ANLA - Auto 011974 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 011974 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 011974 (25 AGO. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, y las Resoluciones 968 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 11760 del 30 de diciembre de 2024, efectuó seguimiento ambiental al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad D-LUX S.A.S, con NIT 900.998.350-0, reiterando y requiriendo información, de conformidad con la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018 1 modificada por las Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 2020 2. El citado auto fue notificado el 13 de enero de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 14 de enero de la misma anualidad.

de 2018 1 modificada por las Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 2020 2. El citado auto fue notificado el 13 de enero de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 14 de enero de la misma anualidad. La sociedad D-LUX S.A.S, a través de los radicados 20236200934052 del 30 de noviembre de 2023 y 20256200141052 del 10 de febrero de 2025, entre otras cosas, notificó la adhesión al plan colectivo de la CORPORACIÓN POSCONSUMO LÚMINA - LÚMINA, a partir de la vigencia 2024 con expediente PGE0008-00-2019, y presentó autorización de notificación electrónica, respectivamente. La sociedad en comento por medio de las comunicaciones de radicados 20256200802082 del 10 de julio de 2025 y 20256201325042 del 27 de octubre de 2025, asociado al número VITAL 3500090099835025001, presentó documentación con el fin de dar respuesta al Auto 011760 del 30 de diciembre de 2024 y solicitó el cierre del expediente. 1 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” 2 “Por el cual se modifica la Resolución 1407 de 2018 y se toman otras determinaciones”Auto. No. 011974 Del 25 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad

Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), efectuó seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad D-LUX S.A.S, conforme a la documentación obrante en el expediente PGE0083-00-2024, emitiendo el Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026, a través del cual se dio alcance al Concepto Técnico 7813 del 22 de julio de 2026. El Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026 hace parte integral del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) profirió la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 del 24 de diciembre de 2020 y 803 del 24 de junio de 2024 3, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico y vidrio, y se toman otras determinaciones. El artículo 2° ibidem, modificado por la Resolución 803 de 2024, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4 y el artículo 17 de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso,

plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4 y el artículo 17 de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5, el parágrafo 3 del artículo 18 de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por el artículo 6° de la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de Un Solo Uso. A través del presente acto administrativo, se efectúa seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad D-LUX S.A.S, así como a los requerimientos efectuados en el Auto 11760 del 30 de diciembre de 2024. Con fundamento en las normas en cita y conforme al análisis realizado a la documentación del expediente PGE0083-00-2024; con base en lo expuesto en el Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026, esta Autoridad establece que el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad D-LUX S.A.S, dio cumplimiento extemporáneo a la meta de aprovechamiento del año 2021 (línea base 2018), establecida en la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, de igual

extemporáneo a la meta de aprovechamiento del año 2021 (línea base 2018), establecida en la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, de igual manera atendió los requerimientos señalados en el numeral 1 del artículo 1° y los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del artículo 2° del Auto 11760 del 30 de diciembre de 2024, de conformidad con lo expuesto en el numeral 3.1 del Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026. 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 011974 Del 25 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 Ahora bien, de conformidad con lo expuesto en el Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026, a la sociedad D-LUX S.A.S, no le es exigible el cumplimiento de la meta para las vigencias 2022 (línea base 2019) y 2023 (línea base 2020) en el marco del Plan Individual

de 2026, a la sociedad D-LUX S.A.S, no le es exigible el cumplimiento de la meta para las vigencias 2022 (línea base 2019) y 2023 (línea base 2020) en el marco del Plan Individual por cuanto la citada sociedad certificó la inexistencia de importaciones y puesta en el mercado para dichos periodos y el día 31 de julio de 2026 la ANLA realizó verificación en el Banco de Datos de Comercio Exterior (BACEX), donde se constató que, la sociedad DLUX S.A.S, no realizó importaciones durante los años 2019 y 2020. Por otra parte, el colectivo CORPORACIÓN POSCONSUMO LÚMINA - LÚMINA notificó la adhesión de la sociedad D-LUX S.A.S, a su plan colectivo a partir de la vigencia 2024, correspondiente al expediente PGE0008-00-2019. Por lo tanto, el cumplimiento de las obligaciones del productor, a partir de la vigencia 2024, son objeto de seguimiento en el marco de dicho Plan Colectivo. En consecuencia, al no existir obligaciones y/o requerimientos pendientes en el marco del Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, esta Autoridad ordenará el archivo definitivo del expediente PGE0083-00-2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 2012 4, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 20115, en aras de evitar el desgaste administrativo y las acciones sucesivas y de seguimiento del expediente en referencia. Finalmente, se precisa que la inobservancia de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, así como los actos administrativos

acciones sucesivas y de seguimiento del expediente en referencia. Finalmente, se precisa que la inobservancia de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, así como los actos administrativos emanados por esta Autoridad en el expediente PGE0083-00-2024, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 del 21 de julio de 2009 6, modificada por la Ley 2387 de 20247. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 20118 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2º del artículo 3° le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2° del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 9, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El numeral 3° del artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de 4 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.

5 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 6 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.” 7 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones” 8 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones” 9 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”Auto. No. 011974 Del 25 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1° y 7° del artículo 39 ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales, adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, designada mediante Resolución 990 del 23 de mayo de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad.

y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo anterior,

DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad D-LUX S.A.S, con NIT 900.998.350-0, que conforme al análisis realizado en el Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026, dio cumplimiento extemporáneo a las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada parcialmente por la Resolución 1342 de 2020, en lo referente a la vigencia 2021 (línea base 2018), en el marco del seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques. Adicionalmente, atendió los requerimientos formulados en el Auto 11760 del 30 de diciembre de 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar el archivo del expediente PGE0083-00-2024, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad D-LUX S.A.S, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo y por las razones expuestas en el Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026. ARTÍCULO TERCERO. Recordar a la sociedad D-LUX S.A.S, que bajo el Plan Colectivo de la empresa CORPORACIÓN POSCONSUMO LÚMINA - LÚMINA, correspondiente al expediente PGE0008-00-2019, la ANLA verificará el cumplimiento de las disposiciones

de la empresa CORPORACIÓN POSCONSUMO LÚMINA - LÚMINA, correspondiente al expediente PGE0008-00-2019, la ANLA verificará el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, para la vigencia 2024 y siguientes, por parte de la mencionada sociedad. ARTÍCULO CUARTO. La sociedad D-LUX S.A.S, mientras se encuentre en el ámbito de aplicación debe dar cumplimiento a las obligaciones y fechas establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020. PARÁGRAFO. El incumplimiento de las obligaciones y fechas establecidas en el presente auto, así como en los demás actos administrativos emitidos dentro del expediente PGE0083-00-2024 y en la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024.Auto. No. 011974 Del 25 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO QUINTO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad D-LUX S.A.S, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto

ARTÍCULO QUINTO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad D-LUX S.A.S, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026. ARTÍCULO SEXTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO SÉPTIMO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 10, modificada por la Ley 2080 de 202111.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 25 AGO. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

NICOLAS RAMIREZ AVILA

CONTRATISTA

DIANA KATHERINE REYES ALBANIL

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

Expediente No. PGE0083-00-2024 Concepto Técnico 8521 del 05 de agosto de 2026

Fecha: 13 de agosto de 2026

Proceso No.: 20265300119745

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los

archivos digitales de la Entidad 10 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 11 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 011974 Del 25 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6

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