ANLA - Auto 005237 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 005237 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 005237 (17 JUN. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025, 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante la Resolución 00523 del 26 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 00778 del 19 de abril de 2022, otorgó a la sociedad Ambiotec S.A.S., con NIT 860.091.096-6, Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, a nivel nacional, con vigencia hasta el 29 de mayo de 2023. Esta Autoridad, por medio de los Autos 6966 del 31 de agosto de 2021, 7233 del 30 de
de Elaboración de Estudios Ambientales, a nivel nacional, con vigencia hasta el 29 de mayo de 2023. Esta Autoridad, por medio de los Autos 6966 del 31 de agosto de 2021, 7233 del 30 de agosto de 2022, 775 del 22 de febrero de 2024 y 5837 del 11 de julio de 2025, con fundamento en los Conceptos Técnicos 4924 del 19 de agosto de 2021, 4727 del 16 de agosto de 2022, 559 del 09 de febrero de 2024 y 4898 del 4 de julio de 2025, realizó seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con fines de Elaboración de Estudios Ambientales otorgado mediante la Resolución 00523 del 26 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 00778 del 19 de abril de 2022 formulando y reiterando requerimientos a cargo de la sociedad Ambiotec S.A.S. La sociedad Ambiotec S.A.S., mediante los radicados 20256201395762 del 11 de noviembre, 20256201454922 del 21 de diciembre y 20256201598432 del 19 de diciembre, todos de 2025, presentó respuesta al Auto 5837 del 11 de julio de 2025, así como, información relacionada con la ejecución del Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de ElaboraciónAuto. No. 005237 Del 17 JUN. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de
“Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 de Estudios Ambientales. La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) efectuó seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales conforme a la documentación que reposa en el expediente REA0007-00-2020, emitiendo el Concepto Técnico 5816 del 29 de mayo de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Decreto 1076 de 2015 1, reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección 2, el permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.6. del Decreto 1076 de 2015, establece las obligaciones que debe cumplir el titular del permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El presente acto administrativo tiene como propósito efectuar seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado mediante la
El presente acto administrativo tiene como propósito efectuar seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la
Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado mediante la Resolución 00523 del 26 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 00778 del 19 de abril de 2022, puesto no existe actuación administrativa alguna a seguir en el expediente REA0007-00-2020. Por lo tanto, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, esta Autoridad ordenará el archivo del mencionado expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 del 12 de julio de 20122, en 1 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”. 2 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 005237 Del 17 JUN. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 2011 3, tal y como quedará expuesto en la parte dispositiva del presente proveído. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011 4, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2 del artículo 3º le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 5, que modificó el Decreto Ley 3573
las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 5, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36° de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39° ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con la coordinación designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir con la evaluación y seguimiento de las solicitudes y suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad Ambiotec S.A.S., con NIT 860.091.096-6, que de acuerdo con el Concepto Técnico 5816 del 29 de mayo de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por culminada la etapa de seguimiento al
que de acuerdo con el Concepto Técnico 5816 del 29 de mayo de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por culminada la etapa de seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 00523 del 26 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 00778 del 19 de abril de 2022, el cual se encuentra sin vigencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, ordenar el archivo definitivo del expediente REA0007-00-2020, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad 3 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 4 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y se dictan otras disposiciones.” 5 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 005237 Del 17 JUN. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 00523 del 26 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 00778 del 19 de
determinaciones” Página 4 de 6 biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 00523 del 26 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 00778 del 19 de abril de 2022, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto. ARTÍCULO TERCERO. Advertir a la sociedad Ambiotec S.A.S., que deberá tener en cuenta lo definido en el Capítulo 10 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, adicionado por el artículo 1° del Decreto 1272 de 2016 6, así como a lo establecido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), a través de las Resoluciones 1372 de 2016 7 y 589 de 2017 8, respecto de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre. ARTÍCULO CUARTO. Advertir a la sociedad Ambiotec S.A.S., que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 00523 del 26 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 00778 del 19 de abril de 2022 y demás pronunciamientos emitidos en el expediente REA0007-00-2020, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO QUINTO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad Ambiotec S.A.S., a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto.
ARTÍCULO QUINTO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad Ambiotec S.A.S., a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO PRIMERO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 5816 del 29 de mayo de 2026. PARÁGRAFO SEGUNDO. En el evento en que el titular del permiso sea una persona natural que se acoja al proceso de insolvencia regulado por las normas vigentes, o se trate de una persona jurídica que entre en proceso de disolución o régimen de insolvencia empresarial o liquidación regulados por las normas vigentes, deberá informar inmediatamente de esta situación a esta Autoridad, con fundamento, entre otros, en los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 95 numeral 8 de la Constitución Política de 1991, en la Ley 43 de 1990, en la Ley 222 de 1995, en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable. Adicional a la obligación de informar a esta Autoridad de tal situación, el titular del permiso aprovisionará contablemente las obligaciones contingentes que se deriven de la existencia de un procedimiento ambiental sancionatorio conforme con el artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, modificado por el artículo 17 de la Ley 2387 de 2024. 6 “Por el cual se adiciona un capítulo al Título IX de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”.
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 7 “Por la cual se establece la tarifa mínima de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 8 “Por la cual se establecen las especies de la fauna silvestre incluidas dentro de las categorías del coeficiente de valoración y el valor correspondiente a las especies establecidas en el numeral 3 de que trata el artículo 2.2.9.10.2.7 del Capítulo 10 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, en el cual se reglamenta el artículo 42 de la Ley 99 de 1993 en lo referente a la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre”.Auto. No. 005237 Del 17 JUN. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO SEXTO. Comunicar el presente acto administrativo a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, para su conocimiento y fines pertinentes. PARÁGRAFO. En la diligencia de comunicación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 5816 del 29 de mayo de 2026. ARTÍCULO SÉPTIMO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO OCTAVO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de
Técnico 5816 del 29 de mayo de 2026. ARTÍCULO SÉPTIMO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO OCTAVO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 20119.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 17 JUN. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA
CONTRATISTA
ALEJANDRO MUNOZ GONZALEZ
CONTRATISTA Expediente No. REA0007-00-2020 Concepto Técnico No. 5816 del 29 de mayo de 2026
Fecha: 16 de junio de 2026
Proceso No.: 20265300052375
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad
9 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 005237 Del 17 JUN. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6