ANLA - Auto 011388 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 011388 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 011388 (14 AGO. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 1326 de 2017, 968, 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante la Resolución 2967 del 12 de noviembre de 2025, aprobó el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas presentado por la sociedad MOOVE S.A.S., con NIT 901.292.781-4, conforme a las disposiciones contenidas en la Resolución 1326 de 20171. La sociedad MOOVE S.A.S., mediante la comunicación de radicado 20256201559872 asociado al VITAL 3500090129278125002 del 12 de diciembre de 2025, presentó respuesta a los requerimientos realizados mediante la Resolución de aprobación 2967 del 12 de noviembre de 2025. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el oficio de radicado
respuesta a los requerimientos realizados mediante la Resolución de aprobación 2967 del 12 de noviembre de 2025. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el oficio de radicado 20265300429651 del 29 de abril de 2026, solicita a la empresa MOOVE S.A.S., la presentación del informe de actualización y avance que permita determinar el cumplimiento de la meta mínima de recolección pendiente del año 2022 del Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas. La sociedad MOOVE S.A.S., mediante la comunicación de radicado 20266200797112 del 18 de junio de 2026 asociado al VITAL 3500090129278126001, presentó el informe de actualización y avance en cumplimiento a la meta de recolección y gestión ambiental pendiente del año 2022 (gestión realizada durante el año 2026), por medio del aplicativo 1 “Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 011388 Del 14 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 denominado “Presentación del Informe de actualización y avance del Sistema” en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales (VITAL). CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), expidió la Resolución 1326 de 2017, estableciendo los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas como el instrumento de control y manejo ambiental que contiene los
1326 de 2017, estableciendo los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas como el instrumento de control y manejo ambiental que contiene los requisitos y condiciones para garantizar la recolección selectiva y gestión ambiental de las llantas usadas por parte de los productores. El presente acto administrativo, efectúa seguimiento al Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas de la sociedad MOOVE S.A.S., aprobado mediante la Resolución 2967 del 12 de noviembre de 2025. De acuerdo con el análisis de la información que reposa en el expediente SRS0012-002025 y el Concepto Técnico 8206 del 30 de julio de 2026, se determina que el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas aprobado a la sociedad MOOVE S.A.S., dio cumplimiento extemporáneo de la meta de recolección selectiva y gestión ambiental correspondiente a la vigencia 2022. Asimismo, el informe de actualización y avance presentado para acreditar la gestión realizada durante el año 2026 respecto de dicha obligación pendiente cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en las Resoluciones 1326 de 2017 y 2967 del 12 de noviembre de 2025. Igualmente, el Concepto Técnico 8206 del 30 de julio de 2026 estableció que de acuerdo con lo evidenciado en el Banco de Datos de Comercio Exterior (BACEX), el día 29 de julio de 2026, se evidencia que la sociedad en mención realizó importaciones en el año 2021 de 100 o más unidades de vehículo tipo bicicleta, bajo las subpartidas arancelarias establecidas en la Resolución 1326 del 2017 y las actualizaciones expuestas en la
de 2026, se evidencia que la sociedad en mención realizó importaciones en el año 2021 de 100 o más unidades de vehículo tipo bicicleta, bajo las subpartidas arancelarias establecidas en la Resolución 1326 del 2017 y las actualizaciones expuestas en la normativa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT), a través de las cuales debía dar cumplimiento a obligaciones en el año 2022 en el expediente SRS0012-00-2025, ya que a partir del año 2023 la sociedad MOOVE S.A.S., se encuentra vinculada al sistema colectivo SISTEMA VERDE S.A.S. E.S.P., el cual cuenta con expediente permisivo SRS0122-00. En consecuencia, la sociedad MOOVE S.A.S., mediante el radicado No. 20266200797112 VITAL 3500090129278126001 del 18 de junio de 2026, solicitó el archivo del expediente SRS0012-00-2025. Al respecto, de conformidad con la revisión técnica efectuada y las consideraciones consignadas en los numerales 4.1, 4.2 y 4.3 del Concepto Técnico 8206 del 30 de julio de 2026, se determinó que la gestión realizada por la sociedad durante la vigencia 2026 permitió acreditar el cumplimiento de la meta de recolección pendiente correspondiente al año 2022, así como de las obligaciones establecidas en la Resolución 1326 de 2017 y en la Resolución 2967 del 12 de noviembre de 2025. Por lo anterior, al encontrarse acreditado el cumplimiento de las obligaciones objeto de seguimiento, se considera técnica y jurídicamente procedente acceder a la solicitud de archivo presentada por la sociedad.Auto. No. 011388 Del 14 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 5
encontrarse acreditado el cumplimiento de las obligaciones objeto de seguimiento, se considera técnica y jurídicamente procedente acceder a la solicitud de archivo presentada por la sociedad.Auto. No. 011388 Del 14 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 Finalmente, se advierte a la sociedad MOOVE S.A.S., que de realizar nuevamente importaciones bajo las subpartidas arancelarias de las llantas y/o vehículos en cantidades superiores a los umbrales establecidos en la tabla 1 y/o 2 del artículo 3 de la Resolución 1326 de 2017, deberá dar cumplimiento a las obligaciones y fechas establecidas en la resolución, para lo cual deberá tener en cuenta las actualizaciones expuestas en la normativa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT), referente a las actualizaciones de las subpartidas arancelarias, indicando que su inobservancia podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y/o sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 2, modificada por la Ley 2387 de 20243. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2º del artículo 3 le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de
licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). El numeral 5 del artículo 39° y el numeral 4º del artículo 48º ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y de su coordinación designada mediante la Resolución 990 de 2025, la de elaborar los autos que ordenan el archivo, además de suscribir los actos administrativos de su competencia, de conformidad con las funciones del Grupo Interno de Trabajo, los procedimientos y normatividad aplicable. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad MOOVE S.A.S., con NIT 901.292.781-4, que de acuerdo con los resultados del seguimiento señalados en el Concepto Técnico 8206 del 30 de julio de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por culminada la etapa de seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, obrante en el expediente permisivo SRS0012-00culminada la etapa de seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, obrante en el expediente permisivo SRS0012-002025, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. 2 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 3 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 011388 Del 14 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, ordenar el archivo del expediente SRS0012-002025, en el cual se efectuó seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, de la sociedad MOOVE S.A.S., por las razones expuestas en la parte motiva de este acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. - Recordar a la empresa MOOVE S.A.S., que deberá continuar dando cumplimiento a las obligaciones y fechas establecidas en la Resolución 1326 de 2017, a través del sistema colectivo al cual se encuentra vinculado. ARTÍCULO CUARTO. - Notificar el presente acto administrativo a la sociedad MOOVE S.A.S., a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto
S.A.S., a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO. - En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 8206 del 30 de julio de 2026. ARTÍCULO QUINTO. - Publicar el contenido de este acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 14 AGO. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
JOHANNA MONTES ACOSTA
CONTRATISTA
DIANA KATHERINE REYES ALBANIL
PROFESIONAL ESPECIALIZADO Expediente No. SRS0012-00-2025 Concepto Técnico N° 8206 del 30 de julio de 2026
Fecha: 10 agosto de 2026
Proceso No.: 20265300113885Auto. No. 011388 Del 14 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se efectúa un seguimiento a un Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se archiva un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad