ANLA - Resolución 000354 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 000354 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 000354 (05 FEB. 2026) Página 1 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008, del hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las Resoluciones 2930 del 10 de noviembre de 2025 y 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanadas de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, a través del Auto 4252 del 29 de mayo de 2025, inició a nombre de la sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA, identificada con el NIT 830.133.309-2, el trámite administrativo tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA. El citado acto administrativo fue notificado mediante correo electrónico el 29 de
administrativo tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA. El citado acto administrativo fue notificado mediante correo electrónico el 29 de mayo de 2025, quedó ejecutoriado el 30 de dicho mes y año y fue publicado en la Gaceta de esta Autoridad el 03 de junio de esa misma anualidad. Mediante Auto 5839 del 11 de julio de 2025, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA, información adicional con el fin de continuar con el trámite administrativo iniciado mediante Auto 4252 del 29 de mayo de 2025. El anterior Acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 14 de julio de 2025 y quedó ejecutoriado el 29 del mismo mes y año.Resolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 2 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 2 de 28 Por medio de la comunicación con radicado 20256200926122 del 06 de agosto del 2025, la sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA solicitó la ampliación del plazo para hacer entrega de la información adicional requerida en el Auto 5839 del 11 de julio de 2025. Mediante Auto 7555 del 27 de agosto de 2025, esta Autoridad Nacional concedió a la sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA., una prórroga de un mes para presentar la información adicional solicitada en el Auto 5839 del 11 de julio de
Mediante Auto 7555 del 27 de agosto de 2025, esta Autoridad Nacional concedió a la sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA., una prórroga de un mes para presentar la información adicional solicitada en el Auto 5839 del 11 de julio de
2025. Acto administrativo que fue notificado por medio de correo electrónico el 28 de agosto de 2025, quedando ejecutoriado el 29 del mismo mes y anualidad.
A través de la comunicación con radicación 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025, la sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA, presentó ante esta Autoridad Nacional la información adicional requerida mediante el Auto 7555 del 27 de agosto de 2025. CONSIDERACIONES TÉCNICAS El Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, una vez evaluó la información presentada por la sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA, en adelante la solicitante, así como los demás documentos que obran al interior del expediente LAM9857-00, emitió el Concepto Técnico 9207 del 22 de octubre de 2025, del cual se destaca lo siguiente: “(…)
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
La solicitud corresponde a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, para ser utilizado como insecticida agrícola en cultivos de Aguacate y Teca de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. A continuación se expone la información del producto formulado e ingredientes activos grado técnico:
PRODUCTO FORMULADO BLITZ® VPM DP 1%
NOMBRE BLITZ® VPM DP 1%
y Teca de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. A continuación se expone la información del producto formulado e ingredientes activos grado técnico:
PRODUCTO FORMULADO BLITZ® VPM DP 1%
NOMBRE BLITZ® VPM DP 1%
CLASE DE USO Insecticida - Hormiguicida agrícola
TIPO DE FORMULACIÓN Polvo seco – DP COMPOSICIÓN PERMETRINA: 10 g/Kg
DOSIS DE
APLICACIÓN Cultivo Blanco biológico Dosis(g/m2) Número de aplicaciones recomendadasResolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 3 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 3 de 28 Aguacate Hormigas arrieras cortadoras (Atta cephalotes) 10 1 Teca Hormigas arrieras cortadoras (Atta cephalotes) 10 Una (1) aplicación
FORMULADOR Y
PAÍS DE
ORIGEN SYGLA COLOMBIA LTDA, de Colombia Proyecto de rotulado. Certificado de composición. INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PERMETRINA NOMBRE COMÚN (ISO) PERMETRINA NOMBRE QUÍMICO (IUPAC) 3-phenoxyphenyl)- methyl (+)cis-trans-3-(2,2-dicloroethenyl)-2, 2 dimethyl cyclopropane carboxylate
FÓRMULA EMPÍRICA C21H20Cl2O3
NÚMERO CAS 52645-53-1
GRUPO QUÍMICO Piretroide GRADO DE PUREZA 95 % min w/w
IMPUREZAS RELEVANTE
DE INTERES AMBIENTAL No presenta FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN TAGROS CHEMICALS INDIA PRIVATE LIMITED, de India Certificado de composición.
EVALUACIÓN DEL ESTUDIO AMBIENTAL Y DE LA INFORMACIÓN ADICIONAL SOLICITADA MEDIANTE EL AUTO No. 5839 DEL 11 DE JULIO DE 2025
La información allegada por la solicitante mediante radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025, a través del cual se dio respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 5839 del 11 de julio de 2025; para la obtención del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, se evaluó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998, modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con las siguientes observaciones: ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 1 “ARTÍCULO PRIMERO. - La sociedad VECTORS AND PEST MANAGEMENT LTDA, identificada con el NIT 830.133.309-2, en un plazo no mayor a un (1) mes, contado a partir del día hábil siguiente a la ejecutoria del presente Auto, deberá allegar la información adicional aquí solicitada, con el fin de continuar con el trámite administrativo ambiental, tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para
partir del día hábil siguiente a la ejecutoria del presente Auto, deberá allegar la información adicional aquí solicitada, con el fin de continuar con el trámite administrativo ambiental, tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, a partir del ingrediente activo gradoResolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 4 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 4 de 28 técnico PERMETRINA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo, así: “Ajustar y presentar el proyecto de rotulado y el dossier técnico del producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, de manera que en la documentación presentada exista consistencia y concordancia en la denominación del formulador” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025, presentó el proyecto de rotulado y el dossier técnico del producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, donde se indica que el formulador es SYGLA COLOMBIA LTDA de Colombia, lo cual es consistente con los demás documentos soporte al trámite (Certificado de análisis y ficha de datos de seguridad). De acuerdo con lo anterior, la solicitante da cumplimiento a lo requerido en el numeral 1 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 2 “2.Presentar a esta Autoridad copia del instrumento de manejo y control ambiental de la sociedad SYGLA COLOMBIA LTDA, de Colombia, en la que se evidencie que se
ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 2 “2.Presentar a esta Autoridad copia del instrumento de manejo y control ambiental de la sociedad SYGLA COLOMBIA LTDA, de Colombia, en la que se evidencie que se encuentra autorizada para formular el producto BLITZ® VPM DP 1% a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA.” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025, presentó el oficio ANLA 2025350000081 del 03 de enero de 2025, mediante la cual la sociedad SYGLA COLOMBIA LTDA, a través de cambio menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario del instrumento de manejo y control incluyó el producto formulado BLITZ VPM DP 1%, para la actividad de empaque y/o reempaque. De acuerdo con lo anterior, la solicitante da cumplimiento a lo solicitado en el numeral 2 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 3 “3. Ajustar e incluir en el proyecto de rotulado del producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, la siguiente información: 3.1 Frases de advertencia: 3.1.1 “Extremadamente tóxico para organismos acuáticos” 3.1.2 “Respetar las franjas de seguridad con relación a cuerpos de agua” 3.1.3 “No contaminar fuentes de agua” 3.1.4 “Altamente tóxico para abejas” 3.1.5 “Puede matar insectos polinizadores” 3.1.6 “No aplicar este producto en presencia o actividad de insectos polinizadores o en época de floración”Resolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 5 de 28
3.1.6 “No aplicar este producto en presencia o actividad de insectos polinizadores o en época de floración”Resolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 5 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 5 de 28 3.2 Pictogramas de advertencia: 3.2.1 No. 16 “Tóxico para abejas” 3.2.2 No. 17 “No contamine fuentes de agua.” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025 presentó el proyecto de rotulado ajustado para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1%, en el cual se incluyeron las frases de advertencia de “Extremadamente tóxico para organismos acuáticos”, “Respetar las franjas de seguridad con relación a cuerpos de agua”, “No contaminar fuentes de agua”, “Altamente tóxico para abejas”, “Puede matar insectos polinizadores”, “No aplicar este producto en presencia o actividad de insectos polinizadores o en época de floración” y los pictogramas de advertencia No. 17 y 16 indicados en el Manual técnico Andino como “No contamine fuentes de agua” y “Tóxico para abejas” respectivamente. De acuerdo con lo anterior, la solicitante da cumplimiento a lo requerido en el numeral
3 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 4 “4. Presentar el certificado de composición del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, expedido por el fabricante, el cual debe contar con una antigüedad no mayor a dos años.” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025, presentó el certificado de certificado del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA con un valor de pureza de 95 % min w/w y fecha de emisión de noviembre de 2024. De acuerdo con lo anterior, la solicitante da cumplimiento a lo requerido en el numeral 4 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 5 “5. Presentar nuevamente la ficha de datos de seguridad del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, emitida por su respectivo fabricante y en idioma castellano.” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025, presentó la ficha de datos de seguridad para para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, emitida por el fabricante TAGROS CHEMICALS INDIA PRIVATE LIMITED, de India, en idioma español. De acuerdo con lo anterior, la solicitante da cumplimiento a lo solicitado en el numeral 5 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 6Resolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 6 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado
“Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 6 de 28 “6. Presentar nuevamente la Evaluación de Riesgo Ambiental para los componentes ambientales suelo, aguas superficiales y subterráneas, aire, y para las especies de aves, organismos acuáticos, abejas y lombriz de tierra, teniendo en cuenta lo siguiente: 6.1 Presentarla bajo una metodología que esté acorde con el patrón de uso propuesto, el tipo y método de aplicación, y formulación del producto formulado BLITZ® VPM DP 1% (aplicación con bomba insufladora para polvos secos dirigida a las bocas de los hormigueros y tipo de formulación Polvo secoDP). El procedimiento metodológico a desarrollar en la evaluación debe estar soportado mediante un modelo integral que enmarque el uso apropiado de dicha metodología y que sea validado por entidades internacionales reconocidas. 6.2 Argumentar y sustentar técnicamente las vías de transporte del plaguicida y exposición o no de las especies evaluadas. 6.3 Determinar la exposición de los organismos evaluados y caracterizar el riesgo. 6.4 Presentar la descripción técnica del procedimiento metodológico, aportando los respectivos soportes bibliográficos, recursos web u otro medio (CD, USB, archivo o similar) de la metodología seleccionada, con su desarrollo paso a paso. 6.5 Tener en cuenta los escenarios más conservadores y sustentar técnicamente todos los aspectos que sean asumidos por la solicitante para el desarrollo de la metodología seleccionada.
similar) de la metodología seleccionada, con su desarrollo paso a paso. 6.5 Tener en cuenta los escenarios más conservadores y sustentar técnicamente todos los aspectos que sean asumidos por la solicitante para el desarrollo de la metodología seleccionada. 6.6 Presentar cada uno de los cálculos y el desglose de las operaciones matemáticas correspondientes al procedimiento metodológico desarrollado al procedimiento metodológico desarrollado, en caso de ser realizados. 6.7 Anexar la información considerada como sustento técnico y bibliográfico para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, en caso de utilizar sustento agronómico relacionado con los cultivos objeto mediante los cuales se soporte el uso del plaguicida.” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025, presentó la evaluación de riesgo ambiental ajustada tomando como base la metodología establecida en la sección 7 y anexo 7-A del Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. La evaluación de riesgo ambiental - ERA describió la metodología asociada indicando destino y comportamiento ambiental, evaluación de riesgo en aves, organismos acuáticos, en abejas y lombriz de tierra. Si bien la solicitante presentó la ERA, no se desarrolló considerando el modo de aplicación y tipo de formulación asociado al patrón de uso propuesto para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% que corresponde a la aplicación con bomba insufladora para polvos secos dirigida a las bocas de los hormigueros y tipo deResolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 7 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto
insufladora para polvos secos dirigida a las bocas de los hormigueros y tipo deResolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 7 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 7 de 28 formulación Polvo secoDP, escenario bajo el cual debía determinar la exposición de los organismos evaluados y caracterizar el riesgo. Además, no consideró las vías de transporte del plaguicida, ni argumentó, ni sustentó técnicamente si hay o no exposición acorde al patrón de uso. Por tal razón no es posible para el equipo evaluador ambiental establecer si se descarta el riesgo por el uso del producto para aves, organismos acuáticos, abejas y lombriz de tierra. De acuerdo con lo anterior, la solicitante, no da cumplimiento a lo requerido en los subnumerales del numeral 6 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 7 “7. Contemplar y presentar dentro de la Evaluación de Riesgo Ambiental en aire para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, lo siguiente: 7.1 Definir correctamente categorización del potencial de volatilización de acuerdo con la presión de vapor reportada. 7.2 Reportar y usar el valor de oxidación fotoquímica DT50 en aire más restrictiva encontrada en fuentes internacionales. 7.3 Definir la persistencia en aire de acuerdo el valor de degradación fotoquímica oxidativa reportado.” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de
encontrada en fuentes internacionales. 7.3 Definir la persistencia en aire de acuerdo el valor de degradación fotoquímica oxidativa reportado.” La solicitante mediante comunicación con radicado 20256201196732 del 30 de septiembre de 2025 presentó la evaluación del riesgo ambiental para el componente aire, y se reporta que el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA presenta una presión de vapor de 5,18 × 10-8 mm Hg (6,9061 x 10-6 Pa) y un tiempo de vida media en aire de 17 horas a 49 días. Sin embargo, no concluye con relación al potencial de volatilización en aire de acuerdo con la presión de vapor reportada, así como tampoco con relación a la persistencia en aire para el ingrediente activo grado técnico. Ahora bien, teniendo en cuenta que sólo reportó los valores de presión de vapor y oxidación fotoquímica DT 50 del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, se considera que la evaluación de riesgo ambiental en aire se presentó incompleta. De acuerdo con lo anterior, la solicitante, da cumplimiento al subnumeral 7.2 del numeral 7 artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025; de otra parte, no se da cumplimiento a lo requerido en los subnumerales 7.1 y 7.3 del numeral 7 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 8 “8. Contemplar y presentar en la evaluación de riesgo ambiental para aves para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, lo siguiente:Resolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 8 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto
ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, lo siguiente:Resolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 8 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 8 de 28 8.1. Presentar las fuentes bibliográficas de los datos ecotoxicológicos agudos y crónicos utilizados en la evaluación de riesgo ambiental. 8.2. Utilizar el valor de toxicidad crónica más restrictiva reportada en fuentes internacionales en aves para la especie más sensible el Pato (Anas platyrhynchos) en unidades de mg/Kg, considerando el peor escenario.” La solicitante describe la evaluación del riesgo ambiental - ERA para los componentes ambientales suelo, aguas superficiales y subterráneas, aire, y para las especies de aves, organismos acuáticos, abejas y lombriz de tierra, utilizando una máxima dosis de aplicación de producto formulado BLITZ® VPM DP 1% de 15 g/m 2, con una composición del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA de 10 g ia /Kg PF, la cual equivale a 1,50 Kg ia /ha, realizando una (1) aplicación. En la Evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), basada en la dieta de Grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
basada en la dieta de Grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
1,5 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 96,3mg/Kg bw 15500mg/Kg 0,0062 0,1 SI 1,5 Pato Mallard (Anas platyrhynchos) Grass corto 32,1mg/Kg bw 2000mg/Kg 0,016 0,1 NO 1.5 Pato Mallard (Anas platyrhynchos) Grass corto 321mg/Kg 2000mg/Kg 0,16 0,1 SI Teniendo en cuenta los resultados obtenidos, se evidencia riesgo agudo y que no se cumplió con la totalidad de criterios del primer nivel; por tanto, la solicitante continuó realizando la evaluación para el segundo nivel. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 2: Nivel 2 DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
1,5 Pato Mallard (Anas platyrhynchos) Grass corto 32,1 mg/Kg bw 125 mg/Kg 0,25 1,0 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo crónico para la
1,5 Pato Mallard (Anas platyrhynchos) Grass corto 32,1 mg/Kg bw 125 mg/Kg 0,25 1,0 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo crónico para la especie evaluada fue mayor al nivel crítico (RQ crónico <1); por lo cual, la solicitanteResolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 9 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 9 de 28 concluye que no se presenta riesgo crónico en aves y no continuó con en el siguiente nivel de la evaluación. Ahora bien, de acuerdo con lo presentado por la solicitante, el equipo evaluador ambiental tiene las siguientes consideraciones: La solicitante desarrolló la evaluación de riesgo ambiental – ERA en aves para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA mediante la metodología establecida en la sección 7 y anexo 7-A, la cual corresponde a un tipo de aplicación foliar, conforme lo establecido en el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, de acuerdo con el resultado obtenido no se presenta riesgo crónico en aves, y no se continuó con la evaluación. Ahora bien, la ERA en aves no se desarrolló considerando aspectos técnicos como es el patrón de uso, el cual incluye características relacionadas con el tipo de actividad, propiedades, formulación, modo de aplicación, cultivo a usarse, plagas a controlar, dosis de uso y frecuencia de uso recomendado. En tal sentido la ERA, no
es el patrón de uso, el cual incluye características relacionadas con el tipo de actividad, propiedades, formulación, modo de aplicación, cultivo a usarse, plagas a controlar, dosis de uso y frecuencia de uso recomendado. En tal sentido la ERA, no contempló las condiciones propias del patrón de uso del producto formulado BLITZ® VPM DP 1% (aplicación con bomba insufladora para polvos secos dirigida a las bocas de los hormigueros y tipo de formulación Polvo secoDP), dado que, se desarrolló bajo un escenario de aplicación foliar, el cual no es consistente con el escenario de aplicación del producto BLITZ® VPM DP 1%. Así mismo, no se consideraron las vías de transporte del plaguicida y exposición acorde al patrón de uso. Por lo tanto, no es posible para el equipo evaluador ambiental establecer si se descarta el riesgo crónico o no en aves. Adicionalmente, dentro de la información presentada y la metodología de evaluación seleccionada, los cocientes de riesgo – RQ agudos y RQ crónicos no son adimensionales, toda vez que se usó valores de EEC expresadas en mg/Kg bw y los datos toxicológicos se encuentran expresados en unidades de mg/Kg. De acuerdo con lo anterior, si bien la solicitante da cumplimiento a los subnumerales 8.1 y 8.2 del numeral 8 del artículo primero del Auto 5839 del 11 de julio de 2025, la evaluación de riesgo ambiental no se desarrolló correctamente para aves, considerando el modo de aplicación y tipo de formulación asociado al patrón de uso propuesto del producto formulado BLITZ® VPM DP 1%. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 9 9. “Contemplar y presentar en la evaluación de riesgo ambiental en organismos
considerando el modo de aplicación y tipo de formulación asociado al patrón de uso propuesto del producto formulado BLITZ® VPM DP 1%. ARTÍCULO PRIMERO, NUMERAL 9 9. “Contemplar y presentar en la evaluación de riesgo ambiental en organismos acuáticos para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, lo siguiente: 9.1 Usar los valores de toxicidad aguada y crónica en peces e invertebrados más restrictivos reportados en fuentes internacionales, los cuales representan un peor escenario.Resolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 10 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 10 de 28 9.2 Presentar las fuentes bibliográficas de los datos ecotoxicológicos agudos y crónicos utilizados en la evaluación de riesgo ambiental.” La solicitante presentó la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, tomando como especies indicadoras más sensibles en el primer nivel los peces, invertebrados y algas. Se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), utilizando la fórmula A/B del Manual Técnico de la Norma Andina y un porcentaje de escorrentía del 1%. En la siguiente tabla se presenta los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA (mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO)
DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA (mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 1,5 Pez Trucha arcoiris(Oncorhynchus mykiss) 0,075 0,00125 60 0,1 SI 1,5 Pez de agallas azules (Lepomis macrochirus) 0,075 0,00079 94 0,1 SI 1,5 Pulga de agua(Daphnia magna) 0,075 0,000039 1923 0,1 SI 1,5 Alga verde azulada (Pseudokirchneriella subcapitata) 0,075 0,044 1,70 0,1 SI De acuerdo los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA no cumple con la totalidad de criterios del primer nivel; por lo cual, fue necesario continuar la evaluación. En la siguiente tabla se indican datos y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel 2: Nivel 2 DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
CRÓNICA
(mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 1,5 Especies no conocidas de peces 0,0075 0,00012 62,4 1,0 SI
1,5 Pez cebra(Danio rerio) 0,0075 0,000093 80,64 1,0 SI 1,5 Pulga de agua(Daphnia magna) 0,0075 0,000084 89,28 1,0 SI 1,5 Algas especie no conocida 0,0075 0,0009 8,3 1,0 SI De acuerdo con los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA obtuvo resultados de RQ mayores a 1.0, por lo cual, la solicitante concluye que “Por el tipo de formulación del producto y su manera de aplicación dirigida a las bocas de los hormigueros con insufladora, se disminuyeResolución No. 000354 Del 05 FEB. 2026 Hoja No. 11 de 28 “Por la cual se niega el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BLITZ® VPM DP 1% con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA y se toman otras determinaciones” Página 11 de 28 significativamente la afectación a los peces dado que el riesgo por exposición directa del producto a estas especies es bajo. Se debe tener en cuenta dentro del plan de manejo ambiental las medidas ambientales para mitigar este riesgo con el uso del producto. En la etiqueta del producto igualmente se manejaran las frases de advertencia, y pictograma respectivo”. Así mismo presenta dentro del Plan de Manejo Ambiental un programa específico para la no afectación de los organismos acuáticos. Ahora bien, de acuerdo con lo presentado por la solicitante el equipo evaluador ambiental tiene las siguientes consideraciones: La solicitante desarrolla la evaluación de riesgo ambiental – ERA en organismos acuáticos para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, conforme lo
Ahora bien, de acuerdo con lo presentado por la solicitante el equipo evaluador ambiental tiene las siguientes consideraciones: La solicitante desarrolla la evaluación de riesgo ambiental – ERA en organismos acuáticos para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, conforme lo establecido en la Sección 7 del Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, de acuerdo con el resultado se presenta riesgo crónico en organismos acuáticos y no se continuó con la evaluación. En virtud de lo anterior, la solicitante concluye que, por el tipo de formulación del producto y su manera de aplicación dirigida a las bocas de los hormigueros con insufladora, “se disminuye significativamente la afectación a los peces dado que el riesgo por exposición directa del producto a estas especies es bajo” (Negrita fuera de texto). Ahora bien, la ERA en organismos acuáticos no se
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