ANLA - Auto 002498 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 002498 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 002498 (06 ABR. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025, y

CONSIDERANDO QUE: El POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, con NIT 890.980.136-6, y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 2209, mediante radicado 20266200229292 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 6400089098013626001, solicitó Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No

Comercial. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio 20265300213121 del 02 de marzo de 2026, requirió información adicional, la cual debía ser remitida en el

Comercial. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio 20265300213121 del 02 de marzo de 2026, requirió información adicional, la cual debía ser remitida en el término de un (1) mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 de 20111, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 20152. El POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, mediante radicado 20266200400852 del 27 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 3500089098013626001, presentó información en respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad. 1 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 2 Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Auto. No. 002498 Del 06 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 CONSIDERACIONES JURÍDICAS Los artículos 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 3 señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974, tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 4 establece que “La entidad administrativa competente

asociación. Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974, tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 4 establece que “La entidad administrativa competente al recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental o al comenzarla de oficio dictará un acto de iniciación de trámite que notificará y publicará (…)”. El Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 5, mediante el cual se unificaron las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.3 ibidem, para efectos de dicho reglamento, clasificó las Instituciones Nacionales de Investigación, de la siguiente manera: “(…) a) Instituciones de educación superior, b) Colecciones biológicas vigentes registradas en el Registro Único Nacional de Colecciones Biológicas que administra el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt" y c) Institutos o centros de investigación científica que cuenten con grupos de investigación categorizados ante Colciencias en áreas temáticas asociadas a las actividades de recolección (…)”. El artículo 2.2.2.8.1.4 del decreto en cita fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del Permiso de Recolección, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales.

Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del Permiso de Recolección, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un permiso de recolección, encontrándose entre estas el permiso marco de recolección. El artículo 2.2.2.8.2.1 del Decreto 1076 de 2015 establece, respecto del permiso marco de recolección, que las instituciones nacionales de investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso marco de recolección que ampare todos los 3 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” 4 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”. 5 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleAuto. No. 002498 Del 06 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución.

de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución. El parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada por un permiso marco de recolección vigente. El artículo 2.2.2.8.2.2 del Decreto 1076 de 2015, fija las condiciones que deberán cumplir las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan obtener un Permiso Marco de Recolección y el artículo 2.2.2.8.2.3 ibidem, establece los requisitos que deben aportarse a la solicitud de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2 de la citada norma establece que, recibida la solicitud del Permiso de Recolección con el lleno de los requisitos, la autoridad competente expedirá el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993 o la norma que la modifique, sustituya o derogue, dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción y publicará un extracto de la solicitud en su portal de Internet, para garantizar el derecho de participación de posibles interesados. El artículo 2.2.2.8.6.5 del precitado Decreto establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los permisos de recolección. En ese sentido, el POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, en virtud de lo

científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los permisos de recolección. En ese sentido, el POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, en virtud de lo establecido en el Decreto 1076 de 2015, solicitó mediante radicados 20266200229292 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 6400089098013626001, y 20266200400852 del 27 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 3500089098013626001, Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. Teniendo en cuenta que el POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, toda vez que reúne los requisitos exigidos por la Ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud. En consecuencia, esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante los radicados 20266200229292 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 6400089098013626001, y 20266200400852 del 27 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 3500089098013626001, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de

VITAL 6400089098013626001, y 20266200400852 del 27 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 3500089098013626001, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDADAuto. No. 002498 Del 06 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 6, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. El numeral 3 del artículo 36° de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y

El numeral 3 del artículo 36° de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, conforme la solicitud presentada por el POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, con NIT 890.980.136-6, y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 2209, mediante los radicados 20266200229292 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 6400089098013626001, y 20266200400852 del 27 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 3500089098013626001.

20266200229292 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 6400089098013626001, y 20266200400852 del 27 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 3500089098013626001. PARÁGRAFO PRIMERO. Esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante los radicados 20266200229292 del 20 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 6400089098013626001, y 20266200400852 del 27 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 3500089098013626001, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. 6 Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA.Auto. No. 002498 Del 06 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 PARÁGRAFO SEGUNDO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión del trámite de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, objeto del presente auto, cursarán en el expediente RCM0005-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo al POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, a través de su representante legal o apoderado

presente auto, cursarán en el expediente RCM0005-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo al POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo y un extracto del Formato de Solicitud en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1º del artículo 2.2.2.8.5.2 del Decreto 1076 de 2015. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la documentación relacionada en el expediente VDI0929-00-2026, dentro del cual se adelantó la verificación de documentos de inicio, al expediente RCM0005-00-2026. ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 20217.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 06 ABR. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

YESIKA MARIA REYES PENA

CONTRATISTA

OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ CONTRATISTA 7 Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.Auto. No. 002498 Del 06 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6 Expediente No. RCM0005-00-2026

Fecha: 01 de abril de 2026

Proceso No.: 20265300024985

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la EntidadFORMATO DE SOLICITUD

PERMISO MARCO DE RECOLECCIÓN

1. DATOS GENERALES DEL SOLICITAN 1.1 Autoridad Ambiental competente para otorgar el Perm Autoridad Nacional de Licencias Ambientales 1.2 Datos del Solicitante del Permiso

Tipo de Institución Institución de Educación Superior Tipo Identificación NIT Número Identificación 890980136 No. Aprobación Min. Educación (SNIES) 2209 Origen de documento Nombre Completo Politécnico Colombiano Jaime I Número telefonico 6043197900 Número Celular 3194121997

Número Fax Correo Electrónic rectoria@elpoli.edu.co Dirección de Conta País Colombia Ciudad ANTIOQUIA-MEDELLIN - Urbano Dirección carrera 48 No. 7 - 151 Dirección de Corresponde País Ciudad Dirección Colombia TODOSTODOS Tiempo por el cual se solicita el permiso (meses) 120 Número VITAL 6400089098013626001

2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMI 2.1 Programas y grupos de Investigación Grupo de

Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de Conservación y M a n e j o d e Agroecosistema COL004577 Conservación y servicios a m b i e n t a l e s d e agroecosistemas Ingeniería Agropecuaria Tecnología Agropecuaria Maestría en Sistemas Agrarios 5 2 4 3 2 8 5 9 110108 Esta línea de investigación comprende la biodiversidad asociada a los Sistemas de Producción, es decir aquella usada directa o indirectamente en la alimentación y agricultura en sentido amplio Investigador Nombre Identificación Sandra Bibiana Muriel Ruiz 22116314 Mariana Mercado Mesa 1152448547 Arnulfo Gonzalez Serna 101721

Juan Carlos Blandon Martinez 1035430433 Mateo Barrera Betancourth 1020432825 Rodolfo Correa Peña 1040323134Laura Isabel Villegas Isaza 1020404894 Luisa Fernanda Peláez Carmona 1037586341 Luz Elena Perez Gallego 21631941 Elena Paola Gonzalez Jaimes 52263286 Luz Estella Vasquez David 43604944 Catalina Maria Zuluaga Amaya 43873262 Angela Patricia Castillo 52981038 Sara Milena Vargas Espinosa 1152694073 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de F i t o t e c n i a Trópical COL0018179 Biocontrol y Bionutrición Resistencia y manejo de enfermedades I n g e n i e r í a AgropecuariaT e c n o l o g í a Agropecuaria 52432859 Estudios para el hallazgo y p r o y e c c i ó n c i e n t í f i c a d e microorganismos benéficos para la agricultura, sin fines comerciales ; llevando a cabo confrontación de éstos microorganismos así como de métodos físicos y químicos frente a patógenos de ocurrencia natural en diversos cultivos agrícolas Resistencia y Manejo de

Enfermedades Investigador Nombre Identificación Samuel Velasquez Pineda 1015067623 Laura Arango Palacio 1037663516 Zenaida Ayala Ayala 103587 Diego Chicaiza Finley 12752579 Maria Juliana Castaño Escobar 1000414863 Samuel Velasquez Pineda 1034987939 Viviana Lopez Ramirez 1037609093 Diana Cristina Henao Ochoa 115219 Maria Alejandra Fajardo Mejia 101715 Valeria Giraldo Salazar 10014 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de S i s t e m a s a g r a r i o s sostenibles COL0007149 L í n e a a g r í c o l ab i o i n s u m o s y biotecnología Ingeniería Agropecuari a Tecnología Agropecuari a Maestría en Sistemas Agrarios Sostenibles 5 2 4 3 2 8 5 9 110108 Esta línea de investigación en las líneas de bioinsumos y biotecnología, enfocados a la producción agrícola, requiere realizar colectas de plantas, microorganismos de rizosfera y filosfera en especies silvestres y cultivos-Investigador Nombre Identificación Sandra Bibiana Muriel Ruiz 22116314

Mariana Mercado Mesa 1152448547 Arnulfo Gonzalez Serna 1017212338 Juan Pablo Jiménez Jaramillo 1035430433 Mateo Barrera Betancourth 1020432825 Rodolfo Correa Peña 1040323134 Laura Isabel Villegas Isaza 1020404894 Luisa Fernanda Peláez Carmona 1037586341 Luz Elena Perez Gallego 21631941 Elena Paola Gonzalez Jaimes 52263286 Luz Estella Vasquez David 43604944 Catalina Maria Zuluaga Amaya 43873262 Angela Patricia Castillo 52981038 Sara Milena Vargas Espinosa 1152694073 Sandra Bibiana Muriel Ruiz 22116314 Mariana Mercado Mesa 1152448547 Arnulfo Gonzalez Serna 1017212338 Juan Pablo Jiménez Jaramillo 1035430433 Mateo Barrera Betancourth 1020432825 Rodolfo Correa Peña 1040323134 Laura Isabel Villegas Isaza 1020404894 Luisa Fernanda Peláez Carmona 1037586341 Luz Elena Perez Gallego 21631941 Elena Paola Gonzalez Jaimes 52263286 Luz Estella Vasquez David 43604944 Catalina Maria Zuluaga Amaya 43873262 Angela Patricia Castillo 52981038 Sara Milena Vargas Espinosa 1152694073 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de S i s t e m a s A g r a r i o s SosteniblesSAS COL0007149 L í n e a M a t r i z d e I n v e s t i g a c i ó n e n Ciencias Agrarias (LMIAGR) Ingeniería

SosteniblesSAS COL0007149 L í n e a M a t r i z d e I n v e s t i g a c i ó n e n Ciencias Agrarias (LMIAGR) Ingeniería Agropecuaria, Administración de Empresas Agropecuarias, Tecnología Agropecuaria, Maestría en Sistemas Agrarios Sostenibles 5 2 4 3 4 2 0 6 2859 110108 Somos un grupo de investigación en sistemas agrarios con un enfoque de sostenibilidad e innovación , orientado al desarrollo de la actividad científica, tecnológica y en la formación de profesionales al servicio de la sociedad, que busca contribuir al desarrollo competitivo y equitativo del sector agrario departamental y nacional. Se trabajan principalmente temas Agrícolas, Pecuarios, de Acuicultura y Gestión Investigador Nombre Identificación Ana Maria Martinez Acosta 52087097 Ana Maria Olaya Fernandez 1037657028 Angela Patricia Castillo Giraldo 52981038Carlos Alberto Hurtado Castaño 98663545 Catalina Maria Zuluaga Amaya 43873262 Elena Paola Gonzalez Jaimes 52263286 Estefania Martinez Olier 1035859135 Francisco Eladio Restrepo Escobar 71659776 Hermes Rafael Pineda Santis 71603787 Jhon Fredy Osorio Giraldo 1037578847 Jorge Alberto Palacio Martinez 70120754 Juan Carlos Blandon Martinez 71679284

Juliana Castrillon Garcia 1128265346 Laura Isabel Villegas Isaza 1020404894 Liz Shirley Suarez Barrientos 1128389244 Lucy Arboleda Chacon 25611367 Luz Elena Perez Gallego 21631941 Luz Estella Vasquez David 43604944 Margarita Maria londoño Uribe 43724854 Mariana Mercado Mesa 1152448547 Monica Maria Taborda Arboleda 43220043 Natalia Yurley Betancur Henao 1001660514 Raul Adolfo Velasquez Velez 98642065 Sandra Bibiana Muriel Ruiz 22116314 Sara Milena Vargas Espinosa 1152694073 Tomas Antonio Madrid Garces 1035856496 Veronica Maria Alvarez Osorio 32255671 Victor Manuel Caicedo Valencia 94366644 Yenny Catalina Zuluaga Correa 1128426102 Yomar Javier Sánchez Caicedo 12973372 2.2 Prácticas académicas y/o docentes Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Investigador Nombre Identificación 2.3 Administración de los programas de investigación científica Dirección de Investigación y Posgrados, adscrita a la vicerrectoría de docencia e investigación 2.4 Sistema de Información de Registro y Seguimiento de proyeEl Politecnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid cuenta con un sistema de informacion de tecnologia de punta con una potente y robusta base de datos en ORACLE y un sofisticado entorno de desarrollo en la web JAVA denominado UNIVERSITAS XXIINVESTIGACION. Es el sistema de gestion de la investigacion que permite a la institucion recopilar, administrar y manipular el conjunto de datos de los proyectos. Dispone de una serie de componentes y posibilidades de parametrización flexible y por fases, adaptándose a las prioridades administrativas y académicas.

Componentes funcionales:

conjunto de datos de los proyectos. Dispone de una serie de componentes y posibilidades de parametrización flexible y por fases, adaptándose a las prioridades administrativas y académicas.

Componentes funcionales: -Gestion de Oportunidades de financiacion de la actividad investigadora. -Informacion actualizada en linea las 24 horas del dia. -Gestion economico-administrativa de la actividad investigadora. -Generar informacion de indicadores de los proyectos para la toma de decisiones. -Gestion de los recursos humanos /becas y contratos). -Gestion de grupos de investigacion. -Gestion de los resultados de la actividad investigadora. -Evaluacion de la actividadd investigadora y de la produccion cientifica. -Funcionalidades para el analisis de informacion dirigidas a investigadores, gestores y directivos.

Sitio: http//investigacion.elpoli.edu.co/Investigaciones/index.jsp

, , , 2.5 Documentos adjuntos 1106960298_146_Cert_Representacion Legal y Rut.pdf

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