ANLA - Auto 004625 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 004625 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 004625 (01 JUN. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025, 990 del 2025, y
CONSIDERANDO QUE: La UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER SECCIONAL OCAÑA, con NIT 800.163.130-0 y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1210, mediante los radicados 20266200441552 del 7 de abril de 2026, asociado al número VITAL 64001007279819260021 y 20266200663902 del 25 de mayo de 2026, presentó solicitud de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el formato de solicitud del permiso marco de recolección.
biológica con fines de investigación científica no comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el formato de solicitud del permiso marco de recolección. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), una vez verificada la información presentada por la UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER SECCIONAL OCAÑA, estableció el cumplimiento de los requisitos para dar inicio al trámite de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.2.8.2.3 del Decreto 1076 de 20152. CONSIDERACIONES JURIDICAS 1 Expediente VDI2382-00-2026 (Verificación Documentos de Inicio). 2 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.Auto. No. 004625 Del 01 JUN. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 3, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974, tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 4, establece que “La
asociación. Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974, tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 4, establece que “La entidad administrativa competente al recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental o al comenzarla de oficio dictará un acto de iniciación de trámite que notificará y publicará (…)”. El Decreto 1076 de 20155, unificó las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en su Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.3 ibidem, para efectos de dicho reglamento, clasificó las Instituciones Nacionales de Investigación, de la siguiente manera: “(…) a) Instituciones de educación superior, b) Colecciones biológicas vigentes registradas en el Registro Único Nacional de Colecciones Biológicas que administra el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt" y c) Institutos o centros de investigación científica que cuenten con grupos de investigación categorizados ante Colciencias en áreas temáticas asociadas a las actividades de recolección (…)”. El artículo 2.2.2.8.1.4 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del permiso, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un
actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre éstas, el permiso marco de recolección. El artículo 2.2.2.8.2.1 del Decreto 1076 de 2015, establece respecto del permiso marco de recolección “Las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco de Recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución”. 3 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 4 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras disposiciones”. 5 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.Auto. No. 004625 Del 01 JUN. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6
“Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 El parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada por un permiso marco de recolección vigente. El artículo 2.2.2.8.2.2 del Decreto 1076 de 2015, fija las condiciones que deberán cumplir las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan obtener un permiso marco de recolección y el artículo 2.2.2.8.2.3 ibidem, establece los requisitos que deben aportarse a la solicitud del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2 de la citada norma, establece que, recibida la solicitud del permiso de recolección con el lleno de requisitos, se expedirá el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993, dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción y publicará un extracto de la petición en su portal de Internet para garantizar el derecho de participación de posibles interesados. El artículo 2.2.2.8.6.5 del precitado decreto, establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los permisos de recolección. Teniendo en cuenta que la UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los permisos de recolección. Teniendo en cuenta que la UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER SECCIONAL OCAÑA, acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) admite la solicitud realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el formato de solicitud del permiso marco de recolección. En consecuencia, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante los radicados 20266200441552 del 7 de abril de 2026, asociado al número VITAL 6400100727981926002 y 20266200663902 del 25 de mayo de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 20116, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país.
encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. 6 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 004625 Del 01 JUN. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 El numeral 1 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 7, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia de acuerdo con la normativa vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuya coordinadora fue designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir en la
Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuya coordinadora fue designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir en la evaluación de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad.
En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, a nombre de la UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER SECCIONAL OCAÑA, con NIT 800.163.130-0 y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1210, conforme a la solicitud presentada por medio de los radicados 20266200441552 del 7 de abril de 2026, asociado al número VITAL 6400100727981926002 y 20266200663902 del 25 de mayo de 2026. PARÁGRAFO PRIMERO. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), evaluará y conceptuará sobre la información aportada a través de los radicados 20266200441552 del 7 de abril de 2026, asociado al número VITAL 6400100727981926002 y 20266200663902 del 25 de mayo de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud
20266200441552 del 7 de abril de 2026, asociado al número VITAL 6400100727981926002 y 20266200663902 del 25 de mayo de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. PARÁGRAFO SEGUNDO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión del trámite de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial cursarán en el expediente RCM0009-00-2026. 7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 004625 Del 01 JUN. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER SECCIONAL OCAÑA, a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido, o persona autorizada para el efecto. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). PARÁGRAFO. Publicar un extracto del formato de solicitud en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). PARÁGRAFO. Publicar un extracto del formato de solicitud en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2. del Decreto 1076 de 2015. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), asociar la documentación relacionada en el expediente
VDI2382-00-2026 al RCM0009-00-2026.
ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente auto no procede ningún recurso, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 20118, modificada por la Ley 2080 de 20219.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 01 JUN. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
DIANA KATHERINE REYES ALBANIL
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
CARMEN LIZETH BOLIVAR MELENDEZ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
Expediente No. RCM0009-00-2026
Anexo: Formato de solicitud de permiso marco de recolección 8 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 9 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437
de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 004625 Del 01 JUN. 2026 Hoja No. 6 de 6
de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 004625 Del 01 JUN. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6
Fecha: 29 de mayo de 2026
Proceso No.: 20265300046255
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la EntidadFORMATO DE SOLICITUD
PERMISO MARCO DE RECOLECCIÓN
1. DATOS GENERALES DEL SOLICITAN 1.1 Autoridad Ambiental competente para otorgar el Perm Autoridad Nacional de Licencias Ambientales 1.2 Datos del Solicitante del Permiso
Tipo de Institución Institución de Educación Superior Tipo Identificación NIT Número Identificación 1007279819 No. Aprobación Min. Educación (SNIES) 1210 Origen de documento Nombre Completo 8001631300 Número telefonico Número Celular 3224644414 Número Fax Correo Electrónic laboratorioentomologia@ufpso.edu.co Dirección de Conta País Colombia Ciudad NORTE DE SANTANDER-OCAÑA Dirección ocaña Dirección de Corresponde País Ciudad Dirección Colombia NORTE DE SANTANDER-OCAÑA ocaña Tiempo por el cual se solicita el permiso (meses) 120 Número VITAL 6400100727981926002
2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMI 2.1 Programas y grupos de Investigación Grupo de
Investigació Código
ocaña Tiempo por el cual se solicita el permiso (meses) 120 Número VITAL 6400100727981926002
2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMI 2.1 Programas y grupos de Investigación Grupo de
Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de C o l e c c i ó n B i o l ó g i c a H e r b a r i o U n i v e r s i t a r i o Motilón Manaca (MOMUH) C266 Ciencias básicas zootecnia 53753 La colección biológica MOMUH , adscrita al departamento de Ciencias Básicas , se encuentra registrada ante el RNC desde el año 2021 bajo el número 266, tiene como propósito conservar, estudiar y documentar la diversidad vegetal de la región del Catatumbo, proporcionando un soporte científico para la investigación, la educación y la gestión ambiental. A través de la recolección , identificación y preservación de ejemplares botánicos, contribuye al conocimiento de la flora local y al fortalecimiento de iniciativas de co n s e r v a c i ó n y d e s a r r o l l o sostenibleInvestigador Nombre Identificación José Julián Cadena Morales 77143991 Marlen Karina Contreras Ballesteros 1091676060 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de
Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de G r u p o d e I n v e s t i g a c i ó n A m b i e n t a l Agropecuario y D e s a r r o l l o S o s t e n i b l e (GI@DS) COL0059164 gestion ambiental i n g e n i e r í a ambiental 4113 Se enfoca en la articulación entre la producción pecuaria y la sostenibilidad ambiental, promoviendo prácticas responsables que atiendan las necesidades actuales del sector agropecuario y del entorno natural. En coherencia con este propósito , el grupo desarrolla actividades científicas que incluyen la colecta regulada de especímenes de fauna silvestre , realizadas como parte de estudios académicos orientados a comprender aspectos ecológicos, sanitarios y ambientales. S u f i n a l i d a d s e l i m i t a exclusivamente al avance del conocimiento y al fortalecimiento de investigaciones que aporten insumos para la conservación de la biodiversidad y la implementación de estrategias productivas sostenibles. Investigador Nombre Identificación Eimer Amaya Amaya 1064838953 Gabriela Elena Pallares Serna 1007961770 Juan Carlos Hernández Criado 88284131 Lineid Andrea Alvarez 1091653971 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección
Juan Carlos Hernández Criado 88284131 Lineid Andrea Alvarez 1091653971 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de G r u p o d e Investigación en P r o d u c c i ó n A n i m a l S o s t e n i b l e , B i o d i v e r s i d a d
(GIPAB)
COL0190016 Tecnologias Limpias y Producción Agropecuaria Sostenible zootecnia 53753 Tiene como objetivo fundamental la formulación y ejecución de proyectos de investigación y extensión orientados al desarrollo rural de la región. Sus líneas de trabajo se sustentan en la promoción de sistemas de producción agropecuaria limpia y sostenible, la conservación de la biodiversidad y del medio ambiente, así como en el uso responsable de la biotecnologíaaplicada a la producción animal , con el propósito de fortalecer la productividad y competitividad del sector pecuario a nivel local, regional y nacional. Las líneas estratégicas del grupo GIPAB desarrolla actividades científicas relacionadas con la recolección de especímenes de especies silvestres, permitiendo f o r t a l e c e r l o s p r o c e s o s investigativos del grupo, generar información relevante para la conservación de la fauna local, así como, las dinámicas ecológicas que contribuyen al diseño de sistemas productivos sostenibles en el territorio. Investigador Nombre Identificación Alberto José Rincón Atuesta 1091676183
información relevante para la conservación de la fauna local, así como, las dinámicas ecológicas que contribuyen al diseño de sistemas productivos sostenibles en el territorio. Investigador Nombre Identificación Alberto José Rincón Atuesta 1091676183 Diana Paola Pedroza Portillo 1007279819 Heli Fernando Valencia Ocampo. 1065889150 Myriam Amparo Roso Molina 37316346 Nancy Rodriguez Colorado 1020393258 Volmar Eduardo Carvajalino 1091683157 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de G r u p o d e i n v e s t i g a c i ó n F a c u l t a d d e E d u c a c i ó n , A r t e s y H u m a n i d a d e s (GIFEAH) C0L0087819 C i e n c i a s b á s i c a s (Ciencias Pedagogía Ambiental) zootecnia 53753 El grupo GIFEAH, cuenta con la línea de investigación Ciencias y Pedagogía Ambiental, la cual está encaminada al estudio de las ciencias naturales y la gestión ambiental, enfocándose en analizar las problemáticas ambientales que afectan a la región y en generar estrategias pedagógicas que fortalezcan la conciencia y responsabilidad socioambiental. Por ende, la recolección de ejemplares biológicos se convierte en una actividad fundamental para la producción de nuevo conocimiento científico, la identificación de sistemas
que fortalezcan la conciencia y responsabilidad socioambiental. Por ende, la recolección de ejemplares biológicos se convierte en una actividad fundamental para la producción de nuevo conocimiento científico, la identificación de sistemas e c o l ó g i c o s l o c a l e s y l a comprensión del comportamiento del ser humano en relación con su entorno. Este grupo no está vinculado directamente con unprograma académico, sino que hace parte de la Facultad de Educación, Artes y Humanidades Investigador Nombre Identificación José Julián Cadena Morales 77143991 2.2 Prácticas académicas y/o docentes Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Investigador Nombre Identificación 2.3 Administración de los programas de investigación científica La División de investigación y extensión (DIE) tiene como objetivo el fomento, organización, dirección y supervisión de las actividades de investigación y extensión que realizan las facultades y departamentos según las políticas y programas adoptadas por la Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña 2.4 Sistema de Información de Registro y Seguimiento de proye El registro y seguimiento de proyectos se hace desde la DIE y de acuerdo con el manual para la presentación de proyectos de investigaciones M-IV-DIE-003 y los formatos para seguimiento de proyectos de investigación y sus productos, tales como: Listado de plantillas
1. Plantilla Acta de Finalización Proyecto de Investigación/Extensión
2. Plantilla Acta de Iniciación de Proyecto de Investigación/Extensión
3. Plantilla para la Presentación de Proyectos de Semilleros de Investigación y Extensión
4. Plantilla Informe Final Ante la DIE de Proyectos Externos de Investigación y Extensión
5. Plantilla Informe de Gestión de Actividades de Investigación
6. Plantilla Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales de Autor para las Nuevas Creaciones
7. Plantilla Presentación de Grupo y Líneas de Investigación
8. Plantilla para la Presentación de Centros de Investigación
9. Plantilla Solicitud de Prórroga para Proyectos de Investigación y Extensión
10. Plantilla Presentación ante la DIE de Proyectos Externos de Investigación y Extensión
11. Plantilla para la Presentación de Proyectos de Investigación
12. Plantilla de Informe de Avances para Proyectos de Investigación
13. Plantilla de Informe Final para Proyectos de Investigación
14. Plantilla Evaluación Aval Ético para Proyectos de Investigación
15. Plantilla Exención de Aval Ético para Proyectos de Investigación
16. Plantilla Solicitud Formal Evaluación Aval Ético para Proyectos de Investigación Listado de procedimientos
1. R-IV-DIE-001_Procedimiento Gestión de Investigación e Innovación_Rev F
2. R-IV-DIE-002_Procedimiento para la Presentación de Proyectos de Investigación y/o Extensión ante el Comité de Ética y
Bioética_Rev A