ANLA - Resolución 000510 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 000510 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 000510 (20 FEB. 2026) Página 1 de 26

POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN

A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE

PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B”

LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales establecidas mediante en el numeral 1 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, artículo segundo y numeral 2 del artículo tercero del Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, numerales 2 y 16 del artículo 2 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024 de la ANLA, el artículo segundo de la Resolución 496 del 16 de abril de 2025 del MADS, y

CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución 638 del 26 de marzo de 2010, el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), en adelante el Ministerio, otorgó licencia ambiental a la Sociedad COLUMBUS ENERGY SUCURSAL COLOMBIA, para el proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B”.

de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), en adelante el Ministerio, otorgó licencia ambiental a la Sociedad COLUMBUS ENERGY SUCURSAL COLOMBIA, para el proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B”. Que a través de la Resolución 0439 del 14 de marzo de 2011, el Ministerio, modificó la Resolución 638 del 26 de marzo de 2010, por la cual se otorgó licencia ambiental a la Sociedad COLUMBUS ENERGY SUCURSAL COLOMBIA, para el proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B”, en el sentido de incluir el permiso de concesión de aguas subterráneas. Que con la expedición de la Resolución 0015 del 19 de octubre de 2011, el Ministerio resolvió el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 0439 del 14 de marzo de 2011, en el sentido de revocar el numeral 1 del artículo segundo de la Resolución 0439 de 2011.Resolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 2 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 2 de 26 Que por medio de la Resolución 409 del 30 de mayo de 2012, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en adelante la Autoridad Nacional, autorizó la

B - SECTOR 1B” Página 2 de 26 Que por medio de la Resolución 409 del 30 de mayo de 2012, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en adelante la Autoridad Nacional, autorizó la cesión de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución 638 del 26 de marzo de 2010, a favor de la Sociedad TABASCO OIL COMPANY LLC., para el proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B”. Que mediante la Resolución 1340 del 21 de junio de 2022, la Autoridad Nacional autorizó, a favor de la sociedad TOC ENERGÍA SUCURSAL COLOMBIA, la cesión total de los derechos y obligaciones derivados de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución 638 del 26 de marzo de 2010; y modificó el nombre del proyecto de “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B” a “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B”. Que mediante la radicación 20256200172802 del 18 de febrero de 2025, la Sociedad TOC ENERGÍA SUCURSAL COLOMBIA, entregó el Informe Cumplimiento Ambiental (ICA) 8, del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B”. Que mediante la radicación 20254705127183 del 26 de marzo de 2025, la Autoridad Nacional realizó el Seguimiento Documental Espacial (SDE), al proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B”, en su fase de abandono y del Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA) 8, del periodo comprendido del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023. Que la Autoridad Nacional realizó control y seguimiento ambiental al proyecto

Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA) 8, del periodo comprendido del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023. Que la Autoridad Nacional realizó control y seguimiento ambiental al proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B” y como resultado se emitió el Concepto Técnico 5592 del 25 de julio de 2025, acogido mediante el Acta 523 del 29 de julio de 2025, en donde se realizaron requerimientos a la Sociedad TOC ENERGÍA SUCURSAL COLOMBIA., consistentes en desarrollar las actividades contempladas dentro de la ficha Compensación para Flora y Fauna e iniciar las actividades de Compensación por cambio de uso del suelo con un área de 7 hectáreas sobre la margen del Caño los Laureles 1 y 2. Que dentro de la evaluación efectuada en el Concepto Técnico 5592 del 25 de julio de 2025, el equipo de la Subdirección de Seguimiento Ambiental de la Autoridad Nacional realizó pronunciamiento relacionado con la presentación y/o inclusión vía seguimiento de una medida adicional en el Plan de Manejo Ambiental (PMA) del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B”.

DE LA COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS

AMBIENTALES (ANLA)Resolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 3 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE

COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 3 de 26 Que el numeral 1 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones” dispuso que en su momento, la competencia para otorgar licencia ambiental a los proyectos relacionados, recaía sobre el entonces Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Mediante Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998, con autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hará parte del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Es del caso señalar que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), acorde con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, es la entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos

Es del caso señalar que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), acorde con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, es la entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País. De acuerdo con la función establecida en el numeral 2 del artículo tercero del citado Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), le corresponde realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El Decreto 1076 de 2015 en su artículo 2.2.2.3.9.1., establece que los proyectos, obras o actividades sujetos a Licencia Ambiental o Plan de Manejo Ambiental, serán objeto de control y seguimiento por parte de las Autoridades Ambientales que otorgaron la Licencia Ambiental. Que el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, modificó la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias ambientales (ANLA). Así las cosas, el artículo segundo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, en su numeral segundo señala que es función del director general la de suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la terminación de las licencias, permisos y trámites ambientales, de conformidad a lo establecido en el numeral 1 del artículo décimo del Decreto ibidem. El artículo primero de la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, modificada

las licencias, permisos y trámites ambientales, de conformidad a lo establecido en el numeral 1 del artículo décimo del Decreto ibidem. El artículo primero de la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, modificada por la Resolución 686 de 14 de abril de 2025, adoptó el Manual Específico deResolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 4 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 4 de 26 Funciones y de Competencias Laborales para los empleados de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), faculta a la Dirección General para firmar el presente acto administrativo. Mediante la Resolución 496 del 16 de abril de 2025, la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible nombró en el empleo de Directora General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) a la Doctora IRENE VÉLEZ TORRES, por tal motivo, es la funcionaria competente para suscribir el presente acto administrativo.

CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE

LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA).

Que el Grupo Norte Orinoquía – Catatumbo, adscrito a la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales de la Autoridad Nacional, realizó control y

LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA).

Que el Grupo Norte Orinoquía – Catatumbo, adscrito a la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales de la Autoridad Nacional, realizó control y seguimiento al proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B”, emitiendo el Concepto Técnico 5592 del 25 de julio de 2025, el cual fue acogido mediante Acta 523 del 29 de julio de 2025, no obstante, las consideraciones relacionadas con la imposición de una medida de manejo ambiental adicional en la ficha 20 “información a comunidades y autoridades locales del programa información y comunicación comunitaria” del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del proyecto en mención, serán objeto de análisis en el presente acto administrativo. Al respecto, el Concepto Técnico 5592 del 25 de julio de 2025, estableció lo siguiente: “(…) ALCANCE El objetivo del presente (…) seguimiento ambiental consiste en verificar los aspectos referentes al proyecto Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B Tipo de Seguimiento Seguimiento con visita presencial + SDE 50152 del 25 de marzo de 2025. Etapa en la que se encuentra el proyecto •Desmantelamiento y abandono (…) DESCRIPCIÓN DEL PROYECTOResolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 5 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE

COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 5 de 26 Objetivo del proyecto El proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B – Sector 1B” tiene como objetivo principal realizar la perforación de dos (2) pozos exploratorios desde una misma plataforma, la cual tendrá un área aproximada de dos hectáreas con unas dimensiones de 125 m x 150 m. Localización El proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B – Sector 1B” se localiza en el departamento de Casanare, en jurisdicción del municipio de Paz de Ariporo, vereda(s) El Porvenir (incluyendo el sector Los Ranchitos), San Luis de Ariporo, Santa Marta y Montañas del Totumo. (…) Estado de avance De acuerdo con la información que se en cuenta en el expediente del LAM4549 y teniendo en cuenta el concepto técnico de seguimiento 8534 del 14 de noviembre de 2024 y la visita guiada realizada los días 14 y 15 de julio de 2025, actualmente el proyecto Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B se encuentra en etapa de desmantelamiento y abandono. El proyecto tenía como objeto la perforación de 2 pozos exploratorios desde una única plataforma. Durante la operación del proyecto se construyó la plataforma multipozo denominada Varablanca, en la cual se realizó la perforación de 1 pozo exploratorio denominado

exploratorios desde una única plataforma. Durante la operación del proyecto se construyó la plataforma multipozo denominada Varablanca, en la cual se realizó la perforación de 1 pozo exploratorio denominado Varablanca-1. Este pozo se encuentra en estado de abandono mecánico, teniendo en cuenta que, una vez fue perforado, se determinó que no era productor, por lo que se procedió con la suspensión de actividades, el desmantelamiento de equipos y el abandono de la plataforma. El pozo presenta la placa de abandono en buenas condiciones, con la información respectiva de la perforación y abandono, la cual fue verificada durante la visita de seguimiento guiada realizada los días 14 y 15 de julio de 2025. Según la placa, el pozo Varablanca-1 inició su perforación en enero de 2011 y finalizó en marzo de 2011, con una profundidad de 8.030 ft. Adicionalmente, desde el mismo anular del pozo Varablanca-1 se realizó la perforación del pozo Pasiflora-1, el cual correspondió a un sidetrack, que utilizó parte del trayecto ya perforado del pozo original. El pozo Pasiflora-1 inició y finalizó su perforación en marzo de 2011, alcanzando una profundidad de 8.080 ft. No se reportó la perforación del segundo pozo autorizado, corroborando durante la visita de campo de seguimiento que no se encontró evidencia alguna de su construcción, el cual inició y finalizó su perforación en marzo de 2011, alcanzando una profundidad de 8.080 ft. (…)Resolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 6 de 26

alguna de su construcción, el cual inició y finalizó su perforación en marzo de 2011, alcanzando una profundidad de 8.080 ft. (…)Resolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 6 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 6 de 26 Tabla. Pozos perforados en el proyecto Coordenadas Magna Sirgas Origen ÚnicoLocación Pozos Este (X) Norte (Y) Fecha de perforación Estado Actual Varablanca-1 Ene - Mar 2011Varablanca 1 Pasiflora-1 5207127,9942 2210640,5707 Mar 2011 Desmantelado y en abandono Fuente: Concepto técnico 6788 del 25 de noviembre de 2019 y actualizado con GeoVisor. En cuanto a la vía acceso, según se reporta en el ICA 8, se encuentra aún en uso teniendo en cuenta el requerimiento efectuado por parte del propietario del predio Los Gabanes de mantener esta infraestructura junto con las alcantarillas para el control de la escorrentía debido a que esta era usada como vía de acceso a su predio, al respecto en el concepto técnico 3450 del 21 de junio de 2021 acogido bajo el Auto 4857 del 30 de junio de 2021 el

ESA indico que:

debido a que esta era usada como vía de acceso a su predio, al respecto en el concepto técnico 3450 del 21 de junio de 2021 acogido bajo el Auto 4857 del 30 de junio de 2021 el ESA indico que: “Así mismo, El ESA de ANLA conceptuó con respecto a la vía de acceso que “De acuerdo con lo informado por la Sociedad en la visita de seguimiento realizada en septiembre y octubre de 2019, por solicitud del dueño del predio Los Gavanes (Sr. Carlos Uribe) la vía no fue desmantelada, dado que el señor Uribe utiliza esta vía para ingresar a su vivienda lo cual fue comunicado a esta Autoridad Nacional mediante radicado 2016076068-1-000 del 18 de noviembre de 2016, donde se anexa una carta del señor Carlos Sánchez solicita desde el año 2011 mantener la vía de acceso, así como sus alcantarillas”. (…) Esta información está asociada al acta presentada por la sociedad en el radicado 2022125207-1-000 el 17 de junio del 2022 que se encuentra fechada del 8 de noviembre de 2015 entre la sociedad y el propietario del predio los Gabanes. Durante la visita de seguimiento se realizó inspección ocular a los procesos de revegetalización, donde se logró identificar una zona con cobertura herbácea asociada a pastos para ganadería. Se evidenció igualmente, debido a que el predio ya fue recibido por parte del propietario el 8 de noviembre de 2015. En cuanto al cumplimiento de las medidas establecidas dentro del Plan de Manejo Ambiental – PMA, en su gran mayoría no aplican debido a que no se encuentran desarrollando actividades operativas, y no existe ningún tipo de infraestructura relacionada

En cuanto al cumplimiento de las medidas establecidas dentro del Plan de Manejo Ambiental – PMA, en su gran mayoría no aplican debido a que no se encuentran desarrollando actividades operativas, y no existe ningún tipo de infraestructura relacionada con procesos de recepción, tratamiento, almacenamiento ni de manejo de fluidos. En cuanto al cumplimiento de las medidas del medio Biótico vigentes, la sociedad no ha presentado avances en las obligaciones establecidas en las fichas, (…)Resolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 7 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 7 de 26 En cuanto al cumplimiento de las medidas socioeconómicas vigentes para esta etapa del proyecto, se mantienen los canales de comunicación abiertos para la recepción de solicitudes por parte de la sociedad a los grupos de interés, a quienes vía comunicación escrita se les ha dado un breve resumen del estado actual del proyecto, no obstante, es de conocimiento de las personas del área de influencia el incumplimiento por parte de la sociedad de la implementación de los planes de compensación asociados al proyecto. A la fecha del presente concepto técnico no se registran en ANLA ni en las autoridades municipales denuncias ambientales relacionadas con el expediente LAM4549 durante este periodo de seguimiento. (…)

CUMPLIMIENTO DE PLANES Y PROGRAMAS

A la fecha del presente concepto técnico no se registran en ANLA ni en las autoridades municipales denuncias ambientales relacionadas con el expediente LAM4549 durante este periodo de seguimiento. (…) CUMPLIMIENTO DE PLANES Y PROGRAMAS Aplicabilidad de las fichas del PMA en el periodo de seguimiento Teniendo en cuenta que el presente seguimiento aplica para el periodo comprendido entre 9 de noviembre de 2024 al 5 de julio de 2025 y que se realiza la verificación de los Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA 8 correspondiente al periodo de enero 1 de 2023 a diciembre 31 de 2023 y remitido ante la Entidad con numero de radicado 20256200172802 del 18 de febrero de 2025, a continuación, se indica la aplicabilidad o no de las fichas del PMA. Tabla. Aplicabilidad fichas PMA en el periodo de seguimiento Código Ficha Nombre Acto Administrativo que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad 1 Manejo y disposición de material sobrantes Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 2 Manejo de taludes Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 3 Manejo paisajístico Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 4 Manejo de áreas de préstamo lateral Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 5 Manejo de materiales de construcción Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 6 Manejo de residuos líquidos Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No De acuerdo con lo reportado por la sociedad en el ICA N° 8 entregado a esta Autoridad Nacional mediante radicado 20256200172802 del 18 de febrero de 2025, y lo verificado en

De acuerdo con lo reportado por la sociedad en el ICA N° 8 entregado a esta Autoridad Nacional mediante radicado 20256200172802 del 18 de febrero de 2025, y lo verificado en la visita de control y seguimiento ambiental realizada por la ANLA los días 16, 17 y 18 de octubre de 2024, y la visita guiada llevada a cabo los días 14 y 15 de julio de 2025, se evidenció que no se están desarrollando labores operativas en el proyecto. Lo cual, adicionalmente se encuentra soportado con la comunicación radicada conResolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 8 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 8 de 26 Código Ficha Nombre Acto Administrativo que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad 7 Manejo de aguas de escorrentía Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 8 Manejo de residuos sólidos y especiales Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 9 Manejo de cruces de cuerpos de agua Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 10 Manejo de la captación Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 11 Manejo de fuentes de emisiones

9 Manejo de cruces de cuerpos de agua Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 10 Manejo de la captación Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 11 Manejo de fuentes de emisiones atmosféricas y ruido Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 12 Proyecto de recuperación de suelos Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No 13 Proyecto de compensación asociado al recurso hídrico Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 No número 20236200007962 del 19 de abril de 2023 ante la ANLA, en la cual la Sociedad informó el inicio de las actividades de desmantelamiento y abandono. En este contexto, las fichas de la 1 a la 13 no son aplicables esto teniendo en cuenta que a la fecha ya se realizó el abandono técnico de los pozos y ambiental de las locaciones y las únicas obligaciones pendientes están relacionadas con las compensaciones ambientales del proyecto.

MEDIO BIOTICO

12 Manejo y remoción de cobertura vegetal y descapote Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO De acuerdo con lo verificado en la información remitida por parte de la Sociedad en el ICA No. 8, reportó que no se llevaron a cabo labores operativas que implicaran efectuar las medidas de la presente ficha de manejo. 13 Manejo de flora Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO De acuerdo con lo verificado en la información remitida por parte de

labores operativas que implicaran efectuar las medidas de la presente ficha de manejo. 13 Manejo de flora Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO De acuerdo con lo verificado en la información remitida por parte de la Sociedad en el ICA No. 8, reportó que no se llevaron a cabo labores operativas que implicaran efectuar las medidas de la presente ficha de manejo. 14 Manejo de fauna Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010

SI N/A

15 Manejo del aprovechamiento forestal Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO De acuerdo con lo verificado en la información remitida por parte de la Sociedad en el ICA No. 8, reportó que no se llevaron a cabo labores operativas que implicaranResolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 9 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 9 de 26 Código Ficha Nombre Acto Administrativo que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad efectuar las medidas de la presente ficha de manejo. 16 Programa de protección y conservación de hábitats Resolución 0638 del 26 de

que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad efectuar las medidas de la presente ficha de manejo. 16 Programa de protección y conservación de hábitats Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO De acuerdo con lo verificado en la información remitida por parte de la Sociedad en el ICA No. 8, reportó que no se llevaron a cabo labores operativas que implicaran efectuar las medidas de la presente ficha de manejo. 17 Programa de revegetalización y reforestación Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 SI N/A 18 Manejo del recurso hidrobiológico Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO De acuerdo con lo verificado en la información remitida por parte de la Sociedad en el ICA No. 8, reportó que no se llevaron a cabo labores operativas que implicaran efectuar las medidas de las presentes fichas de manejo. 19 Compensación Flora y fauna Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 SI N/A

MEDIO SOCIOECONOMICO

20 Información a comunidades y autoridades locales Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010

SI N/A

21 Educación vial a trabajadores y comunidades Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO 22 Reposición de infraestructura afectada Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO Mediante comunicación con radicado No. 20236200007962 del 19 de abril de 2023, la Sociedad informó a esta

infraestructura afectada Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO Mediante comunicación con radicado No. 20236200007962 del 19 de abril de 2023, la Sociedad informó a esta Autoridad el inicio de las actividades de desmantelamiento y abandono del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B”. Desde dicha fecha, no se han desarrollado actividades que generen impactos ambientales o requieran la implementación de medidas de manejo ambiental asociadas a esta ficha. En consecuencia, se considera que para el presente periodo de seguimiento dicha ficha no aplicaResolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 10 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 10 de 26 Código Ficha Nombre Acto Administrativo que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad y, por lo tanto, no será objeto de evaluación en este informe. 23 Contratación mano de obra no calificada Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO La Ley 1636 de 2013 y el Decreto 2852 del mismo año, dispuso el Sistema de Gestión de Empleo y

23 Contratación mano de obra no calificada Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO La Ley 1636 de 2013 y el Decreto 2852 del mismo año, dispuso el Sistema de Gestión de Empleo y el Servicio Público de Empleo como mecanismos para la contratación de mano de obra, por lo que se considera que las medidas de esta ficha están por fuera de las competencias de esta Autoridad para su seguimiento. 24 Adquisición de bienes y servicios Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO Las actividades correspondientes a la adquisición de bienes y servicios son de competencia de Cámara y comercio y a la ANH por lo cual no es competencia de la ANLA. 25 Inducción ambiental al personal vinculado proyecto Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO 26 Apoyo al fortalecimiento de la organización comunitaria Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO 27 Apoyo a la capacidad de gestión institucional Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO Mediante comunicación con radicado No. 20236200007962 del 19 de abril de 2023, la Sociedad informó a esta Autoridad el inicio de las actividades de desmantelamiento y abandono del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Jagüeyes B - Sector 1B”. Desde dicha fecha, no se han desarrollado actividades que generen impactos ambientales o requieran la implementación de medidas de manejo ambiental asociadas a esta ficha. En consecuencia, se considera

Jagüeyes B - Sector 1B”. Desde dicha fecha, no se han desarrollado actividades que generen impactos ambientales o requieran la implementación de medidas de manejo ambiental asociadas a esta ficha. En consecuencia, se considera que para el presente periodo de seguimiento dicha ficha no aplica y, por lo tanto, no será objeto de evaluación en este informe. 28 Arqueología preventiva Resolución 0638 del 26 de marzo de 2010 NO De acuerdo con la Ley 1185 del 12 de marzo de 2008, se fijó la competencia en el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH, para el seguimiento a los programas de arqueología preventiva y losResolución No. 000510 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 11 de 26 POR LA CUAL SE AJUSTA VÍA SEGUIMIENTO LA FICHA 20 “INFORMACIÓN A COMUNIDADES Y AUTORIDADES LOCALES” DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA )DE LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 638 DEL 26 DE MARZO DE 2010, AL PROYECTO “BLOQUE DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA JAGÜEYES B - SECTOR 1B” Página 11 de 26 Código Ficha Nombre Acto Administrativo que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad planes de manejo arqueológico, así como de la ejecución de los planes avalados por la misma entidad. Seguimiento al Plan de Manejo Ambiental La presente verificación se realizará sobre las medidas aplicables para el periodo de seguimiento. (…) Medio Socioeconómico

así como de la ejecución de los planes avalados por la misma entidad. Seguimiento al Plan de M

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