ANLA - Auto 003487 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 003487 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 003487 (28 ABR. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS
Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, Resolución 1407 de 2018 modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, las Resoluciones 968 de 2025, 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 11122 del 11 de diciembre de 2025, realizó seguimiento ambiental al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques presentado por la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., con NIT 860.005.669-1, efectuando requerimientos de conformidad con la Resolución 1407 del 26 de julio de 20181 modificada por las Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 20202 y 803 de 2024 3, el cual fue notificado el 15 de diciembre de 2025, quedando con constancia de ejecutoria de fecha 16 de diciembre de la misma anualidad.
20202 y 803 de 2024 3, el cual fue notificado el 15 de diciembre de 2025, quedando con constancia de ejecutoria de fecha 16 de diciembre de la misma anualidad. La sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., mediante comunicación 20266200060062 del 15 de enero de 2026, presentó respuesta a los requerimientos efectuados a través del Auto de seguimiento No. 11122 del 11 de diciembre de 2025 y solicitó el archivo del expediente PGE0051-00-2025. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Tramites Ambientales de la ANLA, con base en la información obrante en el expediente PGE0051-00-2025, en el marco del seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y 1 Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” 2 “Por el cual se modifica la Resolución 1407 de 2018 y se toman otras determinaciones” 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 003487 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5
“Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 Empaques de la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., emitió Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026, el cual es fundamento del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), profirió la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018, modificada por Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 2020 y 803 del 24 de junio de 2024, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio y tomar otras determinaciones. El artículo 2° ibídem, modificado por la Resolución 803 del 24 de junio de 2024, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4 y el artículo 17 de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5, el parágrafo 3 del artículo 18 de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos.
2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de Un Solo Uso. A través del presente acto administrativo, se efectúa seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., así como a los requerimientos realizados en el Auto 11122 del 11 de diciembre de 2025. Con fundamento en las normas en cita y conforme al análisis realizado a la documentación del expediente PGE0051-00-2025; conforme a lo indicado en el Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026, esta Autoridad estableció que el Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., para la vigencia 2021, 2022 y 2023, se ajusta a la totalidad de las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, razón por la cual esta Autoridad considera viable efectuar el archivo del expediente, tal como se establecerá en la parte dispositiva del presente acto administrativo. Así mismo, la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., no cumplió con la ampliación de la cobertura geográfica de los planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques en San Andrés durante el año 2022, así como en San Andrés y Cúcuta durante el año 2023,
cobertura geográfica de los planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques en San Andrés durante el año 2022, así como en San Andrés y Cúcuta durante el año 2023, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 9º de la Resolución 1407 de 2018 y el numeral 7.1 del Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026. Finalmente, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) precisa que, en ejercicio de su función de seguimiento, verificará el cumplimiento de las disposicionesAuto. No. 003487 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 contenidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, así como a los requerimientos efectuados en los actos administrativos emanados por esta Autoridad, cuyo incumplimiento podrá llevar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 20094, modificada por la Ley 2387 de 20245. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2° del artículo 11 del Decreto 376 de 2020, estableció dentro de las funciones
trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2° del artículo 11 del Decreto 376 de 2020, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales. El artículo 34º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE ARTÍCULO PRIMERO. - Informar a la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., con NIT 860.005.669-1 que, conforme al análisis realizado en el Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026, dio cumplimiento extemporáneo a las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada parcialmente por la Resolución 1342 de
17 de abril de 2026, dio cumplimiento extemporáneo a las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada parcialmente por la Resolución 1342 de 2020, en lo referente a las vigencias 2021, 2022 y 2023, en el marco del seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques. ARTÍCULO SEGUNDO. Informar a la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., con NIT 860.005.669-1, que respecto a la ampliación de la cobertura geográfica de los planes de 4 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 5 “Por medio del cual se modifica el Procedimiento Sancionatorio Ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 003487 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 gestión ambiental de residuos de envases y empaques en San Andrés durante el año 2022, así como en San Andrés y Cúcuta durante el año 2023, no dio cumplimiento, de acuerdo con lo previsto en el literal b) del artículo 9 de la Resolución 1407 de 2018 y a lo contemplado
en el numeral 7.1. del Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026. ARTÍCULO TERCERO. – En consecuencia, ordenar el archivo del expediente PGE005100-2025, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo y por las razones expuestas en el Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026. PARÁGRAFO. Recordar a la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., que bajo el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de carácter colectivo administrado por la empresa INNOVACION BIOAMBIENTAL S.A.S. E.S.P., correspondiente al expediente No. PGE0110-00-2021, la ANLA verificará el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resolución 1342 de 2020 y 803 de 2024, para las vigencias 2024 y siguientes, por parte de la mencionada sociedad, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026, en el marco del Plan Colectivo. ARTÍCULO CUARTONotificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad LEGRAND COLOMBIA S.A., a través de su representante legal o a su apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación, se deberá entregar copia del Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026. ARTÍCULO QUINTO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta
PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación, se deberá entregar copia del Concepto Técnico 3994 del 17 de abril de 2026. ARTÍCULO QUINTO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente auto no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 28 ABR. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALESAuto. No. 003487 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento ambiental a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5
SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA
CONTRATISTA
JORGE ANDRES GARZON PEDROZA
CONTRATISTA
Expediente No. PGE0051-00-2025 Concepto Técnico N° 3994 del 17 de abril de 2026
Fecha: 24 de abril de 2026
Proceso No.: 20265300034875
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad