ANLA - Auto 006836 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 006836 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 006836 (17 JUL. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica no Comercial, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto-Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025 y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) mediante Resolución 2848 del 11 de diciembre de 2023, otorgó a la sociedad PRODUCTOS NATURALES DE LA SABANA S.A.S. BIC., con NIT 860.004.922-4, Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Búsqueda de adaptación de dos algas rojas a condiciones de

laboratorio”, por una vigencia de veinticuatro (24) meses, contados a partir de su ejecutoria. La Resolución 2848 del 11 de diciembre de 2023, fue notificada a la sociedad PRODUCTOS NATURALES DE LA SABANA S.A.S. BIC, el día 20 de diciembre de 2023, quedando con constancia de ejecutoria el 9 de enero de 2024 y publicada en la gaceta de esta Entidad el 24 de enero de la misma anualidad, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 71 de la Ley 99 de 19931. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad efectuó seguimiento a la información que reposa en el expediente RCI000300-2023 y emitió el Concepto Técnico 7316 del 6 de julio de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 006836 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica no Comercial, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 2, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y

determinaciones” Página 2 de 6 El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 2, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974, tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto 1076 de 2015 3, mediante el cual unificó las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiente y desarrollo sostenible, regulando en su capítulo 8 sección 3, el Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. El artículo 2.2.2.8.1.4 del Decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del Permiso, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre éstas, el Permiso Individual de Recolección. El artículo 2.2.2.8.3.1 del Decreto 1076 de 2015, señala que las personas naturales o jurídicas que pretendan recolectar especímenes para adelantar un proyecto de investigación científica no comercial deberán obtener un Permiso Individual de Recolección y, el artículo 2.2.2.8.3.2 ibidem, establece los documentos que deben aportarse para la solicitud del Permiso.

investigación científica no comercial deberán obtener un Permiso Individual de Recolección y, el artículo 2.2.2.8.3.2 ibidem, establece los documentos que deben aportarse para la solicitud del Permiso. El artículo 2.2.2.8.3.3 del citado Decreto, señala las obligaciones que deberán cumplir los titulares del Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. El presente acto administrativo tiene como propósito efectuar seguimiento al Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica no Comercial otorgado mediante la Resolución 2848 del 11 de diciembre de 2023, con el fin de determinar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en dicho acto administrativo. En desarrollo de la citada normatividad y en virtud de la función de seguimiento al proyecto denominado “Búsqueda de adaptación de dos algas rojas a condiciones de laboratorio”, autorizado en el Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, mediante Resolución 2848 del 11 de diciembre de 2023, el cual se encuentra sin vigencia; el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta 2 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” 3“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Auto. No. 006836 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 6

3“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Auto. No. 006836 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica no Comercial, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 Autoridad evaluó la información que reposa en el expediente RCI0003-00-2023 y emitió el Concepto Técnico 7316 del 6 de julio de 2026, a través del cual determinó, entre otras cosas, que de acuerdo con los resultados del seguimiento, la sociedad PRODUCTOS NATURALES DE LA SABANA S.A.S. BIC., no ejecutó actividades de recolección en el marco del proyecto en mención. Así las cosas, la sociedad PRODUCTOS NATURALES DE LA SABANA S.A.S. BIC., informó que no ejecutó actividades de recolección para el proyecto denominado “Búsqueda de adaptación de dos algas rojas a condiciones de laboratorio”, situación que verificó esta Autoridad a través del Sistema de Información sobre Biodiversidad de Colombia – SiB (https://ipt.biodiversidad.co/cr-sib/), comprobando que no ha generado ningún reporte relacionado con actividades de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, realizadas en el marco del permiso otorgado por la Resolución 2848 del 11 de diciembre de 2023. Por lo tanto, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por finalizado el proceso de seguimiento del aludido proyecto, en el expediente RCI0003-00-2023.

del 11 de diciembre de 2023. Por lo tanto, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por finalizado el proceso de seguimiento del aludido proyecto, en el expediente RCI0003-00-2023. Lo anterior, debido a que no es necesario efectuar reiteraciones y/o requerimientos adicionales y, por consiguiente, no existe actuación administrativa alguna a seguir, por lo que en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, se ordenará el archivo del expediente RCI0003-00-2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 2012 4, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 del 18 de 20115, modificada por la Ley 2080 del 25 de 20216, tal y como se estipulará en la parte dispositiva del presente auto. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 7, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites

El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como funciones del Coordinador del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales, adscrito a la Subdirección de 4“Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 5“Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 6“Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción” 7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”.Auto. No. 006836 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica no Comercial, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección,

de permisos y trámites ambientales y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normativa vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto,

DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad PRODUCTOS NATURALES DE LA SABANA S.A.S. BIC., con NIT 860.004.922-4, que de acuerdo con los resultados del seguimiento señalados en el Concepto Técnico 7316 del 6 de julio de 2026, fundamento del presente acto administrativo, esta Autoridad da por culminada la etapa de seguimiento al Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Búsqueda de adaptación de dos algas rojas a condiciones de laboratorio”, otorgado mediante Resolución 2848 del 11 de diciembre de 2023, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar el archivo del expediente RCI0003-00-2023, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Búsqueda de adaptación de dos algas rojas a condiciones de laboratorio”, otorgado mediante Resolución 2848 del 11 de diciembre de 2023, por las razones expuestas en el Concepto Técnico 7316 del 6 de julio de 2026 y la parte motiva del presente auto. ARTÍCULO TERCERO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad

2023, por las razones expuestas en el Concepto Técnico 7316 del 6 de julio de 2026 y la parte motiva del presente auto. ARTÍCULO TERCERO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad PRODUCTOS NATURALES DE LA SABANA S.A.S. BIC., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO PRIMERO. En la diligencia de notificación, se deberá entregar copia del Concepto Técnico 7316 del 6 de julio de 2026. PARÁGRAFO SEGUNDO. En el evento en que el titular del permiso, sea una persona natural que se acoja al proceso de insolvencia regulado por las normas vigentes, o se trate de una persona jurídica que entre en proceso de disolución o régimen de insolvencia empresarial o liquidación regulados por las normas vigentes, deberá informar inmediatamente dicha situación a esta Autoridad, con fundamento, entre otros, en los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 95 numeral 8 de la Constitución Política de 1991, en la Ley 43 de 1990, en la Ley 222 de 1995, en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable. Adicional a la obligación de informar a esta Autoridad de tal situación, el titular del permiso aprovisionará contablemente las obligaciones contingentes que se deriven de la existencia de un procedimientoAuto. No. 006836 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de

“Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica no Comercial, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ambiental sancionatorio conforme con el artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, modificado por el artículo 17 de la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO CUARTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 del 18 de enero de 20118, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20219.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 17 JUL. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

MIGUEL ANGEL GARCIA SANTOS

CONTRATISTA

DIANA KATHERINE REYES ALBANIL

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

Expediente No. RCI0003-00-2023 Concepto Técnico 7316 del 6 de julio de 2026

Fecha: 15 de julio de 2026

Proceso No.: 20265300068365

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los

archivos digitales de la Entidad 8 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 9 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 006836 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica no Comercial, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6

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