ANLA - Auto 002744 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 002744 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 002744 (10 ABR. 2026) Página 1 de 69 f“Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” LA SUBDIRECTORA DE EVALUACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de las funciones establecidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011 modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, el Decreto 1076 de 2015, la Resolución 0760 del 21 de abril de 2025 y las Resoluciones 2938 de 27 de diciembre de 2024, 1226 del 27 de junio de 2025 y 3129 de 24 de noviembre de 2025 de la ANLA y CONSIDERANDO QUE: La Sociedad TAMARINO COLOMBIA S.A.S E.S.P., identificada con Nit. 901.610.845-2, solicitó licencia ambiental para el proyecto “Proyecto de Generación Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión A 230 kV a la Subestación San Carlos”, localizado en jurisdicción de los municipios de Puerto Nare, San Carlos y Puerto Berrío en el departamento de Antioquia, mediante comunicación con radicado en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea – VITAL 0200901610845225003 y en la ANLA 20256201095652 del 10 de septiembre de 2025 (VPD0225-00-2025), petición que surtió el siguiente:
Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea – VITAL 0200901610845225003 y en la ANLA 20256201095652 del 10 de septiembre de 2025 (VPD0225-00-2025), petición que surtió el siguiente:
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO: Comunicación con radicado ANLA 20246200650152 del 11 de junio de 2024. Mediante la cual la sociedad TAMARINO COLOMBIA S.A.S. E.S.P. solicitó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – (ANLA) pronunciamiento sobre la necesidad o no de elaboración y presentación del estudio de Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) para el proyecto denominado “Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión a 230 kV a la Subestación San Carlos”, localizado en los municipios de Puerto Nare y San Carlos del departamento de Antioquia.
Oficio con radicado ANLA 20243000625311 del 20 de agosto de 2024. Mediante el cual esta Autoridad Nacional estableció que de acuerdo con las características del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión a 230 kV a la Subestación San Carlos”, no es necesaria la presentación del Diagnóstico Ambiental de Alternativas – DAA para el citado proyecto asociado al expediente NDA1482-00.Auto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia
Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 2 de 69 Verificación preliminar de documentos surtida el día 17 de septiembre de 2025. De acuerdo con la solicitud de Licencia Ambiental, se adelantó la reunión virtual de socialización de los resultados de la VPD0225-00-2025 con la solicitante, la cual tuvo como resultado “APROBADA”, por contar con la documentación necesaria en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.2.2.3.6.2 del Decreto 1076 de 2015. Auto de inicio 8615 del 29 de septiembre de 2025. Por el cual Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto “Proyecto de Generación Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión A 230 kV a la Subestación San Carlos”, el cual fue notificado personalmente por correo electrónico a la sociedad solicitante el 7 de octubre de 2025, comunicado el 8 de octubre de 2025 a la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Rios Negro y Nare – CORNARE, a la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia – CORANTIOQUIA, a las Alcaldías Municipales de Puerto Nare, San Carlos y Puerto Berrío del departamento de Antioquia, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y a la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 3 para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios y, publicado en la Gaceta de esta Autoridad Nacional el 8 de octubre del mismo año; operando el 9 de octubre de dicha anualidad la ejecutoria de dicho acto administrativo. Visita presencial al área del proyecto objeto de evaluación. Llevada a cabo entre los
del mismo año; operando el 9 de octubre de dicha anualidad la ejecutoria de dicho acto administrativo. Visita presencial al área del proyecto objeto de evaluación. Llevada a cabo entre los días 20 al 25 de octubre de 2025, por parte del equipo evaluador ambiental de esta Autoridad Nacional. Información requerida a otras autoridades. A través de los siguientes oficios esta Autoridad Nacional solicitó la información indicada a continuación: •Radicado 20253701007341 del 21 de noviembre de 2025, por el cual se solicitó información a Parques Nacionales Naturales de Colombia, acerca de la superposición del área de influencia y de intervención del proyecto objeto de evaluación con áreas que hagan parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), especialmente con las Reservas Naturales de la Sociedad Civil que se encuentran registradas actualmente. •Radicado 20253701007631 del 21 de noviembre de 2025, por el que se solicitó información a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras - URT, acerca de la existencia de predios relacionados en el registro de tierras presuntamente despojadas y abandonadas forzosamente o que cuenten con sentencia ejecutoriada dentro de un proceso de restitución de tierras en el marco de la Ley 1448 de 2011, que se traslapen con el área de influencia y/o de intervención del proyecto en evaluación. •Radicado 20253701007411 del 21 de noviembre de 2025, a través del cual se solicitó información a la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia – CORANTIOQUIA sobre la superposición del proyecto objeto de la presente evaluación con áreas como Ecosistemas estratégicos, sensibles y/o áreas protegidas, Áreas destinadas y aprobadas para la ejecución de compensación por
CORANTIOQUIA sobre la superposición del proyecto objeto de la presente evaluación con áreas como Ecosistemas estratégicos, sensibles y/o áreas protegidas, Áreas destinadas y aprobadas para la ejecución de compensación por pérdida de biodiversidad, y proyectos con licencia ambiental o plan de manejoAuto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 3 de 69 ambiental competencia de la Corporación y que puedan ser considerados dentro del análisis a que hace mención el artículo 2.2.2.3.6.4. del Decreto 1076 de 2015, entre otras. •Radicado 20253701007521 del 21 de noviembre de 2025, a través del cual se solicitó información a la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare - CORNARE sobre la superposición del proyecto objeto de la presente evaluación con áreas como Ecosistemas estratégicos, sensibles y/o áreas protegidas, Áreas destinadas y aprobadas para la ejecución de compensación por pérdida de biodiversidad, y proyectos con licencia ambiental o plan de manejo ambiental competencia de la Corporación y que puedan ser considerados dentro del análisis a que hace mención el artículo 2.2.2.3.6.4. del Decreto 1076 de 2015, entre otras. •Radicado 20253701018011 del 25 de noviembre de 2025, a través del cual se solicitó información a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible -Minambiente,
•Radicado 20253701018011 del 25 de noviembre de 2025, a través del cual se solicitó información a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible -Minambiente, sobre la superposición del proyecto bajo estudio con áreas como Ecosistemas estratégicos, sensibles y/o áreas protegidas de competencia del Ministerio. Reunión de Información Adicional. Celebrada el 11 de noviembre de 2025 a través de la aplicación Microsoft Teams, como consta en el Acta 86 de 2025, en la que esta Autoridad Nacional requirió a la solicitante, para que en el término de un (1) mes presentara información adicional necesaria para decidir la viabilidad o no de otorgar la Licencia Ambiental solicitada. Las decisiones adoptadas quedaron notificadas verbalmente, de conformidad con el inciso cuarto del numeral 2 del artículo 2.2.2.3.6.3. del Decreto 1076 de 2015. Solicitud de prórroga para presentar información adicional. A través de comunicación con radicado 20256201511802 del 3 de diciembre de 2025, la solicitante presentó solicitud de prórroga de un (1) mes adicional al plazo inicial, para la entrega de la información adicional requerida en la Reunión de Información Adicional. Oficio que concede prórroga. A través del oficio con radicado 20253701087191 del 11 de diciembre de 2025, esta Autoridad Nacional concedió prórroga de un (1) mes adicional, con el fin de que la sociedad TAMARINO COLOMBIA S.A.S E.S.P. presentara la información adicional requerida. Respuestas emitidas por otras Autoridades. Frente a la solicitud de información
el fin de que la sociedad TAMARINO COLOMBIA S.A.S E.S.P. presentara la información adicional requerida. Respuestas emitidas por otras Autoridades. Frente a la solicitud de información formulada por esta Autoridad Nacional, se recibieron las siguientes respuestas por parte de otras Autoridades: •Parques Nacionales Naturales de Colombia. Por medio del oficio con radicado 20256201509532 del 3 de diciembre de 2025, dio respuesta a la solicitud de la ANLA con radicado 20253701007341 del 21 de noviembre de 2025, indicando que el proyecto en mención presenta traslape con la Reserva Forestal Protectora Regional Punchiná administrada por la Corporación Autónoma Regional de las cuencas de los ríos Rionegro y Nare.Auto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 4 de 69 •Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia – CORANTIOQUIA. Por medio de los oficios con radicado 20266200015692 y 20266200015812 del 7 de enero de 2026, profirió respuesta frente a la solicitud de la ANLA con radicado 20253701007411 del 21 de noviembre de 2025, en el sentido de aportar información relacionada con áreas del Plan General de Ordenación Forestal – PGOF vigente, acotamiento de rondas hídricas, áreas con función amortiguadora, áreas destinadas y aprobadas para la ejecución de compensación por pérdida de biodiversidad, proyectos con Licencia o Plan de Manejo Ambiental expedidos por la Corporación, entre otros.
acotamiento de rondas hídricas, áreas con función amortiguadora, áreas destinadas y aprobadas para la ejecución de compensación por pérdida de biodiversidad, proyectos con Licencia o Plan de Manejo Ambiental expedidos por la Corporación, entre otros. •Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible. A través del oficio con radicado 20266200194562 del 13 de febrero de 2026, emitió respuesta a la solicitud de la ANLA con radicado 20253701018011 del 25 de noviembre de 2025, informando que respecto del área de interés se presenta traslape con las áreas de importancia ambiental: Reserva Forestal Protectora Regional Puchiná, Humedales (temporal y permanente) y AICASEmbalse de Punchina y su zona de protección. Comunicación sobre superposición de proyectos: A través de los siguientes oficios esta Autoridad Nacional dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.2.3.6.4 del Decreto 1076 de 2015: •Oficio con radicado 20253701020171 del 25 de noviembre de 2025, por el cual se le comunicó a la sociedad COMTROL COLOMBIA S.A. la superposición del área de influencia del proyecto bajo estudio con el proyecto “Área de Interés de Perforación Exploratoria Bloque El Remanso”, el cual cuenta con Licencia Ambiental otorgada por esta Autoridad Nacional, mediante la Resolución 1431 de 13 de agosto de 2008, expediente ANLA LAM4083. •Oficio con radicado 20253701020261 del 25 de noviembre de 2025, por el cual se le comunicó a la sociedad INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P. la superposición del área del proyecto bajo estudio y parte de su Área de Influencia con los proyectos:
le comunicó a la sociedad INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P. la superposición del área del proyecto bajo estudio y parte de su Área de Influencia con los proyectos: - “Línea de Transmisión a 500 Kv. San Carlos-San Marcos Incluyendo La Subestación La Virginia”, el cual cuenta con licencia ambiental otorgada mediante Resolución 1313 del 5 de diciembre de 1996, expediente LAM0421. - “Línea de Transmisión La Sierra – Doña Juana (Purnio) a 230 kV”, el cual cuenta con licencia ambiental otorgada mediante Resolución 879 del 02 de octubre de 1997, expediente LAM1252. - “Proyecto de Refuerzo de Transmisión (Ampliación de La Subestación Comuneros a 230 kV)”, el cual cuenta con licencia ambiental otorgada mediante Resolución 1123 del 4 de diciembre de 1991, expediente LAM1260.Auto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 5 de 69 - “Línea de Transmisión a 230 KV Primavera – Playas”, el cual cuenta con licencia ambiental otorgada mediante Resolución 705 del 30 julio de 1998, expediente LAM1714. •Oficio con radicado 20253701020441 del 25 de noviembre de 2025, por el cual se le comunicó a la sociedad TPL COLOMBIA LTD - SUCURSAL COLOMBIA la superposición del área del proyecto bajo estudio y parte de su Área de Influencia con el proyecto “Área de Interés de Perforación Exploratoria Turpial”, el cual cuenta
le comunicó a la sociedad TPL COLOMBIA LTD - SUCURSAL COLOMBIA la superposición del área del proyecto bajo estudio y parte de su Área de Influencia con el proyecto “Área de Interés de Perforación Exploratoria Turpial”, el cual cuenta con Licencia Ambiental otorgada por esta Autoridad Nacional, mediante la Resolución 235 del 19 de abril de 2012, expediente ANLA LAM5278. Pronunciamientos y respuestas emitidas en virtud de la superposición de proyectos: En virtud de lo comunicado por la ANLA, se recibieron los siguientes pronunciamientos por parte de los titulares de proyectos que se encuentran en superposición con el área del proyecto objeto de evaluación: •INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P. A través de comunicación con radicado 20256201543742 del 10 de diciembre de 2025, emitió su pronunciamiento frente al oficio de la ANLA con radicado 20253701020261 del 25 de noviembre de 2025, indicando entre otras cosas que “…es necesario que la sociedad TAMARINO COLOMBIA S.A.S E.S.P, continue con la gestión con ISA, para adelantar entre las partes un Acuerdo Operaciones [sic] de Coexistencia.” Respuesta a requerimientos de información adicional: Por medio de la comunicación con radicado en VITAL 3500901610845226001 y radicado ANLA 20266200048592 del 14 de enero de 2026, la solicitante presentó la información requerida en Reunión de Información Adicional. Concepto Técnico 3694 del 10 de abril de 2026. Emitido por el equipo evaluador ambiental de esta Autoridad Nacional.
I. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir y agotadas las etapas procesales
Información Adicional. Concepto Técnico 3694 del 10 de abril de 2026. Emitido por el equipo evaluador ambiental de esta Autoridad Nacional.
I. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, esta Autoridad Nacional se pronunciará en relación con el trámite de solicitud de la licencia ambiental solicitada.
En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: A) Descripción general del proyecto, B) Consideraciones técnicas de esta Autoridad Nacional, C) Consideraciones jurídicas de esta Autoridad Nacional D) Consideraciones de la ANLA que motivan a otorgar o negar la licencia ambiental: A) Descripción general del proyecto. El Proyecto de Generación Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MWac; 240,15 MWp) tiene como objetivo generar energía eléctrica a partir del aprovechamiento del recurso solar mediante la construcción, operación, mantenimiento y desmantelamiento del parque, asíAuto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 6 de 69 como su conexión al Sistema a través de una línea de conexión a 230 kV hasta la Subestación San Carlos (230 kV), con una longitud aproximada de 25,87 km. LOCALIZACIÓN El Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión A 230 kV a la Subestación San Carlos, se encuentra ubicado en el departamento de Antioquia específicamente los municipios de Puerto Berrio, Puerto Nare y San Carlos.
El Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión A 230 kV a la Subestación San Carlos, se encuentra ubicado en el departamento de Antioquia específicamente los municipios de Puerto Berrio, Puerto Nare y San Carlos. Figura. Localización del proyecto de Generación Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión A 230 kV a la Subestación San Carlos.
Fuente: Equipo evaluador ambiental de la ANLA con base en información adicional para el Estudio Impacto Ambiental del proyecto con radicado ANLA 20266200048592 del 14 de enero de 2026
B) Consideraciones técnicas de esta Autoridad Nacional Como se señaló previamente, el equipo evaluador ambiental de la ANLA, una vez verificada la información allegada para la solicitud de Licencia Ambiental para el “Proyecto de Generación Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) y su Línea de Conexión A 230 kV a la Subestación San Carlos”, la respuesta a la Información Adicional solicitada, así como los documentos obrantes en el expediente LAV0048-00-2025, y lo observado en la visita técnica efectuada al área del proyecto, elaboró el Concepto Técnico 3694 del 10 de abril de 2026. Las fotografías, imágenes, figuras y tablas que no se encuentren en el presente acto administrativo, podrán ser consultadas en el referido concepto técnico.Auto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 7 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia
Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 7 de 69 De acuerdo con lo indicado, a continuación, se presenta el análisis referente a la solicitud de Licencia Ambiental efectuada por la sociedad TAMARINO COLOMBIA S.A.S E.S.P. “(…) INFRAESTRUCTURA OBRAS Y ACTIVIDADES Infraestructura, obras y/o actividades que hacen parte del proyecto A continuación, se relaciona la infraestructura, obras y actividades propuestas por la solicitante para el proyecto. Tabla Error! No text of specified style in document.-1. Infraestructura, obras y/o actividades que hacen parte del proyecto. No. INFRAESTRUCTURA Y/O OBRAS SOLICITADAS Y ACTIVIDADES ASOCIADAS 1 Módulos fotovoltaicos Existente Proyectada X Área 349,43 ha Cantidad 381.186 módulos Actividades u obras asociadas Etapa Pre-Constructiva: -Negociación de predios y servidumbres Etapa Constructiva: -Replanteo topográfico y demarcación -Instalación y funcionamiento de obras temporales y sitios de acopio -Desmonte, descapote y aprovechamiento forestal -Acondicionamiento y nivelación del terreno -Hincado de postes/perfiles y montaje de estructuras soporte -Montaje e instalación de módulos fotovoltaicos -Apertura de zanjas e instalación de cableado y conexiones eléctricas -Pruebas, energización y puesta en servicio Etapa de Operación y Mantenimiento: -Operación del parque solar -Mantenimiento de módulos fotovoltaicos -Mantenimiento de estructuras de soporte Etapa de Desmantelamiento y Abandono: -Desmontaje, demolición y limpieza -Restauración y reconformación de áreas intervenidas Descripción
-Operación del parque solar -Mantenimiento de módulos fotovoltaicos -Mantenimiento de estructuras de soporte Etapa de Desmantelamiento y Abandono: -Desmontaje, demolición y limpieza -Restauración y reconformación de áreas intervenidas Descripción
La solicitante planea la instalación de 381.186 módulos fotovoltaicos los cuales se organizan por agrupaciones llamadas mesas, configuradas para alojar 27, 54 o 81 módulos por mesa. Los paneles solares tienen dimensiones típicas de alto, ancho y espesor de 2.382 mm × 1.134 mm x 30 mm, con tecnología tipo Bifacial, PERC (Silicio Monocristalino). De acuerdo con la información adicional presentada por la solicitante, estas mesas solares fotovoltaicas estarán ubicadas en 37 subcampos que componen el área de intervención del proyecto.
No. INFRAESTRUCTURA Y/O OBRAS SOLICITADAS Y ACTIVIDADES ASOCIADAS 2 Línea de conexión Existente Proyectada X Cantidad/Unidad 25,87 km Actividades u obras asociadas
Etapa Pre-Constructiva -Información, socialización y atención de PQRS -Gestión predialAuto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 8 de 69 Etapa Constructiva -Desmonte y descapote -Adecuación de accesos nuevos y existentes
-Plazas de tendido -Transporte y movilización de maquinaria, materiales, equipos y persona -Excavación en sitios de torre -Construcción de cimentaciones y rellenos -Montaje de torres -Tendido y tesado de conductores -Instalación de accesorios y cadenas de aisladores -Construcción de obras de estabilidad y drenaje -Limpieza de áreas intervenidas Etapa de Operación -Pruebas y puesta en operación -Transporte de energía -Mantenimiento de la infraestructura y de la franja de servidumbre Etapa de Desmantelamiento -Retiro de instalaciones e infraestructura -Manejo y disposición de materiales -Reconformación del terreno -Revegetación de áreas intervenidas Descripción La solicitante plantea la construcción de una línea de conexión aérea a 230 kV para la conexión del Parque Solar Fotovoltaico Tamarino (200 MW) con la bahía de 230 kV de la Subestación San Carlos, con una longitud de 25,87 km. La línea de conexión presenta las siguientes características:
Características técnicas de la línea de conexión Parámetro Descripción Configuración 1 circuito Número total de estructuras 57 estructuras Tipo y cantidad de estructuras 53 torres y 4 pórticos Plazas de tendido 11 Servidumbre 30 m (15 m a cada lado del eje) Fuente: Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA con la información consignada en el Capítulo 3. Descripción del proyecto, de la información adicional para el Estudio Impacto Ambiental del proyecto, con radicado ANLA 20266200048592 del 14 de enero de 2026
No. INFRAESTRUCTURA Y/O OBRAS SOLICITADAS Y ACTIVIDADES ASOCIADAS 3 Sitio de estructura (torre y pórtico) Existente Proyectada X Cantidad/Unidad 57 sitios
No. INFRAESTRUCTURA Y/O OBRAS SOLICITADAS Y ACTIVIDADES ASOCIADAS 3 Sitio de estructura (torre y pórtico) Existente Proyectada X Cantidad/Unidad 57 sitios Actividades u obras asociadas
Etapa Pre-Constructiva -Replanteo topográfico y localización del sitio de torre -Adecuación inicial de accesos -Movilización de maquinaria, materiales, equipos y personal Etapa Constructiva -Desmonte y descapote -Adecuación del sitio de torre -Excavación en sitio de torre -Construcción de cimentaciones y rellenos -Montaje de torre -Instalación de puesta a tierra -Instalación de accesorios -Obras de estabilidad y drenajeAuto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 9 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 9 de 69 -Limpieza de áreas intervenidas Etapa de Operación y Mantenimiento -Inspección y mantenimiento de la torre -Mantenimiento de puesta a tierra -Mantenimiento de accesos y área de apoyo -Control de vegetación Etapa de Desmantelamiento y Abandono -Retiro de instalaciones e infraestructura -Manejo y disposición de materiales -Reconformación del terreno -Revegetación de áreas intervenidas Descripción La solicitante plantea la instalación de 53 torres para la línea de conexión en circuito sencillo adicional a 4 pórticos, para un total de 57 estructuras. Cada sitio contempla un área aproximada de 6 m x 6 m, para un área total aproximada de intervención en sitios de torre de 0,1908 ha. Asimismo, las alturas
a 4 pórticos, para un total de 57 estructuras. Cada sitio contempla un área aproximada de 6 m x 6 m, para un área total aproximada de intervención en sitios de torre de 0,1908 ha. Asimismo, las alturas de las torres se contemplan entre 27,5 m y 53 m. Coordenadas de los sitios de torre
NÚMERO
DE TORRE
COORDENADA
X (m)
COORDENADA
Y (m)
NÚMERO
DE TORRE
COORDENADA
X (m)
COORDENADA
Y (m) T_0 Pórtico Subestación Elevadora 4822164,92 2247992,48 T_29 4811072,32 2243615,94 T_1 4822159,47 2247962,92 T_30 4810525,71 2243545,74 T_2 4822099,03 2247635 T_31 4809934,42 2243469,82 T_3 4822028,91 2247254,78 T_32 4809261,19 2243492,6 T_4 4821983,16 2247096,04 T_33 4808318,35 2243564,34 T_5 4821706,54 2246650,22 T_34 4807546,4 2243500,21 T_6 4821350,08 2246174,95 T_35 4806916,5 2243447,92 T_7 4821264,23 2246012 T_36 4806336,37 2243399,71
T_8 4820787,78 2245832,8 T_37 4805636,51 2243616,2 T_9 4820599,36 2245532,47 T_38 4805185 2244379,94 T_10 4820262,97 2245173,25 T_39 4804814,77 2244394,89 T_11 4819910,55 2244796,67 T_40 4804617,84 2244310,93 T_12 4819823,5 2244593,42 T_41 4804018,5 2244240,9 T_13 4819455,51 2244254,32 T_42 4803275,42 2244120,13 T_14 4819060,7 2244054,12 T_43 4803072,79 2244075,28 T_15 4818672,28 2243990,03 T_44 4802653,99 2243784,75 T_16 4818000,04 2243973,05 T_45 4802253,08 2243932,75 T_17 4817495,53 2243916,78 T_46 4801719,14 2244129,9 T_18 4816905,78 2243850,88 T_47 4801363,67 2244227,82 T_19 4816499,24 2243805,51 T_48 4801138,93 2244289,73 T_20 4816011,44 2243824,85 T_49 4800453,81 2244253,47 T_21 4815237,45 2243714,81 T_50 4800245,24 2244242,47
T_22 4814483,4 2243607,55 T_51 4799930,62 2244173,12 T_23 4813716,31 2243582,74 T_52 4799848,4 2244161,58 T_24 4813304,04 2243630,05 T_53 4799753,2 2244218 T_25 4812933,25 2243694,3 T_54 4799603,41 2244382,61 T_26 4812539,84 2243762,5 T_55 4799450,22 2244537,17 T_27 4811855,69 2243760,11 T_28 4811560,94 2243678,69 T_ – 56 Pórtico S/E San Carlos 4799413,74 2244573,19
Fuente: Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA con la información consignada en el Capítulo 3. Descripción del proyecto, de la información adicional para el Estudio Impacto Ambiental del proyecto, con radicado ANLA 20266200048592 del 14 de enero de 2026Auto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 10 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 10 de 69
No. INFRAESTRUCTURA Y/O OBRAS SOLICITADAS Y ACTIVIDADES ASOCIADAS 4 Plazas de tendido Existente Proyectada X Cantidad/Unidad 11 plazas Actividades u obras asociadas Etapa Pre-Constructiva -Replanteo y localización -Demarcación y señalización -Verificación y alistamiento de accesos para ingreso de equipos Etapa Constructiva -Desmonte y descapote -Adecuación de la plaza
Actividades u obras asociadas Etapa Pre-Constructiva -Replanteo y localización -Demarcación y señalización -Verificación y alistamiento de accesos para ingreso de equipos Etapa Constructiva -Desmonte y descapote -Adecuación de la plaza -Instalación/ubicación de equipos de tendido -Operación de tendido -Manejo de materiales y residuos asociados a la actividad -Limpieza final del área de trabajo Etapa de Desmantelamiento y Abandono -Retiro/desmonte de instalaciones temporales -Reconformación del terreno y restitución de capa vegetal -Rehabilitación del área intervenida Descripción
La solicitante contempla la adecuación de 11 plazas de tendido como infraestructura temporal asociada a la construcción de la línea de conexión, destinada a la instalación y operación de equipos para el tendido/halado y tensionado de conductores y cable de guarda (incluye OPGW). Estas plazas se ubican preferentemente dentro de la franja de servidumbre y, de acuerdo con la información adicional, presentan un rango de área aproximado entre 1.000 m² y 3.000 m², seleccionadas en función de las condiciones de acceso, maniobra y seguridad requeridas para las actividades de tendido.
Coordenadas del centroide de las plazas de tendido Coordenadas origen nacional ID
Área (ha) Este Norte PLT-1 0,083 4800132,91 2244216,88 PLT-2 0,113 4804079,15 2244246,44
PLT-3 0,096 4805327,71 2244140,89 PLT-4 0,102 4807632,16 2243507,34 PLT-5 0,072 4807823,08 2243527,41 PLT-6 0,183 4811002,4 2243606,46 PLT-7 0,058 4813771,93 2243578,39 PLT-8 0,12 4816965,41 2243857,54 PLT-9 0,126 4818470,23 2243988,4 PLT-10 0,135 4819883,9 2244738,47 PLT-11 0,087 4820632,26 2245578,65
Fuente: Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA con la información consignada en el Capítulo 3. Descripción del proyecto, de la información adicional para el Estudio Impacto Ambiental del proyecto, con radicado ANLA 20266200048592 del 14 de enero de 2026
No. INFRAESTRUCTURA Y/O OBRAS SOLICITADAS Y ACTIVIDADES ASOCIADAS 5 Cerramiento perimetral Existente Proyectada X Área dentro del cerramiento 349,43 ha. Longitud 1,4 km Actividades u obras asociadasAuto. No. 002744 Del 10 ABR. 2026 Hoja No. 11 de 69 “Por el cual se ordena el archivo del trámite de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental iniciado mediante Auto 8615 del 29 de septiembre de 2025” Página 11 de 69 Etapa Pre-Constructiva -Replanteo y localización -Demarcación del perímetro -Movilización de materiales, equipos y personal Etapa Constructiva -Excavación puntual para instalación de postes -Instalación de postes y elementos de soporte
Página 11 de 69 Etapa Pre-C
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