ANLA - Auto 002386 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 002386 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 002386 (31 MAR. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS

Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 y 990 del 2025, y CONSIDERANDO QUE: La sociedad AMBIENCIQ INGENIEROS S.A.S., con NIT. 800.153.696-4, mediante las comunicaciones con radicados 20266200394012 y 20266200395072 del 26 de marzo de 2026, y el número VITAL 56000800153696260021, presentó ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), solicitud de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel nacional por un período de 24 meses, de conformidad con la metodología y perfiles descritos en el Formato Único Nacional de Solicitud y documentos anexos presentados.

de Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel nacional por un período de 24 meses, de conformidad con la metodología y perfiles descritos en el Formato Único Nacional de Solicitud y documentos anexos presentados. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974 2 tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El Decreto 1076 de 20153 reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección 2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.1 del mencionado decreto, establece que toda persona que pretenda adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de 1 Expediente VDI1688-00-2026 2“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” 3“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Auto. No. 002386 Del 31 MAR. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”

Página 2 de 5 especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias

Página 2 de 5 especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la elaboración de uno o varios estudios ambientales. El parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del permiso de que trata el referido decreto constituye un trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos. El artículo 2.2.2.9.2.2 del Decreto 1076 de 2015, define los Estudios Ambientales como aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención o modificación de una licencia ambiental o su equivalente, permiso, concesión o autorización, y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de especímenes silvestres de la diversidad biológica y; el Permiso de Estudios con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, como la autorización previa que otorga la autoridad ambiental competente para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones. El artículo 2.2.2.9.2.3 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las

El artículo 2.2.2.9.2.3 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.5. ibidem, en su numeral 1, indica que, radicada la solicitud con el lleno de los requisitos, se procederá a expedir el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993 4 , en concordancia con la Ley 1437 de 2011 5, y publicará un extracto de la solicitud en su portal de Internet para garantizar el derecho de participación de posibles interesados. Teniendo en cuenta que la sociedad AMBIENCIQ INGENIEROS S.A.S. acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 20116 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o 4“Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones”

4“Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones” 5 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 6 Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones.Auto. No. 002386 Del 31 MAR. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”

Página 3 de 5 trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 7, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asignó como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. El artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39 ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, conforme a la solicitud presentada por la sociedad AMBIENCIQ INGENIEROS S.A.S. con NIT. 800.153.696-4, mediante las comunicaciones con radicados 20266200394012 y 20266200395072 del 26 de marzo de 2026, y el número VITAL 5600080015369626002. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la presente solicitud de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración

PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la presente solicitud de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales cursarán en el expediente REA0015-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad AMBIENCIQ INGENIEROS S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), junto con el Formato Único Nacional 7 Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).Auto. No. 002386 Del 31 MAR. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”

Página 4 de 5 (FUN) presentado por la AMBIENCIQ INGENIEROS S.A.S., en cumplimiento del numeral 1 del artículo 2.2.2.9.2.5 del Decreto 1076 de 2015. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la documentación relacionada en el VDI1688-00-2026 al REA0015-00-2026. ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la

ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20218.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 31 MAR. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

CAMILO ORLANDO NARANJO RIOS

CONTRATISTA

OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ

CONTRATISTA

Expediente No. REA0015-00-2026

Fecha: 30 de marzo de 2026

Proceso No.: 20265300023865

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad 8“Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437

de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 002386 Del 31 MAR. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”

Página 5 de 5FORMATO UNICO NACIONAL SOLICITUD

PERMISO DE RECOLECCIÓN CON FINES DE ELABORACION DE ESTUDIOS

AMBIENTALES

1. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE

Autoridad Ambiental

Competente: Dirección:

Nombre del representante:

PERMISO DE RECOLECCIÓN CON FINES DE ELABORACION DE ESTUDIOS

AMBIENTALES

1. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE

Autoridad Ambiental

Competente: Dirección:

Nombre del representante: Nombre o Razón Social del Solicita

Departamento: Municipio:

NIT / Cédula:

Nombre del apoderado: NIT / Cédula apoderado:

NIT / Cédula representante:

Correo electrónico: Teléfono(s):

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

AMBIENCIQ INGENIEROS SAS

800153696 Cra 28#75-37

BOGOTA D. C. BOGOTÁ URBANA

gerencia@ambienciq.com 2310500

2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMISO 2.1 Duración (meses) solicitada del

permiso: 24 2.2 Metodologías para la recolección de especímenes y muestras de la biodiversidad Grupo Biológico Técnica Muestreo Caracteristicas Unidad de Muestreo Esfuerzo de Muestreo Recolección Zooplancton Red cónica + Elemento Volumétrico (balde, botella colectora) Tomado de muestra con recipiente voluméntrico y filtrado con red cónica de ojo de malla de 53µm filtrado de 100 litros estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Perifiton Cuadrante Raspado manual en cuadrante de: 3cm X 3cm 10 cuadrantes estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Zooplancton marino Arrastres con red de Zooplancton de ojo de malla por distancia

100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Zooplancton marino Arrastres con red de Zooplancton de ojo de malla por distancia Arrastres por distancia con red de Zooplancton de ojo de malla de 100µm 1 Arrastres de 100m estaciones de muestreo de 5km2 en 10 estaciones de muestreo por Proyecto Definitiva Macrófitas Cuadrantes Calculo del porcentaje de cobertura y colecta manual en cuadrantes de 1m X 1m 10 cuadrantes estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Ictioplancton Arrastre con red de Plancton (Red Mini Bongo y Bongo) por tiempo Arrastres por tiempo con red de Plancton de ojo de malla de 30cm de díametro con ojo de malla de 300µm 1 Arrastres de 10 min estaciones de muestreo de 5km2 en 10 estaciones de muestreo por Proyecto Definitiva Peces Marinos Red de arrastre de 35m de largo de 2m de ancho con ojo de malla de 4cm 2 Arrastres en puntos de muestreo de 200m/m2 10 puntos por Km/km2 de superficie marina del área de influencia del proyecto Temporal y Definitiva Peces Marinos Atarraya de 10m de largo con un diámetro de 6m con un ojo de malla de 2,5cm 20 Lances en puntos de muestreo de 400m/m2 10 puntos por Km/km2 de superficie marina del área de influencia del proyecto Temporal y Definitiva

un ojo de malla de 2,5cm 20 Lances en puntos de muestreo de 400m/m2 10 puntos por Km/km2 de superficie marina del área de influencia del proyecto Temporal y Definitiva Bentos Red Surber Remoción manual usando red surber de 30cm X 30cm Con ojo de malla de 363µm 10 cuadrantes estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Bentos Red D Jamazos con red D de 30cm X 30cm Con ojo de malla de 600µm 10 Jamasos estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Bentos Draga Eckman Dragado de sedimento Con draga de 15cm X 15cm X 15cm 10 Dragagados estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Peces Atarraya de 3m de largo por 2m de diametro con ojo de malla de 3cm 20 Lances por punto de muestreo de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y DefinitivaPeces Nasas activas (jamas) de 1.5m de largo con un diámetro de 1m con ojo de malla de 0.5cm 20 Lances en puntos de 100m/m2 20 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Peces Pesca eléctrica N/A 4 Barridos en puntos de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva

20 Lances en puntos de 100m/m2 20 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Peces Pesca eléctrica N/A 4 Barridos en puntos de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Peces Red de arrastre de 6m de largo por 2m de ancho con ojo de malla de 1,5cm 4 Arrastres por punto de muestreo de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Fitoplancton Red cónica + Elemento Volumétrico Tomado de muestra con recipiente volumentrico y filtrado con red conica de ojo de malla de 25µm filtrado de 100 litros estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Cuerpo de Agua Definitiva Fitoplancton marino Arrastres con red de Fitoplancton de ojo de malla por distancia Arrastres por distancia con red de Fitoplancton de ojo de malla de 25µm 1 Arrastres de 100m estaciones de muestreo de 5km2 en 10 estaciones de muestreo por Proyecto Definitiva Bentos Fondos Blandos Draga - Van Veen Dragado de sedimento de 0,09m2 10 dragados En una estación de 100m2 en 10 estaciones de muestreo por Proyecto Definitiva Bentos Fondos Blandos Corazonador Muestra de sedimento de 0,018m2 5 muestra de corazonador En una estación de 50m2 en 10 estaciones de muestreo por Proyecto Definitiva

Proyecto Definitiva Bentos Fondos Blandos Corazonador Muestra de sedimento de 0,018m2 5 muestra de corazonador En una estación de 50m2 en 10 estaciones de muestreo por Proyecto Definitiva 2.3 Métodos de preservación y movilización de muestras y especímenes Grupo Biológico Sacrificio Preservación Movilización Zooplancton Para este grupo biológico, el proceso de fijación considera el sacrificio de manera implícita dentro del procedimiento Fijación de la muestra con solución de Transeau (3:2:1, Agua, Alcohol, Formol), Proporción 1:1 Muestra-Transeau Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Perifiton Para este grupo biológico, el proceso de fijación considera el sacrificio de manera implícita dentro del procedimiento Fijación de la muestra con solución de Transeau (3:2:1, Agua, Alcohol, Formol), Proporción 1:1 Muestra-Transeau Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Zooplancton marino Para este grupo biológico, el proceso de fijación considera el sacrificio de manera implícita dentro del procedimiento Fijación de la muestra con solución de Transeau (3:2:1, Agua, Alcohol, Formol), Proporción 1:1 Muestra-Transeau Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Macrófitas N/A Prensado y alcoholizado. Macrófitas recolectadas serán limpiadas, seleccionadas y extendidas cuidadosamente en papel

Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Macrófitas N/A Prensado y alcoholizado. Macrófitas recolectadas serán limpiadas, seleccionadas y extendidas cuidadosamente en papel periódico o papel secante formando un cuadro de máximo 60 x 30 cm, permitiendo visualizar todas las características vegetativas y reproductivas (de existir), posteriormente serán atomizadas con alcohol al 70% para su conservación, se introducirán en bolsas plásticas con cierre hermético y se empapan con alcohol al 70%, cada muestra será etiquetada. Dependiendo de la cantidad de muestras se podrán agrupar los paquetes de papel periódico unos sobre otros, sujetándolos y prensándolos entre dos cartones e introducidos en una bolsa plástica impregnada de alcohol al 70%. Las muestras serán transportadas con cuidado de no perforar las bolsas plásticas, para ello se cubrirán con varias bolsas plásticas o se transportaran en cajas plásticas/cartón con tapa, conservando las muestras a oscuras y frescas hasta su ingreso en una colección biológicaIctioplancton Para este grupo biológico, el proceso de fijación considera el sacrificio de manera implícita dentro del procedimiento La muestra de ictioplancton obtenido de los arrastres, se debe colocar en el agente fijador (Formaldehído o Formol tamponado con Tetraborato de sodio o borax) durante los primeros cinco minutos de su izado. Una buena fijación debe estar enmarcada en la relación 9:1 entre el líquido fijador y la muestra

Tetraborato de sodio o borax) durante los primeros cinco minutos de su izado. Una buena fijación debe estar enmarcada en la relación 9:1 entre el líquido fijador y la muestra o en su defecto no sobrepasar una relación 5:5. Para muestras costeras o neríticas trasvasadas en frascos plásticos de 0.5L, adicionar, con ayuda de una jeringa, 50ml de la solución de formol concentrado tamponado y luego completar a 500ml con agua de mar filtrada y de esta manera fijar y conservar la muestra en una solución final de formalina al 4%. Para las muestras obtenidas costa afuera y trasvasadas en frascos plásticos de 1 L, las cantidades adicionadas a la muestra son el doble (100ml de fijador) y llevar la muestra a 1 litro y así contener la muestra en la solución ideal de fijación del 4%. Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Peces Marinos Solución de clavo de olor o Eugenol (0.8ml/L) La solución fijadora es formol al 10% preparado con agua de mar, neutralizado con fosfato de sodio monobásico monohidratado y fosfato de sodio dibásico anhidratado. Los individuos inferiores a 40mm de longitud total pueden ingresarse directamente a la solución, mientras que a ejemplares de mayor tamaño se les debe inyectar la misma solución a través del ano y realizar perforaciones en los costados del ejemplar para garantizar la fijación completa. Para su preservación, los ejemplares se depositan en frascos con

se les debe inyectar la misma solución a través del ano y realizar perforaciones en los costados del ejemplar para garantizar la fijación completa. Para su preservación, los ejemplares se depositan en frascos con alcohol al 70%, cubriéndolos completamente. Los ejemplares se envuelven en gasa remojada con formol al 10% y se almacenan en bolsas cerradas. Estas bolsas se almacenan en recipientes herméticos, debidamente rotulados. Bentos Para este grupo biológico, el proceso de fijación considera el sacrificio de manera implícita dentro del procedimiento Fijación de la muestra con solución de Transeau (3:2:1, Agua, Alcohol, Formol), Proporción 1:1 Muestra-Transeau Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Peces Solución de clavo de olor o Eugenol (0.8ml/L) La solución fijadora es formol al 10%, neutralizado con borato de sodio para evitar el deterioro óseo, individuos inferiores a 40mm de longitud total pueden ingresarse directamente a la solución, mientras que a ejemplares de mayor tamaño se les debe inyectar la misma solución a través del ano y realizar perforaciones en los costados del ejemplar para garantizar la fijación completa. Para su preservación, los ejemplares se depositan en frascos con alcohol al 70%, cubriéndolos completamente. Los ejemplares se envuelven en gasa remojada con formol al 10% y se almacenan en bolsas cerradas. Estas bolsas se almacenan en recipientes herméticos, debidamente rotulados.

cubriéndolos completamente. Los ejemplares se envuelven en gasa remojada con formol al 10% y se almacenan en bolsas cerradas. Estas bolsas se almacenan en recipientes herméticos, debidamente rotulados. Fitoplancton Para este grupo biológico, el proceso de fijación considera el sacrificio de manera implícita dentro del procedimiento Fijación de la muestra con solución de Transeau (3:2:1, Agua, Alcohol, Formol), Proporción 1:1 Muestra-Transeau Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Fitoplancton marino Para este grupo biológico, el proceso de fijación considera el sacrificio de manera implícita dentro del procedimiento Fijación de la muestra con solución de Transeau (3:2:1, Agua, Alcohol, Formol), Proporción 1:1 Muestra-Transeau Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor. Bentos Fondos Blandos N/A Cada muestra se depositará en frascos o bolsas plásticas y se les agregara inicialmente una solución narcotizante (70g/L de Cloruro de Magnesio diluido en agua destilada) durante 10 - 20 min. Posteriormente, para su fijación, se agrega una solución de formalina al 4%, preparada con agua de mar filtrada, neutralizada con bórax y teñida con rosa de bengala (0.1g/L). Para la preservación, se deben lavar las muestras con abundante agua dulce para eliminar el exceso de formol, y luego de

con agua de mar filtrada, neutralizada con bórax y teñida con rosa de bengala (0.1g/L). Para la preservación, se deben lavar las muestras con abundante agua dulce para eliminar el exceso de formol, y luego de separar los organismos del sedimento, para finalmente sumergirlos en etanol al 70%. Todas las muestras debidamente etiquetadas son transportadas en neveras plásticas o de icopor.2.4 Perfiles de los profesionales que intervendrán en los estudios Grupo Biológico ObservacionesExperiencia específicaFormación académica Zooplancton Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de Zooplancton. 12 meses de experiencia Perifiton Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de Perifiton. 12 meses de experiencia Zooplancton marino Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de Zooplancton. 12 meses de experiencia Macrófitas Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de macrófitas 12 meses de experiencia Ictioplancton Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de ictioplancton. 12 meses de experiencia Peces Marinos Biólogo Profesional graduado con experiencia

específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de ictioplancton. 12 meses de experiencia Peces Marinos Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de Peces marinos. 12 meses de experiencia Bentos Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de bentos. 12 meses de experiencia Peces Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de Peces. 12 meses de experiencia Fitoplancton Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de Fitoplancton 12 meses de experiencia Fitoplancton marino Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de Fitoplancton 12 meses de experiencia Bentos Fondos Blandos Biólogo Profesional graduado con experiencia específica en: identificación taxonómica, manipulación, colecta, fijación y preservación de bentos. 12 meses de experiencia 2.5 Cobertura geográfica general de los proyectos o estudios Departamento Municipio Cobertura solicitada para el permiso:

TODOS TODOS

BOGOTA D. C. BOGOTÁ

BOLIVAR BARRANCO DE LOBA3. OBSERVACIONES GENERALES

2.5 Cobertura geográfica general de los proyectos o estudios Departamento Municipio Cobertura solicitada para el permiso:

TODOS TODOS

BOGOTA D. C. BOGOTÁ BOLIVAR BARRANCO DE LOBA3. OBSERVACIONES GENERALES 3.1. Toda persona que pretenda adelantar estudios, en los que sea necesario realizar actividades de recolección de especímenes de especies silvestres de la biodiversidad en el territorio nacional; con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá previamente solicitar el permiso a la autoridad ambiental competente. 3.2. La obtención del permiso de que trata el presente decreto constituye un trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos. 3.3. El permiso amparará la recolecta de especímenes que se realicen durante su vigencia, en el marco de la elaboración de uno o varios estudios ambientales. 3.3. Entiéndase Recolección de especímenes como los procesos de captura y/o remoción o extracción temporal o definitiva del medio natural de especímenes de la biodiversidad, para la realización de inventarios y caracterizaciones que permitan el levantamiento de línea base de los estudios ambientales. Entiéndase como Captura la acción de apresar un espécimen silvestre, de forma temporal o definitiva, ya sea directamente o por medio de trampas diseñadas para tal fin. 3.5. El titular del permiso será responsable de garantizar buenas prácticas en relación con número total de muestras, frecuencia de muestreo, punto de muestreo, entre otros aspectos, de manera que la recolección no cause afectación a las especies o a los ecosistemas.

3.5. El titular del permiso será responsable de garantizar buenas prácticas en relación con número total de muestras, frecuencia de muestreo, punto de muestreo, entre otros aspectos, de manera que la recolección no cause afectación a las especies o a los ecosistemas. 3.6. Se debe adjuntar a este formulario: a) Documento de identificación del solicitante del permiso, ya sea certificado de existencia y representación legal para personas jurídicas o cédula de ci

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