ANLA - Auto 002338 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 002338 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 002338 (27 MAR. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Resolución 613 del 18 de marzo de 2022, otorgó a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., con NIT. 901.266.683 – 0, Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, a nivel nacional por una vigencia de veinticuatro (24) meses contados a partir de la ejecutoria del referido acto administrativo, es decir, desde el 06 de abril de 2022. Actualmente el permiso se encuentra sin vigencia.
de Elaboración de Estudios Ambientales, a nivel nacional por una vigencia de veinticuatro (24) meses contados a partir de la ejecutoria del referido acto administrativo, es decir, desde el 06 de abril de 2022. Actualmente el permiso se encuentra sin vigencia. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Autos 4425 del 20 de junio de 2023, 2883 del 06 de mayo de 2024 y 2086 del 01 de abril de 2025, con fundamento en los Conceptos Técnicos 3056 del 02 de junio de 2023, 2539 del 25 de abril de 2024 y 1799 del 27 de marzo de 2025, respectivamente, efectuó seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., El último acto administrativo mencionado fue notificado el día 02 de abril de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 03 de abril del mismo año. La sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., mediante comunicado con radicado 20256200396332 del 07 de abril de 2025, dio respuesta a los requerimientos realizados mediante el Auto 2086 del 01 de abril de 2025.Auto. No. 002338 Del 27 MAR. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
“Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA efectuó seguimiento a la documentación que reposa en el expediente REA000700-2022 y emitió el Concepto Técnico 2403 del 11 de marzo de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 1 señala que el derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación, y los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974 tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El Decreto 1076 de 20152 reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección 2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.6 del Decreto 1076 de 2015 establece las obligaciones que debe cumplir el titular del permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El presente acto administrativo tiene como propósito efectuar seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad
silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El presente acto administrativo tiene como propósito efectuar seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución No. 613 del 18 de marzo de 2022, (actualmente sin vigencia), a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., concluyendo, de acuerdo con el Concepto Técnico 2403 del 11 de marzo de 2026, que dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en dicho instrumento ambiental, así mismo, dio cumplimiento a las reiteraciones y requerimientos efectuados mediante el Auto 2086 del 01 de abril de 2025, de conformidad con lo expuesto en los subnumerales 3.1., y 3.2., del mencionado insumo técnico. Atendiendo a lo expuesto, teniendo en cuenta que el permiso se encuentra sin vigencia, y considerando que la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones estipuladas en la Resolución No. 613 del 18 de marzo de 2022 y a las reiteraciones y requerimientos efectuados mediante Auto 2086 del 01 de abril de 2025, y se evidencia que no existe actuación administrativa alguna a seguir, razón por la cual esta Autoridad dará por finalizada la etapa de seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
actuación administrativa alguna a seguir, razón por la cual esta Autoridad dará por finalizada la etapa de seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado mediante la Resolución 613 del 18 de marzo de 2022. En consecuencia, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, la ANLA ordenará el archivo del expediente REA0007-00-2022, de conformidad 1“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 2 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible"Auto. No. 002338 Del 27 MAR. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 del 12 de julio de 20123, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 4, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20215. Finalmente, se advierte a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 613 del 18 de marzo de 2022, y demás pronunciamientos emitidos en el
AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 613 del 18 de marzo de 2022, y demás pronunciamientos emitidos en el expediente REA0007-00-2022, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 20096, modificada por la Ley 2387 de 20247. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El numeral 2 del artículo 3º del Decreto Ley 3573 de 20118 establece dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 9 establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA), designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y
Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA), designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, 3 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 4 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 5 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción” 6 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones” 7 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones.” 8 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones.” 9 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).”Auto. No. 002338 Del 27 MAR. 2026 Hoja No. 4 de 6
9 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).”Auto. No. 002338 Del 27 MAR. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6
DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. – Informar a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., con NIT. 901.266.683 – 0, que de acuerdo con lo establecido en el Concepto Técnico 2403 del 11 de marzo de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por culminada la etapa de seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 613 del 18 de marzo de 2022, el cual se encuentra sin vigencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar el archivo definitivo del expediente permisivo REA000700-2022, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 613 del 18 de marzo de 2022, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO
fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 613 del 18 de marzo de 2022, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., que deberá tener en cuenta el cobro vigente relacionado con la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre, contemplada en el Decreto No. 1272 de 2016 10, y las Resoluciones No. 1372 de 2016 11 y 589 de 2017 12, el cual aplica para las recolecciones efectuadas a partir del 26 de agosto de 2016. ARTÍCULO CUARTO. La inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 613 del 18 de marzo de 2022, y demás pronunciamientos emitidos en el expediente REA0007-00-2022, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 200913, modificada por la Ley 2387 de 202414. ARTÍCULO QUINTO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad INGENIERIA Y CONSULTORIA MINERO AMBIENTAL S.A.S. - ICMINA S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 2403 del 11 de marzo de 2026. ARTÍCULO SEXTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad.
PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 2403 del 11 de marzo de 2026. ARTÍCULO SEXTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. 10 Decreto No.1272 del 03 de agosto de 2016. “Por el cual se adiciona un capítulo al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 11 Resolución No. 1372 del 22 de agosto de 2016. “Por la cual se establece la tarifa mínima de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 12 Resolución No. 589 del 09 de marzo de 2017. “Por la cual se establecen las especies de la fauna silvestre incluidas dentro de las categorías del coeficiente de valoración y el valor correspondiente a las especies establecidas en el numeral 3 de que trata el artículo 2.2.9.10.2.7 del Capítulo 10 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, en el cual se reglamenta el artículo 42 de la Ley 99 de 1993 en lo referente a la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre”.
13 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones” 14 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones.”Auto. No. 002338 Del 27 MAR. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO SÉPTIMO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 201115.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 27 MAR. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
YESIKA MARIA REYES PENA
CONTRATISTA
JORGE ANDRES GARZON PEDROZA
CONTRATISTA Expediente No. REA0007-00-2022 Concepto Técnico N° 2403 del 11 de marzo de 2026
Fecha: 25 de marzo de 2026
Proceso No.: 20265300023385
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad
Fecha: 25 de marzo de 2026
Proceso No.: 20265300023385
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad
15 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 002338 Del 27 MAR. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6