ANLA - Auto 005802 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 005802 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 005802 (01 JUL. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025, 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) mediante la Resolución No. 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogada por la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021, otorgó al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, identificado con cédula de ciudadanía 1.130.590.654, Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel nacional, por una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la ejecutoria del mencionado acto administrativo, es decir, a partir del 30 de julio de 2019, el
para ejecutarse a nivel nacional, por una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la ejecutoria del mencionado acto administrativo, es decir, a partir del 30 de julio de 2019, el cual se encuentra sin vigencia. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante los Autos 2775 del 30 de abril de 2024 y 3465 del 08 de mayo de 2025, con fundamento en los Conceptos Técnicos 2460 del 23 de abril de 2024 y 2942 del 30 de abril de 2025, se efectuó seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, mediante el radicado 20266200713062 del 02 de junio de 2026, presentó respuesta al Auto 3465 del 08 de mayo de 2025. La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), efectuó seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales conforme a la documentación que reposa en elAuto. No. 005802 Del 01 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 expediente REA0027-00-2019, emitiendo el Concepto Técnico 6387 del 12 de junio de
estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 expediente REA0027-00-2019, emitiendo el Concepto Técnico 6387 del 12 de junio de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Decreto 1076 de 2015 1, reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección 2, el permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.6. del Decreto 1076 de 2015, establece las obligaciones que debe cumplir el titular del permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El presente acto administrativo tiene como propósito efectuar seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogado por la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021, (actualmente sin vigencia), al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, con el fin de determinar el cumplimiento de las obligaciones. En desarrollo de la citada normatividad y en ejercicio de la función de seguimiento, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), emitió el Concepto Técnico 6387 del 12 de junio de 2026,
Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), emitió el Concepto Técnico 6387 del 12 de junio de 2026, concluyendo que el señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, no dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogado por la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021, dentro de la etapa permisiva en el marco de control y seguimiento del instrumento de control y manejo ambiental inicialmente otorgado. Dadas las consideraciones precedentes, teniendo en cuenta que el permiso se encuentra sin vigencia, que se efectuaron requerimientos y reiteraciones de información, que el usuario fue renuente a presentar respuesta y que no existe actuación administrativa alguna a seguir, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), dará por finalizada la etapa de seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogado por la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021, por lo que con el fin de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, ordenará el archivo del expediente REA0027-00-2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 20122, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 2011 3,
modificada por la Ley 2080 de 20214. 1 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”. 2 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 3 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 4 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 005802 Del 01 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 Finalmente, se advierte al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogada por la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021 y demás pronunciamientos emitidos en el expediente REA0027-00-2019, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 20095, modificada por la Ley 2387 de 20246. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011 7, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Ley 1333 de 20095, modificada por la Ley 2387 de 20246. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011 7, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2 del artículo 3º le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 8, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36° de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39° ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con la coordinación designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir con la evaluación y seguimiento de las solicitudes y suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto,
DISPONE:
impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, identificado con cédula de ciudadanía 1.130.590.654, que de acuerdo con el Concepto Técnico 6387 del 12 de junio de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por culminada la etapa de seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogado por 5 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 6 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”. 7 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y se dictan otras disposiciones.” 8 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 005802 Del 01 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021, el cual se encuentra sin vigencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, ordenar el archivo definitivo del expediente REA0027-00-2019, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogado por la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto. ARTÍCULO TERCERO. Advertir al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, que deberá tener en cuenta lo definido en el Capítulo 10 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, adicionado por el artículo 1° del Decreto 1272 de 20169, así como a lo establecido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), a través de las Resoluciones 1372 de 201610 y 589 de 201711, respecto de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre. ARTÍCULO CUARTO. Advertir al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogado
de fauna silvestre. ARTÍCULO CUARTO. Advertir al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 1376 del 15 de julio de 2019, prorrogado por la Resolución No. 1103 del 23 de junio de 2021, el presunto incumplimiento de los requerimientos efectuados, y demás pronunciamientos emitidos en el expediente REA0027-00-2019, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO QUINTO. Notificar el presente acto administrativo al señor Carlos Eduardo Ortiz Yusty, a través de su apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO PRIMERO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 6387 del 12 de junio de 2026. PARÁGRAFO SEGUNDO. En el evento en que el titular del permiso sea una persona natural que se acoja al proceso de insolvencia regulado por las normas vigentes, o se trate de una persona jurídica que entre en proceso de disolución o régimen de insolvencia empresarial o liquidación regulados por las normas vigentes, deberá informar inmediatamente de esta situación a esta Autoridad, con fundamento, entre otros, en los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 95 numeral 8 de la Constitución Política de 1991, en la Ley 43
de 1990, en la Ley 222 de 1995, en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 9 “Por el cual se adiciona un capítulo al Título IX de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 10 “Por la cual se establece la tarifa mínima de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 11 “Por la cual se establecen las especies de la fauna silvestre incluidas dentro de las categorías del coeficiente de valoración y el valor correspondiente a las especies establecidas en el numeral 3 de que trata el artículo 2.2.9.10.2.7 del Capítulo 10 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, en el cual se reglamenta el artículo 42 de la Ley 99 de 1993 en lo referente a la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre”.Auto. No. 005802 Del 01 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 2024, y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable. Adicional a la obligación de informar a esta Autoridad de tal situación, el titular del permiso aprovisionará contablemente las obligaciones contingentes que se deriven de la existencia de un procedimiento
2024, y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable. Adicional a la obligación de informar a esta Autoridad de tal situación, el titular del permiso aprovisionará contablemente las obligaciones contingentes que se deriven de la existencia de un procedimiento ambiental sancionatorio conforme con el artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, modificado por el artículo 17 de la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO SEXTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SÉPTIMO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 201112.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 01 JUL. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA
CONTRATISTA
JORGE ANDRES GARZON PEDROZA
CONTRATISTA Expediente No. REA0027-00-2019 Concepto Técnico No. 6387 del 12 de junio de 2026
Fecha: 25 de junio de 2026
Proceso No.: 20265300058025
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad
12 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 005802 Del 01 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de
“Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6