ANLA - Auto 011804 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 011804 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 011804 (21 AGO. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, la Resolución 668 de 2016, modificada por la Resolución 2184 de 2019, adicionada por la Resolución 1344 de 2020, las Resoluciones 803 de 2024, 968 de 2025, 990 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el Auto 3928 del 19 de mayo de 2025, efectuó seguimiento al Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas de la sociedad INVESA S.A., con NIT 890.900.652 - 3, de conformidad con la Resolución 668 de 20161, modificada por la Resolución 2184 de 20192, adicionada por la Resolución 1344 de 2020 3 y derogada por la Resolución 803 del 24 de junio de 2024 4. El citado acto administrativo fue notificado el 20 de mayo de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 21 de mayo de la misma anualidad.
de 2020 3 y derogada por la Resolución 803 del 24 de junio de 2024 4. El citado acto administrativo fue notificado el 20 de mayo de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 21 de mayo de la misma anualidad. La sociedad INVESA S.A., mediante radicado 20256200692022 del 16 de junio de 2025, presentó respuesta al Auto 3928 del 19 de mayo de 2025. La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) efectuó seguimiento a la documentación obrante en el expediente URB0004-00-2021, emitiendo el Concepto Técnico 6444 del 16 de junio de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1 “Por la cual se reglamenta el uso racional de bolsas plásticas y se adoptan otras disposiciones”. 2 “Por la cual se modifica la Resolución 668 de 2016 sobre uso racional de bolsas plásticas y se adoptan otras disposiciones”. 3 “Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 4o de la Resolución 2184 de 2019 y se dictan otras disposiciones”. 4 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”.Auto. No. 011804 Del 21 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 6
establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”.Auto. No. 011804 Del 21 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), profirió la Resolución 668 de 2016 “Por la cual se reglamenta el uso racional de bolsas plásticas y se adoptan otras disposiciones”, modificada por la Resolución 2184 de 2019, esta a su vez adicionada por la Resolución 1344 de 2020. El artículo 5° de la Resolución en cita establece que, para efectos del seguimiento, los distribuidores presentarán el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas y su informe anual de avance del cumplimiento de las metas establecidas en la referida resolución a la autoridad competente, a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL) en el Formato Único Nacional creado para dicho efecto, el cual fue adoptado mediante la Resolución 2184 de 2019, adicionada por la Resolución 1344 de 2020. El artículo 7° de la Resolución en comento indica que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), es la entidad competente para efectuar el seguimiento de las metas establecidas en el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, en caso de que los distribuidores de bolsas plásticas cuenten con sucursales en la jurisdicción de dos o más autoridades ambientales.
establecidas en el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, en caso de que los distribuidores de bolsas plásticas cuenten con sucursales en la jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 8° de la citada Resolución establece las obligaciones de los distribuidores de bolsas plásticas en el marco del Programa de Uso Racional de las mismas. El artículo 9° de la Resolución 668 de 2016, modificado por el artículo 2° de la Resolución 2184 de 2019, establece los indicadores del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas que deben ser incorporados y reportados. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), expidió la Resolución 803 de 2024, mediante la cual reglamentó medidas administrativas para garantizar el cumplimiento de la Ley 2232 de 2022 5, sobre instrumentos de manejo para la implementación de la responsabilidad extendida del productor (REP). El artículo 24º de la normativa en mención determina que, los distribuidores de bolsas plásticas deben presentar a esta Autoridad, a más tardar el 30 de octubre de 2024, el informe de avance de los Programas de Uso Racional de Bolsas Plásticas, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero al 6 de julio de 2024 y generar un informe de cierre correspondiente. El artículo 26º de la Resolución 803 de 2024, derogó a partir del 7 de julio de 2024, la Resolución 668 de 2016, modificada por la Resolución 2184 de 2019, esta a su vez adicionada por la Resolución 1344 de 2020. El presente acto administrativo efectúa seguimiento al Programa de Uso Racional de Bolsas
Resolución 668 de 2016, modificada por la Resolución 2184 de 2019, esta a su vez adicionada por la Resolución 1344 de 2020. El presente acto administrativo efectúa seguimiento al Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas de la sociedad INVESA S.A., concluyendo, de acuerdo con el análisis del Concepto Técnico 6444 del 16 de junio de 2026 y la documentación del expediente URB0004-00-2021, para la vigencia entre el 01 de enero al 06 de julio de 2024, que se ajusta a los lineamientos establecidos en la Resolución 668 de 2016, modificada por la 5 “Por la cual se establecen medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 011804 Del 21 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 Resolución 2184 de 2019, adicionada por la Resolución 1344 de 2020 y derogada por la Resolución 803 de 2024, tal como se indica en el citado insumo técnico. Asimismo, el Concepto Técnico 6444 del 16 de junio de 2026, una vez revisado el expediente URB0004-00-2021, encuentra que la sociedad INVESA S.A. no presenta obligaciones o requerimientos pendientes de cumplimiento ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). En consecuencia, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) considera viable dar por finalizado el proceso de seguimiento al Programa de Uso Racional de Bolsas
obligaciones o requerimientos pendientes de cumplimiento ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). En consecuencia, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) considera viable dar por finalizado el proceso de seguimiento al Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas de la sociedad INVESA S.A., en el expediente URB0004-00-2021. Por consiguiente, al no existir actuación administrativa alguna a seguir y en aras de garantizar la seguridad jurídica en las actuaciones surtidas, con el fin de evitar el desgaste administrativo y la realización de acciones sucesivas, se ordenará el archivo del mencionado expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 20126, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 2011 7, modificada por la Ley 2080 de 2021 8, tal y como se estipulará en la parte dispositiva del presente auto. Cabe advertir que la sociedad INVESA S.A., no podrá distribuir bolsas plásticas en ningún punto de venta en sus sucursales, salvo que estas cumplan con las excepciones que plantea la Ley 2232 de 2022, para lo cual deberá surtir el trámite respectivo y cumplir con todos los requisitos que dispone la Resolución 803 de 2024. Finalmente, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) advierte que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 803 de 2024 y demás normativa aplicable, podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 20099, modificada por la Ley 2387 de 202410.
COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD
normativa aplicable, podrá dar lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sanciones que correspondan, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 20099, modificada por la Ley 2387 de 202410. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011 11, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2 del artículo 3º le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 202012, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. 6 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones” 7 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” 8 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción” 9 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 10 “Por medio de la cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar
herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”. 11 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y se dictan otras disposiciones”. 12 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 011804 Del 21 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 El numeral 3 del artículo 36° de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39° ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con la coordinación designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir con la evaluación y seguimiento de las solicitudes y suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad INVESA S.A., con NIT 890.900.652 - 3, que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por finalizada la etapa de
En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad INVESA S.A., con NIT 890.900.652 - 3, que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) da por finalizada la etapa de seguimiento al Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas en el expediente URB000400-2021, conforme a que se ajusta a los lineamientos establecidos en la Resolución 668 de 2016, modificada por la Resolución 2184 de 2019, adicionada por la Resolución 1344 de 2020 y derogada por la Resolución 803 de 2024, de acuerdo con el Concepto Técnico 6444 del 16 de junio de 2026 y la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, ordenar el archivo definitivo del expediente URB0004-00-2021, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el seguimiento al Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas de la sociedad INVESA S.A., por las razones expuestas en el Concepto Técnico 6444 del 16 de junio de 2026 y en la parte considerativa del presente acto administrativo ARTÍCULO TERCERO. Advertir a la sociedad INVESA S.A., que no podrá distribuir bolsas plásticas en ningún punto de venta en sus sucursales, salvo que estas cumplan con las excepciones que plantea la Ley 2232 de 2022, para lo cual deberá surtir el trámite respectivo y cumplir con todos los requisitos que dispone la Resolución 803 de 2024. ARTÍCULO CUARTO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad INVESA S.A., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido.
respectivo y cumplir con todos los requisitos que dispone la Resolución 803 de 2024. ARTÍCULO CUARTO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad INVESA S.A., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 6444 del 16 de junio de 2026. ARTÍCULO QUINTO. Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021.Auto. No. 011804 Del 21 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 21 AGO. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA
CONTRATISTA
ALEJANDRO MUNOZ GONZALEZ
CONTRATISTA
Expediente No. URB0004-00-2021 Concepto Técnico No. 6444 del 16 de junio de 2026
Fecha: 14 de agosto de 2026
Proceso No.: 20265300118045
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los
Concepto Técnico No. 6444 del 16 de junio de 2026
Fecha: 14 de agosto de 2026
Proceso No.: 20265300118045
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los
archivos digitales de la EntidadAuto. No. 011804 Del 21 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento ambiental a un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6