ANLA - Auto 011456 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 011456 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 011456 (18 AGO. 2026) Página 1 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” LA SUBDIRECTORA DE EVALUACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de las funciones delegadas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, en el DecretoLey 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, las Resoluciones 2938 del 27 de diciembre de 2024, 1226 del 27 de junio de 2025 modificada por la Resolución 003129 del 24 de noviembre del 2025 y 2041 del 31 de julio del 2026 de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y

CONSIDERANDO QUE: A través de comunicación con radicado en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL) 0200901708066426005 y en la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) 20266200975532 del 22 de julio de 2026 (VPD0087-00-2026), la señora Angela Judith Gámez Valero, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.121.383, en calidad de apoderada especial de la sociedad PROYECTO SOLAR MATIMBA II S.A.S E.S.P. (la solicitante), identificada con NIT 901.708.066-4, conforme al Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de

MATIMBA II S.A.S E.S.P. (la solicitante), identificada con NIT 901.708.066-4, conforme al Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, radicó ante la ANLA solicitud de Licencia Ambiental, para el desarrollo del proyecto denominado “PSF Matimba II-Sur (138 MWdc) y su Línea Aérea de Evacuación Matimba IISur 34,5kV hasta su Módulo de Conexión en Subestación Elevadora Matimba 34,5/500kV”, a localizarse en jurisdicción de los municipios de Chinú en el departamento de Córdoba, y Sampués en el departamento de Sucre. La solicitante radicó ante la ANLA el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto, acompañado entre otros de la documentación enunciada a continuación, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.2.2.3.6.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015:

1. Formulario Único de Solicitud de Licencia Ambiental.

2. Solicitud suscrita por la doctora Angela Judith Gámez Valero, en calidad de

apoderada especial de la solicitante.Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 19

3. Poder especial otorgado en favor de la doctora Angela Judith Gámez Valero, identificada con cédula de ciudadanía No 53.121.383.

4. Plano de localización del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2182 del 23 de diciembre de 2016 del Ministerio de Ambiente y

identificada con cédula de ciudadanía No 53.121.383.

4. Plano de localización del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2182 del 23 de diciembre de 2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), que modifica y consolida el Modelo de

Almacenamiento Geográfico (MAG).

5. Descripción explicativa del proyecto, localización y costo estimado de inversión y operación.

6. Constancia del pago realizado al Fondo Nacional Ambiental / Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (FONAM – ANLA), por concepto del servicio de evaluación ambiental vigencia 2026, el cual está relacionado para el presente trámite, de conformidad con la información suministrada por la Subdirección Administrativa y Financiera de la Entidad.

7. Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá de fecha 1 de julio de 2026.

8. Copia de la Resolución STC-0689 del 9 de junio de 2026, “Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos, obras o actividades”, emitida por la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa

(DANCP) del Ministerio del Interior, la cual establece que procede la realización de consulta previa con las siguientes comunidades étnicas: Parcialidad Indígena Santa Rosa, Parcialidad Indígena La Floresta, Parcialidad Indígena Chorrillo, Parcialidad Indígena Capirra, Parcialidad Indígena Becarpigar, Parcialidad Indígena “Tota” El Deseo y Parcialidad Indígena Sabanalarga Palito, para el

proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO MATIMBA II-SUR (138 MWDC) Y

Indígena “Tota” El Deseo y Parcialidad Indígena Sabanalarga Palito, para el

proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO MATIMBA II-SUR (138 MWDC) Y

SU LÍNEA AÉREA DE EVACUACIÓN MATIMBA II-SUR 34,5KV HASTA SU MÓDULO DE CONEXIÓN EN SUBESTACIÓN ELEVADORA MATIMBA 34,5/500KV”, localizado en jurisdicción de los municipios de Chinú, en el departamento de Córdoba, y Sampués, en el departamento de Sucre, específicamente para las características técnicas y coordenadas relacionadas y entregadas por el solicitante mediante el oficio con radicado 2026-1-002410009801 - ID 703716 del 10 de febrero de 2026.

9. Copia de la Resolución 0611 del 13 de abril de 2026, expedida por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), “Por medio de la cual se aprueba el registro del Programa de Arqueología Preventiva para el Proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO MATIMBA II-SUR (138 MWDC) Y SU LÍNEA AÉREA DE EVACUACIÓN MATIMBA II SUR 34,5 KV HASTA SU MÓDULO DE

CONEXIÓN EN SUBESTACIÓN ELEVADORA MATIMBA 34,5/500 KV””.

10. Copia del radicado 20261108130 del 14 de julio de 2026, relacionado con la entrega a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San

Jorge (CVS) del EIA para la solicitud de Licencia Ambiental.Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se

Jorge (CVS) del EIA para la solicitud de Licencia Ambiental.Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 19

11. Copia del radicado 6669 del 15 de julio de 2026, relacionado con la entrega a la Corporación Autónoma Regional de Sucre (CARSUCRE) del EIA para la solicitud

de Licencia Ambiental.

12. Copia de la Resolución 1284 del 27 de junio de 2024, mediante la cual la ANLA, otorgó a la sociedad SERUANS ENVIRONMENT S.A.S., con NIT 901.214.122-8, permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, para ejecutarse a nivel nacional.

La reunión virtual de presentación de resultados de la Verificación Preliminar de la Documentación (VPD) correspondiente al expediente VPD0087-00-2026, realizada con la solicitante, para el presente trámite administrativo de evaluación de solicitud de licencia ambiental, adelantada el 4 de agosto de 2026, tuvo como resultado APROBADA. El EIA presentado establece respecto del proyecto objeto de evaluación lo siguiente: “(…) 3 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO (…) El Proyecto se enmarca en las estrategias nacionales orientadas a fortalecer la seguridad energética del país, diversificar la matriz de generación y avanzar en la incorporación de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER), como mecanismo para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y promover un desarrollo territorial ambientalmente sostenible.

Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER), como mecanismo para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y promover un desarrollo territorial ambientalmente sostenible. En este contexto, el alcance del Proyecto se orienta a la implementación de infraestructura para la generación de energía solar fotovoltaica, aportando al sistema energético de la región mediante el aprovechamiento del recurso solar disponible. Para ello, el Proyecto contempla la ejecución y operación de los siguientes componentes: •Generación de Energías Renovables No Convencionales (ERNC), con una capacidad de 138MW en el punto de conexión; a través de la construcción del parque solar fotovoltaico. •Instalación de 211.035 paneles correspondientes a la Serie Bifacial 210 para captación de energía solar y transformarla en energía eléctrica. •Evacuación de la energía generada, desde el parque solar fotovoltaico hasta la Subestación Elevadora Matimba 34,5/500 kV, propiedad de la empresa Nuevas Energías S.A.S. E.S.P., mediante la construcción y operación de una línea aérea de evacuación a 34,5 kV. (…) Para el cumplimiento del alcance descrito, se requiere la construcción, instalación y/o adecuación de la infraestructura que se detalla en la Tabla 3-1. Es importante precisar que las allí presentadas corresponden a la sumatoria total por tipo de infraestructura, sin desagregar valores individuales para cada elemento constructivo, dado que su detalle específico se aborda en los apartados técnicos y cartográficos correspondientes.Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones”

“Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 19 Tabla Error! No text of specified style in document.-1 Infraestructura contemplada en el proyecto

Fuente: GEOMA S.A.S., 2026

Nota: Los viales internos incluyen las intersecciones a nivel T, cunetas, obra de control de erosión, obras de drenaje mayores y menores.

(…) 3.1 Localización El Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur 34,5kV hasta su módulo de conexión en subestación elevadora Matimba 34,5/500kV, se localizan en jurisdicción del municipio de Chinú, departamento de Córdoba, en un entorno de carácter predominantemente rural, cercano a la cabecera municipal de Chinú (Figura 3-2). Cabe precisar que la infraestructura temporal y permanente asociada al proyecto se prevé dentro del municipio de Chinú, departamento de Córdoba. No obstante, se identifica que una de las vías de acceso existentes al área del proyecto se encuentra en jurisdicción del municipio de Sampués, departamento de Sucre, situación que es considerada para efectos del análisis territorial y ambiental correspondiente del presente Estudio de Impacto Ambiental. El área objeto de la solicitud de licenciamiento ambiental para el desarrollo del Proyecto corresponde a una superficie total de 318,3967 Ha, la cual se distribuye en once (11) predios asociados a la implantación del parque solar, con un área aproximada de 287,13 Ha, y trece

corresponde a una superficie total de 318,3967 Ha, la cual se distribuye en once (11) predios asociados a la implantación del parque solar, con un área aproximada de 287,13 Ha, y trece (13) predios vinculados al trazado de la línea aérea de conexión, que ocupan alrededor deAuto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 19 15,12 Ha. La delimitación definida incorpora tanto las áreas de ocupación permanente como las áreas de intervención temporal requeridas para la ejecución de las distintas actividades del Proyecto. En este marco, se incluyen las superficies necesarias para la adecuación de accesos existentes, incluyendo los puntos de ocupación de cauce, así como las instalaciones provisionales asociadas a la fase constructiva, tales como áreas de gestión de residuos, áreas de suministro, campamentos y zonas de acopio al interior del Parque Solar Fotovoltaico (PSF). De manera específica, para la línea aérea de evacuación a 34,5 kV (LAMT 34,5 kV), la delimitación comprende los Sitios de Torre (ST) y los Sitios de Uso Temporal (SUT), dentro de los cuales se consideran SUT campamentos, SUT acopios y SUT plazas de tendido, así como otras áreas auxiliares temporales asociadas a las actividades de montaje. Adicionalmente, el punto de conexión del Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur se articula con la infraestructura eléctrica proyectada para el Parque Solar Fotovoltaico Matimba I (199 MWdc), lo cual permite optimizar el uso de la infraestructura de evacuación, mejorar la

con la infraestructura eléctrica proyectada para el Parque Solar Fotovoltaico Matimba I (199 MWdc), lo cual permite optimizar el uso de la infraestructura de evacuación, mejorar la eficiencia técnica del sistema y reducir impactos adicionales asociados a la construcción de nuevas instalaciones de conexión (Figura 3-1). Figura Error! No text of specified style in document.-1 Localización Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur a 34,5 kV hasta el módulo de conexión en la Subestación Elevadora Matimba 34,5/500 kV

Fuente: GEOMA S.A.S., 2026 (…) 3.2 Características del proyecto

(…)Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 19 El Proyecto de generación consistirá en el aprovechamiento de la radiación solar mediante unas células fotovoltaicas que van ubicadas dentro de los paneles fotovoltaicos, transformando esta energía de radiación en energía eléctrica de corriente continua. Esta corriente continua se transforma en corriente alterna mediante los inversores y los transformadores que la disponen para la inyección a la red. (…). (…) Adicionalmente, el Proyecto contempla la construcción de la infraestructura asociada a una nueva Línea Aérea de Evacuación (LAMT) de 34,5 kV, la cual permitirá la conexión del Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) con la Subestación Eléctrica de Transformación

nueva Línea Aérea de Evacuación (LAMT) de 34,5 kV, la cual permitirá la conexión del Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) con la Subestación Eléctrica de Transformación (SET) Matimba 34,5/500 kV, constituyendo el sistema de evacuación de la energía generada. La LAMT Matimba II se encuentra configurada en doble circuito y diseñada para operar a un nivel de tensión de 34,5 kV y una frecuencia de 60 Hz, con una capacidad de transporte de 118,4 MVA y una longitud aproximada de 7,56 km. Asimismo, la línea estará conformada por dos cables por fase y un cable de guarda, configuración técnica que favorece la confiabilidad operativa, la protección del sistema y la adecuada transferencia de energía hacia el sistema de transmisión asociado. (…) 3.2.2 Fases y actividades del proyecto El proyecto de construcción del del Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación a 34,5 kV hasta la Subestación Elevadora Matimba 34,5/500 kV se encuentra estructurado a partir de las siguientes etapas: -Pre-construcció -Construcción (actividades constructivas PSF, actividades constructivas LAMT 34,5 kV y Actividades constructivas generales) -Operación y mantenimiento -Desmantelamiento y abandono (…) 3.2.2.1 Actividades transversales Las actividades transversales corresponden al conjunto de acciones de soporte técnico, logístico, administrativo y social requeridas para garantizar el desarrollo continuo del Proyecto durante todas sus etapas —preconstrucción, construcción, operación y mantenimiento, y desmantelamiento y abandono. Estas actividades se implementan de manera continua y

logístico, administrativo y social requeridas para garantizar el desarrollo continuo del Proyecto durante todas sus etapas —preconstrucción, construcción, operación y mantenimiento, y desmantelamiento y abandono. Estas actividades se implementan de manera continua y adaptativa conforme al avance del proyecto, asegurando la adecuada coordinación entre los componentes fotovoltaicos (PSF), la Línea Aérea de Evacuación (LAMT 34,5 kV), las áreas de apoyo temporal y la infraestructura complementaria, bajo criterios de eficiencia operativa, cumplimiento normativo y mínima intervención ambiental. (…) 3.2.2.2 Pre-construcción La gestión predial e inmobiliaria es un componente fundamental en la fase preconstructiva del proyecto, que consiste en el proceso de identificación, análisis y concertación con los propietarios y/o poseedores de los predios involucrados en el área de influencia del parque solar fotovoltaico. Su objetivo principal es obtener las autorizaciones necesarias para el uso temporal o permanente del suelo, según las necesidades de cada etapa del proyecto (construcción, operación y mantenimiento y desmantelamiento). Este proceso incluye la verificación jurídica de la titularidad de los terrenos, el levantamiento de información catastral y geográfica, la delimitación precisa de los predios afectados por laAuto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 7 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 19 infraestructura del proyecto (módulos, vías, cerramientos, cableados, subestación, entre otros), y la elaboración de acuerdos voluntarios o contratos de servidumbre, arriendo o compra, según corresponda. (…)

Página 7 de 19 infraestructura del proyecto (módulos, vías, cerramientos, cableados, subestación, entre otros), y la elaboración de acuerdos voluntarios o contratos de servidumbre, arriendo o compra, según corresponda. (…) 3.2.2.3 Construcción En esta etapa se llevan a cabo todas las actividades necesarias para preparar el terreno, adecuar los accesos, instalar los equipos y construir las infraestructuras que conforman el parque solar. Se trata de una fase clave del proyecto, en la que se combinan trabajos de obra civil, montaje eléctrico y adecuación ambiental, siempre siguiendo el diseño técnico y cumpliendo con las normas de seguridad y medio ambiente. A continuación, se describen las principales tareas que forman parte de esta fase. (…) Entre las acciones clave de esta etapa se encuentra la verificación de la documentación técnica, como manuales de montaje, planos referenciales, procedimientos específicos y certificados de calidad de los materiales en obra. Asimismo, se debe realizar el replanteo topográfico con equipos calibrados para asegurar la correcta ubicación de los elementos constructivos. Las herramientas y equipos deberán ser inspeccionados previamente para comprobar que cumplen con los requisitos técnicos y de seguridad. En cuanto a las condiciones en el área de trabajo, se debe garantizar que estén habilitadas zonas de sombra, puntos de hidratación, señalización visible y delimitación del espacio de intervención. También es obligatorio disponer de extintores, camillas, botiquines y kits para el control de derrames, los cuales deben estar correctamente ubicados, sobre base firme, y protegidos del sol directo. La ejecución de cada actividad deberá estar respaldada por el correspondiente permiso de trabajo eléctrico firmado, el análisis de trabajo seguro (ATS)

control de derrames, los cuales deben estar correctamente ubicados, sobre base firme, y protegidos del sol directo. La ejecución de cada actividad deberá estar respaldada por el correspondiente permiso de trabajo eléctrico firmado, el análisis de trabajo seguro (ATS) diligenciado y el checklist de herramientas y maquinaria verificado. (…) 3.2.2.5 Operación y mantenimiento 3.2.2.5.1 Operación y mantenimiento electromecánico preventivo y correctivo (PSF+LAMT 34,5kV) Esta actividad comprende la operación integral del Parque Solar Fotovoltaico (PSF) y de la Línea Aérea de Evacuación (LAMT 34,5 kV), así como la ejecución de actividades de mantenimiento preventivo y correctivo requeridas para garantizar la continuidad, confiabilidad y eficiencia operativa del sistema de generación y evacuación de energía. (…) 3.2.2.5.2 Mantenimiento por poda y rocería Esta actividad corresponde al manejo periódico de la cobertura vegetal presente en áreas operativas del Proyecto, con el propósito de evitar interferencias sobre la infraestructura, garantizar condiciones de seguridad y preservar la funcionalidad de los sistemas de generación y evacuación de energía. (…) 3.2.2.5.3 Obras complementarias para el control de estabilidad Esta actividad comprende la implementación de medidas puntuales orientadas a garantizar la estabilidad física y funcional de la infraestructura del Proyecto, cuando se identifiquenAuto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 8 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 19

“Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 19 condiciones que puedan comprometer su integridad, tales como erosión, socavación, pérdida de soporte, inestabilidad de taludes o afectaciones derivadas de eventos hidrometeorológicos. (…) 3.2.2.6 Desmantelamiento y abandono 3.2.2.6.1 Desmantelamiento de infraestructura permanente y equipamiento Esta actividad comprende el retiro total de la infraestructura asociada al Parque Solar Fotovoltaico (PSF) y la Línea Aérea de Evacuación (LAMT 34,5 kV), una vez finalizada la vida útil del Proyecto o cuando se determine el cese definitivo de su operación. (…) 3.2.2.6.2 Reconformación del terreno Esta actividad comprende las acciones orientadas a restablecer las condiciones físicas, topográficas y de cobertura del terreno intervenido durante la vida útil del Proyecto, procurando una condición similar a la existente previo a la implantación de la infraestructura. (…) 3.2.3 Diseños del proyecto. El Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur 34,5kV hasta su módulo de conexión en subestación elevadora Matimba 34,5/500kV contará con una capacidad nominal de generación de 118,8 MWac. Para ello, se contempla la instalación de 211.035 módulos fotovoltaicos y 27 centros de transformación, los cuales permitirán la conversión y conducción de la energía generada hacia la infraestructura de evacuación del Proyecto. La energía producida será transportada

de transformación, los cuales permitirán la conversión y conducción de la energía generada hacia la infraestructura de evacuación del Proyecto. La energía producida será transportada mediante la Línea Aérea de Evacuación Matimba II 34,5 kV hasta el punto de transformación en la SET Matimba 34,5/500 kV, desde donde se realizará su posterior conexión al Sistema Interconectado Nacional. El diseño y localización del proyecto tuvo en cuenta los siguientes criterios principales en su definición: -Ubicación de infraestructura en zonas previamente intervenidas o antropizadas, para reducir o mitigar el impacto ambiental. -Excluir al máximo coberturas de la tierra con alto valor o sensibilidad ambiental. -Minimizar cruces e intervenciones sobre cuerpos de agua y sus rondas de protección, teniendo en cuenta los modelos de inundación en los tiempos de retorno definidos en los TdR15 de 2017 (2, 5, 10, 15, 25, 50 y 100 años). -Menor afectación posible sobre la infraestructura social existente. (…)

7 DEMANDA, USO, APROVECHAMIENTO Y/O AFECTACIÓN DE RECURSOS

NATURALES (…) 7.1 Aguas superficiales (…) En este contexto, se precisa que el proyecto no contempla el uso ni el aprovechamiento del recurso mediante captaciones de aguas superficiales.Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 9 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se

adoptan otras determinaciones” Página 9 de 19 (…) 7.2 Aguas subterráneas (…) Para el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur 34,5 kV hasta su módulo de conexión en la subestación elevadora Matimba 34,5/500 kV”, se establece que no se contempla la exploración, captación, extracción o aprovechamiento de aguas subterráneas, ni la construcción de pozos o infraestructura asociada. (…) 7.3 Vertimientos Para el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur 34,5 kV hasta su módulo de conexión en la subestación elevadora Matimba 34,5/500 kV”, no se proyecta la generación de vertimientos con disposición directa al ambiente, por lo cual no se prevén puntos de descarga asociados a sus fases constructiva u operativa. La gestión de aguas residuales se realizará mediante servicios especializados y gestores autorizados, evitando cualquier descarga directa al suelo o a cuerpos de agua. (…) 7.4 Ocupaciones de Cauce (…) 7.4.1 Solicitud La sociedad PROYECTO SOLAR MATIMBA II S.A.S. E.S.P. solicita permiso de ocupación de cauce para diecisiete (17) sitios de cruce sobre cuerpos de agua superficiales de tipo natural, requeridos para el desarrollo de obras asociadas a la construcción y operación del Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur de 34,5 kV hasta su módulo de conexión en la subestación elevadora

Parque Solar Fotovoltaico Matimba II-Sur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur de 34,5 kV hasta su módulo de conexión en la subestación elevadora Matimba 34,5/500 kV. Las ocupaciones de cauce solicitadas corresponden a intervenciones requeridas para la habilitación y funcionalidad de infraestructura asociada al proyecto, incluyendo obras relacionadas con vías existentes objeto de adecuación puntual, viales internos, zanjas para redes eléctricas de media y baja tensión (MT/BT), vallados, accesos a la línea de transmisión, obras de drenaje, cunetas, estructuras de control de erosión, drenajes mayores y el descole del ZODME, entre otras intervenciones localizadas necesarias para garantizar la conectividad y manejo hidráulico del proyecto. Para la estabilización y continuidad funcional de los cruces se prevé la implementación de estructuras hidráulicas menores, entre las que se incluyen obras tipo alcantarillas, box culvert y obras de drenaje complementarias, diseñadas conforme a las condiciones hidráulicas y geomorfológicas de cada sitio de intervención, procurando mantener la continuidad del flujo y minimizar afectaciones sobre la dinámica natural de los cuerpos de agua. En la Tabla 7-2 se presenta el resumen de los puntos de ocupación de cauce a solicitar, indicando el tipo de infraestructura asociada y su localización espacial.Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 10 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 19 Tabla Error! No text of specified style in document.-2 Puntos de ocupaciones de cauce a solicitar

COORDENADAS MAGNA

adoptan otras determinaciones” Página 10 de 19 Tabla Error! No text of specified style in document.-2 Puntos de ocupaciones de cauce a solicitar

COORDENADAS MAGNA

SIRGAS ORIGEN NACIONALID TIPO INFRAESTRUCTURA CUENCA OBRA PROPUESTA TIPO ESTE (M) NORTE (M)

OC_1 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4737402.95 2554080.6 OC_2 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4736462.25 2554542.31 OC_3 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4737058.06 2555040.86 OC_4 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4735468.36 2554424.31 OC_5 Cunetas, obra control erosión, obra drenaje mayor, vallado, vial interno, zanja Arroyo Hondo Box culvert 5 m x 3.5 m Permanente 4735601.69 2554431.14 OC_6 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4735636.09 2554492.22 OC_7 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4736332.03 2555281.06 OC_8 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado

OC_7 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4736332.03 2555281.06 OC_8 Vallado, Zanja Arroyo Hondo Enrocado D50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanent e 4737251.65 2556126.28 OC_9 Vallado, Zanja Arroyo Cocuelos EnrocadoD50 > 20 cm. Espesor mínimo 30 cm Permanente 4737194.03 2557048.56 OC_1 0 Via existente y zanja Arroyo Hondo Box Culvert4 m x 2.5 m Permanente 4736533.16 2555851.43 OC_1 1 Acceso a línea de transmisión Arroyo Ceja Bolo Alcantarilla Diámetro interno = 1 m Temporal 4742726.72 2559227.24 OC_1 2 Vía existente Arroyo Cocuelos Alcantarilla Diámetro interno = 1 m Permanente 4736829.46 2557017.5 OC_1 3 Cunetas, obra control erosión, obra drenaje mayor, vallado, vial interno, zanja Arroyo Hondo Box Culvert4 m x 2.5 m Permanente 4736519.94 2554609.32 OC_1 4 Descole Zodme NN3 No se requiere obra hidráulica adicional NA 4747185.44 2556631.38 OC_1 5 Vía existente Arroyo Chupa Flor Box Culvert8.6 m x 3.3 m Permanente 4739320.97 2560309.13

OC_1 6 Vía existente Arroyo Chupa Flor Box Culvert8.6 m x 3.3 m Permanente 4739206.86 2559963.92 OC_1 7 Vía existente Arroyo Mateo Box Culvert 4 m x 1 m Permanente 4739331.26 2559343.05Auto. No. 011456 Del 18 AGO. 2026 Hoja No. 11 de 19 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de evaluación de solicitud de Licencia Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 19

Fuente: GEOMA S.A.S., 2026

Las ocupaciones proyectadas para el área Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Matimba IISur (138 MWdc) y su línea aérea de evacuación Matimba II-Sur de 34,5 kV hasta su módulo de conexión en la subestación elevadora Matimba 34,5/500 kV se solicitan con un rango de movilidad de 50 m aguas arriba y 50 m aguas abajo con respecto a la coordenada de referencia propuesta, con el fin de establecer el mejor corredor posible desde el diseño de las obras proyectadas. (…) 7.5 Aprovechamiento forestal (…) La definición del AAF, corresponde a 275,03 ha respecto 318,4 ha del área de intervención, de acuerdo al cálculo de número de individuos y el vo

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