ANLA - Auto 011167 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 011167 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 011167 (11 AGO. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022, otorgó a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., con NIT. 900.519.383-1, Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, a nivel nacional, el cual incluyó la autorización para la movilización de los especímenes a ser recolectados, por una vigencia de
de Elaboración de Estudios Ambientales, a nivel nacional, el cual incluyó la autorización para la movilización de los especímenes a ser recolectados, por una vigencia de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la ejecutoria del referido acto administrativo, es decir, desde el 30 de noviembre de 2020. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Autos 4315 de 7 de junio de 2022, 2481 del 22 de abril de 2024 y 3902 del 16 de mayo de 2025, con base en los Conceptos Técnicos 2769 del 20 de mayo de 2022, 2227 del 15 de abril de 2024 y 3243 del 12 de mayo de 2025, respectivamente, efectuó seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado por la Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022, formulando reiteraciones y requerimientos a cargo de la citada sociedad. El último acto administrativo mencionado fue notificado por aviso el 19 de mayo de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 20 de mayo del mismo año. La sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., mediante comunicación con radicado 20256200641862 del 04 de junio de 2025, presentó solicitud de declaración de pérdida de fuerza ejecutoria del Auto 3902 del 16 de mayo de 2025.Auto. No. 011167 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de
fuerza ejecutoria del Auto 3902 del 16 de mayo de 2025.Auto. No. 011167 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio con radicado 20255300466551 del 27 de junio de 2025, informó a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., que no es procedente la declaratoria de pérdida de fuerza ejecutoria del Auto 3902 del 16 de mayo de 2025. La sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., mediante comunicaciones con radicados 20256201121302 y 20256201122942 del 16 de septiembre de 2025, dio respuesta a las reiteraciones dispuestas en el Auto 3902 del 16 de mayo de 2025. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA efectuó seguimiento a la documentación que reposa en el expediente REA003400-2020 y emitió el Concepto Técnico 8023 del 28 de julio de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 1 señala que el derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación, y los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974 tratan del permiso para el estudio de recursos naturales.
naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación, y los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974 tratan del permiso para el estudio de recursos naturales. El Decreto 1076 de 20152 reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección 2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. El artículo 2.2.2.9.2.6 del Decreto 1076 de 2015 establece las obligaciones que debe cumplir el titular del permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales. El presente acto administrativo tiene como propósito efectuar seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022, (actualmente sin vigencia), a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., concluyendo, de acuerdo con el Concepto Técnico 8023 del 28 de julio de 2026, que no ha dado cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en dicho instrumento ambiental, así como tampoco a las reiteraciones y requerimientos hechos por medio del Auto 3902 del 16 de mayo de 2025, de conformidad con lo expuesto en los subnumerales
dado cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en dicho instrumento ambiental, así como tampoco a las reiteraciones y requerimientos hechos por medio del Auto 3902 del 16 de mayo de 2025, de conformidad con lo expuesto en los subnumerales 3.1.1.1, 3.1.1.1.2., 3.1.1.4., 3.1.1.9., 3.1.1.10., y 3.2.1.5., del mencionado insumo técnico. Atendiendo a lo expuesto, teniendo en cuenta que el permiso se encuentra sin vigencia, considerando que esta Autoridad ha requerido y reiterado la presentación de la información y documentación que permitiera verificar el cumplimiento de obligaciones, sin que la 1“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 2 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible"Auto. No. 011167 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., hubiere dado cumplimiento, y ya que no existe actuación administrativa alguna a seguir, esta Autoridad dará por finalizada la etapa de seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado mediante
administrativa alguna a seguir, esta Autoridad dará por finalizada la etapa de seguimiento al Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, otorgado mediante la Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022. En consecuencia, en aras de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, la ANLA ordenará el archivo del expediente REA0034-00-2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 del 12 de julio de 20123, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 4, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20215. Finalmente, se advierte a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022, y demás pronunciamientos emitidos en el expediente REA0034-00-2020, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 20096, modificada por la Ley 2387 de 20247. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El numeral 2 del artículo 3º del Decreto Ley 3573 de 20118 establece dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales.
El numeral 2 del artículo 3º del Decreto Ley 3573 de 20118 establece dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 9 establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA), designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la 3 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 4 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 5 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”
5 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción” 6 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones” 7 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones.” 8 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones.” 9 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).”Auto. No. 011167 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. – Informar a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., con NIT. 900.519.383-1, que de acuerdo con lo establecido en el Concepto Técnico 8023 del 28 de
DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. – Informar a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., con NIT. 900.519.383-1, que de acuerdo con lo establecido en el Concepto Técnico 8023 del 28 de julio de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por culminada la etapa de seguimiento al permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022, el cual se encuentra sin vigencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar el archivo definitivo del expediente permisivo REA003400-2020, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, otorgado mediante la Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., que deberá tener en cuenta el cobro vigente relacionado con la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre, contemplada en el Decreto No. 1272 de 2016 10, y las Resoluciones No. 1372 de 201611 y 589 de 2017 12, el cual aplica para las recolecciones efectuadas a partir del 26 de agosto de 2016.
silvestre, contemplada en el Decreto No. 1272 de 2016 10, y las Resoluciones No. 1372 de 201611 y 589 de 2017 12, el cual aplica para las recolecciones efectuadas a partir del 26 de agosto de 2016. ARTÍCULO CUARTO. La inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 1792 del 9 de noviembre de 2020, prorrogada por la Resolución 2552 del 21 de octubre de 2022, y demás pronunciamientos emitidos en el expediente REA0034-00-2020, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 13, modificada por la Ley 2387 de 202414. 10 Decreto No.1272 del 03 de agosto de 2016. “Por el cual se adiciona un capítulo al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 11 Resolución No. 1372 del 22 de agosto de 2016. “Por la cual se establece la tarifa mínima de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre y se dictan otras disposiciones”. 12 Resolución No. 589 del 09 de marzo de 2017. “Por la cual se establecen las especies de la fauna silvestre incluidas dentro de las categorías
del coeficiente de valoración y el valor correspondiente a las especies establecidas en el numeral 3 de que trata el artículo 2.2.9.10.2.7 del Capítulo 10 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, en el cual se reglamenta el artículo 42 de la Ley 99 de 1993 en lo referente a la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre”. 13 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones” 14 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones.”Auto. No. 011167 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO QUINTO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad AMBYTEC S.A.S. BIC., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO PRIMERO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 8023 del 28 de julio de 2026. PARÁGRAFO SEGUNDO. En el evento en que el titular del permiso sea una persona natural que se acoja al proceso de insolvencia regulado por las normas vigentes, o se trate de una persona jurídica que entre en proceso de disolución o régimen de insolvencia
PARÁGRAFO SEGUNDO. En el evento en que el titular del permiso sea una persona natural que se acoja al proceso de insolvencia regulado por las normas vigentes, o se trate de una persona jurídica que entre en proceso de disolución o régimen de insolvencia empresarial o liquidación regulados por las normas vigentes, deberá informar inmediatamente de esta situación a esta Autoridad, con fundamento, entre otros, en los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 95 numeral 8 de la Constitución Política de 1991, en la Ley 43 de 1990, en la Ley 222 de 1995, en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable. Adicional a la obligación de informar a esta Autoridad de tal situación, el titular del permiso aprovisionará contablemente las obligaciones contingentes que se deriven de la existencia de un procedimiento ambiental sancionatorio conforme con el artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, modificado por el artículo 17 de la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO SEXTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SÉPTIMO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 201115.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 11 AGO. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
YESIKA MARIA REYES PENA
CONTRATISTA
15 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 011167 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6
JORGE ANDRES GARZON PEDROZA
CONTRATISTA Expediente No. REA0034-00-2020 Concepto Técnico N° 8023 del 28 de julio de 2026
Fecha: 10 de agosto de 2026
Proceso No.: 20265300111675
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad