ANLA - Auto 013455 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 013455 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 013455 (01 OCT. 2026) Página 1 de 4 “Por el cual se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, y las Resoluciones 968 y 990 del 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 9833 del 03 de noviembre de 2022, con fundamento en el Concepto Técnico 6525 del 24 de octubre de 2022, efectuó seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la empresa Fogel Andina S.A.S, con NIT 900.106.873-4, reiterando información conforme las disposiciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018 1, modificada por la Resolución 1342 de 20202. El citado auto fue notificado el 10 de noviembre de 2022, quedando con constancia de ejecutoria el 11 de noviembre de la misma anualidad. De conformidad con el Registro Único Social y Empresarial (RUES) que almacena información de los registros públicos de las cámaras de comercio de Colombia, se evidencia

De conformidad con el Registro Único Social y Empresarial (RUES) que almacena información de los registros públicos de las cámaras de comercio de Colombia, se evidencia que el estado de registro mercantil de la empresa mencionada se encuentra cancelada en la actualidad. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), profirió la Resolución 1407 de 2018, modificada por Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024 3, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico y vidrio. 1 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” 2 “Por la cual se modifica la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018 y se toman otras determinaciones” 3 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones”Auto. No. 013455 Del 01 OCT. 2026 Hoja No. 2 de 4 “Por el cual se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 4 El artículo 2° ibidem, modificado por la Resolución 803 de 2024 4, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional

Página 2 de 4 El artículo 2° ibidem, modificado por la Resolución 803 de 2024 4, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4º y el artículo 17º de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5º, el parágrafo 3 del artículo 18º de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13º de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de un solo uso. Revisadas las actuaciones del expediente PGE0143-00-2021, en el marco del Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se determina que, la empresa Fogel Andina S.A.S fue declarada disuelta y en estado de liquidación mediante la Acta No. 38 del 26 de noviembre de 2020 de la Asamblea de Accionistas; tras culminar dicho proceso bajo la gestión de su liquidador, la Asamblea General aprobó formalmente la liquidación de

38 del 26 de noviembre de 2020 de la Asamblea de Accionistas; tras culminar dicho proceso bajo la gestión de su liquidador, la Asamblea General aprobó formalmente la liquidación de la compañía en el Acta No. 46 del 30 de septiembre de 2024, lo cual conllevó a la cancelación definitiva de su matrícula mercantil número 843541-16 ante la Cámara de Comercio de Cali. En consecuencia, al no ser posible continuar con el seguimiento del Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, esta Autoridad ordenará el archivo definitivo del expediente PGE0143-00-2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 2012 5, en concordancia con su artículo 626 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 20116, en aras de evitar el desgaste administrativo y las acciones sucesivas y de seguimiento del expediente en referencia. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2 del artículo 3º le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 7, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos,

autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. 4 Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones” 5 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 6 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 7 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).”Auto. No. 013455 Del 01 OCT. 2026 Hoja No. 3 de 4 “Por el cual se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 4 El artículo 36° de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como función de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA), designada mediante Resolución 990 del 23 de mayo de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido,

(ANLA), designada mediante Resolución 990 del 23 de mayo de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo anterior, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Ordenar el archivo del expediente PGE0143-00-2021, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la extinta empresa Fogel Andina S.A.S, con NIT 900.106.873-4, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo mediante publicación en la Gaceta de la ANLA a la extinta empresa Fogel Andina S.A.S. ARTÍCULO TERCERO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO CUARTO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 20118, modificada por la Ley 2080 de 20219.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 01 OCT. 2026 LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ 8 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 9 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Auto. No. 013455 Del 01 OCT. 2026 Hoja No. 4 de 4 “Por el cual se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 4

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

NICOLAS RAMIREZ AVILA

CONTRATISTA

CARMEN LIZETH BOLIVAR MELENDEZ

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

Expediente No. PGE0143-00-2021

Fecha: 30 de septiembre de 2026

Proceso No.: 20265300134555

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

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