ANLA - Auto 005986 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 005986 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 005986 (07 JUL. 2026) Página 1 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, la Resolución 1326 de 2017, y las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE La sociedad COLTANQUES S.A.S., con NIT 860.040.576-1, mediante las comunicaciones de radicados 20266200853912 y 20266200853922, ambos del 30 de junio de 2026, asociados a los números VITAL 8900086004057626001 y 3500086004057626001 1, respectivamente, presentó el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, para su correspondiente evaluación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1326 de 20172. Con base en la verificación de la información y documentación presentada por la sociedad COLTANQUES S.A.S, esta Autoridad procederá a dar inicio al respectivo trámite de evaluación del Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas
Con base en la verificación de la información y documentación presentada por la sociedad COLTANQUES S.A.S, esta Autoridad procederá a dar inicio al respectivo trámite de evaluación del Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, de conformidad con lo establecido en la Resolución 1326 del 6 de julio de 2017. CONSIDERACIONES JURÍDICAS La Resolución 1326 de 2017, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), estableció los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, entendidos como el instrumento de control y manejo ambiental que contiene los requisitos y condiciones para garantizar la recolección selectiva y gestión ambiental de las llantas usadas por parte de los productores. 1 Expediente VDI3687-00-2026 2 “Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Llantas Usadas y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 005986 Del 07 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones” Página 2 de 4 El artículo 5° de la Resolución 1326 de 2017 estipula que los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas serán formulados por los productores, los cuales podrán optar por cumplir esta obligación mediante la constitución de un sistema individual o colectivo. El artículo 6° ibidem establece los Sistemas Individuales de Recolección Selectiva y Gestión
cuales podrán optar por cumplir esta obligación mediante la constitución de un sistema individual o colectivo. El artículo 6° ibidem establece los Sistemas Individuales de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, cuya formulación, presentación e implementación es de responsabilidad exclusiva del productor que lo establezca. El artículo 8° de la normativa en mención indica la información que deben contener los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, los cuales deben ser presentados para aprobación de esta Autoridad, tal como lo dispone el artículo 9° de la precitada norma. Teniendo en cuenta que la sociedad COLTANQUES S.A.S. acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y en efecto dará inicio al trámite administrativo ambiental para evaluar el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas presentado. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 20113 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y, en su artículo 2°, señala que es la encargada que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normatividad ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1° del artículo 11° del Decreto Ley 376 del 20204, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de
de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. El artículo 36º de la Resolución 968 de 20255 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya Coordinadora fue designada mediante la Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de 3 Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones. 4 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)” 5 “Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, se asignan sus funciones y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 005986 Del 07 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones”
“Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones” Página 3 de 4 impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental para evaluar el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas presentado por la sociedad COLTANQUES S.A.S., con NIT 860.040.576-1, mediante las comunicaciones de radicados 20266200853912 y 20266200853922, ambos del 30 de junio de 2026, asociados a los números VITAL 8900086004057626001 y 3500086004057626001, respectivamente, conforme lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión del trámite de evaluación de la solicitud objeto del presente acto administrativo cursarán en el expediente SRS0002-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad COLTANQUES S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA asociar la documentación relacionada en el VDI3687-00-2026 al expediente SRS0002-00-2026.
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA asociar la documentación relacionada en el VDI3687-00-2026 al expediente SRS0002-00-2026. ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 20116.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 07 JUL. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
6 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 005986 Del 07 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se toman otras determinaciones” Página 4 de 4
NICOLAS RAMIREZ AVILA
CONTRATISTA
OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ
CONTRATISTA
Expediente No. SRS0002-00-2026
Fecha: 03 de julio de 2026
Proceso No.: 20265300059865
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad