ANLA - Auto 003486 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 003486 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 003486 (28 ABR. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025, 990 del 2025, y
CONSIDERANDO QUE: La FEDERACIÓN NACIONAL DE CACAOTEROS, con NIT 899.999.175-1, mediante el radicado 20266200200092 del 16 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 57000899999175260011, presentó ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
(ANLA), solicitud de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Manejo sanitario, inocuidad y manejo agronómico del cultivo de Cacao”, a nivel nacional, por un término de vigencia de tres (3) años, de conformidad con el Formato
para el proyecto “Manejo sanitario, inocuidad y manejo agronómico del cultivo de Cacao”, a nivel nacional, por un término de vigencia de tres (3) años, de conformidad con el Formato de Solicitud de Permiso Individual de Recolección y documentos anexos. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el oficio 20265300180031 del 20 de febrero de 2026, con fundamento en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011 2, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015 3, requirió a la FEDERACIÓN NACIONAL DE CACAOTEROS, información adicional para continuar con la evaluación de la solicitud del Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. La FEDERACIÓN NACIONAL DE CACAOTEROS, mediante el radicado 20266200373992 del 24 de marzo de 2026, solicitó prórroga para atender los requerimientos formulados. 1 Expediente VDI0792-00-2026. 2 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 3 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 003486 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 Dicha solicitud fue concedida con el oficio 20265300380591 del 13 de abril de 2026 por esta Autoridad, otorgándole un plazo adicional de un (1) mes. La FEDERACIÓN NACIONAL DE CACAOTEROS, a través del radicado 20266200525282 del 24 de abril de 2026, presentó documentación e información en respuesta a los requerimientos del oficio 20265300180031 del 20 de febrero de 2026. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 4, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 5, establece que “La entidad administrativa competente al recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental o al comenzarla de oficio dictará un acto de iniciación de trámite que notificará y publicará (…)”. El Decreto 1076 de 20156, unificó las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en su Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.4 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del permiso, en caso de que las
con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.4 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del permiso, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un permiso de recolección, encontrándose entre éstas, el permiso individual de recolección. El artículo 2.2.2.8.3.1 del Decreto 1076 de 2015, señala que las personas naturales o jurídicas que pretendan recolectar especímenes para adelantar un proyecto de investigación científica no comercial deberán obtener un permiso individual de recolección y el artículo 2.2.2.8.3.2 ibidem, establece los documentos que deben aportarse para la solicitud del permiso. El numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2 de la citada norma, establece que, recibida la solicitud del permiso de recolección con el lleno de requisitos, se expedirá el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993, dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción y publicará un extracto de la petición en su portal de Internet para garantizar el derecho de participación de posibles interesados. 4 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 5 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras disposiciones”.
5 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras disposiciones”. 6 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.Auto. No. 003486 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 El artículo 2.2.2.8.6.5 del Decreto 1076 de 2015 establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los permisos de recolección. Teniendo en cuenta que la FEDERACIÓN NACIONAL DE CACAOTEROS, acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), admite la petición realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Manejo sanitario, inocuidad y manejo agronómico del cultivo de Cacao”, de acuerdo con lo consignado en el formato de solicitud.
Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Manejo sanitario, inocuidad y manejo agronómico del cultivo de Cacao”, de acuerdo con lo consignado en el formato de solicitud. En consecuencia, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante los radicados 20266200200092 del 16 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 5700089999917526001 y 20266200525282 del 24 de abril de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 7, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia de acuerdo con la normativa vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites
actividad de su competencia de acuerdo con la normativa vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuya coordinadora fue designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir en la evaluación de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso de permisos y trámites ambientales de competencia 7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 003486 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Manejo sanitario, inocuidad y manejo agronómico del cultivo de Cacao”, conforme a la solicitud presentada por la FEDERACIÓN NACIONAL DE CACAOTEROS, con NIT 899.999.175-1, mediante los radicados 20266200200092 del 16 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 5700089999917526001 y 20266200525282 del 24 de abril de 2026. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la solicitud de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial cursarán en el expediente RCI0003-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la FEDERACIÓN NACIONAL DE CACAOTEROS, a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO CUARTO. Publicar en la página web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), el formato de solicitud presentado con los radicados 20266200200092 del 16 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 5700089999917526001 y
Ambientales (ANLA), el formato de solicitud presentado con los radicados 20266200200092 del 16 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 5700089999917526001 y 20266200525282 del 24 de abril de 2026, en virtud del numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2 del Decreto 1076 de 2015. ARTÍCULO QUINTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), asociar la documentación relacionada en el VDI0792-002026 al RCI0003-00-2026. ARTÍCULO SEXTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 20118.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 28 ABR. 2026 8 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 003486 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
CAMILO ORLANDO NARANJO RIOS
CONTRATISTA
CARMEN LIZETH BOLIVAR MELENDEZ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
Expediente No. RCI0003-00-2026
Anexo: Formato de Solicitud de Permiso Individual de Recolección Fecha: 28 de abril de 2026
Proceso No.: 20265300034865
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la EntidadFORMATO DE SOLICITUD
PERMISO INDIVIDUAL DE RECOLECCIÓN
Versión: 1.0
Última Actualización: Junio del 2013
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
1. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE Nombre del
Solicitante: Federación Nacional de
Cacaoteros NIT/Cédula de Ciudadanía: 899.999.175-1
Dirección: Calle 31 N°17-27 Ciudad: Bogotá Departamento: Cundinamarca País: Colombia Nombre del representante/apoderado: Apoderad o Representante Legal X Documento de Identidad: Eduard Baquero López C.C 79.485.528
Dirección notificación: Ciudad: Correo Electrónico: Teléfono(s):
Calle 31 N°17-27. Barrio Teusaquillo Bogotá info@fedecacao.com.co edgar.avella@fedecacao.com.co (1)3273000
Título del Proyecto: Manejo sanitario, inocuidad y manejo agronómico del cultivo de cacao Duración: 36 meses
2. INFORMACION PARA EL TRAMITE DEL PERMISO 2.1 Metodología para la recolección de especímenes (máximo 500 palabras):
cacao Duración: 36 meses
2. INFORMACION PARA EL TRAMITE DEL PERMISO 2.1 Metodología para la recolección de especímenes (máximo 500 palabras): Se colectará material vegetal de cacao, suelo y patógenos asociados, para diagnóstico, caracterización y desarrollo de manejo de estrategias sanitarias y agronómico. Las muestras serán recolectadas por personal de Fedecacao en sus Centros Experimentales y fincas comerciales, según protocolos del ICA y bibliografía especializada. Se presenta un resumen del procedimiento y las referencias, para información detallada consultar el Anexo 4.
1. Colecta de material vegetal (órganos aéreos de cacao) y pruebas fitosanitarias Objetivo: Obtener muestras de tejido vegetal para diagnóstico fitopatológico y caracterización de agentes asociados.
Tipo de muestras:
- Hojas con y sin síntomas. • Frutos en estados iniciales de afectación. • Tejidos con signos de patógenos.
Procedimiento:
- Identificar árboles sintomáticos y asintomáticos, colectar 5 hojas y 1 fruto por árbol [1] usando herramientas desinfectadas. • Embalar en condiciones que eviten degradación del material. • Etiquetar cada muestra con trazabilidad. • Transportar y procesar en laboratorio entre 24–48 horas posteriores a la colecta [1]. • Alternativamente, aplicar técnicas de preservación por desecación para conservación de ADN [2].
Pruebas a realizar:
- Aislamiento e identificación de fitopatógenos por caracterización morfológica y microbiológica [1].
- Alternativamente, aplicar técnicas de preservación por desecación para conservación de ADN [2].
Pruebas a realizar:
- Aislamiento e identificación de fitopatógenos por caracterización morfológica y microbiológica [1]. • Evaluar patogenicidad mediante inoculación controlada y medición de lesiones [3].FORMATO DE SOLICITUD
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible • Confirmar diagnóstico mediante observación macro y micromorfológica [1].
2. Colecta de suelo y análisis microbiológico
Objetivo: Caracterizar microbiota del suelo asociada al cultivo de cacao.
Tipo de muestras: suelo rizosférico y no rizosférico.
Procedimiento: • Delimitar unidades homogéneas de muestreo. • Implementar muestreo sistemático en zig-zag. Tomando de 10-20 submuestras por sitio. • Profundidades: 0–20 cm y 20–40 cm. • Homogeneizar submuestras (~1 kg). • Etiquetar según protocolo. • Refrigerar (4–10 °C) para mantener viabilidad [4]. • Transportar en condiciones controladas hasta el laboratorio [5].
Frecuencia muestreo: en época seca y lluviosa (2 anual)
Pruebas a realizar: • Aislamiento y cuantificación de microorganismos del suelo mediante técnicas microbiológicas (ej. NMP) [4]. • Caracterización de comunidades microbianas. • Análisis fisicoquímico complementario.
3. Colecta de raíces y evaluación de microorganismos asociados
- Caracterización de comunidades microbianas. • Análisis fisicoquímico complementario.
3. Colecta de raíces y evaluación de microorganismos asociados
Objetivo: Evaluar patógenos y asociaciones simbióticas en cacao.
Tipo de muestras: raíces finas (<2 mm) con suelo adherido.
Procedimiento: • Seleccionar 10 árboles por localidad. • Extraer 3 submuestras por árbol, manteniendo el suelo adherido a la raíz. • No lavar ni aplicar conservantes. • Embalar conservando humedad natural. • Etiquetar con información completa. • Refrigerar para mantener viabilidad celular [4]. • Transporte controlado al laboratorio [5].
Frecuencia muestreo: Dos eventos anuales.
Pruebas a realizar:
- Identificación de patógenos del suelo asociados a raíces. • Colonización micorrízica (conteo esporas por tamizado húmedo) [4]. • Aislamiento y conservación de microorganismos en medios de cultivo específicos [6].
Referencias:
[1] ICA – Guía toma de muestras para diagnóstico fitosanitario. [2] Smenderovac et al. – Métodos para preservación de ADN en muestras vegetales. [3] Phillips et al. – Escala evaluación de tolerancia a enfermedades en cacao.FORMATO DE SOLICITUD
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible [4] Argüello-Navarro et al. – Métodos cuantificación de microorganismos del suelo.
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible [4] Argüello-Navarro et al. – Métodos cuantificación de microorganismos del suelo. [5] Ma & Chu – Protocolos de muestreo y almacenamiento de microbioma. [6] Castrillón Molina et al. – Aislamiento y conservación de micobiota filamentosa. [7] Arévalo-Gardini et al. – Estudios de contaminantes en cacao. [8] Junaid et al. – Evaluación de enfermedades en cacao. [9] Pereira et al. – Patógenos asociados a cacao (Lasiodiplodia theobromae) 2.2 Localidades para la recolección de especímenes No. Localida d Nombre Localidad Departamento Municipio Coordenadas Consulta Previa Este o Long Norte o Lat NO Si, Fecha de Protoc olizació n 1 CEC Villa Mónica Santander San Vicente de Chucurí 2316464,84 4954348,63 X 2 CEC Gilberto Peláez Ángel Risaralda Marsella 2098756,56 4691366,56 X 3 CEC Santa Helena Arauca Arauquita 2334770,43 5177368,81 X 4 CEC Alto Magdalena Huila Gigante 1823161,99 4719756,54 X 5 CEC Tierradura Cauca Miranda 1916887,11 4632989,75 X 6 CEC Campo Alegre Valle del Cauca Andalucía 2020183,22 4644203,18 X
5 CEC Tierradura Cauca Miranda 1916887,11 4632989,75 X 6 CEC Campo Alegre Valle del Cauca Andalucía 2020183,22 4644203,18 X 7 CEC La Perla Arauca Tame 2279285,63 5148901,09 X 8 CEC Camacho Angarita Tolima Chaparral 1963375,09 4712974,64 X 9 Parcela Chinacota Norte de Santander Chinacota 2398186,13 5040936,97 X 10 Parcela Gigante Huila Gigante 1824594,59 4721957,29 X 11 Parcela San José Del Fragua Caquetá San José Del Fragua 1698395,68 4665299,25 X 12 Parcela Chaparral Tolima Chaparral 1973722,41 4716199,16 X 13 Parcela Oiba Santander Oiba 2238525,23 4977924,42 X 14 Parcela Yacopí Cundinamarca Yacopí 2169761,4 4850837,54 X 15 Parcela Puerto Rico Caquetá Puerto Rico 1771408,69 4758259,89 XFORMATO DE SOLICITUD
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 16 Parcela Maceo Antioquia Maceo 2285909,9 4800051,51 X 17 Parcela Hatocorozal Casanare Hato Corozal 2243861,51 5150422,22 X 18 Parcela Tame Arauca Tame 2285554,37 5182408,69 X
17 Parcela Hatocorozal Casanare Hato Corozal 2243861,51 5150422,22 X 18 Parcela Tame Arauca Tame 2285554,37 5182408,69 X 19 Parcela Fortul Arauca Fortul 2301500,75 5141418,96 X 20 Parcela Saravena Arauca Saravena 2330474,78 5127144,69 X 21 Parcela Santa Marta Magdalena Santa Marta 2801232,63 4912347,81 X 22 Parcela San Vicente de Chucurí Santander San Vicente de Chucurí 2309197,52 4949374,9 X 23 Parcela Rionegro Santander Rionegro 2360701,75 4981640,04 X 24 Parcela Tumaco Nariño Tumaco 1748199,89 4389475,7 X 25 Parcela Los Andes Nariño Los Andes 1735892,78 4499948,77 X 26 Parcela San José del Palmar Chocó San José del Palmar 2100462,63 4640023,25 X 27 Parcela Villagarzón Putumayo Villagarzón 1656577,18 4599879,3 X 28 Parcela Cali Valle del Cauca Cali 1902532,72 4604878,96 X 29 Parcela Dagua Valle del Cauca Dagua 1953999,56 4587320,12 X 2.3 Especímenes a recolectar Nombre Científico Tipo de muestra No. Localidad Cantidad de especímenes a recolectar Categorías especiales No. Permiso / Resolución levantamiento de veda Endémicaa Amenazab Vedac Theobroma
2.3 Especímenes a recolectar Nombre Científico Tipo de muestra No. Localidad Cantidad de especímenes a recolectar Categorías especiales No. Permiso / Resolución levantamiento de veda Endémicaa Amenazab Vedac Theobroma cacao Fruto (mazorca) 1–8 1760 N/A N/A N/A N/A Theobroma cacao Hoja 9–29 1100 N/A N/A N/A N/A Theobroma cacao Raíz 1–8 160 N/A N/A N/A N/A Theobroma cacao Grano seco 9–29 40 N/A N/A N/A N/AFORMATO DE SOLICITUD
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Suelo Suelo (muestra compuesta) 1–8 16 N/A N/A N/A N/A Moniliophthora roreri Material vegetal infectado 1–8 80 N/A N/A N/A N/A Phytophthora sp. Material vegetal infectado 1–8 64 N/A N/A N/A N/A Lasiodiplodia sp. Material vegetal infectado 1–8 80 N/A N/A N/A N/A Rosellinia sp. Material vegetal infectado 1–8 64 N/A N/A N/A N/A Ceratocystis sp. Material vegetal infectado 1–8 48 N/A N/A N/A N/A Trichoderma sp. Suelo rizosférico 1–8 96 N/A N/A N/A N/A Bacillus sp. Suelo rizosférico / semilla 1–8 80 N/A N/A N/A N/A
Trichoderma sp. Suelo rizosférico 1–8 96 N/A N/A N/A N/A Bacillus sp. Suelo rizosférico / semilla 1–8 80 N/A N/A N/A N/A Levaduras Granos en fermentación 1, 4, 5, 6 120 N/A N/A N/A N/A Bacterias ácidolácticas Granos en fermentación 1, 4, 5, 6 80 N/A N/A N/A N/A Azotobacter sp. Suelo rizosfera 1–8 80 N/A N/A N/A N/A Micorrizas arbusculares Suelo rizosfera 1–8 160 N/A N/A N/A N/A Nitrosomonas, Nitrobacter Suelo rizosfera 1–8 80 N/A N/A N/A N/A Justificación para la recolección de especies de categorías especiales: No se recolectarán especies de categorías especiales 2.4 Cronograma de recolección: El proceso de recolección de muestras de hojas y frutos se vincula con los periodos de desarrollo y cosecha del cultivo de cacao en cada región, de acuerdo con la duración del proyecto (36 meses) se tiene previsto iniciar la colecta en el mes de abril de 2026, por periodos de 5 meses correspondientes al inicio de floración, crecimiento y maduración de los frutosFORMATO DE SOLICITUD
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Principalmente para el análisis de patógenas limitantes), el mismo tratamiento se dará a la colecta de microorganismos
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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Principalmente para el análisis de patógenas limitantes), el mismo tratamiento se dará a la colecta de microorganismos asociados al proceso de fermentación del grano de cacao. Respecto de los organismos de suelos, la colecta se realizará cada tres meses, diferenciando los periodos de lluvia y sequia por regiones, lo que permitirá identificar la dinámica asociada a las condiciones ambientales, con menor intensidad en los meses de diciembre y enero, debido a los periodos de contratación de personal de campo. 2.5 Movilización del material recolectado al interior del país: Ruta de movilización Modo de transporte Fecha (tentativa) Origen Destino Antioquia 1. San Vicente de Chucurí (Santander) Terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Arauca 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre Aéreo Aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Cauca 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
Aéreo Terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028
2. Bogotá
Aéreo Terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Caquetá 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Chocó 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
Fluvial, aéreo y terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Cundinama rca
1. San Vicente de
Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Huila 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Magdalena 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Magdalena 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá Aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028FORMATO DE SOLICITUD
PERMISO INDIVIDUAL DE RECOLECCIÓN
Versión: 1.0
Última Actualización: Junio del 2013
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Nariño 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Norte de Santander
1. San Vicente de
Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre Aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Putumayo 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre y aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028
3. Rionegro
(Santander) Terrestre y aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Risaralda 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
Terrestre y aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Tolima 1. San Vicente de Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028 Valle del Cauca
1. San Vicente de
Chucurí (Santander)
2. Bogotá
3. Rionegro
(Santander) Terrestre y aéreo Marzo, abril, junio, septiembre, octubre de 2026; febrero, mayo, agosto, noviembre 2027; febrero, mayo, agosto, noviembre 2028
3. RESPONSABLES DEL PROYECTO
(Se debe diligenciar tanto para el responsable del proyecto, como para su grupo de trabajo. Repita la sección 3 tantas veces sea necesario)
3.1 DATOS PERSONALES
Nombre: Omar Alberto Dominguez Amorocho Identificación: 13747001 Nacion
alidad: Colombiano Correo
Electrónico: omar.dominguez@fedecacao
.com.co Direcci ón: Calle 31 N°17-27,
Nombre: Omar Alberto Dominguez Amorocho Identificación: 13747001 Nacion
alidad: Colombiano Correo
Electrónico: omar.dominguez@fedecacao
.com.co Direcci ón: Calle 31 N°17-27, Teusaquillo , Bogotá Teléfono(s): (1)3273000
3.2 FORMACION ACADEMICA RELACIONADA CON LA RECOLECCION DE ESPECIMENES
Modalidad Académica (pregrado / posgrado / cursos / capacitación) Numero de semestres aprobados (si aplica) Graduad o (si aplica) Título obtenido o nombre del curso/ capacitación Terminación Número tarjeta profesional (si aplica) Si No Mes Año Posgrado 8 X PhD en Ciencias 02 2022FORMATO DE SOLICITUD
PERMISO INDIVIDUA
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