ANLA - Auto 003870 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 003870 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 003870 (11 MAY. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA PROFESIONAL ESPECIALIZADA CON FUNCIONES DE COORDINADORA DEL
GRUPO DE PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE
INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, las Resoluciones 968 de 2025, 1231 de 2026, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el Auto 2286 del 8 de abril de 2025, con fundamento en el Concepto Técnico 1841 del 28 de marzo de 2025, efectuó seguimiento al plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques de la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., con NIT 811.038.831-0, de conformidad con la Resolución 1407 de 20181, modificada por Resoluciones 1342 de 20202 y 803 de 20243, el cual fue notificado el 22 de abril de 2025, con constancia de ejecutoria del 23 de abril de la misma anualidad.
la Resolución 1407 de 20181, modificada por Resoluciones 1342 de 20202 y 803 de 20243, el cual fue notificado el 22 de abril de 2025, con constancia de ejecutoria del 23 de abril de la misma anualidad. La sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., mediante el radicado 20256200520122 del 8 de mayo de 2025, asociado al número VITAL 3500081103883125001, presentó respuesta al Auto 2286 del 8 de abril de 2025 y solicitó el archivo del expediente PGE0189-00-2024. La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), efectuó seguimiento al plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques de la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., conforme a la documentación obrante en el expediente PGE0189-00-2024, 1 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones”. 2 “Por la cual se modifica la Resolución 1407 de 2018 y se toman otras determinaciones”. 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”.Auto. No. 003870 Del 11 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un plan de gestión ambiental de residuos de
adoptan otras disposiciones”.Auto. No. 003870 Del 11 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 emitiendo el Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) profirió la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico y vidrio. El artículo 2° ibidem, modificado por la Resolución 803 de 2024, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4º y el artículo 17º de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5º, el parágrafo 3 del artículo 18º de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13º de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos.
entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13º de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques. El presente acto administrativo, con fundamento en el Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026, efectúa seguimiento al plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques de la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., concluyendo que dio cumplimiento extemporáneo a las metas de aprovechamiento de las vigencias 2021, 2022 y 2023, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el literal a) del artículo 9º de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024. Por otra parte, el Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026, establece que la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., no amplió la cobertura geográfica del plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (vigencias 2022 y 2023), ni en la ciudad de Cúcuta (vigencia 2023), de acuerdo con lo establecido en el literal b) del artículo 9° de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024. De igual manera, no presentó la totalidad de la información sobre los mecanismos de recolección de residuos, ni las evidencias técnicas y contables de la implementación de los
2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024. De igual manera, no presentó la totalidad de la información sobre los mecanismos de recolección de residuos, ni las evidencias técnicas y contables de la implementación de los programas de sensibilización, generando la imposibilidad de validar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en los numerales 3, 6 y 7 del artículo 1° del Auto 2286 del 8 de abril de 2025. Igualmente, el Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026, precisa que la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., se adhirió en el año 2024 al plan colectivo TECNOLOGÍAS EN ECONOMÍA CIRCULAR APLICADAS S.A.S., en el expediente PGE0012-00-2019, loAuto. No. 003870 Del 11 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 cual fue notificado a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el radicado 20246200905562 del 11 de agosto de 2024. En consecuencia, el Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026, precisa que no efectuará reiteraciones, ni requerimientos al respecto, en la medida en que el plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques de la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., en el expediente PGE0189-00-2024, corresponde exclusivamente a la gestión adelantada en el año 2024 para el cumplimiento extemporáneo de metas y que a
CUADROS S.A.S., en el expediente PGE0189-00-2024, corresponde exclusivamente a la gestión adelantada en el año 2024 para el cumplimiento extemporáneo de metas y que a partir de esa vigencia, se encuentra vinculada al plan colectivo TECNOLOGÍAS EN ECONOMÍA CIRCULAR APLICADAS S.A.S., en el expediente PGE0012-00-2019. Ahora bien, considerando que la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., solicitó el archivo del expediente PGE0189-00-2024, el Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026 considera su viabilidad, estableciendo que dio cumplimiento extemporáneo de las metas de aprovechamiento de las vigencias 2021, 2022 y 2023, conforme lo establecido en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024. En este sentido, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), dará por finalizado el seguimiento al plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques de la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., puesto que no se realizarán requerimientos ni reiteraciones adicionales y, en efecto, al no existir actuación administrativa alguna a seguir, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, se ordenará el archivo del expediente permisivo 4 PGE0189-00-2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 2012 5, en concordancia con su artículo 626
y el artículo 306 de la Ley 1437 de 20116, modificada por la Ley 2080 de 20217. Finalmente, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), advierte a la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., que mientras se encuentre en el ámbito de aplicación 8, debe dar cumplimiento a la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, indicando que su inobservancia podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la 1333 de 20099, modificada por la Ley 2387 de 202410. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD 4 Teniendo en cuenta que en caso de presuntos incumplimientos a la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, se podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, en expediente sancionatorio. 5 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 6 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 7 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.
8 Vinculación año 2024 al colectivo TECNOLOGÍAS EN ECONOMÍA CIRCULAR APLICADAS S.A.S. (Expediente PGE001200-2019). 9 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 10 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 003870 Del 11 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 El Decreto Ley 3573 del 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2 del artículo 3º le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 11, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36° de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39° ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con la coordinación designada mediante la Resolución 1231 de 2026, contribuir con la evaluación y seguimiento de las solicitudes y suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., con NIT 811.038.831-0, que de acuerdo con los resultados del seguimiento señalados en el Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), da por culminada la etapa de seguimiento al plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques seguido en el expediente permisivo PGE0189-002024, de acuerdo con el cumplimiento extemporáneo de las metas de aprovechamiento de las vigencias 2021, 2022 y 2023, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, ordenar el archivo del expediente permisivo PGE0189-00-2024, en el cual se efectuó seguimiento al plan de gestión ambiental de
acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, ordenar el archivo del expediente permisivo PGE0189-00-2024, en el cual se efectuó seguimiento al plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques de la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., por las razones expuestas en la parte motiva de este acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. Advertir a la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., que mientras se encuentre en el ámbito de aplicación, debe dar cumplimiento a la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, indicando que su inobservancia podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024. 11 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 003870 Del 11 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO CUARTO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad MANTEL DE CUADROS S.A.S., a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026. ARTÍCULO QUINTO. Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad.
PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 4281 del 24 de abril de 2026. ARTÍCULO QUINTO. Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 12, modificada por la Ley 2080 de 202113.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 11 MAY. 2026
OFELIA MEJIA EGAS (e)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE COORDINADORA DEL
GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
DIANA KATHERINE REYES ALBANIL
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
CARMEN LIZETH BOLIVAR MELENDEZ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
Expediente No. PGE0189-00-2024. Concepto Técnico No. 4281 del 24 de abril de 2026.
Fecha: 6 de mayo de 2026.
Proceso No.: 20265300038705 12 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 13 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437
de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 003870 Del 11 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 6
“Por el cual se efectúa seguimiento a un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad