ANLA - Auto 004273 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 004273 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 004273 (21 MAY. 2026) Página 1 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” LA SUBDIRECTORA DE EVALUACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de las funciones delegadas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, en el DecretoLey 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, las Resoluciones 2795 del 25 de noviembre de 2022, 2938 del 27 de diciembre de 2024, 0760 del 21 de abril del 2025, 1226 del 27 de junio de 2025 modificada por la Resolución 003129 del 24 de noviembre del 2025 de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y

CONSIDERANDO QUE: Mediante comunicación con radicado en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL) 0200089048005926002 y en la ANLA 20266200514752 del 22 de abril de 2026 (VPD0041-00-2026), Yamil Hernando Arana Padaui, identificado con la cédula de

ciudadanía No. 1.052.970.218, en calidad de gobernador del Departamento de Bolivar (la solicitante), identificado con NIT. 890.480.059-1, presentó ante la ANLA, solicitud de Licencia Ambiental para el desarrollo del proyecto “Construcción de obras que permitan la

solicitante), identificado con NIT. 890.480.059-1, presentó ante la ANLA, solicitud de Licencia Ambiental para el desarrollo del proyecto “Construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena”, a localizarse en jurisdicción del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar. La solicitante radicó ante la ANLA el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto, acompañado entre otros de la documentación enunciada a continuación, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.2.2.3.6.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015:

1. Formulario Único de Solicitud de Licencia Ambiental.

2. Plano de localización del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2182 del 23 de diciembre de 2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), que modifica y consolida el Modelo de

Almacenamiento Geográfico (MAG).Auto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 18

3. Descripción explicativa del proyecto, localización y costo estimado de inversión y operación.

4. Constancias del pago realizado al Fondo Nacional Ambiental / Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (FONAM – ANLA), por concepto del servicio de evaluación ambiental vigencia 2026, el cual está relacionado para el presente trámite, de conformidad con la información suministrada por la Subdirección Administrativa y Financiera de la Entidad.

de Licencias Ambientales (FONAM – ANLA), por concepto del servicio de evaluación ambiental vigencia 2026, el cual está relacionado para el presente trámite, de conformidad con la información suministrada por la Subdirección Administrativa y Financiera de la Entidad.

5. Copia del acta de posesión No. 2427 de fecha 01 de enero del 2024 proferida por la Asamblea del Departamento de Bolivar, mediante la cual el Sr. Yamil Hernando

Arana Padaui, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.052.970.218, tomó posesión formal del cargo de Gobernador del Departamento de Bolivar.

6. Copia del Registro Único Tributario del Departamento de Bolivar de fecha 31 de mayo de 2024.

7. Copia de la Resolución ST-1692 del 16 de octubre de 2025, “Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos, obras o actividades” emitida por la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, la cual resolvió que no procede la realización del proceso de consulta previa con Comunidades Indígenas; Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras; y Comunidades Rom, para el proyecto:

“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS QUE PERMITAN LA RECUPERACIÓN INTEGRAL DEL CUERPO DE AGUA DEL LAGUITO, CARTAGENA”, localizado en jurisdicción del Distrito Turístico, Histórico y Cultural de Cartagena de Indias, en el departamento de Bolívar, específicamente para las características técnicas y coordenadas relacionadas y entregadas por el solicitante mediante el oficio con radicado 2025-1-002410Histórico y Cultural de Cartagena de Indias, en el departamento de Bolívar, específicamente para las características técnicas y coordenadas relacionadas y entregadas por el solicitante mediante el oficio con radicado 2025-1-002410081390 - ID 624934 del 03 de octubre de 2025.

8. Copia de la Resolución 1740 del 16 de diciembre de 2025, expedida por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), por medio de la cual se aprueba registro del Programa de Arqueología Preventiva para el Proyecto “Estudio de impacto ambiental para la construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua de El Laguito, Cartagena”.

9. Copia del radicado 2026-02903 del 8 de abril de 2026 relacionado con la entrega a la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (CARDIQUE), del EIA para la solicitud de la licencia ambiental para el proyecto “Construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena”.

10. Copia de la Resolución 2378 del 13 de octubre de 2023 mediante la cual la ANLA, otorgó a la sociedad CHEMICAL LABORATORY S.A.S. – CHEMILAB S.A.S., con NIT. 900.329.160-9, permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de

Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel nacional.Auto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 18

“Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 18

11. Copia de la Resolución 002448 del 5 de noviembre de 2024 mediante la cual la ANLA, otorgó a la sociedad AQUA & TERRA CONSULTORES ASOCIADOS S.A.S., con NIT 811.046.878-1, permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel nacional.

La reunión virtual de presentación de resultados de la Verificación Preliminar de la Documentación (VPD) correspondiente al expediente VPD0041-00-2026, realizada con la solicitante, para el presente trámite administrativo de evaluación de solicitud de licencia ambiental, adelantada el 08 de mayo de 2026, tuvo como resultado APROBADA. El EIA, presentado por la solicitante, indicó respecto del proyecto objeto de evaluación lo siguiente: “(…) 3 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Este capítulo se estructuró con base a los estudios y diseños Fase III desarrollados por el INVEMAR en el marco del Convenio Interadministrativo 057 de 2021, celebrado entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, INVEMAR y el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena, los cuales plantean soluciones permanentes para el manejo de las condiciones hidro-sedimentológicas de la boca de El Laguito, un ecosistema que históricamente ha presentado problemas de conectividad con el mar Caribe y procesos de sedimentación que afectan su dinámica natural. Esta información se detalla en el Anexo 3.1 E&D INVEMAR.

3.1 LOCALIZACIÓN

presentado problemas de conectividad con el mar Caribe y procesos de sedimentación que afectan su dinámica natural. Esta información se detalla en el Anexo 3.1 E&D INVEMAR. 3.1 LOCALIZACIÓN El Laguito está ubicado en la zona costera de la ciudad de Cartagena y corresponde a una laguna de agua marina con una superficie aproximada de 62.500 m2. El área de estudio se encuentra delimitada por los polígonos asociados a las estructuras objeto de licenciamiento: el Espolón Suroccidental del Hilton, el Espolón de Castillo grande y el canal de interconexión. Las coordenadas de los vértices de cada uno de estos polígonos se presentan en la Tabla 3.1 y la localización general del área se muestra en la Figura 3.1. (…)Auto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 18 3.2 CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO 3.2.1 Infraestructura existente Para la identificación de la infraestructura existente en el área del proyecto, se consultó información oficial disponible en el portal MIDAS1 y se efectuaron recorridos e inspecciones visuales en campo. Con base en estos insumos, a continuación se describe la infraestructura vial, costera e hidráulica presente en el área. (…) 3.2.1.2 Infraestructura costera e hidráulica A través de los recorridos e inspecciones visuales realizadas en el área de estudio, se identificó la infraestructura costera e hidráulica existente (Figura 3.3). Se registraron quince

3.2.1.2 Infraestructura costera e hidráulica A través de los recorridos e inspecciones visuales realizadas en el área de estudio, se identificó la infraestructura costera e hidráulica existente (Figura 3.3). Se registraron quince (15) espolones construidos con rocas de origen calcáreo, la mayoría de ellos con evidentes signos de desgaste y pérdida de material. Los espolones localizados en el sector del Hotel Hilton y hacia el oeste presentan un mejor estado relativo; en contraste, el espolón ubicado en la entrada de El Laguito y aquellos situados en la punta este muestran estructuras poco definidas y una proyección mínima sobre la línea de costa. Adicionalmente, se identificaron nueve (9) descoles de agua, asociados principalmente a la conducción de aguas lluvias y descargas provenientes de piscinas. Los puntos de localización de las estructuras identificadas se presentan en la Tabla 3.2, junto con sus respectivas coordenadas, y se ilustran en la Figura 3.3. Tabla 3.2Infraestructura costera e hidráulica existente Coordenadas Magna Sirgas Origen NacionalID Nombre Este Norte 1 Descole de agua 1 4719594,28 2707846,46 2 Descole de agua 2 4719567,38 2707890,37 3 Descole de agua 3 4719559,17 2707898,46 4 Descole de agua 4 4719552,82 2707919,75Auto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 18 5 Descole de agua 5 4719568,98 2707960,69

“Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 18 5 Descole de agua 5 4719568,98 2707960,69 6 Descole de agua 6 4719566,61 2708007,35 7 Descole de agua 7 4719577,25 2708034,9 8 Descole de agua 8 4719687,66 2708053,34 9 Descole de agua 9 4719973,11 2707885,38 10 Espolón 1 4719632,59 2707667,66 11 Espolón 2 4719703,02 2707626,1 12 Espolón 3 4719755,19 2707599,5 13 Espolón 4 4719803,86 2707595,26 14 Espolón 5 4719856,99 2707580,19 15 Espolón 6 4719926,77 2707542,25 16 Espolón 7 4720049,9 2707682,02 17 Espolón 8 4720577,93 2707629,72 18 Espolón 9 4720687,48 2707571,26 19 Espolón 10 4720789,24 2707499,93 20 Espolón 11 4720888,34 2707467,19 21 Espolón 12 4720959,62 2707416,89 22 Espolón 13 4721030,32 2707379,75 23 Espolón 14 4721073,43 2707344,88 24 Espolón 15 4721114,47 2707332,41

25 Inicio de enrocado 4719666,74 2707830,54 26 Pilotes muelle antiguo 4719665,75 2708056,5 27 Plataforma privada 4719802,84 2707832,57 28 Sendero peatonal 4719762,48 2707830,23

Fuente: Aqua & Terra Consultores Asociados S.A.S., 2025 (…) 3.2.2 Fases y actividades del proyecto El desarrollo del proyecto se estructura en fases claramente definidas que garantizan la ejecución ordenada, segura y ambientalmente responsable de las obras. Cada fase incluye actividades específicas a ser desarrolladas en la implementación del proyecto. Esta información se presenta en la Tabla 3.3

Tabla 3.3 Fases y actividades del proyecto. FASE ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN Movilización terrestre de personal, equipos y maquinaria Esta actividad consiste en el traslado, por vía terrestre, del personal, la maquinaria y los equipos requeridos para la ejecución de las obras. El transporte se efectuará mediante vehículos de carga y transporte liviano que circularán por la malla vial urbana existente, desde los puntos de acopio y/o fuentes de materiales hasta el área de intervención. La maquinaria por movilizar incluye excavadoras, retroexcavadoras, volquetas, mezcladoras, compactadores y equipos menores de construcción. Actividades transversales Generación, manejo y disposición de residuos sólidos y líquidos domésticos Contempla la generación y gestión de residuos sólidos y líquidos de carácter doméstico, derivados de las labores cotidianas del personal vinculado al proyecto. Entre los residuos sólidos se incluyen restos de alimentos, empaques, envases y material

sólidos y líquidos de carácter doméstico, derivados de las labores cotidianas del personal vinculado al proyecto. Entre los residuos sólidos se incluyen restos de alimentos, empaques, envases y material no peligroso, mientras que los líquidos correspondenAuto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 18 principalmente a aguas residuales domésticas. Contratación de mano de obra y adquisición de bienes y servicios Esta actividad comprende los procesos necesarios para vincular el personal requerido para la ejecución de las obras, así como la adquisición de insumos, equipos y servicios complementarios. La contratación de mano de obra incluirá perfiles calificados y no calificados, priorizando la empleabilidad local. De igual forma, se realizará la compra de materiales de construcción, combustibles, lubricantes y otros insumos, así como la contratación de servicios logísticos, de transporte del personal, cuando sea necesario. Gestión de Infraestructura del sector turístico para el despeje del área de intervención Consiste en la coordinación para solicitud de reacomodación de la infraestructura turística liviana existente en el área de intervención, como carpas y lanchas, con el fin de garantizar la ejecución segura de las obras y a su vez de las actividades. Delimitación e instalación de señalización de áreas a intervenir Consiste en la demarcación del perímetro correspondiente a las zonas donde se desarrollarán las obras, con el fin de garantizar el control del

Delimitación e instalación de señalización de áreas a intervenir Consiste en la demarcación del perímetro correspondiente a las zonas donde se desarrollarán las obras, con el fin de garantizar el control del acceso y la seguridad de las operaciones. Para ello, se instalarán elementos de señalización preventiva, informativa y restrictiva, como vallas y cintas de demarcación. Actividades preliminares Demolición de estructuras existentes y limpieza del terreno Remoción y desmantelamiento de estructuras físicas que se encuentren en el área de intervención y que interfieran con la ejecución de las obras proyectadas. Las labores de demolición se realizarán de manera controlada, empleando herramientas manuales y/o equipos mecánicos apropiados, según las características y dimensiones de las estructuras. Instalación y montaje de infraestructura temporal Esta actividad comprende la instalación y adecuación de elementos temporales necesarios para el desarrollo de las obras. Incluye entre otras, el montaje de unidades sanitarias portátiles, campamentos, accesos provisionales y espacios acondicionados para la gestión de residuos sólidos y líquidos. Transporte de material de construcción La actividad consiste en el transporte de los materiales necesarios para la construcción de los dos (2) espolones y del canal de conexión, principalmente rocas y arena. Este traslado se realizará mediante el uso de volquetas que movilizarán los insumos. Construcción Construcción de espolones La actividad comprende la conformación de los espolones mediante la disposición ordenada y progresiva de rocas de diferentes tamaños,

realizará mediante el uso de volquetas que movilizarán los insumos. Construcción Construcción de espolones La actividad comprende la conformación de los espolones mediante la disposición ordenada y progresiva de rocas de diferentes tamaños, iniciando con el núcleo y posteriormente con la coraza externa que brinda estabilidad y resistenciaAuto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 7 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 18 a la estructura Construcción de canal de conexión La actividad consiste en la excavación del canal proyectado que conectará El Laguito con la Bahía de Cartagena, incluyendo la protección de los taludes mediante geotextil y enrocado, con el fin de garantizar su estabilidad y funcionamiento. Disposición de material sobrante El material resultante de las excavaciones será transportado en volquetas hasta un sitio autorizado para la disposición de residuos de construcción y demolición (RCD). DesmantelamientoDesmantelamiento de infraestructura temporal Esta actividad consiste en el retiro y desmontaje de todas las instalaciones provisionales utilizadas durante la ejecución del proyecto. Mantenimiento periódico Mantenimiento periódico del canal de conexión Esta actividad consiste en la ejecución de labores de conservación y limpieza del canal de conexión construido, con el fin de garantizar su funcionalidad hidráulica y la estabilidad de las estructuras asociadas. Las acciones incluyen la remoción de sedimentos acumulados, control de vegetación invasiva, retiro de residuos sólidos y verificación

construido, con el fin de garantizar su funcionalidad hidráulica y la estabilidad de las estructuras asociadas. Las acciones incluyen la remoción de sedimentos acumulados, control de vegetación invasiva, retiro de residuos sólidos y verificación de taludes y enrocados para prevenir procesos erosivos o colapsos. 3.2.3 Diseño del proyecto Este numeral se estructuró con base a los estudios y diseños Fase III desarrollados por el INVEMAR en el marco del Convenio Interadministrativo 057 de 2021, celebrado entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, INVEMAR y el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena, los cuales plantean soluciones permanentes para el manejo de las condiciones hidro-sedimentológicas de la boca de El Laguito. 3.2.3.1 Características geométricas de las obras a construir objeto del proyecto La solución propuesta para la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito (Figura 3.4) consiste en la canalización (estructura dura) de la boca de El Laguito (Entramado verde con azul) de manera perpendicular al margen oriental de la boca que conecta las aguas de El Laguito con el mar. El “Espolón Suroccidental del Hilton” será extendido hasta la profundidad de cierre del perfil de playa (aproximadamente entre 30 y 40m, los cuales variarán de acuerdo con resultados de futuras modelaciones numéricas). También se realizará la canalización (estructura dura) de la boca de El Laguito (con una apertura de 25 m y una profundidad de 1,5 m), la cual incluye la construcción del “Espolón Castillo Grande” (con longitud de entre 35 y 45 m) sobre el margen oriental de dicha canalización, llevándolo hasta la profundidad de cierre

m), la cual incluye la construcción del “Espolón Castillo Grande” (con longitud de entre 35 y 45 m) sobre el margen oriental de dicha canalización, llevándolo hasta la profundidad de cierre del perfil. El “Espolón A” (en líneas amarillas con azul) no será intervenido o seria removido. (Anexo 3.2 Planos)Auto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 8 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 18 (…) 3.2.4 Insumos del proyecto 3.2.4.1 Materiales de construcción 3.2.4.1.1 Espolones y canal de interconexión Para la construcción de los espolones se requiere roca con las siguientes características geométrica. Figura 3.50 Características de los elementos de las estructuras.

Fuente: Coastal Engineering Manual. Figure VI-5-54. Rubble mound section for seaward wave exposure with zero-to-moderate overtopping

En los siguientes volúmenes (Ver Tabla 3.5): Tabla 3.5 Volúmenes de materialesAuto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 9 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 18 Tipo de Roca Volumen (m3) Roca Tipo 1 1.160 Roca Tipo 2 448 Roca Tipo 3 512 Roca Tipo 4 800 Roca filtro 808

Fuente: INVEMAR, 2022

(…) 3.2.4.2 Otros Los materiales y productos como combustible, aceites, grasas, disolventes, entre otros

Roca Tipo 3 512 Roca Tipo 4 800 Roca filtro 808

Fuente: INVEMAR, 2022

(…) 3.2.4.2 Otros Los materiales y productos como combustible, aceites, grasas, disolventes, entre otros cumplirán con las disposiciones aplicables en materia de seguridad industrial, manejo de residuos, transporte y almacenamiento, y contarán con la documentación y procedimientos que garanticen su correcta manipulación conforme a la normativa vigente. (…) 3.2.8 Cronograma del proyecto (…) Figura 3.52 Cronograma de actividades para la construcción de la solución propuesta en el LaguitoAuto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 10 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 18

Fuente: INVEMAR, 2022

(…) 7 DEMANDA, USO, APROVECHAMIENTO Y/O AFECTACIÓN DE RECURSOS NATURALES En el presente capítulo se expone de manera detallada la información correspondiente a la demanda, el uso, el aprovechamiento y la posible afectación de los recursos naturales necesarios para la construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena. 7.1 AGUAS SUPERFICIALES 7.1.1 Captación de aguas superficiales continentales El presente Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena, establece que no será necesario recurrir a la captación de agua de fuentes superficiales en ninguna de las etapas de desarrollo del proyecto. (…) 7.1.2 Captación de aguas marinas

recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena, establece que no será necesario recurrir a la captación de agua de fuentes superficiales en ninguna de las etapas de desarrollo del proyecto. (…) 7.1.2 Captación de aguas marinas Para el presente Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena, no será necesario recurrir a la captación de aguas marinas en ninguna de las etapas de desarrollo del proyecto. 7.2 VERTIMIENTOS 7.2.1 Para vertimientos en cuerpos de agua continentales El presente Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena, establece que en ninguna de las etapas del proyecto se llevarán a cabo actividades que generen vertimientos a cuerpos de agua continentales. En consecuencia, no se contempla la solicitud de permiso de vertimientos ante la autoridad ambiental competente, conforme a las normativas ambientales aplicables. (…) 7.3 OCUPACIONES DE CAUCES El presente Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de las obras orientadas a la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, en Cartagena, no contempla la solicitud de permisos de ocupación de cauce, dado que las intervenciones previstas, en particular, la construcción del canal de interconexión, no implican afectación ni alteración directa del cauce existente del cuerpo de agua. El canal proyectado corresponde a una estructura rígida diseñada para garantizar la estabilidad morfodinámica de la zona de interconexión con el mar,

asegurando la conexión hidráulica. 7.4 APROVECHAMIENTO FORESTAL Teniendo en cuenta que las obras a ejecutar en el marco del Estudio de Impacto Ambiental para la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, en Cartagena, son puntuales noAuto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 11 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 18 se prevé la afectación de coberturas vegetales ni la remoción de individuos arbóreos en las zonas circundantes. (…)

7.5 RECOLECCIÓN DE ESPECÍMENES DE ESPECIES

SILVESTRES DE LA BIODIVERSIDAD (…) En el PMB-01. Programa de manejo de aislamiento preventivo y preservación del manglar para lo correspondiente con flora, no se realizará colecta ni reubicación de especímenes de flora. En el PMB-02. Programa de manejo de especies de fauna silvestre no se contempla salvamento de fauna y en caso de encontrarse con animales lesionados se coordinará el traslado con los profesionales del Centro de atención y valoración de fauna silvestre (CAV) del establecimiento Público Ambiental de Cartagena - (EPA Cartagena). Con respecto a hidrobiológicos, en le PMB-03. Programa de manejo para las comunidades hidrobiológicas y fauna bentónica se plantea realizar monitoreo de la hidrobiota y fauna bentónica (infauna), con el propósito de evaluar las variaciones en la composición y estructura de las comunidades hidrobiológicas y de fauna bentónica (infauna) dentro del área de influencia marina del proyecto, producto de las actividades constructivas. La periodicidad de

bentónica (infauna), con el propósito de evaluar las variaciones en la composición y estructura de las comunidades hidrobiológicas y de fauna bentónica (infauna) dentro del área de influencia marina del proyecto, producto de las actividades constructivas. La periodicidad de los muestreos se define para antes y después de la ejecución de las obras. Los muestreos se realizarán de manera simultánea con los programas de monitoreo de calidad del agua, utilizando las mismas estaciones de referencia seleccionadas en la fase inicial del proyecto (Tabla 7.1). La metodología a emplear debe corresponder a aquella mediante la cual se llevo a cabo la caracterización de este componente para el medio biótico y se presenta en el Capítulo 2. Generalidades. 7.6 EMISIONES ATMOSFÉRICAS El presente Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de obras que permitan la recuperación integral del cuerpo de agua del Laguito, Cartagena, establece que no será necesario solicitar permiso de emisiones atmosféricas por fuentes fijas en ninguna de las etapas del proyecto. (…) 7.7 MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Se prevé el uso de diferentes tamaños de roca para la conformación de los espolones y del canal de conexión. Para tal fin, el material será suministrado por canteras debidamente autorizadas, que acrediten el cumplimiento de la normativa ambiental y minera vigente. Esto incluye contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para la explotación,

procesamiento, transporte y comercialización de materiales de construcción. (…)” FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES De acuerdo con el artículo 8 de la Constitución Política, el Estado se encuentra obligado a garantizar el derecho a un ambiente sano y en esa medida a proteger las riquezas naturalesAuto. No. 004273 Del 21 MAY. 2026 Hoja No. 12 de 18 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 18 de la Nación. La protección del ambiente es una obligación tanto del Estado como de las personas1. Este artículo dispone: “Artículo 8º.- Riquezas culturales y naturales de la Nación. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.” Así mismo, el artículo 80 impone la obligación al Estado de planificar el aprovechamiento de los recursos naturales, para lo cual, entre otras funciones, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental. El artículo 28 de la Ley 344 del 27 de diciembre de 1996, modificado por el artículo 96 de la Ley 633 del 29 de diciembre de 2000, faculta a la ANLA para efectuar el cobro por los servicios de evaluación y seguimiento de licencias ambientales, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental. Con el propósito de unificar las decisiones de la ANLA, en materia de cobro por servicios de evaluación y seguimiento de la licencia ambiental, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental, mediante Resolución 000921 del 14 de mayo del 2025, se fijaron las tarifas para el cobro de los servicios de

de evaluación y seguimiento de la licencia ambiental, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental, mediante Resolución 000921 del 14 de mayo del 2025, se fijaron las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, permisos, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambientales, derogando los expedidos con anterioridad sobre la materia, en particular la Resolución 1140 de 2022, modificada por la Resolución 00999 del 12 de mayo de 2023. DEL TRÁMITE DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL Con respecto a la obligatoriedad de la Licencia Ambiental, el artículo 49 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993 establece: “Artículo 49. —De la obligatoriedad de la licencia ambiental. La ejecución de obras, el establecimiento de industrias o el desarrollo de cualquier actividad, que, de acuerdo con la ley y los reglamentos, pueda producir deterioro grav

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