ANLA - Auto 001539 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 001539 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 001539 (05 MAR. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS

Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, Resolución 1407 de 2018 modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, las Resoluciones 968 de 2025, 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 4247 del 29 de mayo de 2025, efectuó seguimiento ambiental al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques presentado por la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., con NIT. 815.001.975 – 7, efectuando requerimientos de conformidad con la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018 1 modificada por Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 20202 y 803 de 20243, el cual fue notificado el 29 de mayo de 2025, quedando con constancia de ejecutoria de fecha 30 de mayo de la misma anualidad.

diciembre de 20202 y 803 de 20243, el cual fue notificado el 29 de mayo de 2025, quedando con constancia de ejecutoria de fecha 30 de mayo de la misma anualidad. La sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., mediante comunicación 20256200712252 del 19 de junio de 2025, presentó respuesta a los requerimientos efectuados a través del Auto 4247 del 29 de mayo de 2025 y solicitó el archivo del expediente PGE0145-00-2024. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Tramites Ambientales de la ANLA, con base en la información obrante en el expediente PGE0145-00-2024, en el marco del seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., emitió Concepto Técnico 1538 del 23 de febrero de 2026, el cual es fundamento del presente acto administrativo. 1 Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” 2 “Por el cual se modifica la Resolución 1407 de 2018 y se toman otras determinaciones” 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 001539 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 2 de 5

gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 001539 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), profirió la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018, modificada por Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 2020 y 803 del 24 de junio de 2024, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio y tomar otras determinaciones. El artículo 2° ibídem, modificado por la Resolución 803 del 24 de junio de 2024, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4 y el artículo 17 de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5, el parágrafo 3 del artículo 18 de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos.

2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de Un Solo Uso. A través del presente acto administrativo, se efectúa seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., así como a los requerimientos efectuados en el Auto 4247 del 29 de mayo de 2025. Con fundamento en las normas en cita y conforme al análisis realizado a la documentación del expediente PGE0145-00-2024; conforme a lo indicado en el Concepto Técnico 1538 del 23 de febrero de 2026, esta Autoridad estableció que el Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., para las vigencias 2021 (línea base 2018) y 2022 (línea base 2019) dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024. Por otra parte, es pertinente indicar que, mediante radicado 2023069123-1-000 del 31 de marzo de 2023, se notificó la adhesión de la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S. al Plan Colectivo de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques del

marzo de 2023, se notificó la adhesión de la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S. al Plan Colectivo de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques del COLECTIVO DE ECONOMÍA CIRCULAR DE COLOMBIA S.A.S. - CECCOL S.A.S., correspondiente al expediente PGE0001-00-2021. Por lo tanto, a partir de dicho año (vigencia 2023), el cumplimiento de las obligaciones del productor son objeto de seguimiento en el marco de dicho plan. Por lo anterior, considerando que la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., mediante el radicado 20256200712252 del 19 de junio de 2025 solicitó el archivo del expediente PGE0145-00-2024, y ya que no existe actuación administrativa alguna a seguir, estaAuto. No. 001539 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 Autoridad dará por finalizada la etapa de seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la mencionada sociedad. En consecuencia, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, la ANLA ordenará el archivo del expediente PGE0145-00-2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 del 12 de julio de 20124, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 5, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20216.

con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 5, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20216. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2° del artículo 11 del Decreto 376 de 2020, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto,

seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. - Informar a la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., con NIT. 815.001.975 – 7, en el marco del seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, para las vigencias 2021 (línea base 2018) y 2022 (línea base 2019), se ajusta a la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución 1407 de 2018, modificada parcialmente por la Resolución 1342 de 2020 y la Resolución 803 de 2024. 4 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 5 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 6 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”Auto. No. 001539 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 ARTÍCULO SEGUNDO. - Ordenar el archivo definitivo del expediente PGE0145-00-2024, correspondiente al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y

otras determinaciones” Página 4 de 5 ARTÍCULO SEGUNDO. - Ordenar el archivo definitivo del expediente PGE0145-00-2024, correspondiente al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S, dio cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018, modificada por la Resolución 1342 del 24 de diciembre de 2020 y 803 de 2024, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. - Informar a la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., que, mientras se encuentre en el ámbito de aplicación, deberá dar cumplimiento a las obligaciones y fechas establecidas en la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018 modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 del 24 de junio de 2024, mediante un plan colectivo activo y en seguimiento. ARTÍCULO CUARTO. - Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad ICC GIFT LATINOAMÉRICA S.A.S., a través de su representante legal o a su apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación, se deberá entregar copia del Concepto Técnico 1538 del 23 de febrero de 2026. ARTÍCULO QUINTO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente auto no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Entidad. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente auto no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 05 MAR. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

YESIKA MARIA REYES PENA

CONTRATISTAAuto. No. 001539 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5

ALEJANDRO MUNOZ GONZALEZ

CONTRATISTA

Expediente No. PGE0145-00-2024 Concepto Técnico N° 1538 del 23 de febrero de 2026

Fecha: 02 de marzo de 2026

Proceso No.: 20265300015395

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

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