ANLA - Auto 012783 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 012783 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 012783 (15 SEP. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES, ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025, 990 del 2025, y CONSIDERANDO QUE: La sociedad TERRASOS S.A.S., con NIT 900.582.496-0, mediante el radicado 20266201112122 del 11 de agosto de 2026, asociado al número VITAL 57009005824960260011, presentó ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), solicitud de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Monitoreo de la Biodiversidad Bancos de Hábitat de Terrasos”, a nivel nacional por un término de vigencia de cinco (5) años, de conformidad con el Formato de Solicitud de Permiso Individual de Recolección y documentos anexos.
para el proyecto “Monitoreo de la Biodiversidad Bancos de Hábitat de Terrasos”, a nivel nacional por un término de vigencia de cinco (5) años, de conformidad con el Formato de Solicitud de Permiso Individual de Recolección y documentos anexos. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el oficio 20265300938891 del 19 de agosto de 2026, con fundamento en el artículo 17 de la Ley 1437 de 20112, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015 3, requirió a la sociedad TERRASOS S.A.S., información adicional para continuar con la evaluación de la solicitud del Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. La sociedad TERRASOS S.A.S., mediante el radicado 20266201299972 del 09 de septiembre de 2026 asociado al número VITAL 3500900582496026001, presentó documentación e información en respuesta a los requerimientos del oficio 20265300938891 1 Expediente VDI4673-00-2026. 2 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 3 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedencia Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 012783 Del 15 SEP. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 del 19 de agosto de 2026.
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 del 19 de agosto de 2026. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 4, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. El artículo 70 de la Ley 99 de 1993 5, establece que “La entidad administrativa competente al recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental o al comenzarla de oficio dictará un acto de iniciación de trámite que notificará y publicará (…)”. El Decreto 1076 de 20156, unificó las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en su Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.4 del decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del permiso, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un
permiso de recolección, encontrándose entre éstas, el permiso individual de recolección. El artículo 2.2.2.8.3.1 del Decreto 1076 de 2015, señala que las personas naturales o jurídicas que pretendan recolectar especímenes para adelantar un proyecto de investigación científica no comercial deberán obtener un permiso individual de recolección y el artículo 2.2.2.8.3.2 ibidem, establece los documentos que deben aportarse para la solicitud del permiso. El numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2 de la citada norma, establece que, recibida la solicitud del permiso de recolección con el lleno de requisitos, se expedirá el auto que da inicio al trámite, conforme al artículo 70 de la Ley 99 de 1993, dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción y publicará un extracto de la petición en su portal de Internet para garantizar el derecho de participación de posibles interesados. El artículo 2.2.2.8.6.5 del Decreto 1076 de 2015 establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los permisos de recolección. Teniendo en cuenta que la sociedad TERRASOS S.A.S., acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos 4 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 5 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras
5 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras disposiciones”. 6 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.Auto. No. 012783 Del 15 SEP. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 por la ley, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), admite la petición realizada y, en efecto, dará inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Monitoreo de la Biodiversidad Bancos de Hábitat de Terrasos”, de acuerdo con lo consignado en el formato de solicitud. En consecuencia, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante los radicados 20266201112122 del 11 de agosto de 2026, asociado al número VITAL 5700900582496026001 y 20266201299972 del 09 de septiembre de 2026 asociado al número VITAL 3500900582496026001, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial.
fin de pronunciarse sobre la solicitud de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental, cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 7, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, estableció dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia de acuerdo con la normativa vigente. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como funciones del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), cuya coordinadora fue designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir en la evaluación de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir
coordinadora fue designada mediante la Resolución 990 de 2025, contribuir en la evaluación de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto,
DISPONE:
7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Auto. No. 012783 Del 15 SEP. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar el trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, para el proyecto “Monitoreo de la Biodiversidad Bancos de Hábitat de Terrasos”, conforme a la solicitud presentada por la sociedad TERRASOS S.A.S., con NIT 900.582.496-0, mediante los radicados 20266201112122 del 11 de agosto de 2026, asociado al número VITAL 5700900582496026001 y 20266201299972 del 09 de septiembre de 2026 asociado al número VITAL 3500900582496026001. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de
20266201299972 del 09 de septiembre de 2026 asociado al número VITAL 3500900582496026001. PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la solicitud de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial cursarán en el expediente RCI0006-00-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad TERRASOS S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
PARÁGRAFO. Publicar un extracto del formato de solicitud en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2. y el numeral 1 del artículo 2.2.2.9.2.5 del Decreto 1076 de 2015, según corresponda. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), asociar la documentación relacionada en el VDI4673-002026 al RCI0006-00-2026. ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 20118.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 15 SEP. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
8 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.Auto. No. 012783 Del 15 SEP. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental de Permiso Individual de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5
JOHANNA MONTES ACOSTA
CONTRATISTA
JORGE ANDRES GARZON PEDROZA
CONTRATISTA Expediente No. RCI0006-00-2026 Anexo. Formato de solicitud. Permiso individual de recolección Fecha: 14 de septiembre de 2026
Proceso No.: 20265300127835
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la EntidadFORMATO DE SOLICITUD
PERMISO INDIVIDUAL DE RECOLECCIÓN
1. DATOS GENERALES DEL SOLICITAN 1.1 Autoridad Ambiental competente para otorgar el Perm Autoridad Nacional de Licencias Ambientales 1.2 Datos del Solicitante del Permiso
Número VITAL 5700900582496026001 Tipo Identificación Número Identificación Origen de documento Nombre Completo
Número telefonico Número Celular Número Fax Correo Electrónic País Ciudad Dirección País Ciudad Dirección Dirección de Conta Dirección de Corresponde Terrasos SAS NIT 9005824960 4673587 administracion@terrasos.co Colombia
BOGOTA D. C.-BOGOTÁ CRA 13 90 20 oficina 503
Colombia
TODOSTODOS
2. INFORMACIÓN PARA EL TRAMITE DE PERMI Nombre del Proyect Monitoreo de la Biodiversidad Bancos de Hábitat de Terrasos Duración (meses): Se entrega un documento anexo con la información con un mayor nivel de detalle de las metodoloigías requeridas para el levantamiento de información primaria para los grupos y taxa presentados luego en el documento.
Escarabajos Coprófagos Se utilizan trampas de caída con cebo de excremento de cerdo, dispuestas en diferentes hábitats representativos. Las trampas permanecen activas de 48 a 72 horas. Los individuos capturados se conservan en alcohol al 90% y se identifican hasta el nivel de especie utilizando claves taxonómicas. Ecosistemas Acuáticos • Peces: Se emplean aparejos como atarrayas, trasmallos y chinchorros. Se seleccionan hasta 20 especímenes representativos por sitio para análisis tróficos y reproductivos, fijándolos en formol al 10% y preservándolos en alcohol al 70%. • Fitoplancton: Se filtran muestras de agua mediante redes con ojo de malla de 0,23 µm en sistemas lóticos y botellas
Schindler en sistemas lénticos. Se fijan en Lugol al 10%. • Zooplancton: Similar al fitoplancton, pero con redes de 0,55 µm y fijación en solución Transeau. • Bentos: Se emplean redes Surber y triangulares para la colecta, con fijación en alcohol al 70%. • Perifiton: Se raspan sustratos sumergidos y se fijan en Lugol al 10%. • Macrófitas: Se colectan en cuadrantes de 1 m², se prensan en periódico y se conservan con alcohol al 70% hasta su análisis en herbario. Flora Terrestre Se aplican dos metodologías: • Inventario Forestal: Se realizan parcelas de diferentes tamaños según la categoría diamétrica de los árboles (brinzales, latizales y fustales). • Censo Forestal: Se registran todos los individuos con DAP = 10 cm. Las muestras se prensan y conservan en un herbario certificado. • Epifitas vasculares y no vasculares Fauna Terrestre • Aves: Se usan redes de niebla de 12x2 m. Solo se sacrifican individuos en caso de dudas taxonómicas, con fijación en formol al 10% y posterior preservación en alcohol al 70%. • Mamíferos: Se emplean trampas Sherman y Tomahawk para capturas vivas. Se liberan tras su identificación, excepto en casos de incertidumbre taxonómica. La preservación se hace mediante taxidermia o líquidos conservantes. • Herpetofauna (anfibios y reptiles): Se usan búsquedas libres y transectos de ancho fijo. Solo se sacrifican individuos en
casos específicos y se fijan en formol al 10%. Métodologia para la recolección de espec
603. ARCHIVOS DE LA SOLIC Formulario de solicitud de permiso individual debidamente diligenciad Documento de identificación del responsable del proyecto. Si se trata de persona natural, copia de la cédula. Si se trata de persona jurídica, certificado de existencia y representación legal o su equivalente de la entidad peticionaria, con fecha de expedición no superior a 30 días. -27529937_202_CCB TERRASOS 2407.pdf De ser el caso, acto administrativo de levantamiento de vedas Certificado del Ministerio del Interior y Justicia sobre la presencia o no de grupos étnicos en el territorio en el cual se realizará la recolección -27529921_203_Resolución Procedencia de Consulta Previa STC - 1021 de 2026.pdf Acta de protocolización de la consulta previa cuando sea necesaria Carta de la Institución Nacional de Investigación manifestando que acepta su participación en el respectivo proyecto de investigación Copia de acuerdo de cooperación suscrito entre la institución de educación superior o instituto de investigación extranjero y la institución nacional de investigación respectiva Coordenadas del proyecto obra o actividad Documento (formato .pdf o Word) en el que amplíe la metodología de recolección que implementará en su Documento (formato .pdf o Word) que incluya información respecto a la introducción, justificación, objetivos de su estudio, así como los equipos y materiales que utilizará en el transcurso del mismo.
Curriculum vitae del responsable del proyecto y de su equipo de trabajo -27529968_201_RCM_2026_Solicitud_permiso_Terrasos.pdf
-27529890_204_Centroides_Poligonales_BH.xlsx -27529875_205_1. Metodologias PRE Terrasos.pdf -27529859_206_4. Introducción, Justificación y Objetivos.docx DescripciónDocumento AdjuntoNo Radicado ARCHIVOS c-27555921_200_Perfiles Equipo de Trabajo.pdf Perfiles del responsable del Permiso y su equipo de trabajo asociado en el Permiso de Colecta