ANLA - Auto 004654 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 004654 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 004654 (02 JUN. 2026) Página 1 de 4 “Por el cual se ordena el archivo a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, la Resolución 1326 de 2017, las Resoluciones 968 de 2025, 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), emitió la Resolución 827 del 30 de abril de 2025, con la que aprobó el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, presentado por la sociedad INVERSIONES LOGUZ S.A.S., con NIT 901.127.287 - 1, conforme a la Resolución 1326 de 20171. Dicho acto administrativo fue notificado el día 02 de mayo de 2025, quedando con constancia de ejecutoria de fecha 19 de mayo de la misma anualidad. Mediante Auto 3689 del 05 de mayo de 2026, esta Autoridad conforme al análisis realizado en el Concepto Técnico 4071 del 21 de abril de 2026, informó que la sociedad INVERSIONES LOGUZ S.A.S., dio cumplimiento extemporáneo a las metas de recolección

en el Concepto Técnico 4071 del 21 de abril de 2026, informó que la sociedad INVERSIONES LOGUZ S.A.S., dio cumplimiento extemporáneo a las metas de recolección y gestión ambiental de las vigencias 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 (gestión realizada durante el año 2025), con fundamento en la Resolución 1326 de 2017 y la Resolución 827 del 30 de abril de 2025. Asímimo, informó que por escrito podía solicitar el archivo del expediente permisivo SRS0005-00-2025, correspondiente al seguimiento al Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas. La sociedad INVERSIONES LOGUZ S.A.S., mediante radicado 20266200636722 del 19 de mayo de 2026, presentó la solicitud del archivo del expediente permisivo SRS0005-002025, atendiendo a lo previsto en el artículo segundo del Auto 3689 del 05 de mayo de 2026 de conformidad con el análisis realizado en el Concepto Técnico 4071 del 21 de abril de 2026. 1 “Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se dictan otras disposiciones.”Auto. No. 004654 Del 02 JUN. 2026 Hoja No. 2 de 4 “Por el cual se ordena el archivo a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones” Página 2 de 4 CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución 1326 de 2017, estableciendo los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental

Página 2 de 4 CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución 1326 de 2017, estableciendo los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas como el instrumento de control y manejo ambiental que contiene los requisitos y condiciones para garantizar la recolección selectiva y gestión ambiental de las llantas usadas por parte de los productores. De acuerdo con la solicitud de archivo efectuada mediante radicado 20266200636722 del 19 de mayo de 2026, y como quiera que mediante Auto 3689 del 05 de mayo de 2026, se determinó que la sociedad INVERSIONES LOGUZ S.A.S., dio cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 1326 de 2017 y la Resolución 827 del 30 de abril de 2025, correspondiente a los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 (gestión realizada durante el año 2025), se procederá al archivo del expediente. Finalmente, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) precisa que en ejercicio de su función del seguimiento verificará el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolución 1326 de 2017 y la Resolución 827 del 30 de abril de 2025, así como de las reiteraciones y los requerimientos efectuados en los actos administrativos que han sido expedidos por esta Autoridad en el expediente SRS0005-00-2025; por lo que su inobservancia podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 2, modificada por la Ley 2387 de 20243.

COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD

inobservancia podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 2, modificada por la Ley 2387 de 20243. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD En el artículo 2 del Decreto Ley 3573 del 2011, se establecen dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y 2 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”.

y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y 2 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 3 “Por medio de la cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 004654 Del 02 JUN. 2026 Hoja No. 3 de 4 “Por el cual se ordena el archivo a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones” Página 3 de 4 seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO.- Ordenar el archivo del expediente SRS0005-00-2025, correspondiente al Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas de la sociedad INVERSIONES LOGUZ S.A.S., con NIT 901.127.287 - 1, conforme al cumplimiento de lo previsto en el artículo segundo del Auto de seguimiento 3689 del 05 de mayo de 2026. ARTÍCULO SEGUNDO.- La inobservancia de las disposiciones contenidas en la Resolución 1326 de 2017 y los actos administrativos emitidos por esta Autoridad podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024.

lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO TERCERO.- Notificar el presente acto administrativo a la sociedad INVERSIONES LOGUZ S.A.S., a través de su Representante Legal, apoderado debidamente constituido, o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 4071 del 21 de abril de 2026. ARTÍCULO CUARTO. - Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO QUINTO. - Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 modificada por la Ley 2080 de 20214.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 02 JUN. 2026 LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ 4 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 004654 Del 02 JUN. 2026 Hoja No. 4 de 4 “Por el cual se ordena el archivo a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y

Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones” Página 4 de 4

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA

CONTRATISTA

JORGE ANDRES GARZON PEDROZA

CONTRATISTA Expediente No. SRS0005-00-2025 Concepto Técnico N° 4071 del 21 de abril de 2026

Fecha: 01 de junio de 2026

Proceso No.: 20265300046545

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

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