ANLA - Auto 012978 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 012978 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 012978 (18 SEP. 2026) Página 1 de 6 “Por el cual se inicia un trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, y se toman otras determinaciones”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS, PERMISOS
Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 968 de 2025, 990 de 2025, y
CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante la Resolución 697 del 18 de abril de 2024, modificada por las Resoluciones 1991 del 10 de septiembre de 2024, 2996 del 31 de diciembre de 2024, 987 del 23 de mayo de 2025, 1305 del 11 de julio de 2025, 1988 del 8 de septiembre de 2025, 2700 del 24 de octubre de 2025 y 1773 del 10 de julio de 2026, otorgó a la Universidad Nacional de Colombia, con NIT 899.999.063-3 y
2025, 1988 del 8 de septiembre de 2025, 2700 del 24 de octubre de 2025 y 1773 del 10 de julio de 2026, otorgó a la Universidad Nacional de Colombia, con NIT 899.999.063-3 y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1101, Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, a nivel nacional, el cual incluye la autorización para la movilización de los especímenes a ser recolectados, por una vigencia de diez (10) años no prorrogables, contados a partir de la ejecutoria del mencionado acto administrativo, es decir, desde el 02 de mayo de 2024. La Universidad Nacional de Colombia, mediante comunicación con radicado 20266201019302 del 28 de julio de 2026, presentó ante esta Autoridad solicitud de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas para el proyecto de investigación denominado: “Evaluación del estatus de conservación de los árboles Magnolia mahechae y M. henaoi”, tal y como se encuentra relacionado en el respectivo Formato de Solicitud de Autorización de recolección de Especies Amenazadas Vedada o Endémicas. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio con radicado 20265300902541 del 12 de agosto de 2026, requirió información adicional, la cual debíaAuto. No. 012978 Del 18 SEP. 2026 Hoja No. 2 de 6
“Por el cual se inicia un trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, y se toman otras determinaciones” Página 2 de 6 ser remitida en el término de un (1) mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 del 18 de enero de 20111, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 de junio de 20152. La Universidad Nacional de Colombia, mediante radicado 20266201320452 del 11 de septiembre de 2026, presentó información en respuesta a los requerimientos del oficio 20265300902541 del 12 de agosto de 2026. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Decreto 1076 de 2015 3, mediante el cual se unificaron las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.5 del Decreto 1076 de 2015, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre éstas, el permiso marco de recolección y, en ese sentido, el artículo 2.2.2.8.2.1, establece que “Las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres
de recolección y, en ese sentido, el artículo 2.2.2.8.2.1, establece que “Las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco de Recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución”. El parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada por un permiso marco de recolección vigente. El artículo 2.2.2.8.2.4 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, establece las obligaciones del titular del permiso marco de recolección, disponiendo en su parágrafo primero que en el caso de pretender recolectar especies amenazadas, vedadas o endémicas, el titular del permiso marco de recolección deberá solicitar autorización previa a la autoridad competente para llevar a cabo dicho proyecto de acuerdo al formato de solicitud de autorización de recolección de especies amenazadas vedadas o endémicas. El artículo 2.2.2.8.6.5 del precitado Decreto establece que, como estímulo a la investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los Permisos de Recolección En ese sentido, teniendo en cuenta que la Universidad Nacional de Colombia acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne 1 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
En ese sentido, teniendo en cuenta que la Universidad Nacional de Colombia acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne 1 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 2 Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 3“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Auto. No. 012978 Del 18 SEP. 2026 Hoja No. 3 de 6 “Por el cual se inicia un trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, y se toman otras determinaciones” Página 3 de 6 los requisitos exigidos por la Ley, esta Autoridad admite la solicitud realizada y dará inicio al trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 697 del 18 de abril de 2024, modificada por las Resoluciones 1991 del 10 de septiembre de 2024, 2996 del 31 de diciembre de 2024, 987 del 23 de mayo de 2025, 1305 del 11 de julio de 2025,
abril de 2024, modificada por las Resoluciones 1991 del 10 de septiembre de 2024, 2996 del 31 de diciembre de 2024, 987 del 23 de mayo de 2025, 1305 del 11 de julio de 2025, 1988 del 8 de septiembre de 2025, 2700 del 24 de octubre de 2025 y 1773 del 10 de julio de 2026, de conformidad a las especificaciones relacionadas en el Formato de Solicitud de Autorización de recolección de Especies Amenazadas Vedadas o Endémicas adjunto a la solicitud. En consecuencia, esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante los radicados 20266201019302 del 28 de julio y 20266201320452 del 11 de septiembre, ambos de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1 del artículo 11 del Decreto 376 de 2020 4, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia.
Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. El artículo 36º de la Resolución 968 de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como función de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), designada mediante Resolución 990 de 2025, la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la Subdirección En mérito de lo expuesto, 4“Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”Auto. No. 012978 Del 18 SEP. 2026 Hoja No. 4 de 6 “Por el cual se inicia un trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, y se toman otras determinaciones” Página 4 de 6
DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión
determinaciones” Página 4 de 6
DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado mediante Resolución 697 del 18 de abril de 2024, modificada por las Resoluciones 1991 del 10 de septiembre de 2024, 2996 del 31 de diciembre de 2024, 987 del 23 de mayo de 2025, 1305 del 11 de julio de 2025, 1988 del 8 de septiembre de 2025, 2700 del 24 de octubre de 2025 y 1773 del 10 de julio de 2026, solicitada por el Universidad Nacional de Colombia, con NIT 899.999.063-3 y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1101, mediante radicados 20266201019302 del 28 de julio y 20266201320452 del 11 de septiembre, ambos de 2026, para el proyecto de investigación denominado: “Evaluación del estatus de conservación de los árboles Magnolia mahechae y M. henaoi”, en Colombia.
PARÁGRAFO PRIMERO. Esta Autoridad evaluará y conceptuará sobre la información aportada mediante radicados 20266201019302 del 28 de julio y 20266201320452 del 11 de septiembre, ambos de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas. PARÁGRAFO SEGUNDO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al
septiembre, ambos de 2026, con el fin de pronunciarse sobre la solicitud de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas. PARÁGRAFO SEGUNDO. Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la presente solicitud de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado con la Resolución 697 del 18 de abril de 2024, modificada por las Resoluciones 1991 del 10 de septiembre de 2024, 2996 del 31 de diciembre de 2024, 987 del 23 de mayo de 2025, 1305 del 11 de julio de 2025, 1988 del 8 de septiembre de 2025, 2700 del 24 de octubre de 2025 y 1773 del 10 de julio de 2026, continuarán en el expediente RCM0002-00-2024. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la Universidad Nacional de Colombia, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) PARÁGRAFO. Publicar un extracto del formato de solicitud en el sitio web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2. y el numeral 1 del artículo 2.2.2.9.2.5 del Decreto 1076 de 2015,
Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.2.8.5.2. y el numeral 1 del artículo 2.2.2.9.2.5 del Decreto 1076 de 2015, según corresponda.Auto. No. 012978 Del 18 SEP. 2026 Hoja No. 5 de 6 “Por el cual se inicia un trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, y se toman otras determinaciones” Página 5 de 6 ARTÍCULO CUARTO. Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 5, modificada por la Ley 2080 de 20216.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 18 SEP. 2026
LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ
COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES
SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA
CONTRATISTA
JORGE ANDRES GARZON PEDROZA
CONTRATISTA
Expediente: RCM0002-00-2024
Anexo: Formato de Solicitud de Autorización de Recolección de Especies Amenazadas, Endémicas o Vedadas Fecha: 18 de septiembre de 2026
Proceso No.: 20265300129785
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad
Fecha: 18 de septiembre de 2026
Proceso No.: 20265300129785
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad 5“Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" 6“Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437
de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”Auto. No. 012978 Del 18 SEP. 2026 Hoja No. 6 de 6 “Por el cual se inicia un trámite administrativo ambiental de autorización de recolección de especímenes de especies amenazadas, vedadas o endémicas, con ocasión de un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, y se toman otras determinaciones” Página 6 de 6FORMATO DE SOLICITUD DE
AUTORIZACIÓN DE RECOLECCIÓN DE
ESPECIES AMENAZADAS, ENDÉMICAS O
VEDADAS
Código: AMSPNN_FO_47
Versión: 1
Vigente desde dd/mm/aaaa: 15/04/2014
1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO Fecha de Diligenciamiento Año 2026 Mes julio Día 22
Título de la Investigación: Evaluación del estatus de conservación de los árboles Magnolia mahechae y M. henaoi
(Magnoliales: Magnoliaceae) en Colombia: integrando biología molecular, modelado de
Título de la Investigación: Evaluación del estatus de conservación de los árboles Magnolia mahechae y M. henaoi
(Magnoliales: Magnoliaceae) en Colombia: integrando biología molecular, modelado de nicho y estrategias de propagación Objetivo General: Evaluar el estatus de conservación de Magnolia mahechae y M. henaoi en Colombia utilizando datos taxonómicos, genética poblacional y modelado de nicho y reclutamiento/propagación.
2. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE Nombre: OLGA JANNETH GÓMEZ RAMÍREZ Nacionalidad: Colombiana Tipo de documento de Identidad: Cedula de Ciudadania No. 46356392
786 Dirección: Avenida El Dorado Calle 26 No. 44A-40, piso 4 Departamento: Cundinamarca Ciudad: Bogotá
Correo Electrónico: vicinvest_nal@unal.edu.co
perminambiente@unal.edu.co Teléfono(s): (601)4068888-18552 Otros: Persona Natural s n Propia Representación Apoderado Persona Jurídica s n Representante Legal Apoderado
Nombre: Nacionalidad: Tipo de documento de Identidad: No.
Dirección: Departamento: Ciudad:
Correo Electrónico: Teléfono(s): Otros:
3. DATOS SOBRE LAS ESPECIES EN CATEGORIAS ESPECIALES A RECOLECTAR 3.1 Procedimiento y metodología para la recolección de especímenes (máximo 500 palabras): Se realizarán salidas de campo entre marzo y septiembre de 2026. Durante las salidas se realizará la búsqueda de individuos de Magnolia mahechae
y M. henaoi. A los individuos encontrados se les registrará la coordenada geográfica, se medirá su altura y el DAP. Los datos se consignan en la base de datos dispuesta por la Fundación Ecovivero para el desarrollo de la investigación. Además, se les tomarán muestras de hojas en gel de sílice para su caracterización molecular de las poblaciones de ambas especies.
Resultados esperados
1. Mapa de distribución de las especies M. mahechae y M. henaoi actualizado para Colombia
2. Caracterización molecular de poblaciones distintas de las especies M. mahechae y M. henaoi.
3. Artículo científico sobre la recategorización del estado de conservación de las especies M. mahechae y M. henaoi.
4. Registro de datos de localización en el SiB Colombia. 3.2 Localidades para la recolección de especímenes
No. Localidad
Nombre Localidad
Municipio
Departamento Coordenadas Latitud Longitud 1 Vereda El Queremal Dagua Valle del Cauca 3.498897 -76.726886 2 Vereda La Elsa Dagua Valle del Cauca 3.5251389 -76.7402778 3 Vereda El Carmen Dagua Valle del Cauca 3.548083 -76.600694 4 Vereda Zaragoza La Cumbre Valle del Cauca 3.5715556 -76.5983611 5 Vereda Chicoral La Cumbre Valle del Cauca 3.5656389 -76.5896944 6 Vereda La Elvira Cali Valle del Cauca 3.5337222 -76.60809025 7 Vereda El Silencio Palestina Huila 1.71582 -76.16022
Requiere Consulta Previa: SI NO x Estado Actual: 3.3 Especímenes a recolectar
Nombre Científico
7 Vereda El Silencio Palestina Huila 1.71582 -76.16022
Requiere Consulta Previa: SI NO x Estado Actual: 3.3 Especímenes a recolectar
Nombre Científico (Categoría taxonómica mínima de identificación)
Tipo de Muestra
No. Localidad
Cantidad de especímenes a recolectar
Endemismo Categoría de Amenaza en Colombia
Veda No. PermisoResolución SI NO CR EN VU Nal Reg Magnolia mahechae Hojas en sílica gel
1, 2, 3, 4, 5 60 (de 20 individuos) x xFORMATO DE SOLICITUD DE
AUTORIZACIÓN DE RECOLECCIÓN DE
ESPECIES AMENAZADAS, ENDÉMICAS O
VEDADAS
Código: AMSPNN_FO_47
Versión: 1
Vigente desde dd/mm/aaaa: 15/04/2014
Magnolia henaoi Hojas en sílica gel
6, 7 30 (de 8 individuos) x x 3.4 Justificación (máximo 500 palabras): En el Plan Nacional de Acción para la Conservación de las Magnolias de Colombia (2024), se han establecido como amenazas principales la deforestación, la fragmentación de sus hábitats y la explotación no regulada de su madera; estas amenazas hacen que las magno lias sean un grupo
vulnerable, por lo cual casi la totalidad de sus especies se encuentran en algún grado de amenaza o en alto riesgo de extinción. Para la mitigación d e las amenazas presentadas, se presentan como opciones la recategorización del estado de amenaza de las especies, la categorización molecular de las poblaciones identificadas, la conservación in situ y ex situ , así como la prop agación de semillas en viveros; estas acciones han sido identificadas como prioritarias para mejorar el estado de conservación las especies de magnolia en el país de acuerdo con el Plan Nacional de Acción para la Conservación de las Magnolias de Colombia y el Plan de Acción y Recuperación de Magnolia mahechae en el KBA Bosque de San Antonio/Km 18, Valle del Cauca, Colombia (2023 ). Dado que estas especies son poco conocidas, se justifica realizar un estudio de sus poblaciones y proponer una propuesta para su recategorización a nivel global. En este sentido, se llevarán a cabo actividades de identificación de poblaciones de las espec ies Magnolia mahechae y M. henaoi en los departamentos del Valle del Cauca y del Huila, con el fin de realizar colectas de hojas de individuos de las poblaciones identificadas y evaluar el estatus de conservación de las especies de acuerdo con los datos recopilados en sus entornos naturales.
3.5 Cronograma de recolección: Se realizará una salida de reconocimiento cada mes por sitio de muestreo para identificar los especímenes a colectar, las colectas se iniciarán en agosto e irán hasta diciembre, agosto se colectarán las muestras de Dagua, septiembre las muestras de la Cumbre, octubre las de Cali y entre noviembre y diciembre las muestras de Palestina Huila.
4. RESPONSABLES DEL PROYECTO
4.1 DATOS PERSONALES
Nombre: Diana Carolina López Alvarez
noviembre y diciembre las muestras de Palestina Huila.
4. RESPONSABLES DEL PROYECTO
4.1 DATOS PERSONALES
Nombre: Diana Carolina López Alvarez
Nacionalidad: Colombiana Tipo de documento de Identidad: Cédula No. 67.026.786
Dirección: Carrera 32 # 12 – 00 Departamento: Valle del Cauca Ciudad: Palmira
Correo Electrónico: dilopezal@unal.edu.co Teléfono(s): 3195800419 Otros:
4.2 FORMACION ACADEMICA
Modalidad Académica (pregrado / posgrado) Número de semestres aprobados Graduado Titulo obtenido Terminación Número Tarjeta profesional (si aplica)
Si
No
Mes
Año Pregrado X Biología 10 2007 67026786 Postgrado
X Master Universitario en Iniciación a la Investigación en Ciencias Agrarias y del Medio Natural 11 2011 Postgrado X Magister UNIGIS en Sistemas de Información Geográfica 06 2014 Postgrado X Ciencias Agrarias y del Medio Natural 07 2016
4.3 EXPERIENCIA ESPECIFICA
Empresa o Entidad
Actividades realizadas Inicio (dd/mm/aa) Fin (dd/mm/aa) Experiencia Mes(es) Años Universidad Nacional de Colombia Colectas de suelos para el proyecto Relaciones multiescalares de la biodiversidad en gradientes altitudinales del bosque tropical 19/04/2021 03/09/2024 5 4 Universidad Nacional de Colombia Fortalecimiento de la agrobiodiversidad de microorganismos
multiescalares de la biodiversidad en gradientes altitudinales del bosque tropical 19/04/2021 03/09/2024 5 4 Universidad Nacional de Colombia Fortalecimiento de la agrobiodiversidad de microorganismos beneficiosos para mejorar la tolerancia al déficit hídrico en la quinua: una alternativa para garantizar la soberanía alimentaria en la región montañosa del Valle del Cauca 20/03/2025 20/03/2026 1FORMATO DE SOLICITUD DE
AUTORIZACIÓN DE RECOLECCIÓN DE
ESPECIES AMENAZADAS, ENDÉMICAS O
VEDADAS
Código: AMSPNN_FO_47
Versión: 1
Vigente desde dd/mm/aaaa: 15/04/2014
5. OBSERVACIONES GENERALES 5.1. En caso de estudiar especies vedadas, se debe solicitar autorización previa al MADS o a las Corporaciones Autónomas Regionales, según corresponda 5.2. En caso que las actividades de investigación requieran cumplir con la consulta previa con grupos étnicos, la Institución Nacional de Investigación será la única responsable de adelantarla conforme al trámite legal vigente. 5.3. La Institución Nacional de Investigación será responsable de garantizar b uenas prácticas en relación con el número total de muestras, frecuencia de muestreo, punto de muestreo, entre otros aspectos inherentes a la investigación, de manera que la recolección no cause daños o afectaciones a los individuos, poblaciones, comunidades o ecosistemas objeto de estudio. 5.4. La Institución Nacional de Investigación deberá adjuntar a este formulario el certificado de existencia y representación legal y en caso que la
afectaciones a los individuos, poblaciones, comunidades o ecosistemas objeto de estudio. 5.4. La Institución Nacional de Investigación deberá adjuntar a este formulario el certificado de existencia y representación legal y en caso que la solicitud sea presentada por medio de apoderado deberá anexar poder debidamente conferido que acredite dicha calidad
El solicitante manifiesta que la información consignada en esta solicitud es fidedigna y se sujetará a la normatividad vigente y actos administrativos reglamentarios.
FIRMA DEL SOLICITANTE
6. INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO
DATOS GENERALES DEL PROYECTO
a. Fecha de Diligenciamiento b. Título de la investigación c. Objetivo General
2. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE
a. Nombre. Si la solicitud se presenta por medio de apoderado, se deberá allegar poder debidamente conferido que acredite dicha calidad. b. Tipo de documento de identidad, se refiere al tipo de documento con el que se identifica el investigador, puede relacionarse con cedula de ciudadanía, pasaporte, entre otros c. Dirección (Ciudad, Departamento, País)
3. DATOS DE INFORMACIÓN DEL TRÁMITE 3.1. Procedimiento y metodología para la recolección de especímenes. Descripción clara y concisa (máximo 500 palabras) de las metodologías que usará para recolectar
(captura, remoción o extracción temporal o definitiva del medio natural) el material biológico. Se debe incluir los métodos de captura, colecta, y preservación de especímenes.
Por ejemplo:
(captura, remoción o extracción temporal o definitiva del medio natural) el material biológico. Se debe incluir los métodos de captura, colecta, y preservación de especímenes.
Por ejemplo: Captura de aves por medio de redes de niebla (10 de redes de 12mx2mx36 mm) en cada localidad de estudio. Las redes serán revisadas cada 15 minutos, las aves serán liberadas de la red y mantenidas en bolsas de tela para toma de datos. Posteriormente liberadas en el mismo sitio de captura. Toma de muestras de sangre de los tarsos de 20 individuos por localidad, por medio de una jeringa de insulina. La muestra será almacenada en un tubo eppendorf y preservada a -4°C. Colecta de 2 especímenes por especie por localidad. Sacrificio de individuos por opresión de sacos pulmonares, preparación y preservación de pieles para estudio y referencia de acuerdo al Manual de métodos para inventarios de Biodiversidad. Conservación de pieles en campo por medio de algodón, papel periódico y naftalina. Transporte en cajas plásticas.
Secado de pieles en horno a XX°C en el laboratorio. Etiquetado e inclusión en la colección. 3.2. Localidades para la recolección de especímenes. Enumere y escriba los nombres de las localidades donde se realizará la recolección de especímenes, indicando el nombre del municipio, departamento y coordenadas. Tengan cuenta que es posible indicar un polígono en vez de puntos específicos en el caso que aún no se hayan definido con exactitud los sitios de muestreos, o que se quiera establecer un área de muestreo. En el caso de las coordenadas planas, por favor incluya el sistema
aún no se hayan definido con exactitud los sitios de muestreos, o que se quiera establecer un área de muestreo. En el caso de las coordenadas planas, por favor incluya el sistema (por ej. Magna Sirgas), origen (Por ej. Bogotá) y la diferenciación entre los puntos X, Y o latitud y longitud. Marque con una X si requiere o no consulta previa, en caso de que requiera consulta previa indicar cuál es el estado de avance del trámite. Recuerde que si usted va a hacer recolectas al interior de áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, deberá dirigirse directamente a Parques Nacionales Naturales de Colombia, para obtener dicha autorización. 3.3. Especímenes a recolectar: Complete la tabla teniendo en cuenta las siguientes observaciones: • Nombre Científico: Identidad taxonómica a mayor nivel de detalle posible de las muestras a recolectar. El nivel de detalle depende de la naturaleza y objetivos del estudio a realizar. Por ejemplo si el estudio es un inventario de plantas angiospermas debe indicar: Angiospermae, si es una revisión de los géneros de orquídeas indicara Orchidiaceae, si es revisión de las especies de un género indicará Cattleya spp. (por ejemplo) o si es sobre una especie Firmado digitalmente por Olga Janneth Gómez RamírezFORMATO DE SOLICITUD DE
AUTORIZACIÓN DE RECOLECCIÓN DE
ESPECIES AMENAZADAS, ENDÉMICAS O
VEDADAS
Código: AMSPNN_FO_47
Versión: 1
Vigente desde dd/mm/aaaa: 15/04/2014
determinada Cattleya trianae.
VEDADAS
Código: AMSPNN_FO_47
Versión: 1
Vigente desde dd/mm/aaaa: 15/04/2014
determinada Cattleya trianae. • Tipo de muestra: hace referencia al tipo de espécimen: piel, muestra en líquido, muestra botánica (excicado), plumas, muestra de tejido (musculo, corazón, hígado), sangre, heces, muestra de agua de 250 ml, raspado de superficie de 1 cm2, etc. • No. Localidad: corresponde a la numeración de las localidades de la tabla del numeral 2.2. Tenga en cuenta que debe relacionar la identidad y el número de especímenes que pretende recolectar en cada una de las localidades de muestreo. • Cantidad de especímenes a colectar: indique un número aproximado máximo de especímenes o muestras a recolectar. Tenga en cuenta que este número está dado por localida
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