ANLA - Auto 008535 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 008535 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 008535 (30 JUL. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 y 990 del 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Resolución 274 del 3 de febrero de 2021, otorgó a la sociedad Gestión Forestal y Asesorías Ambientales S.A.S., con NIT. 900.630.818-5, Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel Nacional, por una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la ejecutoria del referido acto administrativo, es decir, desde el 19 de febrero de
2021. A la fecha, el permiso se encuentra sin vigencia.
Ambientales, para ejecutarse a nivel Nacional, por una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la ejecutoria del referido acto administrativo, es decir, desde el 19 de febrero de
2021. A la fecha, el permiso se encuentra sin vigencia.
Esta Autoridad, mediante los Autos 11753 del 27 de diciembre de 2022, 1126 del 6 de marzo de 2024 y 904 del 20 de febrero de 2025, con fundamento en los conceptos técnicos 7802 del 13 de diciembre de 2022, 1041 del 29 de febrero de 2024 y 599 del 14 de febrero de 2025, respectivamente, efectuó seguimiento al Permiso de Estudio con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales otorgado a la sociedad Gestión Forestal y Asesorías Ambientales S.A.S, a través de la Resolución 274 del 3 de febrero de 2021. El Auto 904 del 20 de febrero de 2025, fue notificado el 21 de febrero de 2025, con constancia de ejecutoria del 24 de febrero de la misma anualidad. La sociedad Gestión Forestal y Asesorías Ambientales S.A.S, a través de las comunicaciones de radicados 20256200313522, 20256200313512 y 20256200313842 todos del 20 de marzo de 2025, presentó respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 904 del 20 de febrero de 2025.Auto. No. 008535 Del 30 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 Una vez analizada la documentación presentada por la sociedad Gestión Forestal y Asesorías Ambientales S.A.S, y que reposa en el expediente REA0004-00-2021, el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA emitió el Concepto Técnico 7494 del 10 de julio de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 19741 señala que el derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación, y los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974, tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El Decreto 1076 de 20152 reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capitulo 9, Sección 2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. El mencionado Decreto, en su artículo 2.2.2.9.2.1., señala que toda persona que pretenda adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la elaboración de uno o varios estudios ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.6. del Decreto 1076 de 2015 establece las obligaciones que el titular del Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales debe cumplir. Por otro lado, el artículo 3° de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, consagra los principios orientadores de las actuaciones administrativas, señalando que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad. En ese sentido, el principio de eficacia, señala que las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitando decisiones inhibitorias; igualmente, el principio de economía indica que las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, 1“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.
puramente formales, evitando decisiones inhibitorias; igualmente, el principio de economía indica que las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, 1“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 2 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible"Auto. No. 008535 Del 30 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 optimizando el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas. En desarrollo de la citada normatividad y en ejercicio de la función de seguimiento, el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA emitió el Concepto Técnico 7494 del 10 de julio de 2026, mediante el cual determinó que la sociedad Gestión Forestal y Asesorías Ambientales S.A.S, dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en la Resolución 274 del 03 de febrero de 2021, así como al Auto 904 del 20 de febrero de 2025, tal y como se expone en el numeral 3 del citado concepto técnico. Dadas las consideraciones precedentes, habiendo finalizado el término de vigencia del Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la
en el numeral 3 del citado concepto técnico. Dadas las consideraciones precedentes, habiendo finalizado el término de vigencia del Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado mediante la Resolución 274 del 03 de febrero de 2021, esta Autoridad dará por finalizada la etapa de seguimiento a dicho permiso, puesto que no se realizarán requerimientos ni reiteraciones adicionales y, en consecuencia, no existe actuación administrativa alguna a seguir dentro del expediente REA0004-00-2021, por lo que, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, ordenará el archivo del citado expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 del 12 de julio de 2012 3, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 4, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 2021 5, lo cual quedará establecido en la parte dispositiva del presente auto. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2º del artículo 3 le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2° del artículo 11° del Decreto 376 de 20206, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos,
de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). 3 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 4 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 5 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción” 6 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).”Auto. No. 008535 Del 30 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 Los numerales 1 y 7 del artículo 39 ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución
Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad Gestión Forestal y Asesorías Ambientales S.A.S., con NIT. 900.630.818-5, que de acuerdo con los resultados del seguimiento señalados en el Concepto Técnico 7494 del 10 de julio de 2026, fundamento del presente acto administrativo, esta Autoridad da por culminada la etapa de seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado mediante la Resolución 274 del 3 de febrero de 2021, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar el archivo definitivo del expediente permisivo REA000400-2021, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales otorgado mediante Resolución 274 del 3 de
para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales otorgado mediante Resolución 274 del 3 de febrero de 2021, por las razones expuestas en la parte motiva de este acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad Gestión Forestal y Asesorías Ambientales S.A.S, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación, se deberá entregar copia del Concepto Técnico 7494 del 10 de julio de 2026. ARTÍCULO CUARTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 30 JUL. 2026Auto. No. 008535 Del 30 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
NICOLAS RAMIREZ AVILA
CONTRATISTA
ALEJANDRO MUNOZ GONZALEZ
CONTRATISTA
Expediente No. REA0004-00-2021 Concepto Técnico 7494 del 10 de julio de 2026
Fecha: 27 de julio de 2026
Proceso No.: 20265300085355
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad