ANLA - Auto 008050 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 008050 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 008050 (28 JUL. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS
Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales y en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La sociedad REFORESTADORA DE LA COSTA S.A.S, con NIT. 890.110.147-5, mediante la comunicación con radicado 20266200996942 del 24 de julio de 2026 y número VITAL 56000890110147260011, presentó ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), solicitud de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel nacional, por un período de 24 meses, de conformidad con la metodología y perfiles descritos en el Formato Único Nacional de Solicitud y documentos anexos presentados.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
para ejecutarse a nivel nacional, por un período de 24 meses, de conformidad con la metodología y perfiles descritos en el Formato Único Nacional de Solicitud y documentos anexos presentados. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974 2 tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El Decreto 1076 de 20153 reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección 2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.1 del mencionado decreto, establece que toda persona que pretenda adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de 1 Expediente VDI4271-00-2026 2 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” 3 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Auto. No. 008050 Del 28 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”
Página 2 de 5 especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá previamente
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la elaboración de uno o varios estudios ambientales. El parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del permiso de que trata el referido decreto constituye un trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos. El artículo 2.2.2.9.2.2 del Decreto 1076 de 2015, define los Estudios Ambientales como aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención o modificación de una licencia ambiental o su equivalente, permiso, concesión o autorización, y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de especímenes silvestres de la diversidad biológica y; el Permiso de Estudios con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, como la autorización previa que otorga la autoridad ambiental competente para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones. El artículo 2.2.2.9.2.3 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las
El artículo 2.2.2.9.2.3 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.5. ibidem, en su numeral 1, indica que, radicada la solicitud con el lleno de los requisitos, se procederá a expedir el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 19934, en concordancia con la Ley 1437 de 20115, y a publicar un extracto de la solicitud en su portal de Internet para garantizar el derecho de participación de posibles interesados. Teniendo en cuenta que la sociedad REFORESTADORA DE LA COSTA S.A.S, acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 1º del artículo 3 le asignó la función de otorgar o negar las licencias, 4 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones”
4 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones” 5 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 008050 Del 28 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”
Página 3 de 5 permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), de conformidad con la ley y los reglamentos. El numeral 1 del artículo 11 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 6, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asignó como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. El artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39 ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de
de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39 ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, conforme a la solicitud presentada por la sociedad REFORESTADORA DE LA COSTA S.A.S, con NIT. 890.110.147-5, mediante la comunicación con radicado 20266200996942 del 24 de julio de 2026 y número VITAL 5600089011014726001. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la solicitud de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la solicitud de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, objeto del presente auto, cursarán en el expediente REA0032-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad REFORESTADORA DE LA COSTA S.A.S, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). 6 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”Auto. No. 008050 Del 28 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”
Página 4 de 5 PARÁGRAFO. Publicar un extracto del formato de solicitud en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2. y el numeral 1 del artículo 2.2.2.9.2.5 del Decreto 1076 de 2015, según corresponda. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la documentación relacionada en el expediente VDI4271-00-2026, dentro del cual se adelantó
según corresponda. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la documentación relacionada en el expediente VDI4271-00-2026, dentro del cual se adelantó la verificación de documentos de inicio, al expediente REA0032-00-2026. ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 7, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20218.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 28 JUL. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
NICOLAS RAMIREZ AVILA
CONTRATISTA
OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ
CONTRATISTA
Expediente No. REA0032-00-2026
Fecha: 28 de julio de 2026
Proceso No.: 20265300080505
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad 7“Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 8“Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437
de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 008050 Del 28 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 5
“Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones”
Página 5 de 5FORMATO UNICO NACIONAL SOLICITUD
PERMISO DE RECOLECCIÓN CON FINES DE ELABORACION DE ESTUDIOS
AMBIENTALES
1. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE
Autoridad Ambiental
Competente: Dirección:
Nombre del representante: Nombre o Razón Social del Solicita
Departamento: Municipio:
NIT / Cédula:
Nombre del apoderado: NIT / Cédula apoderado:
NIT / Cédula representante:
Correo electrónico: Teléfono(s):
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
REFORESTADORA DE LA COSTA S.A.
890110147 Calle 102 A No. 47 A 39
BOGOTA D. C. BOGOTÁ
CARLOS ANDRES LOPEZFRANCO
71745720
JAVIER HERNANDO MEDINASALAZAR
80167082 refocosta@refocosta.com
2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMISO 2.1 Duración (meses) solicitada del
permiso: 24 2.2 Metodologías para la recolección de especímenes y muestras de la biodiversidad Grupo Biológico Técnica Muestreo Caracteristicas Unidad de Muestreo Esfuerzo de Muestreo Recolección Aves Redes de Niebla de 12m de largo por 3m de ancho con ojo de malla de ojo de malla 30mm 10 redes por 8h por 2 días Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Herpetos Busqueda Libre y Captura
malla de ojo de malla 30mm 10 redes por 8h por 2 días Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Herpetos Busqueda Libre y Captura Recorridos de busqueda libre de 8hr diarias por 2 días Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Herpetos Trampas de Caida con barrera Trampas de caida con barrera de 2 metros compuesta de recipientes de 5 litros El arreglo de trampa con tres recipientes 24h 2 Días Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Herpetos Transecto lineales Transectos de 500 metros 3 Transectos Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Mamíferos Trampas Sherman de 23cm de largo por 8cm de ancho por 9.5cm de alto 30 Trampas por 24h por 2 días Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Mamíferos Trampas Tomahawk de 60cm de largo por 18cm de ancho por 18cm de alto 10 Trampas por 24h por 2 días Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Mamíferos Redes de Niebla de 12m de largo por 3m de ancho con ojo de malla de ojo de malla 30mm 10 redes por 6h por 2 días Por Cobertura vegetal Temporal y Definitiva Peces Nasas activas (jamas) de 1.5m de largo con un diámetro de 1m con ojo de malla de 0.5cm 20 Lances en puntos de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Peces Atarraya de 10m de largo por 2m de diametro con ojo de malla de 0.5cm
20 Lances en puntos de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Peces Atarraya de 10m de largo por 2m de diametro con ojo de malla de 0.5cm 20 Lances por punto de muestreo de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Peces Red de arrastre de 10m de largo por 2m de ancho con ojo de malla de 0.5cm 2 Arrastres por punto de muestreo de 100m/m2 10 puntos por Cuerpo de Agua Temporal y Definitiva Fitoplancton Red cónica + Elemento Volumétrico Tomado de muestra con recipiente volumentrico y filtrado con red conica de ojo de malla de 20µm filtrado de 10 litros estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Km de Cuerpo de agua Definitiva Zooplancton Red cónica + Elemento Volumétrico (balde, botella colectora) Tomado de muestra con recipiente voluméntrico y filtrado con red cónica de ojo de malla de 35µm filtrado de 10 litros estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Km de Cuerpo de agua Definitiva Bentos Red Surber Remoción manual usando red surber de 30cm X 30cm con ojo de malla de 500µm 10 cuadrantes estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Km de Cuerpo de agua
X 30cm con ojo de malla de 500µm 10 cuadrantes estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Km de Cuerpo de agua DefinitivaPerifiton Cuadrante Raspado manual en cuadrante de: 5cm X 5cm 10 cuadrantes estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Km de Cuerpo de agua Definitiva Macrófitas Cuadrantes Calculo del porcentaje de cobertura y colecta manual en cuadrantes de 1m X 1m 10 cuadrantes estaciones de muestreo de 100m/m2 en 10 estaciones de muestreo por Km de Cuerpo de agua Definitiva Vegetación terrestre Gentry (modificado) Fustales (DAP mayor a 10cm) en parcelas de 100m2 Latizal (10 > DAP > 5cm) en parcelas de 25m2 Brinzal (DAP < 2.5cm) en parcelas de 4m2 Número de individuos por categoria Número de Parcelas Hasta alcanzar Error de muestreo de 15% y confiabilidad del 95% Definitiva Vegetación terrestre Inventario Forestal al 100% o Censo Forestal N/A Número de individuos por área área de aprovechamiento o intervención Definitiva Epífitas vasculares Inventario 100% Todos los fustales con DAP mayor a 10cm Número de epifitas vasculares presentes en el área de aprovechamie nto o intervención 100% de los forófitos presentes en el área de aprovechamiento o intervención Temporal y Definitiva
epifitas vasculares presentes en el área de aprovechamie nto o intervención 100% de los forófitos presentes en el área de aprovechamiento o intervención Temporal y Definitiva Epífitas vasculares Recolección Epífitas vasculares Fustales con DAP mayor a 10cm con ramificacione abundantes Número de Epifitas vasculares por forófito 8 forófitos por hectarea de cobertura vegetal Temporal y Definitiva Epífitas no vasculares Muestreo por cuadrícula Cuadriculas de 400cm2 (20x20cm) 4 cuadriculas por forófito 8 forófitos por hectarea de cobertura vegetal Definitiva Epífitas no vasculares Inventario 100% 100% de las Epifitas no vascualares presentes Número de epifitas no vasculares presentes en el área de aprovechamie nto o intervención 100% de las epifitas no vasculares presentes en el área de aprovechamiento o intervención Temporal y Definitiva Plantas vasculares rupículas y terrestres (no arboreas) Muestreo de Plantas vasculares rupículas y terrestres (no arboreas) Parcelas de 100m2 Número de Plantas vasculares rupículas y terrestres (no arboreas) en 10 parcelas por cobertura vegetal Temporal y Definitiva Plantas no vasculares rupículas y terrestres Muestreo de Plantas no vasculares
rupículas y terrestres (no arboreas) en 10 parcelas por cobertura vegetal Temporal y Definitiva Plantas no vasculares rupículas y terrestres Muestreo de Plantas no vasculares rupículas y terrestres Cuadriculas de 400cm2 (10x10cm) 4 cuadriculas por parcela 10 parcelas de: Parcelas de 50m2 Temporal y Definitiva 2.3 Métodos de preservación y movilización de muestras y especímenes Grupo Biológico Sacrificio Preservación MovilizaciónAves Compresión torácica: Se lleva el pulgar y el índice de una mano bajo el ala del ave de la parte posterior y colocándolos contra las costillas. Todos los dedos se unen y se genera presión para detener el corazón y los pulmones.
Preparación en seco: Colocar un poco de algodón por el pico hasta llegar a la garganta del individuo con el fin de evitar que las plumas se humedezcan con algún fluido interno. Separar la piel del cuerpo sosteniendo con los dedos uno de los bordes cortados y separar suavemente el cuerpo del ejemplar sin soltar plumas. Espolvorear aserrín fino sobre la piel despejada para evitar que las plumas se adhieran a esta y evitar que se desprendan. Retirar la carne adherida a la piel, también extraer los tendones del tarso-metatarso, con la finalidad de evitar la descomposición. Posteriormente se realiza la extracción del cuello y la limpieza de la cabeza. Se debe tener cuidado en el momento de cortar las membranas de oídos y
tendones del tarso-metatarso, con la finalidad de evitar la descomposición. Posteriormente se realiza la extracción del cuello y la limpieza de la cabeza. Se debe tener cuidado en el momento de cortar las membranas de oídos y ojos para no dañar la piel. Retirar cuidadosamente el cerebro y parte de los músculos de la mandíbula para evitar que su descomposición afecte la piel del ejemplar. Limpiar la sangre y membranas de la cavidad del cráneo, así como la carne en exceso alrededor de la unión de la mandíbula con el cráneo. Esparcir aserrín para secar la humedad y aplicar bórax para terminar de secar la piel. Pasar algodón sobre el área para retirar el exceso de aserrín y bórax. Colocar dos bolas de algodón compactas en las cavidades oculares que se asemejen al tamaño real. Devolver cuidadosamente la piel un poco húmeda sobre el cráneo, alas y demás partes del cuerpo como se encontraban inicialmente y coser con aguja e hilo. Rellenar el cuerpo con algodón envuelto en un palo delgado y envolver el cono de algodón con la piel; una vez la piel del ave envuelva por completo el cono de algodón es necesario volver a coser la abertura del vientre desde adentro de la piel hacia afuera. Los tarsos se deben amarrar uno sobre otro en forma de equis (X) sobre el palo. Los individuos objeto de preservación en seco serán movilizados debidamente embalados en neveras de icopor o caja de cartón resistentes. Cada piel puede
en forma de equis (X) sobre el palo. Los individuos objeto de preservación en seco serán movilizados debidamente embalados en neveras de icopor o caja de cartón resistentes. Cada piel puede envolverse en una capa delgada de algodón para evitar el daño y desorden de las plumas. Los espacios vacíos del contenedor se deben rellenar con materiales como trozos de icopor, además se debe garantizar la cadena de frío hasta su entrega para montaje en la respectiva colección biológica.
Aves Compresión torácica: Se lleva el pulgar y el índice de una mano bajo el ala del ave de la parte posterior y colocándolos contra las costillas. Todos los dedos se unen y se genera presión para detener el corazón y los pulmones.
Preparación en líquido: Se sumergen los individuos en formol al 10%, durante 7 a 10 días, según el tamaño del ejemplar. Para ejemplares grandes se inyectan con formol al 10% directamente en la cavidad visceral o se realiza una incisión en el costado derecho de la línea ventral del cuerpo y en los músculos mayores. Posterior al proceso de fijación, se deberá preservar el espécimen en alcohol etílico (75%), el cual debe cubrir la totalidad del ejemplar. Revisar periódicamente la concentración del alcohol mediante un alcoholímetro para verificar que la concentración se mantenga al 75%.
La Movilización de los individuos preservados en líquido se realizará en frascos de vidrio debidamente embalados en una nevera de icopor o caja de cartón resistentes, con relleno de los espacios
La Movilización de los individuos preservados en líquido se realizará en frascos de vidrio debidamente embalados en una nevera de icopor o caja de cartón resistentes, con relleno de los espacios sobrantes con trozos de icopor, hasta su entrega o depósito en la respectiva colección biológica. Los frascos serán escogidos de acuerdo al tamaño del espécimen, conservando en la relación de volumen 2:1 entre el líquido y el espécimen, los especímenes no quedarán doblados o presionados por las tapas, los frascos serán sellados colocando una capa de vinipel antes de colocar la tapa.Herpetos Para el sacrificio anfibios de gran tamaño y de reptiles se usará la técnica de aplicación de una dosis letal de un anestésico como xilocaína o roxicaina en el corazón. La cantidad de xilocaína depende del peso corporal.
Fijación: Los ejemplares de anfibios y reptiles se deben posicionar de modo adecuado, para esto se cubre el fondo de un recipiente plástico (cámara de formol) con varias capas de papel absorbente blanco y se agrega formol al 10% hasta impregnar completamente el papel. En esta cámara estarán por un periodo de entre 3 a 8 días (según el tamaño del espécimen), en el caso de los ejemplares grandes, se inyectará formol al 10% directamente en la cavidad visceral (Simmons & Muñoz 2005). Etiquetado: Todos los ejemplares sacrificados serán etiquetados, incluyendo información relacionada como: clasificación taxonómica hasta el nivel sistemático más preciso, nombre del colector,
& Muñoz 2005). Etiquetado: Todos los ejemplares sacrificados serán etiquetados, incluyendo información relacionada como: clasificación taxonómica hasta el nivel sistemático más preciso, nombre del colector, localidad de colecta, coordenadas geográficas, fecha, método de captura, comentarios y observaciones adicionales relevantes. En anfibios, salamandras y lagartijas, esta etiqueta se ubicará inmediatamente debajo de la rodilla en la extremidad posterior izquierda. En los ejemplares muy pequeños la etiqueta se colocará alrededor de la cintura. En serpientes y anfisbénidos la etiqueta se ubicará en la parte posterior de la cabeza.
Preservación: es necesario que los ejemplares de anfibios y reptiles sean ubicados en tres concentraciones de alcohol etílico libre de aditivos al 30%, 50% y 70%, esto con el fin de llevar a cabo lavados de los especímenes, buscando eliminar la mayor cantidad de fijador, para esto se sumergen directamente los ejemplares en alcohol etílico al 30% y posteriormente al 50% durante 24 horas y luego se almacenan en alcohol al
70%. Los especímenes deben ser almacenados en bolsas herméticas tipo ziplock y a su vez en recipientes de plástico herméticos debidamente sellados y etiquetados. Es preferible que a cada individuo se le asigne una sola bolsa para evitar el deterioro de los mismos, hasta su llegada a la colección de deposito.Mamíferos Sacrificio mediante inyección letal (1 - 2ml Xilocaína, lidocaína en el corazón 2%) - simmons 2002
deterioro de los mismos, hasta su llegada a la colección de deposito.Mamíferos Sacrificio mediante inyección letal (1 - 2ml Xilocaína, lidocaína en el corazón 2%) - simmons 2002
Piel seca: Con una navaja o con un bisturí haga una incisión media en la piel del abdomen, desde cerca del esternón hasta cerca de los órganos genitourinarios. Con unas pinzas pequeñas separe la piel a lo largo de la incisión. Continuar el proceso hasta dejar descubierto una de las piernas.
Corte con las tijeras la articulación tibiofemoral (rodilla) de modo que la pierna se quede en el cuerpo y el resto suspendido de la piel. Separe con cuidado la piel que se adhiere a la pata y desprenda y corte los músculos que cubren los huesos hasta llegar a la articulación del pie (tibio-tarsal). La tibia puede dejarse o cortarse, ya que un alambre substituirá la consistencia de la pierna. Regrese la pata y la piel de la pierna a su posición original y proceda en igual forma con la otra pierna. Continúe desprendiendo la piel por debajo y detrás de éstas hasta llegar a la cola. En esta región la piel se adhiere ventralmente al. Corte con cuidado por debajo de la piel en la zona del ano y órganos genitourinarios. Separada toda la piel de las caderas, deje al descubierto la base vertebral de la cola. Siga desprendiendo la piel del dorso y luego alrededor del cuerpo, hasta que se asomen los codos de las patas anteriores
genitourinarios. Separada toda la piel de las caderas, deje al descubierto la base vertebral de la cola. Siga desprendiendo la piel del dorso y luego alrededor del cuerpo, hasta que se asomen los codos de las patas anteriores y puedan verse los hombros. Actúe igual que con los miembros posteriores. Al llegar a las orejas corte en ambos lados el cartílago que se adhiere al cráneo. En los ojos, corte usando la navaja o el bisturí lo más pegado posible al cráneo. Siga desprendiendo la piel hacia delante. En el hocico, junto a la boca y cerca de los dientes, la piel se une con numerosas fibras nerviosas que deben cortarse pegando la navaja a los huesos. El cartílago de la nariz también se corta, finalizando así el desollado del ejemplar. Antes de voltear la piel de la cabeza es preferible cerrar el hocico mediante dos puntadas de un hilo de algodón. Enrolle un pedazo de algodón de aproximadamente el tamaño del cuerpo, formando una proyección compacta. Si dejó los huesos de las extremidades, enrolle en éstos un pedazo de algodón hasta darles el grosor original de las piernas y vuelva éstas a su lugar. Si cortó los huesos, corte poco más del tamaño original de las patas (hasta los dedos) dos alambres para las extremidades anteriores y dos para las posteriores. Estire bien los alambres. En la cola se introduce también otro alambre envuelto uniformemente con una delgada capa de algodón. Cosa la incisión ventral. Cepille el pelo del espécimen y fíjelo
las posteriores. Estire bien los alambres. En la cola se introduce también otro alambre envuelto uniformemente con una delgada capa de algodón. Cosa la incisión ventral. Cepille el pelo del espécimen y fíjelo ventralmente con alfileres sobre una superficie resistente como corcho o cartón. Las pieles se introducirán en bolsas de papel periódico y se transportaran en contenedores plásticos, colocando silica gel para recoger la humedad; se deben mantener aislados de humedad a una temperatura ambiente, hasta su disposición en una colección especializada. Los cráneos y esqueletos se introducirán en bolsas plásticas selladas y serán transportados en contendores plásticos resistentes. Peces Benzocaína (30-40 mg/L) La solución fijadora es formol al 10%, neutralizado con borato de sodio para evitar el deterioro óseo, individuos inferiores a 40mm de longitud total pueden ingresarse directamente a la solución, mientras que a ejemplares de mayor tamaño se les debe inyectar la misma solución a través del ano y realizar perforaciones en los costados del ejemplar para garantizar la fijación completa. Para su preservación, los ejemplares se depositan en frascos c
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