ANLA - Auto 003280 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 003280 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 003280 (24 ABR. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS
Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, Resolución 1407 de 2018 modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el Auto 10853 del 03 de diciembre de 2025, efectuó seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques presentado por la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., con NIT. 901.089.699 - 9, efectuando requerimientos de conformidad con la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018 1 modificada por la Resolución 1342 del 24 de diciembre de
20202. Dicho auto fue notificado mediante correo electrónico el 04 de diciembre de 2025, quedando con constancia de ejecutoria de fecha 05 de diciembre de la misma anualidad.
20202. Dicho auto fue notificado mediante correo electrónico el 04 de diciembre de 2025, quedando con constancia de ejecutoria de fecha 05 de diciembre de la misma anualidad.
La sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., mediante comunicación 20256201634412 del 29 de diciembre de 2025, asociado a número VITAL 3500090108969925003, presentó respuesta a los requerimientos efectuados a través del Auto 10853 del 03 de diciembre de 2025. Por medio de la comunicación 20266200505262 del 21 de abril de 2026, con número VITAL 3500090108969926002, la citada sociedad solicitó el cierre del expediente PGE0001-002024. 1 Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” 2 “Por el cual se modifica la Resolución 1407 de 2018 y se toman otras determinaciones”Auto. No. 003280 Del 24 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, con base en la información obrante en el expediente en comento, en el marco del seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., emitió el Concepto Técnico 3835 del 14 de abril de 2026, el cual es fundamento del presente acto administrativo.
sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., emitió el Concepto Técnico 3835 del 14 de abril de 2026, el cual es fundamento del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), profirió la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018, modificada por Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 2020 y 803 del 24 de junio de 2024, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio y tomar otras determinaciones. El artículo 2° ibídem, modificado por la Resolución 803 del 24 de junio de 2024 3, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4 y el artículo 17 de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5, el parágrafo 3 del artículo 18 de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de
2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de Un Solo Uso. A través del presente acto administrativo, se efectúa seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., así como a los requerimientos efectuados en el Auto 10853 del 03 de diciembre de 2025. Con fundamento en las normas en cita y conforme al análisis realizado a la documentación del expediente PGE0001-00-2024; con base en lo expuesto en el Concepto Técnico 3835 del 14 de abril de 2026, esta Autoridad establece que el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., dio cumplimiento extemporáneo a las metas de aprovechamiento de los años 2021 y 2022, establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de
2020. Adicionalmente, se destaca que la sociedad en comento atendió los requerimientos señalados en el Auto 10853 del 03 de diciembre de 2025.
Ahora bien, de conformidad con lo expuesto en los numerales 3.2 y 4.1 del mencionado insumo técnico, a la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., no le es exigible la 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de
insumo técnico, a la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., no le es exigible la 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 003280 Del 24 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 presentación de los informes de avance correspondientes a las vigencias 2023, 2024 y 2025 en el marco de un Plan Individual, ya que mediante radicado 20236200923332 del 29 de noviembre de 2023, asociado al número VITAL 3500901364866123029, fue formalizada la adhesión al Plan Colectivo de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y Residuos de Productos Plásticos de un Solo Uso representado por la empresa FRACTAL ESTRATEGIAS SOSTENIBLES S.A.S., correspondiente al expediente PGE0045-00-2021, por lo tanto el cumplimiento de las obligaciones del productor, a partir de la vigencia 2023, son objeto de seguimiento en el marco de dicho Plan Colectivo. En consecuencia, al no existir actuación administrativa alguna a seguir, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, la ANLA ordenará el archivo
son objeto de seguimiento en el marco de dicho Plan Colectivo. En consecuencia, al no existir actuación administrativa alguna a seguir, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, la ANLA ordenará el archivo del expediente PGE0001-00-2024, en el cual reposan las actuaciones relacionadas con el Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques presentado por la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 del 12 de julio de 20124, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 5, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20216. Finalmente, se precisa que la inobservancia de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, así como los actos administrativos emanados por esta Autoridad en el expediente PGE0001-00-2024, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 7, modificada por la Ley 2387 de 20248. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2° del artículo 11 del Decreto 376 de 2020, estableció dentro de las funciones
trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2° del artículo 11 del Decreto 376 de 2020, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y 4 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 5 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 6 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”. 7 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.” 8 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 003280 Del 24 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de
para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 003280 Del 24 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. - Informar a la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., con NIT. 901.089.699 - 9, que, conforme a lo expuesto en el Concepto Técnico 3835 del 14 de abril de 2026 dio cumplimiento extemporáneo a las metas de aprovechamiento de los años 2021 y 2022 del Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, así como también, dio respuesta a los requerimientos formulados en el Auto 10853 del 03 de diciembre de 2025. ARTÍCULO SEGUNDO. - En consecuencia, ordenar el archivo definitivo del expediente PGE0001-00-2024, correspondiente al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., por las
PGE0001-00-2024, correspondiente al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto y en el Concepto Técnico 3835 del 14 de abril de 2026. ARTÍCULO TERCERO. - Es bajo el Plan Colectivo de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y Residuos de Productos Plásticos de un Solo Uso representado por la empresa FRACTAL ESTRATEGIAS SOSTENIBLES S.A.S., correspondiente al expediente PGE0045-00-2021, en el cual la ANLA verifica el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, para la vigencia 2023 y siguientes, por parte de la sociedad
MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S.
ARTÍCULO CUARTO. - Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad MAGU INDUSTRIAS PLÁSTICAS S.A.S., a través de su representante legal o a su apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 3835 del 14 de abril de 2026. ARTÍCULO QUINTO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente auto no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011.
Entidad. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente auto no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEAuto. No. 003280 Del 24 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 Dado en Bogotá D.C., a los 24 ABR. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
YESIKA MARIA REYES PENA
CONTRATISTA
JULIETH CONSTANZA ROMERO DELGADO
PROFESIONAL ESPECIALIZADO Expediente No. PGE0001-00-2024 Concepto Técnico N° 3835 del 14 de abril de 2026
Fecha: 21 de abril de 2026
Proceso No.: 20265300032805
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los
archivos digitales de la EntidadAuto. No. 003280 Del 24 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6