ANLA - Auto 011554 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 011554 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 011554 (20 AGO. 2026) Página 1 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS

Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 851 de 2022, 968 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE La sociedad Osalme S.A.S., con NIT 901.313.063-6, a través de las comunicaciones de radicados 20266201110412 y 20266201110452 del 10 de agosto de 2026, asociados a los números VITAL 1220090131306326001 y 1220090131306326002, presentó el Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), para la correspondiente evaluación y posterior aprobación por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), de conformidad con la Resolución 851 del 5 de agosto de 20221. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución

Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), de conformidad con la Resolución 851 del 5 de agosto de 20221. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución 851 del 5 de agosto de 2022, estableciendo la clasificación nacional de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y sus residuos, así como los lineamientos y requisitos de los Sistemas de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) a cargo de los productores y las condiciones para la aceptación de los RAEE por parte de los comercializadores de AEE. La referida resolución, en el artículo 6.°, señala que los productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos pueden asumir sus obligaciones de manera individual o a través de Sistemas 1 “Por la cual se desarrollan los artículos 2.2.7A.1.3, 2.2.7A.2.1, el numeral 3.1 del artículo 2.2.7A.2.2, el numeral 3 del artículo 2.2.7A.2.4, el artículo 2.2.7A.4.2 y el artículo 2.2.7A.4.4 del Título 7A del Decreto 1076 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible sobre la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 011554 Del 20 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual

se dictan otras disposiciones”Auto. No. 011554 Del 20 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones” Página 2 de 4 Colectivos; precisando en el numeral 1.° que, esta primera modalidad, aplica para un productor que establece, presenta, implementa y financia, bajo su exclusiva responsabilidad, su propio sistema de recolección y gestión de los RAEE. El artículo 17 de la Resolución 851 de 2022 indica la información que debe ser presentada por los productores de AEE ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para su evaluación y posterior aprobación de los Sistemas de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Teniendo en cuenta que la sociedad Osalme S.A.S., acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, la ANLA admite la solicitud presentada y dará inicio al trámite administrativo ambiental para evaluar el Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país.

encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1.° del artículo 11.° del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 2, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividades de su competencia. El artículo 36.° de la Resolución 968 de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1.° y 7.° del artículo 39.° ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, designada mediante la Resolución 990 del 23 de mayo de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto,

DISPONE

los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto,

DISPONE

2 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”Auto. No. 011554 Del 20 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones” Página 3 de 4 ARTÍCULO PRIMERO. - Iniciar el trámite administrativo ambiental para evaluar el Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), presentado por la sociedad Osalme S.A.S., con NIT 901.313.063-6, mediante los radicados 20266201110412 y 20266201110452 del 10 de agosto de 2026, asociados a los números VITAL 1220090131306326001 y 1220090131306326002, de conformidad con la Resolución 851 de 2022 y de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva del presente auto. PARÁGRAFO. - Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión del trámite de evaluación de la presente solicitud cursarán en el expediente RAEE0008-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. - Notificar el presente acto administrativo a la sociedad Osalme S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la

ARTÍCULO SEGUNDO. - Notificar el presente acto administrativo a la sociedad Osalme S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO CUARTO. - Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la documentación relacionada en el VDI4672-00-2026 al RAEE0008-00-2026. ARTÍCULO QUINTO. - Contra el presente auto no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20213.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 20 AGO. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA

CONTRATISTA

DIANA KATHERINE REYES ALBANIL PROFESIONAL ESPECIALIZADO 3“Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”Auto. No. 011554 Del 20 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones” Página 4 de 4

“Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones” Página 4 de 4 Expediente No. RAEE0008-00-2026

Fecha: 18 de agosto de 2026

Proceso No.: 20265300115545

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

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