ANLA - Auto 008967 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 008967 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 008967 (31 JUL. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS
Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, y las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE La UNIVERSIDAD DE SUCRE, con NIT 892.200.323-9 y número de aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) 1217, mediante los radicados 20266200935092, asociado al número VITAL 6400892200323926001, y 20266200936652, ambos del 15 de julio de 2026; y 20266200951702 del 17 de julio del mismo año, presentó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) solicitud de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del
Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), conforme a lo establecido en el artículo 17º de la Ley 1437 de 2011 1, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015 2, mediante el oficio 20265300772831 del 22 de julio de 2026, requirió a la referida institución educativa para que, en el término de un (1) mes, contado a partir del día hábil siguiente al recibo del oficio en cita, presentara información adicional, necesaria para dar continuidad al trámite solicitado, cuya respuesta fue presentada con los radicados 20266200999202 del 1 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.” 2 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”Auto. No. 008967 Del 31 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 24 de julio de 2026, asociado al número VITAL 3500892200323926001, y 20266201008522 del 27 de julio del mismo año, asociado al número VITAL 3500892200323926002.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
24 de julio de 2026, asociado al número VITAL 3500892200323926001, y 20266201008522 del 27 de julio del mismo año, asociado al número VITAL 3500892200323926002. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 3 señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974 tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 4 establece que “La entidad administrativa competente al recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental o al comenzarla de oficio dictará un acto de iniciación de trámite que notificará y publicará (…)”. El Decreto 1076 de 2015 5, mediante el cual se unificaron las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.3 ibidem estableció que para los efectos del Decreto 1076 de 2015, se entenderán por Instituciones Nacionales de Investigación “(…) a) Instituciones de educación superior, b) Colecciones biológicas vigentes registradas en el Registro Único Nacional de Colecciones Biológicas que administra el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt" y c) Institutos o centros de investigación científica que cuenten
superior, b) Colecciones biológicas vigentes registradas en el Registro Único Nacional de Colecciones Biológicas que administra el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt" y c) Institutos o centros de investigación científica que cuenten con grupos de investigación categorizados ante Colciencias en áreas temáticas asociadas a las actividades de recolección (…)”. El artículo 2.2.2.8.1.4 del decreto en cita fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del Permiso, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre estas, el Permiso Marco de Recolección. El artículo 2.2.2.8.2.1 del Decreto 1076 de 2015 establece, respecto del Permiso Marco de Recolección, que “Las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco de Recolección que ampare todos los programas de 3 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 4 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras disposiciones”.
4 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras disposiciones”. 5 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Auto. No. 008967 Del 31 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución”. El Parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada por un Permiso Marco de Recolección vigente. El artículo 2.2.2.8.2.2 del Decreto 1076 de 2015 fija las condiciones que deberán cumplir las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan obtener un Permiso Marco de Recolección y el artículo 2.2.2.8.2.3 ibidem, establece los requisitos que deben aportarse a la solicitud del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El numeral 1° del artículo 2.2.2.8.5.2 ibidem establece que “Recibida la solicitud del Permiso de Recolección con el lleno de los requisitos, la autoridad competente expedirá el auto que
El numeral 1° del artículo 2.2.2.8.5.2 ibidem establece que “Recibida la solicitud del Permiso de Recolección con el lleno de los requisitos, la autoridad competente expedirá el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993 o la norma que la modifique, sustituya o derogue, dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción y publicará un extracto de la solicitud en su portal de Internet, para garantizar el derecho de participación de posibles interesados”. El artículo 2.2.2.8.6.5 del precitado decreto establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los Permisos de Recolección. Teniendo en cuenta que el UNIVERSIDAD DE SUCRE acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección. En consecuencia, esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante los radicados 20266200935092, asociado al número VITAL 6400892200323926001, y 20266200936652, ambos del 15 de julio; 20266200951702 del 17 de julio; 20266200999202 del 24 de julio, asociado al número VITAL
6400892200323926001, y 20266200936652, ambos del 15 de julio; 20266200951702 del 17 de julio; 20266200999202 del 24 de julio, asociado al número VITAL 3500892200323926001; y 20266201008522 del 27 de julio, asociado al número VITAL 3500892200323926002, todos de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 20116 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o 6 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones.”Auto. No. 008967 Del 31 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 7, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o
de 2011, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia de acuerdo con la normativa vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuya coordinadora fue designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir en la evaluación de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE ARTÍCULO PRIMERO. - Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección, conforme a la solicitud presentada por la
de Investigación Científica No Comercial, para los grupos de investigación, líneas de investigación, programas académicos e investigadores relacionados en el Formato de Solicitud del Permiso Marco de Recolección, conforme a la solicitud presentada por la UNIVERSIDAD DE SUCRE, con NIT 892.200.323-9 y número de aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) 1217, mediante los radicados 20266200935092, asociado al número VITAL 6400892200323926001, y 20266200936652, ambos del 15 de julio; 20266200951702 del 17 de julio; 20266200999202 del 24 de julio, asociado al número VITAL 3500892200323926001; y 20266201008522 del 27 de julio, asociado al número VITAL 3500892200323926002, todos de 2026. PARÁGRAFO PRIMERO. - Esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada a través de los radicados 20266200935092, asociado al número VITAL 6400892200323926001, y 20266200936652, ambos del 15 de julio; 20266200951702 del 17 de julio; 20266200999202 del 24 de julio, asociado al número VITAL 3500892200323926001; y 20266201008522 del 27 de julio, asociado al número VITAL 3500892200323926002, todos de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de 7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 008967 Del 31 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de
“Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. PARÁGRAFO SEGUNDO. - Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la solicitud de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, objeto del presente auto, cursarán en el expediente RCM0010-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. - Notificar el presente acto administrativo a la UNIVERSIDAD DE SUCRE, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). PARÁGRAFO. Publicar un extracto del Formato de solicitud presentado por la UNIVERSIDAD DE SUCRE en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2 del Decreto 1076 de 2015. ARTÍCULO CUARTO. - Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la
documentación relacionada en el expediente VDI3974-00-2026 al expediente RCM001000-2026. ARTÍCULO QUINTO. - Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 31 JUL. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
LINA MARIA RESTREPO PRADO
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ
CONTRATISTAAuto. No. 008967 Del 31 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6 Expediente No. RCM0010-00-2026
Fecha: 30 de julio de 2026
Proceso No.: 20265300089675
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la EntidadFORMATO DE SOLICITUD
PERMISO MARCO DE RECOLECCIÓN
1. DATOS GENERALES DEL SOLICITAN 1.1 Autoridad Ambiental competente para otorgar el Perm Autoridad Nacional de Licencias Ambientales 1.2 Datos del Solicitante del Permiso
Tipo de Institución Institución de Educación Superior Tipo Identificación NIT Número Identificación 8922003239 No. Aprobación Min. Educación (SNIES) 1217 Origen de documento Nombre Completo Universidad de Sucre
1.2 Datos del Solicitante del Permiso Tipo de Institución Institución de Educación Superior Tipo Identificación NIT Número Identificación 8922003239 No. Aprobación Min. Educación (SNIES) 1217 Origen de documento Nombre Completo Universidad de Sucre Número telefonico 2821240 Número Celular 3106330958 Número Fax Correo Electrónic solicitudesanla@unisucre.edu.co Dirección de Conta País Colombia
Ciudad SUCRE-SINCELEJO
Dirección Carrera 28 # 5 – 267 Barrio Puerta Roja, Sincelejo, Sucre Dirección de Corresponde País Ciudad Dirección Colombia
SUCRE-SINCELEJO
Carrera 28 # 5 – 267 Barrio Puerta Roja, Sincelejo, Sucre Tiempo por el cual se solicita el permiso (meses) 120 Número VITAL 6400892200323926001
2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMI 2.1 Programas y grupos de Investigación Grupo de
Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de B i o d i v e r s i d a d Tropical COL0020079 Ecología y Manejo de Flora y Fauna Silvestre , L i m n o l o g í a y Acuacultura, Manejo bovino en el sistema doble propósito y sistemas promisorios ganaderos Zootectia 3251 Varias de las investigaciones que los integrantes efectúan requieren de evaluar aspectos de morfometría de especies silvestres y otros que resultan indispensables. Todos los trabajos se hacen siguiendo las normas establecidas de protección
los integrantes efectúan requieren de evaluar aspectos de morfometría de especies silvestres y otros que resultan indispensables. Todos los trabajos se hacen siguiendo las normas establecidas de protección y conservación de la diversidad biológica. Nuestras investigaciones evalúan el impacto de la ganadería doble propósito sobre la fauna silvestre y biodiversidad nativa . Esto implica la recolección de ejemplares vivos de esta fauna que habita en las cercanías del ganado. Investigador Nombre Identificación Alcides Casimiro Sampedro Marín 1102882350 Alejandro De La Ossa Lacayo 72290986 Claudia Lorena Ardila Escobar 64695733 Efren Antonio Valencia Parra 92532026 Gerson Andrés Salcedo Rivera 1102869993 Jaime León De La Ossa Velásquez 10534276Luz Mercedes Botero Arango 21847262 Pedro Ramón Caraballo Gracia 9133043 Rene Patiño Pardo 79387476 Silvia Isabel Galván Guevara 64721909 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de B i o l o g í a d e Microorganismo s COL0075319 Ecología microbiana Biología 2777 El grupo desarrolla investigaciones en ecología microbiana y microbiología aplicada mediante actividades de campo que incluyen el muestreo y la recolección de muestras biológicas y ambientales para el estudio de la diversidad microbiana, sus interacciones ecológicas y sus aplicaciones. Investigador Nombre Identificación Maira Alejandra Alemán Santos 1102865753
el muestreo y la recolección de muestras biológicas y ambientales para el estudio de la diversidad microbiana, sus interacciones ecológicas y sus aplicaciones. Investigador Nombre Identificación Maira Alejandra Alemán Santos 1102865753 Luis Enrique Paternina Tuirán 92640047 Armando Luis Ricardo Herazo 1103114148 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de B i o l o g í a Evolutiva COL0143393 B i o g e o g r a f í a , Conservación biológica , Ecología de poblaciones y comunidades y Sistemática biológica Biología 2777 El grupo desarrolla investigaciones en biodiversidad tropical, orientadas a la caracterización de la biodiversidad tropical, estudios en sistemática biológica, patrones biogeográficos y conservación de flora y fauna de biomas presente en subregiones de Colombia Investigador Nombre Identificación Jorge David Mercado Gómez 3839639 Hernando Gómez Franklin 3103835 Leidys Murillo Ramos 1063142230 Liliana Solano Flórez 32298304 Dairo Humberto Marín Casas 14011155 Hannya Andrea Chamorro Martínez 1102867826 Yulena Sofía Osorio Navarro 1072259091 María Claudia Ochoa Fajardo 1102884517
Humberto Luis Quintana Manotas 1045714665 Dilan Andrés Vergara Comas 1100689239 Yair David Baleta Osorio 1103112590 Anny Lucía Marmolejo Vargas 1102886914 Jhesteiner Julio Dávila 1010142609 Orlando José Feria Rosa 1005571906 Juan Sebastián Diaz Yépez 1005181069 Estefany González Genes 1192726942 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de Ecofisiología COL0221168 Biología 2777 Estudiar la diversidad y lasadaptaciones ecológicas de las plantas en respuesta a las variaciones ambientales, utilizando un abordaje multidisciplinares Investigador Nombre Identificación Iris Rocío Payares Díaz 33082527 Kesmy Isabel Lidueñas Pérez 1102886914 Jenny Paola Corredor Prado 38360708 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de G r u p o d e Investigación en B i o t e c n o l o g í a vegetal de la Universidad de Sucre COL0025139 Biología 2777 El objeto de investigación se centra en el estudio taxonómico de los insectos polinizadores, las plantas nativas y la microbiota asociada en sistemas de producción, así como en las interacciones que establecen y su importancia para la conservación de especies domesticadas y de interés económico. La investigación
nativas y la microbiota asociada en sistemas de producción, así como en las interacciones que establecen y su importancia para la conservación de especies domesticadas y de interés económico. La investigación comprende actividades de campo orientadas a la observación , caracterización, muestreo y recolección de especímenes y muestras biológicas, con el fin de generar información sobre las redes ecológicas que sustentan los servicios de polinización y aportar bases científicas para el diseño de estrategias de manejo y conservación que promuevan la sostenibilidad de los sistemas productivos. Investigador Nombre Identificación Juan Manuel Díaz Soto 94374586 Eydyeliana Month Juris 64575836 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de G r u p o d e Investigación en P r o d u c t o s N a t u r a l e s Universidad de Sucre COL0009144 Flora de los Montes de María y productos naturales marinos Biología 2777 Promover la investigación multidisciplinar de los productos naturales, en el programa de Biología y Departamento de SucreSincelejo Colombia. Contribuyendo al conocimiento y conservación de estos recursos naturales propios
de nuestra región. Investigador Nombre Identificación Rita Luz Márquez Vizcaino 22636075 María Stella Parejo Alcocer 64703047 Osnaider José Castillo Contreras 1102838513Jorge Armando Osorio Martínez 92260461 Alfredo Montes Robledo 1143366746 David José Estrada Reyes 1102843486 Fernando Javier Flórez Arrieta 92544629 Paula Valentina Arias Romero 1005570941 Diana Lucia García Novoa 1100628092 Juan David Osorio Navarro 1101124811 Juan Pablo Bustamante Calvo 1005626913 Andrés Camilo Contreras Vergara 1103097646 Grupo de Investigació Código Colciencias Línea de Investigació Programa Académico Código SNIES del Programa Descripción de las actividades de recolección que realizará en el grupo de Investigaciones Biomédicas COL0012631 Entomología Médica , Virología Molecular , Parasitología Molecular , Salud Pública Biología 2777 Se estudiarán los diferentes aspectos taxonómicos de grupos de fauna silvestre (vertebrados e invertebrados) del bosque seco de Sucre. También el grupo evalúa componentes que participan en la transmisión de enfermedades prevalentes en el Departamento de Sucre y Colombia como leishmaniasis, malaria, dengue, tripanosomiasis, toxoplasmosis , rickettsiosis y fiebres hemorrágicas asociadas a hantavirus y arenavlrus, para conocer su incidencia y prevalencia en la región, mejorar los métodos de diagnóstico y proponer alternativas de control. Esto implica el estudio de los animales, artrópodos y
asociadas a hantavirus y arenavlrus, para conocer su incidencia y prevalencia en la región, mejorar los métodos de diagnóstico y proponer alternativas de control. Esto implica el estudio de los animales, artrópodos y m i c r o o r g a n i s m o s q u e s e encuentran asociados a estas patologías. Investigador Nombre Identificación Pedro José Blanco Tuirán 9037407 Eduar Elías Bejarano Martínez 92527403 Matilde Elena Rivero Rodríguez 64586801 Margaret Paternina Gómez 23181437 Luis Enrique Paternina Tuirán 92640047 Alveiro José Pérez Doria 92532712 Anais Castellar Martínez 64588315 Patricia Tobios Atencio 1127572066 Lina Lineth Durán Cueto 1007641278 Oscar Yesith Pérez 1102864198 Wilmer Andrés Mejía Chimá 1102878068 Yina Margarita Montero Pérez 1103094097 Stiven Arroyo Mejía 1102809498 Erwin Yesid Camacho Burgos 92642858 Carlos Alberto Sermeño Correa 1102853785 Suljey Cochero Bustamante 64585397 Homer De Jesús Corrales Aldana 1102795445 Luis Roberto Romero Ricardo 1102804638 Jorge Luis Rodríguez Jiménez 1052959142 Lily Paola Martínez Abad 34950671 Viviana Ruiz Contreras 1102844323Alexander Javier Bedoya Polo 1100692258 Jachie Xilena Beltrán Abad 1100692258
José Gabriel Vergara Meza 1102837302 Yulenis Assia Mercado 22869456 2.2 Prácticas académicas y/o docentes Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Botánica de inferiores Biología 2777 Investigador Nombre Identificación Jorge Mercado Gómez 3839639 Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Botánica de superiores Biología 2777 Investigador Nombre Identificación Jorge Mercado Gómez 3839639 Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Taxonomía animal Biología 2777 Investigador Nombre Identificación Leidys Murillo Ramos 1063142230 Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Taxonomía vegetal Biología 2777 Investigador Nombre Identificación Jorge Mercado Gómez 3839639 Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Zoología de Invertebrados Biología 2777 Investigador Nombre Identificación Dairo Humberto Marín Casas 14011155 Asignatura Programa Académico Cod. SNIES del Programa Académico Zoología de vertebrados Biología 2777 Investigador Nombre Identificación Alcides Casimiro Sampedro Marín 1102882350 2.3 Administración de los programas de investigación científica La administración de los programas de investigación de la Universidad de Sucre se realiza por medio de la División de investigación de la Universidad de Sucre (DIUS), avalada por el Consejo Académico que es la máxima autoridad administrativa en todo lo pertinente a las actividades de investigación de la Universidad, según lo estipulado en el acuerdo 06 de 2005 del Consejo Superior de la Universidad (“Por medio del cual se crea el Estatuto de Investigación y se derogan los acuerdos 008 de 1993, 016
todo lo pertinente a las actividades de investigación de la Universidad, según lo estipulado en el acuerdo 06 de 2005 del Consejo Superior de la Universidad (“Por medio del cual se crea el Estatuto de Investigación y se derogan los acuerdos 008 de 1993, 016 de 1998 y 011 de 2004”). 2.4 Sistema de Información de Registro y Seguimiento de proyeTodo proyecto de investigación que sea presentado en el marco de cualquier convocatoria deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Debe contar con un investigador principal o responsable del mismo ante el Consejo Académico. b) Debe ser presentado ante el decano de la respectiva Facultad para que inicie el proceso de evaluación. c) Debe formularse en el formato único de presentación escrita de proyectos establecido por la DIUS. La división de investigación hace el registro de los proyectos de investigación inscritos mediante convocatoria pública. Además, se cuenta con un Comité de Investigación que evalúa la pertinencia de los proyectos y hace seguimiento a sus actividades. Para la ejecución y seguimiento de los proyectos se firma un acta de inicio (Formato FOR-IN-004) donde el investigador principal se compromete a presentar ante la DIUS un informe parcial (Formato FOR-IN-006) y final del proyecto (FOR-IN-006). Así mismo, se debe exponer ante la comunidad científica de la Universidad o en un evento científico de orden nacional los resultados de la investigación a su cargo. La DIUS no cuenta con una plataforma virtual para el registro y seguimiento de proyectos, pero se cuenta con bases de datos Excel en donde se relacionan los proyectos de Investigación y su estado (en ejecución, finalizados),
líderes responsables de los proyect
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