ANLA - Resolución 000646 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 000646 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 000646 (05 MAR. 2026) Página 1 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otras determinaciones” LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de las competencias establecidas en el artículo 2° y el numeral 6 del artículo 52 Ley 99 de 1993, el numeral 2 del artículo tercero del Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, los numerales 1 al 8 del artículo 2.2.2.3.9.1. del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, el numeral 1 del artículo décimo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 2938 de 27 de diciembre de 2024 de la ANLA, la Resolución 496 del 16 de abril de 2025 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 2174 del 22 de septiembre de 2023, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (en adelante esta Autoridad Nacional) otorgó una Licencia Ambiental a la CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S. para el desarrollo del proyecto denominado “Construcción de la Avenida Bicentenario – UF3”, ubicado en jurisdicción de los municipios de Cali y Jamundí en el departamento del Valle del Cauca. Que mediante la comunicación con radicado ANLA 20236200837992 del 07 de noviembre de 2023, la sociedad CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S., presentó una propuesta de ajuste para la ficha PMA-AB-10 – Manejo de Residuos
noviembre de 2023, la sociedad CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S., presentó una propuesta de ajuste para la ficha PMA-AB-10 – Manejo de Residuos líquidos del Plan de Manejo Ambiental. Que mediante la Resolución 27 del 9 de enero de 2024, esta Autoridad Ambiental aclara los subnumerales 2 “Puentes” y 6 “Canales trapezoidales” de la tabla del numeral 1 del artículo segundo de Resolución 2174 del 22 de septiembre de 2023, en relación a las coordenadas de los puntos de inicio y fin para los puentes vehiculares autorizados teniendo en cuenta la información contenida en el Modelo de Almacenamiento Geográfico MAG y de la longitud total señalada para los 75 canales trapezoidales autorizados, respectivamente.Resolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 2 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 2 de 18 Que mediante el Auto 7639 del 13 de septiembre del 13 de septiembre de 2024, esta Autoridad Nacional reconoció como tercero interviniente al señor RAFAEL GILON identificado con cédula de ciudadanía 10590312 de Mercaderes, Cauca, dentro del proyecto denominado “Construcción de la Avenida Bicentenario - UF3”. Que mediante el Acta 127 del 7 de abril de 2025, esta Autoridad Nacional efectuó control y seguimiento ambiental al proyecto, acogiendo el Concepto Técnico 2210 del 07 de abril de 2025, donde se realizaron requerimientos concernientes en presentar los soportes documentales donde se acredite el inicio de la ejecución del plan de compensación, entre otros.
del 07 de abril de 2025, donde se realizaron requerimientos concernientes en presentar los soportes documentales donde se acredite el inicio de la ejecución del plan de compensación, entre otros. Que mediante la Resolución 1144 del 13 de junio de 2025, esta Autoridad Ambiental modificó la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 2174 del 22 de septiembre de 2023 y aclarada mediante Resolución 27 del 9 de enero de 2024, en el sentido de indicar las características del Puente Vehicular autorizado sobre Río Jamundí y de adicionar la autorización de la construcción una obra de protección requerida para la implantación de los estribos del puente sobre el río Jamundí, entre otros. Que mediante Resolución 617 del 3 de marzo de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA aclaró la Resolución 1144 del 13 de junio de 2025, en lo que atañe a sus artículos 2, 8, 11, 13 y 15 de su parte resolutiva. COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA El artículo 2º de la Ley 99 de 1993, dispuso la creación del hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, como el organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables y en el numeral 6 de artículo 52, dispuso la competencia de dicha entidad, para otorgar o negar la licencia ambiental a la ejecución de obras públicas de las redes vial, fluvial y ferroviaria nacionales. En ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f), del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Presidente de la República expidió el
En ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f), del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Presidente de la República expidió el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, por medio del cual creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA a quien le asigna entre otras funciones, la dispuesta en el numeral 2 de artículo tercero, relacionado con el seguimiento de las licencias, permisos y tramites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
A través del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, cuyo objeto es compilar la normativa expedida por el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades reglamentarias conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de 1991, para la cumplidaResolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 3 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 3 de 18 ejecución de las leyes del sector Ambiente. En este sentido, en su numerales 1 al 8 del articulo 2.2.2.3.9.1. dispuso las funciones para adelantar control y seguimiento a los proyectos, obras o actividades sujetos a un instrumento o plan de manejo ambiental para verificar la eficacia y eficiencia de las medidas de manejo, programas de seguimiento y monitoreo, planes de contingencia, desmantelamiento y abandono, inversión forzosa de no menos del 1%, exigir el cumplimiento de las obligaciones ambientales, corroborar el comportamiento de cada uno de sus
de seguimiento y monitoreo, planes de contingencia, desmantelamiento y abandono, inversión forzosa de no menos del 1%, exigir el cumplimiento de las obligaciones ambientales, corroborar el comportamiento de cada uno de sus medios, revisar impactos negativos, verificar cumplimiento permisos, concesiones o autorizaciones ambientales, imponer medidas adicionales, entre otros. Por su parte, de acuerdo con el numeral 1 del artículo décimo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, “por medio del cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales”, dentro de las funciones de la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales se encuentra aquella dirigida a realizar control y seguimiento a los proyectos, obras o actividades que cuentan con un instrumento plan de manejo ambiental, medidas de manejo y dictámenes técnicos, conforme a la normatividad vigente. A su vez, mediante la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, le fue asignada a la directora general la función de suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la terminación de las licencias, permisos y trámites ambientales. Que mediante la Resolución 496 del 16 de abril del 2025 la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible designó en el empleo de director general de Unidad Administrativa Código 015, de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, a la doctora IRENE VÉLEZ TORRES, por tal motivo, es la funcionaria competente para suscribir el presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
ANLA, a la doctora IRENE VÉLEZ TORRES, por tal motivo, es la funcionaria competente para suscribir el presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA, realizó control y seguimiento ambiental al proyecto “Construcción de la Avenida Bicentenario - UF3”, generando el Concepto Técnico 2210 del 07 de abril de 2025 que fue acogido por el Acta 127 del 7 de abril de 2025, donde se analizó la información presentada por la sociedad CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S mediante la comunicación con radicado ANLA 20236200837992 del 07 de noviembre de 2023, en relación a la propuesta de modificación de la ficha PMA-AB-10 – Manejo de Residuos líquidos. El análisis de dicha información fundamenta las decisiones que se adoptarán en el presente acto administrativo, como se detalla a continuación: “Objetivo del proyecto.Resolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 4 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 4 de 18 El proyecto “Construcción de la Avenida Bicentenario - UF3” tiene como objetivo mejorar la conexión vial en los departamentos del Valle del Cauca y Cauca, y mejorar la accesibilidad a los municipios de Cali y Palmira, mediante la construcción de la Avenida Bicentenario, la cual inicia en el municipio de Santiago de Cali en el sector de la Carrera 109 hasta el sector de Bonanza en el municipio de Jamundí. Localización El proyecto se encuentra ubicado en el departamento del Valle del Cauca, municipios de
cual inicia en el municipio de Santiago de Cali en el sector de la Carrera 109 hasta el sector de Bonanza en el municipio de Jamundí. Localización El proyecto se encuentra ubicado en el departamento del Valle del Cauca, municipios de Santiago de Cali y Jamundí en el departamento del Valle del Cauca, tiene una longitud aproximada de 15,64 km. En siguiente imagen, se presenta la localización del proyecto. (Ver Figura 1. Localización del proyecto. Fuente: ÁGIL-ANLA. 28 de febrero de 2025, en el Concepto Técnico 2210 del 07 de abril de 2025). (…) ANÁLISIS DE CUMPLIMIENTO DE ACTOS ADMINISTRATIVOS (…) Resolución 2174 del 22 de septiembre de 2023. “Resolución por la cual se otorga una licencia ambiental y se toman otras determinaciones” Resolución 2174 del 22 de septiembre de 2023 Obligación ARTÍCULO DÉCIMO. La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S., deberá previo al inicio de las actividades, ajustar las siguientes fichas del Plan de Manejo Ambiental, y entregar los soportes de su inclusión en el término máximo de dos (2) meses posteriores a la ejecutoria del presente acto administrativo, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo:
A. MEDIO ABIÓTICO
(…)
10. Incluir una ficha de Manejo de residuos líquidos, en la que se presenten las medidas relacionadas con el adecuado uso de este tipo de residuos que se pueden generar durante las fases del proyecto, el cual debe señalar dentro de las medidas propuestas lo siguiente: Realizar la entrega de agua residual doméstica y no doméstica a un gestor externo autorizado, y presentar en los respectivos Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA:
fases del proyecto, el cual debe señalar dentro de las medidas propuestas lo siguiente: Realizar la entrega de agua residual doméstica y no doméstica a un gestor externo autorizado, y presentar en los respectivos Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA: a) Certificados de recolección y transporte emitido por la empresa respectiva, que indiquen: nombre de empresa que recolectó y transportó las aguas residuales, fechas de entrega, volúmenes de entrega, tipo de agua residual, sitio de recolección y destino de las aguas. b) Actas de recibo, tratamiento y disposición final de las aguas residuales, que incluya: empresa que entrega, fecha, volumen, origen y tipo de agua residual. c)Copia de los permisos y/o licencias vigentes de las respectivas empresas que prestarán el servicio de recolección, transporte y disposición final de las aguas residualesResolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 5 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 5 de 18 Análisis del cumplimiento Revisada la documentación con radicado No 20236200837992 del 07 de noviembre de 2023, la sociedad Rutas del Valle, presentó el ajuste al Plan de Manejo Ambiental del proyecto, dentro de los dos meses posteriores a la ejecutoria de la Resolución 2174 del 22 de septiembre de 2023, para la Ficha AB-10 Manejo de residuos líquidos, se pudo verificar lo siguiente: Ficha AB-10 Manejo de residuos líquidos La ficha AB-10 Manejo de residuos líquidos que propone la CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S., tiene como el objetivo principal de establecer medidas y acciones para controlar y mitigar los impactos generados por los residuos líquidos, domésticos, resultantes de las diferentes
VALLE S.A.S., tiene como el objetivo principal de establecer medidas y acciones para controlar y mitigar los impactos generados por los residuos líquidos, domésticos, resultantes de las diferentes actividades de construcción del proyecto vial de la UF-3. Dentro de las actividades propuestas en esta ficha, se incluyen las siguientes acciones a desarrollar: Manejo y tratamiento de las aguas residuales domésticas e industriales Aguas residuales domésticas - Locaciones provisionales •En las locaciones provisionales y/o frentes de obra activos se contará con la instalación de baños •portátiles. •En cada locación provisional activa se instalará un baño portátil por cada 15 trabajadores. •Deberá contemplarse en cada locación provisional activa la instalación de baños portátiles diferenciados por género. •El mantenimiento de las unidades se deberá realizar como mínimo dos veces por semana o más teniendo en cuenta la frecuencia de uso de los baños portátiles. •Las aguas residuales que se proyectan generar corresponden a aquellas relacionadas a la utilización de los lavamanos ubicados al interior de las unidades de los baños portátiles y de los sanitarios de estas unidades, que se ubicarán en las locaciones provisionales. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S verificará previo al inicio de las obras que el gestor externo que realizará el transporte, tratamiento y disposición final de las aguas. •Las aguas residuales generadas de estas unidades serán recolectadas y manejadas por un gestor autorizado para disposición final. En los Informes de Cumplimiento Ambiental se presentarán los respectivos certificados de disposición final. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S verificará previo al inicio de las obras que el gestor externo que realizará el transporte, tratamiento y disposición final de las
se presentarán los respectivos certificados de disposición final. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S verificará previo al inicio de las obras que el gestor externo que realizará el transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales domésticas procedentes de los frentes de obra, cuente con el respectivo permiso de vertimiento. •La Concesionaria Rutas del Valle S.A.S deberá verificar que las empresas que presten el servicio de disposición de aguas residuales domésticas cuenten con los permisos requeridos para realizar esta actividad, y anexará copia de estos permisos en los Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S, remitirá en el informe de cumplimiento ambiental – ICA los certificados expedidos por parte del Gestor externo, en donde se detallen las unidades sanitarias recibidas para mantenimiento incluyendo los volúmenes de residuos líquidos a ser transportados, tratados y dispuestos acorde a los permisos ambientales remitidos a esta Autoridad. Los certificados de recolección y transporte serán emitido por la empresa respectiva e indicaran lo siguiente: nombre de empresa que recolectó y transportó las aguas residuales, fechas de entrega, volúmenes de entrega, tipo de agua residual, sitio de recolección y destino de las aguas. •Actas de recibo, tratamiento y disposición final de las aguas residuales, que incluya: empresa que entrega, fecha, volumen, origen y tipo de agua residual.Copia de losResolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 6 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 6 de 18 permisos y/o licencias vigentes de las respectivas empresas que prestarán el servicio de
“Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 6 de 18 permisos y/o licencias vigentes de las respectivas empresas que prestarán el servicio de recolección, transporte y disposición final de las aguas residuales. •Finalmente, no se contempla el vertimiento de aguas residuales tratadas a caños o ríos, ni en suelo, solo se generarán las aguas residuales que provienen de los baños portátiles. •Los baños portátiles se ubicarán en zonas alejadas de fuentes hídricas, canales de riego o áreas sensibles, con el fin de evitar que cualquier residuo líquido las contamine. Estas unidades se instalarán dentro de las locaciones provisionales descritas en el capítulo 3 del EIA y que fueron aprobadas en el •No se debe permitir la disposición de ninguna sustancia contaminante en los suelos y/o aguas (aceites usados, combustibles, entre otros). Adicionalmente, en el marco de cumplimiento de los acuerdos concertados entre la ANI y los CCCN San Isidro, El Guabal y Bocas del Palo dentro del proceso de consulta previa llevada a cabo entre marzo y junio de 2019; así como lo concertado con el CCCN Las Dos Aguas de Cascajal dentro del proceso de consulta previa llevada a cabo entre los meses de abril y agosto de 2019, se llevarán a cabo las siguientes actividades: •El concesionario o ejecutor del proyecto garantizará el manejo integral y gestión de los residuos sólidos y líquidos generados durante la ejecución del proyecto, así mismo se establecerá la prohibición de su disposición temporal o permanente en zonas aledañas a fuentes hídricas superficiales. Adicionalmente, se instalarán puntos ecológicos en los frentes de obra.
establecerá la prohibición de su disposición temporal o permanente en zonas aledañas a fuentes hídricas superficiales. Adicionalmente, se instalarán puntos ecológicos en los frentes de obra. Dentro de las metas propuestas se incluye la Ejecución de 100% de las medidas previstas y Manejo adecuado del 100% de las aguas residuales domésticas e industriales, cada una con su correspondiente indicador como se puede observar en la siguiente imagen. Por lo anterior, con las metas e indicadores propuestos es posible establecer la pertinencia del indicador propuesto para realizar su respectivo seguimiento.
METAS INDICADORES
Indicadores de efectividad:
•Ejecución del 100% de las medidas previstas. No. de medidas ejecutadas ____para la gestión de residuos líquidos____ X100 No. de medidas previstas para la gestión de residuos líquidos •Menejo adecuado del 100% de las aguas residueales domésticas e industriales. Vol. y/o caudal de aguas residuales entregadas a terceros _____________con permisos vigentes________ X100 Vol. y/o caudal de aguas residuales generadas Finalmente, verificada la información entregada por la sociedad realiza la inclusión de los literal a, b y c numeral 10 de esta obligación” (…)
OTRAS CONSIDERACIONES
(…) Actualización del PMA La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S, mediante radicado No. No 20236200837992 del 07 de noviembre de 2023 presentó el ajuste al Plan de Manejo Ambiental del proyecto, dentro de los dos meses posteriores a la ejecutoria de la ResoluciónResolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 7 de 18
Ambiental del proyecto, dentro de los dos meses posteriores a la ejecutoria de la ResoluciónResolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 7 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 7 de 18 2174 del 22 de septiembre de 2023, para la Ficha AB-10 Manejo de residuos líquidos, se pudo verificar lo siguiente: FICHA: Ficha AB-10 Manejo de residuos líquidos CONSIDERACIONES: La ficha AB-10 Manejo de residuos líquidos que propone la CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S, tiene como el objetivo principal de establecer medidas y acciones para controlar y mitigar los impactos generados por los residuos líquidos, domésticos, resultantes de las diferentes actividades de construcción del proyecto vial de la UF3. Dentro de las actividades propuestas en esta ficha, se incluyen las siguientes acciones a desarrollar: Manejo y tratamiento de las aguas residuales domésticas e industriales Aguas residuales domésticas - Locaciones provisionales •En las locaciones provisionales y/o frentes de obra activos se contará con la instalación de baños •portátiles. •En cada locación provisional activa se instalará un baño portátil por cada 15 trabajadores. •Deberá contemplarse en cada locación provisional activa la instalación de baños portátiles diferenciados por género. •El mantenimiento de las unidades se deberá realizar como mínimo dos veces por semana o más teniendo en cuenta la frecuencia de uso de los baños portátiles. •Las aguas residuales que se proyectan generar corresponden a aquellas relacionadas a la utilización de los lavamanos ubicados al interior de las unidades de los baños portátiles
o más teniendo en cuenta la frecuencia de uso de los baños portátiles. •Las aguas residuales que se proyectan generar corresponden a aquellas relacionadas a la utilización de los lavamanos ubicados al interior de las unidades de los baños portátiles y de los sanitarios de estas unidades, que se ubicarán en las locaciones provisionales. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S verificará previo al inicio de las obras que el gestor externo que realizará el transporte, tratamiento y disposición final de las aguas. •Las aguas residuales generadas de estas unidades serán recolectadas y manejadas por un gestor autorizado para disposición final. En los Informes de Cumplimiento Ambiental se presentarán los respectivos certificados de disposición final. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S verificará previo al inicio de las obras que el gestor externo que realizará el transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales domésticas procedentes de los frentes de obra, cuente con el respectivo permiso de vertimiento. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S deberá verificar que las empresas que presten el servicio de disposición de aguas residuales domésticas cuenten con los permisos requeridos para realizar esta actividad, y anexará copia de estos permisos en los Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S, remitirá en el informe de cumplimiento ambiental – ICA los certificados expedidos por parte del Gestor externo, en donde se detallen las unidades sanitarias recibidas para mantenimiento incluyendo los volúmenes de residuos líquidos a ser transportados, tratados y dispuestos acorde a los permisos ambientales remitidos a esta Autoridad. Los certificados de recolección y transporte serán
detallen las unidades sanitarias recibidas para mantenimiento incluyendo los volúmenes de residuos líquidos a ser transportados, tratados y dispuestos acorde a los permisos ambientales remitidos a esta Autoridad. Los certificados de recolección y transporte serán emitido por la empresa respectiva e indicaran lo siguiente: nombre de empresa que recolectó y transportó las aguas residuales, fechas de entrega, volúmenes de entrega, tipo de agua residual, sitio de recolección y destino de las aguas. •Actas de recibo, tratamiento y disposición final de las aguas residuales, que incluya: empresa que entrega, fecha, volumen, origen y tipo de agua residual.Copia de losResolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 8 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 8 de 18 permisos y/o licencias vigentes de las respectivas empresas que prestarán el servicio de recolección, transporte y disposición final de las aguas residuales. •Finalmente, no se contempla el vertimiento de aguas residuales tratadas a caños o ríos, ni en suelo, solo se generarán las aguas residuales que provienen de los baños portátiles. •Los baños portátiles se ubicarán en zonas alejadas de fuentes hídricas, canales de riego o áreas sensibles, con el fin de evitar que cualquier residuo líquido las contamine. Estas unidades se instalarán dentro de las locaciones provisionales descritas en el capítulo 3 del EIA y que fueron aprobadas en el •No se debe permitir la disposición de ninguna sustancia contaminante en los suelos y/o aguas (aceites usados, combustibles, entre otros). Adicionalmente, en el marco de cumplimiento de los acuerdos concertados entre la ANI y los
•No se debe permitir la disposición de ninguna sustancia contaminante en los suelos y/o aguas (aceites usados, combustibles, entre otros). Adicionalmente, en el marco de cumplimiento de los acuerdos concertados entre la ANI y los CCCN San Isidro, El Guabal y Bocas del Palo dentro del proceso de consulta previa llevada a cabo entre marzo y junio de 2019; así como lo concertado con el CCCN Las Dos Aguas de Cascajal dentro del proceso de consulta previa llevada a cabo entre los meses de abril y agosto de 2019, se llevarán a cabo las siguientes actividades: •El concesionario o ejecutor del proyecto garantizará el manejo integral y gestión de los residuos sólidos y líquidos generados durante la ejecución del proyecto, así mismo se establecerá la prohibición de su disposición temporal o permanente en zonas aledañas a fuentes hídricas superficiales. Adicionalmente, se instalarán puntos ecológicos en los frentes de obra. Dentro de las metas propuestas se incluye la Ejecución de 100% de las medidas previstas y Manejo adecuado del 100% de las aguas residuales domésticas e industriales, cada una con su correspondiente indicador como se puede observar en la siguiente imagen. Por lo anterior, con las metas e indicadores propuestos es posible establecer la pertinencia del indicador propuesto para realizar su respectivo seguimiento. METAS INDICADORES Indicadores de efectividad •Ejecución del 100% de las medidas previstas No. de medidas ejecutadas ____para la gestión de residuos líquidos____ X100 No. de medidas previstas para la gestión de residuos líquidos •Menejo adecuado del 100% de las aguas residueales domésticas e industriales.
____para la gestión de residuos líquidos____ X100 No. de medidas previstas para la gestión de residuos líquidos •Menejo adecuado del 100% de las aguas residueales domésticas e industriales. Vol. y/o caudal de aguas residuales entregada a terceros _____________con permisos vigentes_________ X100 Vol. y/o caudal de aguas residuales generadas Con las metas e indicadores propuestos es posible establecer la pertinencia del indicador propuesto para realizar su respectivo seguimiento. Finalmente, verificada la información entregada por la sociedad realiza la inclusión de los literal a, b y c numeral 10 de esta obligación:Resolución No. 000646 Del 05 MAR. 2026 Hoja No. 9 de 18 “Por la cual se realiza un ajuste vía seguimiento y se adoptan otrasdeterminaciones” Página 9 de 18
MANEJO DE RESIDUOS LIQUIDOS AB-10
Residuales domésticas procedentes de los frentes de obra, cuenten con el respectivo permiso de vertimiento. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S deberá verificar que las empresas que presten el servicio de disposición de aguas residuales domésticas cuenten con los permisos requeridos para realizar esta actividad, y anexará copia de estos permisos en los informes de cumplimiento ambiental – ICA. •La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S, remitirá en el informe de cumplimiento ambiental – ICA los certificados expedidos por parte del Gestor externo, en donde se desarrollen las unidades sanitarias recibidas para mantenimiento incluyendo los volúmenes de residuos líquidos a ser transportados, tratados y dispuestos acorde a los permisos ambientales remitidos a esta Autoridad. Los
en donde se desarrollen las unidades sanitarias recibidas para mantenimiento incluyendo los volúmenes de residuos líquidos a ser transportados, tratados y dispuestos acorde a los permisos ambientales remitidos a esta Autoridad. Los certificados de recolección y transporte serán emitidos por la empresa respectiva e indicaran lo siguiente: nombre de empresa que recolectó y transporto las aguas residuales, fechas de entrega, volúmenes de entrega, tipo de agua residual, sitio de recolección y destino de las aguas. •Actas de recibo, tratamiento y disposición final de las aguas residuales, que incluya: empresa que entrega, fecha, volumen, origen y tipo de agua residual. •Copia de los permisos y/o licencias vigentes de las respectivas empresas que prestarán el servicio de recolección, transporte y disposición final de las aguas residuales. •Finalmente no se contempla el vertiminiento de aguas residuales tratadas a caños o ríos, ni en suelo, solo se generarán las aguas residuales que provienen de los baños portátiles. •Los baños portátiles se ubicarán en zonas aleadas de fuentes hídricas, canales de riego o áreas sensibles, con el fin de evitar que cualquier residuo liquido las contamine. Estas unidades se instalarán dentro de las locaciones provisionales. En relación con los indicadores propuestos, se considera que son adecuados para verificar el cumplimiento y ejecución de las actividades así como el un registro de las cantidades o volúmenes de manejo de residuos líquidos con la periodicidad propuesta. La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S., presentó la Ficha AB-10 Manejo de Residuos Líquidos siguiendo los lineamientos establecidos en los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
La CONCESIONARIA RUTAS DEL VALLE S.A.S., presentó la Ficha AB-10 Manejo de Residuos Líquidos siguiendo los lineamientos establecidos en los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Por lo tanto, luego de la revisi
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