ANLA - Resolución 000904 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 000904 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 000904 (25 MAR. 2026) Página 1 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 1226 de 2025, modificada por la Resolución 3129 de 2025, 3330 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el Auto 1357 del 27 de febrero de 2026, inició trámite administrativo ambiental de permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, conforme a la solicitud presentada por la UNIVERSIDAD DEL VALLE, con NIT 890399010-6, y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1203, mediante el radicado 20266200175152 del 10 de febrero de 2026, asociado al número VITAL 6400089039901026001. El Auto 1357 del 27 de febrero de 2026, fue notificado a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, el 2 de marzo de 2026, quedando con constancia de ejecutoria y publicación el 3 de marzo de

número VITAL 6400089039901026001. El Auto 1357 del 27 de febrero de 2026, fue notificado a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, el 2 de marzo de 2026, quedando con constancia de ejecutoria y publicación el 3 de marzo de la misma anualidad, en cumplimiento al artículo 70 de la Ley 99 de 19931. La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), adelantó el estudio técnico de la solicitud, emitiendo el Concepto Técnico 2442 del 12 de marzo de 2026, el cual hace parte integral del presente acto administrativo, concluyendo la viabilidad de otorgar a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la 1 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”.Resolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 2 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 2 de 37 diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, en los términos y condiciones que se señalarán en la parte resolutiva del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 2, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y

CONSIDERACIONES JURÍDICAS El artículo 51 del Decreto Ley 2811 de 1974 2, señala que el derecho a usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. El Decreto 1076 de 20153, unificó las normas de carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en su Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.1.3 ibidem, clasificó las Instituciones Nacionales de Investigación, de la siguiente manera: “(…) a) Instituciones de educación superior, b) Colecciones biológicas vigentes registradas en el Registro Único Nacional de Colecciones Biológicas que administra el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt" y “c) Institutos o centros de investigación científica que cuenten con grupos de investigación categorizados ante Colciencias en áreas temáticas asociadas a las actividades de recolección (…)”. El artículo 2.2.2.8.1.4 del Decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el otorgamiento del permiso, en caso de que las actividades de recolección se desarrollen en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un permiso de recolección, encontrándose entre éstas, el permiso marco de recolección.

ambientales. El artículo 2.2.2.8.1.5 ibidem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse un permiso de recolección, encontrándose entre éstas, el permiso marco de recolección. El artículo 2.2.2.8.2.1, del Decreto 1076 de 2015, establece que “Las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso marco de recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución”. El parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada por un permiso marco de recolección vigente. 2 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 3 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.Resolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 3 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 3 de 37 El artículo 2.2.2.8.2.2 del Decreto 1076 de 2015, fija las condiciones que deberán cumplir las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan obtener un permiso marco de recolección.

Página 3 de 37 El artículo 2.2.2.8.2.2 del Decreto 1076 de 2015, fija las condiciones que deberán cumplir las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan obtener un permiso marco de recolección. El artículo 2.2.2.8.2.3 del Decreto en cita, establece los documentos que deben aportarse a la solicitud de permiso marco de recolección. El artículo 2.2.2.8.2.4 del citado Decreto, establece las obligaciones del titular del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. El artículo 2.2.2.8.4.1 del referido Decreto, establece que los investigadores extranjeros que pretendan adelantar actividades de recolección de especímenes con fines de investigación científica no comercial deberán estar vinculados a una Institución Nacional de Investigación que cuente con un permiso marco de recolección o a una institución extranjera que tenga un acuerdo de cooperación vigente con una Institución Nacional de Investigación que cuente con dicho permiso. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), de conformidad con el artículo 2.2.2.8.6.5 del Decreto 1076 de 2015, como estímulo a la investigación científica, no realizará ningún cobro por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento a los permisos de recolección. Teniendo en cuenta que el permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, solicitado por la UNIVERSIDAD DEL VALLE, se va a desarrollar en todo el territorio nacional, es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la competente para otorgar el permiso.

solicitado por la UNIVERSIDAD DEL VALLE, se va a desarrollar en todo el territorio nacional, es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la competente para otorgar el permiso. Dadas las anteriores consideraciones y como resultado de la evaluación efectuada en el Concepto Técnico 2442 del 12 de marzo de 2026, fundamento del presente acto administrativo, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), considera viable otorgar a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, el cual incluye la autorización para la movilización de los especímenes a ser recolectados, en los términos que se indicarán en la parte resolutiva del presente acto administrativo. La UNIVERSIDAD DEL VALLE, como titular del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, deberá dar cumplimiento a las obligaciones contempladas en el artículo 2.2.2.8.2.4. del Decreto 1076 de 2015, tal como se expondrá en la parte resolutiva del presente acto administrativo.Resolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 4 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 4 de 37 De igual manera, la UNIVERSIDAD DEL VALLE, sólo podrá hacer uso del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines

toman otras determinaciones” Página 4 de 37 De igual manera, la UNIVERSIDAD DEL VALLE, sólo podrá hacer uso del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, una vez se encuentre en firme 4 el presente acto administrativo, para lo cual deberá tener en cuenta lo estipulado en el artículo 87 de la Ley 1437 de 20115. Finalmente se advierte a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, que la inobservancia de los términos, condiciones y obligaciones señalados en el presente acto administrativo y demás pronunciamientos emitidos en el expediente RCM0002-00-2026, podrá dar lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 6, modificada por la Ley 2387 de 20247. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y, en su artículo 2, señala que es la encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País. El numeral 1 del artículo 3º del Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y

Desarrollo Sostenible, de conformidad con la Ley y los reglamentos. El numeral 1 del artículo 11º del Decreto 376 de 2020 8, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividades de su competencia. La Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el numeral 2 del artículo 8° de la Resolución 1226 de 2025, modificada por la Resolución 3129 de 2025, delegó en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites 4 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Radicación número: 9453, Ref.: 25000-23-24-000-8635-01, Santafé de Bogotá, D. C., noviembre 19 de 1999, consejero ponente: Daniel Manrique Guzmán. “(…) El fenómeno procesal de la firmeza implica en principio, que la decisión se torna incuestionable en sede administrativa, lo que a su vez conlleva su ejecutoriedad. Y acaece, para este caso, ante la ocurrencia de cualquiera de dos condiciones: El transcurso del plazo sin mediar la interposición del recurso, o la notificación de la providencia definitoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 numerales 2° y 3° del Código Contencioso Administrativo. (…)”

5 “Los actos administrativos quedarán en firme: 1. Cuando contra ellos no proceda ningún recurso, desde el día siguiente al de su notificación, comunicación o publicación según el caso. 2. Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos. 3. Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos. 4. Desde el día siguiente al de la notificación de la aceptación del desistimiento de los recursos.

5. Desde el día siguiente al de la protocolización a que alude el artículo 85 para el silencio administrativo positivo”. 6 Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones 7 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones.”

8 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”.Resolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 5 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 5 de 37 Ambientales, la función de otorgar o negar los permisos de recolección y de investigación de diversidad biológica. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Otorgar a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, con NIT 890399010-6, y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1203, permiso marco de

En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Otorgar a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, con NIT 890399010-6, y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1203, permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, a nivel nacional, el cual incluye la autorización para la movilización de los especímenes a ser recolectados y deberá ser desarrollado conforme a las obligaciones establecidas en el Concepto Técnico 2442 del 12 de marzo de 2026 y en el presente acto administrativo. PARÁGRAFO PRIMERO. El permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial que se otorga, tendrá una vigencia de diez (10) años no prorrogables, contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo. PARÁGRAFO SEGUNDO. La UNIVERSIDAD DEL VALLE, sólo podrá hacer uso del permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, una vez se encuentre en firme el presente acto administrativo, en concordancia con el artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo enunciado en la parte considerativa del presente proveído. ARTÍCULO SEGUNDO. El permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, ampara todas las actividades de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, que sean realizadas para adelantar proyectos de investigación

silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, ampara todas las actividades de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, que sean realizadas para adelantar proyectos de investigación científica no comercial dentro del territorio nacional, bajo los programas académicos, líneas de investigación, grupos de investigación e investigadores responsables que aparecen en las siguientes tablas, relacionados por la UNIVERSIDAD DEL VALLE, en el formato de solicitud de permiso marco de recolección. Tabla 1. Programas académicos autorizados en el permiso marco de recolección

PROGRAMAS ACADEMICOS

Nombre del Programa Académico No. Aprobación Min. Educación (SNIES) Biología 592 Doctorado en Ciencias Biomédicas 670 Tabla 2. Líneas y grupos de Investigación autorizados en el permiso marco de recolecciónResolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 6 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 6 de 37 Programas Académicos, Líneas y Grupos de Investigación Programa Académico Línea de Investigación Grupo de Investigación Código Colciencias Descripción Biología -Bioacústica -Ecología urbana -Ornitología -Biotecnología vegetal Ecología de agroecosistemas y hábitats naturales

(GEAHNA)

COL0089397 El grupo de investigación Ecología de Agroecosistemas y Hábitats Naturales (GEAHNA) realiza actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con el propósito exclusivo de apoyar estudios científicos orientados a comprender

El grupo de investigación Ecología de Agroecosistemas y Hábitats Naturales (GEAHNA) realiza actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con el propósito exclusivo de apoyar estudios científicos orientados a comprender la estructura, composición y funcionamiento de los ecosistemas naturales y agroecosistemas. Estas actividades incluyen la obtención de muestras biológicas necesarias para la identificación taxonómica, el análisis de diversidad y la evaluación de interacciones ecológicas entre especies y su entorno. La recolección se efectúa siguiendo protocolos técnicos y éticos que aseguran la mínima afectación de los individuos y de sus hábitats, sin que ello implique el acceso a los recursos genéticos de los especímenes recolectados. Biología -Control de Insectos -Ecología de Insectos -Taxonomía de Insectos Grupo de Investigaciones Entomológicas COL0008826 El Grupo de Investigaciones Entomológicas desarrolla actividades de recolección de especímenes de especies silvestres enfocadas en el estudio científico de diversos grupos biológicos, principalmente insectos, arácnidos, miriápodos y crustáceos terrestres, de relevancia ecológica, agrícola, médica y sanitaria. Estas actividades tienen como finalidad obtener material biológico que permita la identificación taxonómica, el análisis de la diversidad, la evaluación de la distribución y la comprensión de las relaciones ecológicas y evolutivas entre las especies y sus hábitats. La recolección se realiza mediante métodos técnicos controlados y éticamente responsables, procurando minimizar el impacto sobre las poblaciones naturales

comprensión de las relaciones ecológicas y evolutivas entre las especies y sus hábitats. La recolección se realiza mediante métodos técnicos controlados y éticamente responsables, procurando minimizar el impacto sobre las poblaciones naturales y el entorno, y no implica el acceso a los recursos genéticos de los especímenes recolectados. Biología -Biodiversidad, Evolución y Sistemática Animal -Filogeografía -Divulgación Científica -Ecología y Evolución Animal -Ecología Pelágica -Ecología Urbana -Modelación Ecológica -Procesos biogeográficos y macroecológicos Ecología Animal COL0037677 Las actividades de recolección del grupo de investigación Ecología Animal están orientadas a la obtención de especímenes de fauna silvestre con fines exclusivamente científicos. Estas actividades buscan recolectar, registrar y analizar organismos representativos de diversos ecosistemas, con el propósito de estudiar su ecología, evolución y sistemática, como también aspectos del comportamiento, distribución, relaciones tróficas y variabilidad y estructura demográfica y poblacional. La recolección se realiza bajo criterios técnicos y éticos, empleando métodos que maximizan el bienestar animal y la recolección responsable. El material biológico obtenido se destina a procesos de identificación, análisis ecológicos y secuenciación de ADN con fines de investigación básica, preservándolo como especímenes de referencia en colecciones científicas institucionales. Las actividades no incluyen fines industriales, comerciales ni de bioprospección, y no implican elResolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 7 de 37

colecciones científicas institucionales. Las actividades no incluyen fines industriales, comerciales ni de bioprospección, y no implican elResolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 7 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 7 de 37 Programas Académicos, Líneas y Grupos de Investigación Programa Académico Línea de Investigación Grupo de Investigación Código Colciencias Descripción -Macroevolución -Recursos Hidrobiológicos -Herpetología -Paisajes Sonoros -Especies exóticas -Atropellamiento y colisiones de Fauna silvestre en carreteras y unidades habitacionales. -Monitoreo de la Biodiversidad con sensores remotos -Ecología de Anfibios -Ecología de Reptiles acceso a los recursos genéticos de los especímenes recolectados. Biología -Bioerosión en arrecifes coralinos -Demografía y ecología reproductiva de corales -Ecología de comunidades arrecifales -Ecología de comunidades y poblaciones de peces en arrecifes coralinos -Ecología molecular de organismos arrecifales -Factores físicos, entorno oceanográfico y perturbaciones naturales en arrecifes coralinos -Historia de vida temprana, macroecología y biogeografía de peces arrecifales -Reclutamiento coralino -Restauración ecológica Ecología de Arrecifes Coralinos COL0022529

coralinos -Historia de vida temprana, macroecología y biogeografía de peces arrecifales -Reclutamiento coralino -Restauración ecológica Ecología de Arrecifes Coralinos COL0022529 El grupo de investigación desarrolla actividades de recolección de especímenes de especies silvestres asociadas a ecosistemas marinos y costeros, particularmente en ambientes de arrecifes coralinos. Estas actividades se realizan con el propósito exclusivo de obtener información científica para el estudio de la ecología, estructura y dinámica de las comunidades biológicas presentes en estos ecosistemas. La recolección incluye la obtención de muestras biológicas necesarias para la identificación taxonómica, evaluación de abundancia, distribución y relaciones ecológicas entre las especies. Todas las actividades se ejecutan bajo criterios éticos y técnicos que minimizan el impacto sobre los organismos y su entorno, y no implican el acceso a los recursos genéticos de los especímenes recolectados.Resolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 8 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 8 de 37 Programas Académicos, Líneas y Grupos de Investigación Programa Académico Línea de Investigación Grupo de Investigación Código Colciencias Descripción Biología -Biología reproductiva de plantas -Dinámica de poblaciones y comunidades de plantas y hongos -Ecología y fisiología de

Académico Línea de Investigación Grupo de Investigación Código Colciencias Descripción Biología -Biología reproductiva de plantas -Dinámica de poblaciones y comunidades de plantas y hongos -Ecología y fisiología de semillas y plántulas -Sistemática de plantas y hongos Ecología y Diversidad Vegetal COL0129705 El Grupo de Investigación en Ecología y Diversidad Vegetal realiza actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con el propósito exclusivo de apoyar estudios científicos sobre la estructura, composición, diversidad y dinámica de comunidades vegetales en distintos ecosistemas. Estas actividades comprenden la recolección de material biológico perteneciente a diversos grupos de plantas y hongos, incluyendo angiospermas, gimnospermas, helechos, briófitas, líquenes y hongos, con el fin de realizar identificación taxonómica, análisis florísticos, análisis filogenéticos y evolutivos, estudios fisiológicos, estudios etnobiológicos y evaluaciones ecológicas de las especies y sus hábitats. La recolección se desarrolla bajo protocolos técnicos y éticos, procurando minimizar el impacto sobre las poblaciones naturales y los ecosistemas, y no implica el acceso a los recursos genéticos de los especímenes recolectados. Biología -Ecología y genética de poblaciones naturales -Estudios de biodiversidad y conservación -Biología molecular aplicada a la ecología -Genética ecológica y evolutiva Grupo de Estudios Ecogeneticos y de Biología Molecular COL0000013

poblaciones naturales -Estudios de biodiversidad y conservación -Biología molecular aplicada a la ecología -Genética ecológica y evolutiva Grupo de Estudios Ecogeneticos y de Biología Molecular COL0000013 El grupo de investigación Estudios Ecogenéticos y de Biología Molecular realiza actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con el propósito exclusivo de desarrollar investigaciones científicas orientadas al estudio de la diversidad biológica, ecología y genética de poblaciones naturales. Estas actividades comprenden la colecta y registro de muestras biológicas pertenecientes a distintos grupos de organismos, principalmente plantas, animales y microorganismos de interés ecológico y genético. La recolección se efectúa con el fin de analizar características morfológicas, fisiológicas y moleculares que contribuyan a la comprensión de procesos ecológicos y evolutivos. Todas las acciones se desarrollan con fines académicos y científicos, sin implicar acceso a los recursos genéticos de los especímenes recolectados ni perseguir objetivos industriales, comerciales o de bioprospección. Biología -Biotecnología -Fermentación líquida y sólida -Identificación y uso sostenible de la biodiversidad -Microbiología aplicada -Microencapsulados microbianos y de compuestos bioactivos Microbiología y Biotecnología Aplicada (MIBIA) COL0075112 El grupo de investigación Microbiología y Biotecnología Aplicada (MIBIA) realiza actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con el propósito exclusivo de desarrollar investigaciones científicas en el campo de la

COL0075112 El grupo de investigación Microbiología y Biotecnología Aplicada (MIBIA) realiza actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con el propósito exclusivo de desarrollar investigaciones científicas en el campo de la microbiología y la biotecnología. Estas actividades se enfocan en la obtención de muestras biológicas representativas de microorganismos, incluyendo bacterias, hongos, levaduras y otros microrganismos de interés ambiental o biotecnológico. La recolección se realiza en diferentes ambientes naturales con el fin de aislar, caracterizar y estudiar las propiedades fisiológicas, bioquímicas y ecológicas de estos organismos. Todas las actividades se desarrollan conResolución No. 000904 Del 25 MAR. 2026 Hoja No. 9 de 37 “Por la cual se otorga un permiso marco de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial y se toman otras determinaciones” Página 9 de 37 Programas Académicos, Líneas y Grupos de Investigación Programa Académico Línea de Investigación Grupo de Investigación Código Colciencias Descripción fines estrictamente académicos y científicos, sin que impliquen acceso a los recursos genéticos de los especímenes recolectados ni se orienten hacia usos industriales, comerciales o de bioprospección. Biología -Descripción y caracterización de las comunidades de organismos marinos asociados a los ecosistemas rocosos intermareales y submareales someros -Determinación de la biodiversidad de los ecosistemas rocosos intermareales y

comunidades de organismos marinos asociados a los ecosistemas rocosos intermareales y submareales someros -Determinación de la biodiversidad de los ecosistemas rocosos intermareales y submareales someros -Estudio de la dinámica poblacional (espacial y temporal) de las principales especies de organismos marinos asociados a los ecosistemas rocosos -Estudio de los procesos que afectan a los ecosistemas rocosos intermareales y submareales someros (e.g. bioerosión, contaminación, cambio climático global) Grupo de Investigación en Ecosistemas Rocosos Intermareales y submareales someros - Lithos COL0155259 El grupo de investigación Ecosistemas Rocosos Intermareales y Submareales Someros – LITHOS realiza actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con fines exclusivamente científicos, orientadas al estudio de la estructura, dinámica y biodiversidad de los ecosistemas marinos y costeros. Estas actividades comprenden la colecta, registro y análisis de organismos pertenecientes a diferentes grupos biológicos marinos, tales como algas, invertebrados bentónicos y peces asociados a ambientes intermareales y submareales someros. La recolección se efectúa con el propósito de caracterizar la composición biológica, evaluar la diversidad y comprender las interacciones ecológicas presentes en estos ecosistemas. Todas las acciones se desarrollan con fines estrictamente académicos y de investigación científica, sin implicar acceso a los

caracterizar la composición biológica, evaluar la diversidad y comprender las interacciones ecológicas presentes en estos ecosistemas

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