ANLA - Auto 003638 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
ANLA - Auto 003638 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 003638 (04 MAY. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, y las Resoluciones 968 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Universidad de Medellín, con NIT 890.902.920-1, y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) número 1812, por medio de comunicación de radicado 20266200391482 del 26 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 6400890902920126003, presentó solicitud de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección, bajo el expediente VDI1684-00-20261.

Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección, bajo el expediente VDI1684-00-20261. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante radicado 20265300331411 del 31 de marzo de 2026, solicitó información complementaria a la Universidad de Medellín, la cual debía ser remitida en el término de un (1) mes, contado a partir del siguiente día hábil al recibo del referido oficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011 2 sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 20153. 1 Expediente en el cual se surtió la verificación de documentos de inicio 2 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” 3 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”Auto. No. 003638 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 La Universidad de Medellín, por medio del radicado 20266200534832 del 27 de abril de 2026, asociado al número VITAL 3500890902920126001 presentó respuesta a los requerimientos formulados en el oficio de fecha 31 de marzo de 2026. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), una vez verificada la información

2026, asociado al número VITAL 3500890902920126001 presentó respuesta a los requerimientos formulados en el oficio de fecha 31 de marzo de 2026. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), una vez verificada la información presentada por la Universidad de Medellín, estableció el cumplimiento de los requisitos para dar inicio al trámite de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.2.8.2.3 del Decreto 1076 de 20154. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 del 18 de diciembre de 19745, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974, tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El artículo 70 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993 6, establece que “La entidad administrativa competente al recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental o al comenzarla de oficio dictará un acto de iniciación de trámite que notificará y publicará (…)”. El Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, mediante el cual se unificaron las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial.

el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.3 ibidem, para efectos de dicho reglamento, clasificó las Instituciones Nacionales de Investigación, de la siguiente manera: “(…) a) Instituciones de educación superior, b) Colecciones biológicas vigentes registradas en el Registro Único Nacional de Colecciones Biológicas que administra el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt" y c) Institutos o centros de investigación científica que cuenten con grupos de investigación categorizados ante Colciencias en áreas temáticas asociadas a las actividades de recolección (…)”. El artículo 2.2.2.8.1.4 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del Permiso, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre éstas, el Permiso Marco de Recolección. 4 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible” 5 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” 6 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras

6 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 003638 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 El artículo 2.2.2.8.2.1 del Decreto 1076 de 2015, establece respecto del Permiso Marco de Recolección “Las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco de Recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución”. El Parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada por un Permiso Marco de Recolección vigente. El artículo 2.2.2.8.2.2 del Decreto 1076 de 2015, fija las condiciones que deberán cumplir las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan obtener un Permiso Marco de Recolección y el artículo 2.2.2.8.2.3 ibidem, establece los requisitos que deben aportarse a

las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan obtener un Permiso Marco de Recolección y el artículo 2.2.2.8.2.3 ibidem, establece los requisitos que deben aportarse a la solicitud del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El numeral 1° del artículo 2.2.2.8.5.2 ibidem, establece que “Recibida la solicitud del Permiso de Recolección con el lleno de los requisitos, la autoridad competente expedirá el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993 o la norma que la modifique, sustituya o derogue, dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción y publicará un extracto de la solicitud en su portal de Internet, para garantizar el derecho de participación de posibles interesados”. El artículo 2.2.2.8.6.5 del precitado decreto, establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los Permisos de Recolección. Teniendo en cuenta que la Universidad de Medellín, acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección.

Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección. En consecuencia, esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante las comunicaciones de radicados 20266200391482 del 26 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 6400890902920126003, y radicado 20266200534832 del 27 de abril de 2026, asociado al número VITAL 3500890902920126001, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y, en su artículo 2°, señala que es la encargada que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con laAuto. No. 003638 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 normatividad ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1° del artículo 11° del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 7, que modificó el

Página 4 de 6 normatividad ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1° del artículo 11° del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 7, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. El numeral 3 del artículo 36° de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). El numeral 7 del artículo 39° ibidem asigna como función de la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo anterior, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. - Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de

Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección, conforme a la solicitud presentada por la Universidad de Medellín, con NIT 890.902.920-1 y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) número 1812, por medio de las comunicaciones de radicados 20266200391482 del 26 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 6400890902920126003, y radicado 20266200534832 del 27 de abril de 2026, asociado al número VITAL 3500890902920126001. PARÁGRAFO PRIMERO. - Esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada a través de las comunicaciones de radicados 20266200391482 del 26 de marzo de 2026, asociado al número VITAL 6400890902920126003, y radicado 20266200534832 del 27 de abril de 2026, asociado al número VITAL 3500890902920126001, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. PARÁGRAFO SEGUNDO. - Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión del trámite de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la 7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”Auto. No. 003638 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 6

7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”Auto. No. 003638 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, cursarán en el expediente RCM0007-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. - Notificar el contenido del presente acto administrativo a la Universidad de Medellín, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. - Publicar el presente acto administrativo en la gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO CUARTO. - Publicar un extracto del Formato de Solicitud en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1º de los artículos 2.2.2.9.2.5 y 2.2.2.8.5.2 del Decreto 1076 de 2015. ARTÍCULO QUINTO. - Ordenar al grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la documentación relacionada en expediente VDI1684-00-2026 al RCM0007-00-2026. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente auto no procede ningún recurso, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 20218.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente auto no procede ningún recurso, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 20218.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 04 MAY. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

DIANA KATHERINE REYES ALBANIL

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

JULIETH CONSTANZA ROMERO DELGADO

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

Expediente No. RCM0007-00-2026

Anexo: Formato de Solicitud de Permiso Marco de Recolección Fecha: 4 de mayo de 2026

Proceso No.: 20265300036385 8 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437

de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”Auto. No. 003638 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los

archivos digitales de la EntidadFORMATO DE SOLICITUD

PERMISO MARCO DE RECOLECCIÓN

1. DATOS GENERALES DEL SOLICITAN 1.1 Autoridad Ambiental competente para otorgar el Perm Autoridad Nacional de Licencias Ambientales 1.2 Datos del Solicitante del Permiso

Tipo de Institución Institución de Educación Superior Tipo Identificación NIT Número Identificación 8909029201 No. Aprobación Min. Educación (SNIES) Origen de documento Nombre Completo Universidad de Medellin Número telefonico 5904500 Número Celular Número Fax Correo Electrónic juridica@udemedellin.edu.co Dirección de Conta País Colombia Ciudad ANTIOQUIA-MEDELLIN - Urbano Dirección Cra 87 No. 30-65 Dirección de Corresponde País Ciudad Dirección Colombia

TODOSTODOS Cra 87 No. 30-65

Tiempo por el cual se solicita el permiso (meses) 10 años Número VITAL 6400890902920126003

2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMI 2.1 Programas y grupos de Investigación Grupo de

Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de C a l i d a d d e l A g u a y M o d e l a c i ó n H í d r i c a

(GICAMH)

COL0137289 Tratamiento del Agua y Limnología Ingeniería Civil 1516 Tiene como propósito generar , producir y apropiar conocimiento para la gestión y aprovechamiento de los recursos hídricos por parte de la industria, entidades ambientales y empresas de servicios públicos, contribuyendo a

Ingeniería Civil 1516 Tiene como propósito generar , producir y apropiar conocimiento para la gestión y aprovechamiento de los recursos hídricos por parte de la industria, entidades ambientales y empresas de servicios públicos, contribuyendo a la eficiencia de procesos productivos y a la reducción de riesgos generados por el agua , mediante el estudio, desarrollo y aplicación de tecnologías y modelos hidráulicos, apoyados en servicios de laboratorio, con el fin d e i m p a c t a r s o c i a l y ambientalmente. Investigador Nombre Identificación Luis Javier Montoya Jaramillo 71750013 Carlos Eduardo López Bermeo 14896079Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de D i s e ñ oTRIADA COL0191891 1 . P e n s a m i e n t o estratégico y estudios p r o s p e c t i v o s 2 . Pensamiento y estudios de diseño

1. Diseño y G e s t i ó n d e

Espacios

2. Diseño y Gestión de la Moda y el Textil

3. Diseño y G e s t i ó n d e l Producto 1. 105470 2 . 105469 3 .

105468. Desarrollar materiales biobasados estables, biodegradables y compostables, a partir de recursos naturales locales como parte de un proceso de diseño regenerativo y situado, que articule dimensiones

105469 3 . 105468. Desarrollar materiales biobasados estables, biodegradables y compostables, a partir de recursos naturales locales como parte de un proceso de diseño regenerativo y situado, que articule dimensiones técnicas, estéticas, sociales y territoriales en el contexto latinoamericano, promoviendo una cultura material sostenible y contextualizada. La formulación de los materiales se hace mediante procesos de investigación + creación, que permitan su reproducción y adaptación en otros contextos y territorios. Dentro del proyecto se trabaja con múltiples especies, incluyendo , pero sin limitarse a: jagua, nopal, remolacha, plátano, café, fríjol. En algunas ocasiones se compra el insumo primario, como es el caso de la jagua, la remolacha o el frijol; en otros casos se utiliza un subproducto de un proceso agroindustrial, como es el caso del nopal, las cáscaras de plátano, las fibras del psudotallo del plátanoy el ripio del café. Los bioinsumos son procesados de múltiples formas para ser adicionados a la formulación de biomateriales. A continuación, se enuncian las actividades: • Limpieza: Lavado, desinfectado y cepillado. • Corte y despiece: Picar , rebanar, retirar cáscaras, semillas. • Molienda y triturado: Licuar, procesar, machacar en mortero o moler granos, tamizar. • Transformación y conservación : Deshidratación, fermentación , congelación. • Cocción: Horneado, hervido Investigador

procesar, machacar en mortero o moler granos, tamizar. • Transformación y conservación : Deshidratación, fermentación , congelación. • Cocción: Horneado, hervido Investigador Nombre Identificación Mauricio Vásquez Rendón 98706310 Juan Camilo Ríos Romero 8434991 Juan David Mira Duque 1017174395 Maria Camila Pastás Riascos 1152444858 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de GEMA COL0008998 1 . T e c n o l o g í a s ambientales para la

1. Ingeniería Ambiental 1. 3193 2 . 1 1 0 6 2 1 – Diseña, desarrolla e implementa tecnologías ambientales para lar e c u p e r a c i ó n y conservación de suelo 2 . C o n t a m i n a c i ó n atmosférica y calidad del aire 3. Sostenibilidad ambiental del territorio 4 . B i o t e c n o l o g í a ambiental

2. Maestría en I n g e n i e r í a

Ambiental

3. Doctorado en Ingeniería 110622 3 . 55112 conservación, preservación y recuperación de recursos naturales en temáticas relacionadas con agua, aire, suelo, gestión del territorio y geomática. El grupo está compuesto por un equipo i n t e r d i s c i p l i n a r i o , c o n a l t a

en temáticas relacionadas con agua, aire, suelo, gestión del territorio y geomática. El grupo está compuesto por un equipo i n t e r d i s c i p l i n a r i o , c o n a l t a formación y experiencia en diversas áreas medioambientales. Investigador Nombre Identificación Alejandra Balaguera Quintero 43978194 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de GRINBIO COL0120549 1. Biotecnología Agrícola y F o r e s t a l 2 . Biotecnología Ambiental

3. Aprovechamiento Sostenible de los

Recursos Naturales

1. Ingeniería

Ambiental

2. Maestría en I n g e n i e r í a

Ambiental

3. Doctorado en Ingeniería 1. 3193 2 . 1 1 0 6 2 1 – 110622 3 .

55112 Desarrolla procesos y productos biotecnológicos para mejorar la productividad agroindustrial , mediante la propagación masiva de especies vegetales, el desarrollo de biopesticidas que controlan los efectos de plagas, enfermedades y biofertilizantes que aceleran el crecimiento vegetal. Además , desarrolla tecnologías que permiten el cierre de los procesos productivos para mitigar los impactos ambientales, generando productos de alto valor agregado. Investigador Nombre Identificación Johana Patricia Ramirez Olier 43986695 Jorge Luis Gallego Zapata 1128275992

el cierre de los procesos productivos para mitigar los impactos ambientales, generando productos de alto valor agregado. Investigador Nombre Identificación Johana Patricia Ramirez Olier 43986695 Jorge Luis Gallego Zapata 1128275992 Catalina Arroyave Quiceno 32109509 2.2 Prácticas académicas y/o docentes Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Investigador Nombre Identificación 2.3 Administración de los programas de investigación científica Vicerrectoría de Formación Vicerrectoría de Investigación y Crecaión 2.4 Sistema de Información de Registro y Seguimiento de proye PURE, que es un software especializado en la gestión de la investigación, cuenta con más de 250 universidades o centros de investigación, así mismo, registra más de 500.000 perfiles de investigadores de todo el mundo. 2.5 Documentos adjuntos 1282110984_45_Certificado de existencia y representación.pdf

Consultar sobre este documento ...