ANLA - Auto 011989 de 2025
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 011989 de 2025
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 011989 (31 DIC. 2025) Página 1 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación de un Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS
Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 851 de 2022, 968 y 990 del 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025, aprobó el Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), bajo las subcategorías de AEE 1.1 “Cocinas y hornos”, 1.2 “Enseres de Audio y video”, 1.3 “Enseres mayores de hogar”, 1.4 “Enseres menores de
Eléctricos y Electrónicos (RAEE), bajo las subcategorías de AEE 1.1 “Cocinas y hornos”, 1.2 “Enseres de Audio y video”, 1.3 “Enseres mayores de hogar”, 1.4 “Enseres menores de calentamiento”, 1.5 “Enseres menores de cocina”, 1.6 “Enseres menores de hogar”, 1.7 “Enseres menores personales”, 1.8 “Equipos de acondicionamiento de aire”, 1.9 “Herramientas para el hogar”, 1.10 “Refrigeración doméstica y comercial”, 2.4 “Computadores y equipos para tratamiento de datos”, 2.5 “Electrónica de consumo”, 2.6 “Equipos de electrónica de potencia”, 2.8 “Equipos de telecomunicaciones”, 2.10 “Periféricos, partes y tarjetas para computadores e Impresoras”, 3.4 “Equipos de iluminación”, 3.11 “Pilas y acumuladores”, presentado por la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S., con NIT 901.785.290-6, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 851 del 5 de agosto de 20221. 1 “Por la cual se desarrollan los artículos 2.2.7A.1.3, 2.2.7A.2.1, el numeral 3.1 del artículo 2.2.7A.2.2, el numeral 3 del artículo 2.2.7A.2.4, el artículo 2.2.7A.4.2 y el artículo 2.2.7A.4.4 del Título 7A del Decreto 1076 de 2015 - Decreto Único Reglamentario
del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible sobre la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) y se dictan otras disposiciones”Auto. No. 011989 Del 31 DIC. 2025 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación de un Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”
Página 2 de 6 La sociedad REVO COLOMBIA S.A.S., a través de las comunicaciones con radicados 20256201490042 y 20256201490282 del 28 de noviembre de 2025, asociados a los números VITAL 1220090178529025003 y 3500090178529025006, respectivamente, presentó solicitud de modificación del Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – SRyG RAEE, aprobado por la Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025, en el sentido de incluir cuarenta y cinco (45) productores a dicho Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio 20255301070421 del 05 de diciembre de 2025, requirió a la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S. para que, en
Electrónicos (RAEE). La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio 20255301070421 del 05 de diciembre de 2025, requirió a la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S. para que, en el término de un (01) mes, contado a partir del día hábil siguiente al recibo de dicho oficio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011 2, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015 3, presentara información complementaria y sustancial para continuar con el trámite de la solicitud antes mencionada. La sociedad REVO COLOMBIA S.A.S., a través de la comunicación con radicado 20256201620652 del 26 de diciembre de 2025, asociado al número VITAL 3500090178529025008, presentó documentación en respuesta a los requerimientos formulados en el oficio 20255301070421 del 05 de diciembre de 2025. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución 0851 del 5 de agosto de 2022, estableciendo la clasificación nacional de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y sus residuos, así como los lineamientos y requisitos de los Sistemas de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) a cargo de los productores y las condiciones para la aceptación de los RAEE por parte de los comercializadores de AEE. La referida resolución, en el artículo 6°, señala que los productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos pueden asumir sus obligaciones de manera individual o a través de Sistemas
parte de los comercializadores de AEE. La referida resolución, en el artículo 6°, señala que los productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos pueden asumir sus obligaciones de manera individual o a través de Sistemas Colectivos; precisando en el numeral 2° que, esta última modalidad, agrupa a dos o más productores constituidos como persona jurídica con el fin de establecerlo, presentarlo, implementarlo y financiarlo y debe estar conformado exclusivamente por productores de AEE. El artículo 1.1.2.2.1 del Decreto 1076 de 2015 4 establece que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) es la encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País, por lo tanto es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) la competente para evaluar los 2 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” 3 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” 4 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Auto. No. 011989 Del 31 DIC. 2025 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación de un Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”
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Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”
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SRyG RAEE.
En relación con la solicitud de modificación del Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) de la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S., y conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025, cualquier modificación que implique cambios respecto a la aprobación y las obligaciones establecidas en dicho acto administrativo, deberá ser informada previamente y por escrito a esta Autoridad, para su correspondiente evaluación. En tal sentido, la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S., mediante radicados 20256201490042 y 20256201490282 del 28 de noviembre de 2025, y 20256201620652 del 26 de diciembre de 2025, asociados a los números VITAL 1220090178529025003, 3500090178529025006 y 3500090178529025008, respectivamente, presentó solicitud de modificación del Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) aprobado mediante Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las
Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) aprobado mediante Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025, en el sentido de incluir cuarenta y cinco (45) productores al señalado Sistema, conforme la documentación soporte aportada. Teniendo en cuenta que la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S. acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, la ANLA admite la solicitud realizada y en efecto dará inicio al trámite administrativo de modificación del Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Electrónicos (RAEE) aprobado mediante Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 5, que modificó el
trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 5, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. 5 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”Auto. No. 011989 Del 31 DIC. 2025 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación de un Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”
Página 4 de 6 El artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39 ibidem asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos
Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, cuya coordinadora fue designada mediante Resolución 990 de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de modificación del Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), aprobado mediante la Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025, a la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S., con NIT 901.785.290-6, de acuerdo con la solicitud presentada a través de las comunicaciones con radicados 20256201490042 y 20256201490282 del 28 de noviembre de 2025, y 20256201620652 del 26 de diciembre de 2025, asociados a los números VITAL 1220090178529025003, 3500090178529025006 y 3500090178529025008, respectivamente. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de
números VITAL 1220090178529025003, 3500090178529025006 y 3500090178529025008, respectivamente. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de modificación de la Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025, continuarán en el expediente RAEE0002-002024. ARTÍCULO SEGUNDO. Esta Autoridad revisará, evaluará y conceptuará sobre la solicitud de modificación del Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), aprobado mediante Resolución 794 del 3 de mayo de 2024, modificada por las Resoluciones 1989 del 10 de septiembre del 2024, 182 del 12 de febrero de 2025, 1329 del 15 de julio de 2025 y 2955 del 11 de noviembre de 2025, con base en la información aportada por la sociedad REVO COLOMBIA S.A.S. ARTÍCULO TERCERO. Notificar el presente acto administrativo a la REVO COLOMBIA S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO CUARTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).Auto. No. 011989 Del 31 DIC. 2025 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación de un Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos
“Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación de un Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”
Página 5 de 6 ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente auto no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 6, modificada por la Ley 2080 del 25 de enero de 20217.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 31 DIC. 2025
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
CAMILO ORLANDO NARANJO RIOS
CONTRATISTA
OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ
CONTRATISTA
Expediente No. RAEE0002-00-2024
Fecha: 30 de diciembre de 2024
Proceso No.: 20255300119895
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad 6 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 7 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437
de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”Auto. No. 011989 Del 31 DIC. 2025 Hoja No. 6 de 6
“Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental de modificación de un Sistema Colectivo de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”
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