ANLA - Auto 012570 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 012570 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 012570 (10 SEP. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 1326 de 2017, 968, 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante la Resolución 764 del 17 de marzo de 2026, aprobó el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas presentado por la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., con NIT 800.051.3194, conforme a las disposiciones contenidas en la Resolución 1326 de 20171. La sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., mediante comunicación con radicado 20266200494792 del 17 de abril de 2026, asociado al número VITAL 3500080005131926002, dio respuesta a los requerimientos efectuados mediante la Resolución 764 del 17 de marzo de 2026. La sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., mediante comunicación con radicado

3500080005131926002, dio respuesta a los requerimientos efectuados mediante la Resolución 764 del 17 de marzo de 2026. La sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., mediante comunicación con radicado 20266200797152 del 18 de junio de 2026, asociado al número VITAL 3500080005131926003, presentó el informe de actualización y avance en cumplimiento de las metas de recolección y gestión ambiental pendientes de las vigencias 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 (gestión realizada durante los años 2025 y 2026). Una vez evaluada la información que reposa en el expediente SRS0001-00-2026, y conforme a la evaluación documental, el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, 1 “Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 012570 Del 10 SEP. 2026 Hoja No. 2 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA emitió el Concepto Técnico 9452 del 26 de agosto de 2026, el cual obra como fundamento técnico del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución 1326 de 2017, estableciendo los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas como el instrumento de control y manejo ambiental que contiene los

1326 de 2017, estableciendo los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas como el instrumento de control y manejo ambiental que contiene los requisitos y condiciones para garantizar la recolección selectiva y gestión ambiental de las llantas usadas por parte de los productores. A través del presente acto administrativo, se efectúa seguimiento al Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, de la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., aprobado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) mediante la Resolución 764 del 17 de marzo de 2026, en lo que respecta a las metas de recolección y gestión de los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 (gestión realizada durante los años 2025 y 2026), así como a los requerimientos formulados por esta Autoridad en la mencionada resolución. Una vez evaluada la información que reposa en el expediente SRS0001-00-2026, con fundamento en lo expuesto en el Concepto Técnico 9452 del 26 de agosto de 2026, esta Autoridad determina que el Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas de la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S. se ajusta a lo señalado en el artículo 13 de la Resolución 1326 de 2017, ya que, logró el cumplimiento de las metas de recolección selectiva y gestión ambiental de los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, de manera extemporánea. Así mismo se determina que el informe de actualización y avance relacionado al cumplimiento a las metas de recolección y gestión ambiental pendientes de los años 2019,

2024, de manera extemporánea. Así mismo se determina que el informe de actualización y avance relacionado al cumplimiento a las metas de recolección y gestión ambiental pendientes de los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 (gestión realizada durante los años 2025 y 2026), del Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas de la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., se ajusta a la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución 1326 de 2017. Por otra parte, es pertinente tener en cuenta que, a partir de la vigencia 2025, la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S. se vinculó al Sistema Colectivo de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas operado por SISTEMA VERDE S.A.S. E.S.P., correspondiente al expediente SRS0122-00, conforme a lo informado mediante el radicado No. 20256201276282 del 16 de octubre de 2025. Teniendo en cuenta lo anterior, esta Autoridad dará por finalizado el seguimiento al Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas de la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., puesto que no existe actuación administrativa alguna a seguir en el el expediente SRS0001-00-2026.Auto. No. 012570 Del 10 SEP. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 Asimismo, teniendo en cuenta que, mediante el radicado 20266200797152 del 17 de junio

Ambiental de Llantas Usadas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 Asimismo, teniendo en cuenta que, mediante el radicado 20266200797152 del 17 de junio de 2026, la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S. solicitó el archivo del expediente SRS0001-00-2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) ordenará el archivo del mencionado expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 del 12 de julio de 2012 2, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 20113, tal y como quedará expuesto en la parte dispositiva del presente proveído. Lo anterior, en línea con lo descrito en el subnumeral 4.4. del Concepto Técnico 9452 del 26 de agosto de 2026. Es pertinente aclarar que, por un error de digitación, el subnumeral 7.1 del Concepto Técnico 9452 del 26 de agosto de 2026 aludió al cumplimiento del “artículo 19” de la Resolución 1326 de 2017, siendo lo correcto referirse al artículo 13 de dicha norma. Finalmente, se advierte a la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S. que deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Resolución 1326 de 2017, cuya inobservancia podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y/o sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 20094, modificada por la Ley 2387 de 20245. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA),

por la Ley 2387 de 20245. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2º del artículo 3 le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1, 5 y 7 del artículo 39° ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con la coordinación designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir con la evaluación y seguimiento de las solicitudes, elaborar los autos que ordenan el archivo, y suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad

vigente y los procedimientos de la Entidad. 2 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 3 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 4 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 5 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 012570 Del 10 SEP. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6 En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. - Informar a la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., con NIT 800.051.3194, en el marco del seguimiento realizado al Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, que dio cumplimiento extemporáneo a las metas de recolección selectiva y gestión ambiental de los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, de conformidad con lo expuesto en el Concepto Técnico 9452 del 26 de agosto de 2026 y en la parte considerativa del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. - Ordenar el archivo del expediente SRS0001-00-2026, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Sistema Individual de Recolección

de 2026 y en la parte considerativa del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. - Ordenar el archivo del expediente SRS0001-00-2026, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Sistema Individual de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas presentado por la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., con NIT 800.051.3194, aprobado mediante la Resolución 764 del 17 de marzo de 2026, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. - Advertir a la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., que deberá continuar dando cumplimiento a las obligaciones y fechas establecidas en la Resolución 1326 de 2017, a través del sistema colectivo al cual se encuentra vinculado, en el caso de desvincularse del sistema colectivo SISTEMA VERDE S.A.S. E.S.P., y de mantener importaciones sobre las subpartidas arancelarias de las llantas y/o vehículos en cantidades superiores a los umbrales establecidos en la tabla 1 y/o 2 del artículo 3 de la Resolución 1326 de 2017, deberá dar cumplimiento a las obligaciones y fechas establecidas en la resolución antes mencionada, para lo cual deberá tener en cuenta las actualizaciones expuestas en la normativa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) referente a las actualizaciones de las subpartidas arancelarias objeto de la referida resolución. PARÁGRAFO. - Advertir a la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., que la inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 1326 de 2017, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y/o sanciones que correspondan, de

inobservancia de las obligaciones establecidas en la Resolución 1326 de 2017, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y/o sanciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO CUARTO. - Notificar el presente acto administrativo a la sociedad ENERGIA Y POTENCIA S.A.S., a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO PRIMERO. - En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 9452 del 26 de agosto de 2026. PARÁGRAFO SEGUNDO. - En el evento en que el titular del permiso, sea una persona natural que se acoja al proceso de insolvencia regulado por las normas vigentes, o se trateAuto. No. 012570 Del 10 SEP. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 de una sociedad comercial o de una sucursal de sociedad extranjera que entre en proceso de disolución o régimen de insolvencia empresarial o liquidación regulados por las normas vigentes, informará inmediatamente de esta situación a esta Autoridad, con fundamento, entre otros, en los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 95 numeral 8 de la Constitución Política de 1991, en la Ley 43 de 1990, en la Ley 222 de 1995, en la Ley 1333 de 2009, modificada por

entre otros, en los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 95 numeral 8 de la Constitución Política de 1991, en la Ley 43 de 1990, en la Ley 222 de 1995, en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable. Adicional a la obligación de informar a esta Autoridad de tal situación, el titular de la licencia o permiso aprovisionará contablemente las obligaciones contingentes que se deriven de la existencia de un procedimiento ambiental sancionatorio conforme con el artículo 40 de la Ley 1333 de 2009 modificado por el artículo 17 de la Ley 2387 de 2024. ARTÍCULO QUINTO. - Publicar el contenido de este acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 10 SEP. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

YESIKA MARIA REYES PENA

CONTRATISTA

ALEJANDRO MUNOZ GONZALEZ

CONTRATISTA

Expediente No. SRS0001-00-2026

Concepto Técnico N° 9452 del 26 de agosto de 2026

Fecha: 03 de septiembre de 2026

Proceso No.: 20265300125705

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los

archivos digitales de la EntidadAuto. No. 012570 Del 10 SEP. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6

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