los requerimientos realizados en el Auto 1384 del 12 de marzo del 2025 y solicitó el archivo del expediente PGE0151-00-2024. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, una vez evaluada la información que reposa en el expediente PGE0151-00-2024 1 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones.” 2 “Por la cual se modifica la Resolución 1407 de 2018 y se toman otras determinaciones” 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 001538 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 y en ejercicio de su función de seguimiento, emitió el Concepto Técnico 1546 del 23 de
de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 y en ejercicio de su función de seguimiento, emitió el Concepto Técnico 1546 del 23 de febrero de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) profirió la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 2020 y 803 del 24 de junio de 2024, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, entre otras determinaciones. El artículo 2° ibidem, modificado por la Resolución 803 del 24 de junio de 2024, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4 y el artículo 17 de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5, el parágrafo 3 del artículo 18 de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024,
2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de Un Solo Uso. Se resalta que, bajo el Plan Individual del expediente PGE0151-00-2024 la sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S., busca dar cumplimiento a la vigencia 2021, dado que las obligaciones de las vigencias 2022 y siguientes son objeto de verificación por parte de la ANLA bajo el Plan Colectivo representado por la empresa TECNOLOGÍAS EN ECONOMÍA CIRCULAR APLICADAS S.A.S. - TECAPACK S.A.S., del expediente PGE0012-00-2019, al cual se encuentra adherida, de acuerdo con la comunicación de radicado 2022292188-1-000 del 26 de diciembre del 2022. El presente acto administrativo, con fundamento en el Concepto Técnico 1546 del 23 de febrero de 2026, efectúa seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S., concluyendo que atendió en debida forma los requerimientos formulados en el Auto 1384 del 12 de marzo de
2025. Por lo tanto, la citada sociedad dio cumplimiento a las disposiciones de la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, en lo que respecta a la vigencia 2021, en los términos a señalar en la parte dispositiva del presente acto administrativo.
1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, en lo que respecta a la vigencia 2021, en los términos a señalar en la parte dispositiva del presente acto administrativo. En consecuencia, al no existir obligaciones y/o requerimientos pendientes en el marco del Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, esta Autoridad ordenará el archivo definitivo del expediente PGE0151-00-2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 2012 4, en concordancia con su artículo 626 4 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 001538 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 20115, en aras de evitar el desgaste administrativo y las acciones sucesivas y de seguimiento del expediente en referencia. Finalmente, se precisa que la inobservancia de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, así como los actos administrativos emanados por esta Autoridad en el expediente PGE0151-00-2024, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 6, modificada por la Ley 2387 de 20247.
COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD
imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 6, modificada por la Ley 2387 de 20247.
COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 20118 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2 del artículo 11 del Decreto 376 del 11 de marzo de 20209 establece, dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39 ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales, adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de
Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. - Informar a la sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S. con NIT 811.007.707 - 2 que, en el marco del Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en la 5 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 6 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.” 7 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones” 8 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones.” 9“Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”Auto. No. 001538 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5
“Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, en lo correspondiente a la vigencia 2021, de acuerdo con lo señalado en el Concepto Técnico 1546 del 23 de febrero de 2026 y en la parte considerativa del presente auto. ARTÍCULO SEGUNDO. - Ordenar el archivo definitivo del expediente PGE0151-00-2024, en el cual se tramitaron las actuaciones del Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S., por las razones expuestas en la parte motiva de este acto administrativo y acorde al Concepto Técnico 1546 del 23 de febrero de 2026. ARTÍCULO TERCERO. - Bajo el Plan Colectivo representado por la empresa TECNOLOGÍAS EN ECONOMÍA CIRCULAR APLICADAS S.A.S. - TECAPACK S.A.S., correspondiente al expediente PGE0012-00-2019, la ANLA verifica el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, para las vigencias 2022 y siguientes, por parte de la sociedad
ÚNICO INTERIOR S.A.S.
ARTÍCULO CUARTO. - La sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S., mientras se encuentre en el ámbito de aplicación de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, debe dar cumplimiento a las obligaciones y disposiciones
el ámbito de aplicación de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, debe dar cumplimiento a las obligaciones y disposiciones señaladas en la citada normativa. ARTÍCULO QUINTO. - Notificar el presente acto administrativo a la sociedad ÚNICO INTERIOR S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 1546 del 23 de febrero de 2026. ARTÍCULO SEXTO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO SÉPTIMO. - Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 201110.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 05 MAR. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
10 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”Auto. No. 001538 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
CAMILO ORLANDO NARANJO RIOS
CONTRATISTA
JULIETH CONSTANZA ROMERO DELGADO
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
Expediente No. PGE0151-00-2024 Concepto Técnico No. 1546 del 23 de febrero de 2026
Fecha: 3 de marzo de 2026
Proceso No.: 20265300015385
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad