ANLA - Resolución 001134 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001134 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001134 (15 ABR. 2026) Página 1 de 48 “Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008, del hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las Resoluciones 2930 del 10 de noviembre de 2025 y 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanadas de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: Mediante el Auto 10755 del 2 de diciembre de 2025, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, inició a nombre de la sociedad PROTEKTING PHYTOSANITARY COLOMBIA S.A.S., identificada con el NIT. 901.448.652-4, el trámite administrativo ambiental para la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 3 de diciembre
para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 3 de diciembre de 2025, quedando ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad, el 4 de diciembre de 2025. A través del Auto 676 del 6 de febrero de 2026, esta Autoridad Nacional, requirió a la sociedad PROTEKTING PHYTOSANITARY COLOMBIA S.A.S., información adicional con el fin de continuar con el trámite administrativo iniciado mediante el Auto 10755 del 2 de diciembre de 2025. El anterior acto administrativo fue notificado mediante correo electrónico el 9 de febrero de 2026, y quedó ejecutoriado el 24 de febrero de la misma anualidad.Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 48 Mediante comunicación con radicación 20266200283732 del 4 de marzo de 2026, la sociedad PROTEKTING PHYTOSANITARY COLOMBIA S.A.S., presentó la información adicional solicitada en el Auto 676 del 6 de febrero de 2026. CUESTIÓN PREVIA Previo al pronunciamiento de fondo objeto del trámite iniciado por medio del Auto 10755 del 2 de diciembre de 2025, se advierte la necesidad de aclarar el Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026. Lo anterior, se hace en virtud de lo dispuesto
10755 del 2 de diciembre de 2025, se advierte la necesidad de aclarar el Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026. Lo anterior, se hace en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011, el cual señala que la autoridad, en cualquier momento, previo a la expedición del acto, podrá corregir las irregularidades que se presenten en la actuación administrativa 1 y lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1437 de 20112. En este sentido, una vez revisado el Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026, así como la información técnica y documental obrante en el expediente, se evidenciaron algunas inconsistencias de carácter formal en determinados apartados del referido insumo técnico, relacionadas con errores de transcripción, y precisiones metodológicas que requieren ser aclaradas, sin que ello implique modificación del análisis técnico efectuado ni del sentido material de la evaluación adelantada por esta Autoridad Nacional. Ahora bien, al revisar el Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026, se identificó una inconsistencia de carácter formal en el numeral 3.3.5 “Evaluación de riesgo ambiental en aves”, específicamente en la tabla correspondiente al Nivel 2 – Refinado, toda vez que en dicho apartado se indicó como especie evaluada la Codorniz de Virginia (Colinus virginianus). Por tal razón, se procedió a consultar con el equipo técnico evaluador quienes revisaron la Evaluación de Riesgo Ambiental para el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, presentado mediante radicación 20256201468542 del 25 de noviembre de 2025, específicamente de las tablas 22 y 28 del numeral 3.2.1, se
IMIDACLOPRID, presentado mediante radicación 20256201468542 del 25 de noviembre de 2025, específicamente de las tablas 22 y 28 del numeral 3.2.1, se evidenció que los valores de toxicidad crónica utilizados para el segundo nivel refinado corresponden a la Codorniz japonesa (Coturnix japonica). 1 “ARTÍCULO 41. Corrección de irregularidades en la actuación administrativa. La autoridad, en cualquier momento anterior a la expedición del acto, de oficio o a petición de parte, corregirá las irregularidades que se hayan presentado en la actuación administrativa para ajustarla a derecho, y adoptará las medidas necesarias para concluirla.” 2 “Artículo 3o. Principios. Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales. (…)
11. En virtud del principio de eficacia, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho
material objeto de la actuación administrativa. (…)”Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 48 Como se observa, existe una diferencia en la información consignada con la
IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 48 Como se observa, existe una diferencia en la información consignada con la establecida en la Evaluación de Riesgo Ambiental para el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, quienes indicaron que el segundo nivel de evaluación refinado se realizó con base en la Codorniz japonesa (Coturnix japonica). En consecuencia, se aclara que el numeral 3.3.5 del Concepto Técnico No. 3123 del 26 de marzo de 2026 debe entenderse en el sentido de que la especie evaluada para el Nivel 2 – Refinado fue la Codorniz japonesa (Coturnix japonica) y el Pato silvestre (Anas plathyrhynchos), el cual quedará así: Nivel 2 – Refinado. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRITICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,105 Codorniz japonesa (Coturnix japónica) Dieta mixta 2,28 mg/Kg pc NOEC = 3,1 mg/Kg de pc 0,73 1,0 NO 0,105 Pato silvestre (Anas plathyrhynchos) Grass corto 0,68mg/Kg pc NOEC = 11,7 mg/Kg de pc 0,05 1,0 NO Ahora bien, una vez revisado el Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026, se identificó un error formal de transcripción en el numeral 4.4.6 “Para organismos
Ahora bien, una vez revisado el Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026, se identificó un error formal de transcripción en el numeral 4.4.6 “Para organismos acuáticos”, en el cual se indicó textualmente lo siguiente: “Para organismos acuáticos, el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID se clasifica entre ligeramente tóxico a moderadamente tóxico. La ERA se realizó por la metodología EPA utilizando la fórmula A/B del Manual Técnico Andino, para una escorrentía del 5%. De los resultados de RQ obtenidos se evidencia que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID presenta riesgo agudo para organismos acuáticos, ya que superan el nivel crítico 0,1 y debido a que no cumple con la totalidad de los criterios establecidos para el primer nivel, se desarrolló el segundo nivel Con base en lo anterior, el EEA SELA considera que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID no presenta riesgo crónico en organismos acuáticos. De la misma manera, la solicitante presentó el programa específico para organismos acuáticos, al interior del Plan de Manejo Ambiental”Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 48 El error anterior fue identificado por cuanto, en el numeral 3.3.6 “Evaluación de riesgo ambiental en Organismos acuáticos” del mismo Concepto Técnico, se
IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 48 El error anterior fue identificado por cuanto, en el numeral 3.3.6 “Evaluación de riesgo ambiental en Organismos acuáticos” del mismo Concepto Técnico, se estableció expresamente que, con base en los resultados consignados en las tablas correspondientes al primer nivel de evaluación, el cociente de riesgo (RQ) agudo no supera el valor límite de 0,1 y, en consecuencia no genera riego agudo en organismos acuáticos por cumplir con los criterios de evaluación para el primer nivel. En consecuencia, se consultó con el equipo técnico evaluado, quienes indicaron que la evaluación de riesgo ambiental en organismos acuáticos no genera riesgo agudo y por tanto no fue necesario pasar al nivel II ni se presentó un programa específico. En tal sentido, el numeral 4.4.6 quedará de la siguiente manera de conformidad con el análisis técnico realizado por el referenciado equipo: “Para organismos acuáticos, el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID se clasifica entre ligeramente tóxico a moderadamente tóxico. La ERA se realizó por la metodología EPA utilizando la fórmula A/B del Manual Técnico Andino, para una escorrentía del 5%. De los resultados de RQ obtenidos el EEA SELA considera que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID no presenta riesgo agudo en organismos acuáticos y no es necesario continuar con el siguiente nivel de evaluación, de acuerdo con los lineamientos del Manual Técnico Andino.” Por otra parte se evidencio que en el numeral 4.4.7 “Para abejas” del acápite de consideraciones del Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026 se estableció
con los lineamientos del Manual Técnico Andino.” Por otra parte se evidencio que en el numeral 4.4.7 “Para abejas” del acápite de consideraciones del Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026 se estableció que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID para esta especie se considera altamente tóxico por lo cual deberá incluir en la etiqueta a del producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC las siguientes Frases de advertencia: “Altamente tóxico para abejas”; “Puede matar abejas e insectos polinizadores”; “No aplicar en presencia de abejas o insectos polinizadores”, “No aplicar en época de floración del cultivo”; “No aplicar en horas de alta actividad de abejas” y el Pictograma de precaución: No. 16. “Tóxico para abejas”, de acuerdo con los lineamientos del Manual Técnico Andino. Sin embargo, en el numeral 5.11 del resultado de la evaluación del citado concepto técnico se indicó que la referenciada sociedad deberá “presentar en el primer informe de cumplimiento Ambiental, la etiqueta del producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, aprobada por la Autoridad Nacional Competente, (Instituto Colombiano Agropecuario)”. Se observa entonces, que el resultado de la evaluación no tiene relación con la motivación. Por lo cual se realizó consulta con el equipo técnico quienes indicaron que la citada sociedad deberá incluir las frases de advertencia y el pictograma de precaución señalados en el numeral 4.4.7.Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado
precaución señalados en el numeral 4.4.7.Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 48 En ese orden, se procederá a aclarar el numeral 5.11 del Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026 en el sentido de incluir las referenciadas frases de advertencia, pictograma de precaución y así se consignará en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Por último, en el numeral 4.5.5.1.2.2 (acciones de divulgación de información) de consideraciones técnicas para abejas y 5.2.2.1.2.2 (acciones de divulgación de información) del resultado de la evaluación se indicó dentro de las “recomendaciones de uso para prevenir afectación en abejas y otros insectos polinizadores” que se deberá identificar a los apicultores y colmenas cercanas en un radio de 2,5 km del área de aplicación del producto. Sin embargo, se elevó consulta con el equipo técnico quienes indicaron que el radio de identificación de apicultores y colmenas cercanas corresponde a 3 km, en virtud del principio de coherencia y mantener uniformidad con los aspectos a evaluar en el formato de verificación de visitas de seguimiento en donde se consignó de igual forma, que el radio de identificación corresponde a 3 km. Por lo cual, se aclara que el radio de identificación de apicultores y colmenas cercanas al área de aplicación del producto dentro de la Hoja Informativa en las
forma, que el radio de identificación corresponde a 3 km. Por lo cual, se aclara que el radio de identificación de apicultores y colmenas cercanas al área de aplicación del producto dentro de la Hoja Informativa en las acciones de divulgación de información correspondiente a los numerales 4.5.5.1.2.2 (acciones de divulgación de información) de consideraciones técnicas para abejas y 5.2.2.1.2.2 (acciones de divulgación de información) del resultado de la evaluación es de 3 km y así se consignará en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Por lo expuesto, se precisa que los yerros advertidos corresponden a aspectos meramente formales, los cuales serán corregidos mediante el presente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 41 de la Ley 1437 de 2011, precisándose que dicho ajuste se verá reflejado en la parte resolutiva del presente acto administrativo. CONSIDERACIONES TÉCNICAS Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad PROTEKTING PHYTOSANITARY COLOMBIA S.A.S., en adelante la solicitante, y de aquella que reposa en el expediente LAM10124-00, el Grupo Técnico de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 3123 del 26 de marzo de 2026, en el cual, señaló lo siguiente: “(…)Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado
“(…)Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 48 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud tiene como objeto la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, para ser utilizado como insecticida de uso agrícola en el cultivo de pastos y arroz, según el proyecto de rotulado y los protocolos de ensayos de eficacia. A continuación, se expone la información del producto formulado e ingrediente activo grado técnico.
PRODUCTO FORMULADO IMIDAPROTEKT 350 SC NOMBRE IMIDAPROTEKT 350 SC COMPOSICIÓN IMIDACLOPRID: 350 g/L CLASE DE USO Insecticida de uso agrícola
TIPO DE
FORMULACIÓN SUSPENSIÓN CONCENTRADA – SC DOSIS DE APLICACIÓN Cultivo Blanco biológico Dosis (L/ha) Número de aplicaciones Pastos Chinches de los pastos(Collaira scenica) 0,05 -0,15 2 Arroz Sogata(Tagozodes oryzicola) 0,05 -0,15 2
FABRICANTE Y PAÍS DE
ORIGEN
•PROTEKTING PHYTOSANITARY, S.L de España.
•SHANDONG UNITED PESTICIDE INDUSTRY CO., LTD de China, Proyecto de rotulado Certificado de composición Producto formulado.
INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO IMIDACLOPRID
•SHANDONG UNITED PESTICIDE INDUSTRY CO., LTD de China, Proyecto de rotulado Certificado de composición Producto formulado. INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO IMIDACLOPRID NOMBRE COMÚN (ISO) IMIDACLOPRID NOMBRE QUÍMICO (IUPAC) (E)-1-(6-chloro-3-pyridylmethyl)-N-nitroimidazolidin-2-ylideneamine
FÓRMULA EMPÍRICA C9H10ClN5O2
NÚMERO CAS 138261-41-3
GRUPO QUÍMICO Neonicotinoides GRADO DE PUREZA 97,5% min ISÓMEROS Ey ZIMPUREZAS RELEVANTES No presenta impurezas relevantes
FABRICANTE Y PAÍS DE
ORIGEN
SHANDONG UNITED PESTICIDE INDUSTRY CO., LTD de China. Dossier Ingrediente activo Certificado de composición ingrediente activo. EVALUACIÓN AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998,Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 7 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 48 modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y la Resolución 2075 del 02 de agosto de 2019 por la cual se adopta el Manual Técnico
Página 7 de 48 modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y la Resolución 2075 del 02 de agosto de 2019 por la cual se adopta el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con las siguientes consideraciones: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO IMIDACLOPRID Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Polvo cristalino incoloro a color crema con olor característico leve. PUNTO DE FUSIÓN 144°C PUNTO DE EBULLICIÓN Se descompone antes de alcanzar ebullición.
PRESIÓN DE VAPOR 4×10-7 mPa a 20°C SOLUBILIDAD EN AGUA 610 mg/L a 25°C.
COEFICIENTE DE PARTICIÓN nOCTANOL /AGUA Log Pow: 0,57 a 20ºC
COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 109 ml/g.
DT50 SUELOS 1333 días. DT50 AGUAS Hidrólisis: Estable.Fotólisis: 10 días. METABOLITOS. (Con ocurrencia mayor al 10 %) No presenta Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Perdiz(Perdix perdix) DL50= 13,9 mg/kg pc 10 – 50mg/kg pc Altamente Tóxico ORAL Codorniz japonesa (Coturnix japonica) DL50= 31 mg/kg pc 10 – 50mg/kg pc Altamente Tóxico
ORAL Pato silvestre(Anas plathyrhynchos) DL50= 283 mg/Kg pc 51 – 500mg/kg pc Moderadamente Tóxico Efectos sobre organismos acuáticos
ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS(mg/L) CATEGORÍA Trucha arcoíris
(Oncorhynchus mykiss) CL50 = 83 mg/L 10 - 100 Ligeramente Tóxico Pulga de Agua (Daphnia magna) EC50 = 85 mg/L 10 - 100 Ligeramente Tóxico Alga (Scenedesmus subspicatus) EC50 = 10 mg/L 1,0 - <10 Moderadamente TóxicoResolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 48 Efectos sobre las abejas TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDADL50 (µg/abeja) CRITERIOS(µg/abeja) CATEGORÍA ORAL Abeja melífera (Apis mellifera) 0,0037 < 2 Altamente Tóxico CONTACTO Abeja melífera (Apis mellifera) 0,078 < 2 Altamente Tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDACL50 (mg/kg) ORAL Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 10,7 PRODUCTO FORMULADO IMIDAPROTEKT 350 SC Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido color blanco hueso e inoloro. ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Estable bajo las condiciones de manipulación y almacenamiento
PRODUCTO FORMULADO IMIDAPROTEKT 350 SC Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido color blanco hueso e inoloro. ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Estable bajo las condiciones de manipulación y almacenamiento recomendadas. pH 6,0 – 9,0
INFLAMABILIDAD No inflamable DENSIDAD RELATIVA 1,13 g/mL
EXPLOSIVIDAD No explosivo
CORROSIVIDAD -o
TIPO DE
FORMULACIÓN SUSPENSIÓN CONCENTRADA - SC
EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL INGREDIENTE ACTIVO GRADO
TÉCNICO IMIDACLOPRID.
La solicitante describe la evaluación del riesgo ambiental para los componentes: ambientales suelo, agua superficial y subterránea, aire, y para las especies de aves, organismos acuáticos, abejas y lombriz de tierra, utilizando una máxima dosis de aplicación de 0,15 L/ha de producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, con una composición de 350 g/L de IMIDACLOPRID, realizando dos (2) aplicaciones, con una dosis equivalente de 0,105 kg i.a./ha. A continuación, se realiza la descripción de los resultados presentados en el estudio ambiental.Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 9 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico
IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 48 Evaluación del riesgo ambiental en suelos: De los resultados de la Evaluación de Riesgo Ambiental en suelos, la solicitante reportó para el ingrediente activo IMIDACLOPRID, un tiempo de vida media en suelos DT50 igual a 1333 días, clasificándose como persistente. Así mismo, se reporta una constante de adsorción normalizada Koc de 109 ml/g, indicando que el ingrediente se considera móvil en el suelo. Evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea: Para la Evaluación de Riesgo Ambiental en agua subterránea, se calculó el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID a partir de la ecuación de Gustafson, con los datos DT 50 de 1333 días y K oc de 109 ml/g, obteniendo un valor de GUS igual a 6,133. Con base en el resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo tiene un alto potencial de lixiviación hacia agua subterránea. La solicitante realizó una evaluación refinada en la que determina la concentración del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, en agua subterránea mediante el modelo SciGrow, versión 2,3, de USEPA, tomando como base una aplicación, dos ciclos de cultivo por año y empleando los siguientes valores para la dosis en Lb/acre:
SUSTANCIA DT50
(Días) Koc (ml/g) Fracción de ocurrencia DOSIS I.A. (Lb/acre) CONCENTRACIÓN EEC mg/L IMIDACLOPRID 197 109 - 0,0937 0,000593 DT50 mediana.
Koc (ml/g) Fracción de ocurrencia DOSIS I.A. (Lb/acre) CONCENTRACIÓN EEC mg/L IMIDACLOPRID 197 109 - 0,0937 0,000593 DT50 mediana. La concentración en agua subterránea obtenida para el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, según la solicitante, se encuentra por debajo de los valores de concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Salud y Protección Social. Evaluación del riesgo ambiental en agua superficial: Respecto a la Evaluación de Riesgo Ambiental en agua superficial, la solicitante reportó que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, se considera estable en agua superficial por efectos de hidrólisis, de la misma manera se presenta un tiempo de vida media por efectos de fotólisis correspondiente a 10 días. De acuerdo con lo anterior, se concluye que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, es persistente por efectos de hidrólisis y no persistente por efectos de fotólisis en agua superficial.Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 10 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 48 Evaluación del riesgo ambiental en aire: En la Evaluación de Riesgo Ambiental al aire, la solicitante reportó que el ingrediente
IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 48 Evaluación del riesgo ambiental en aire: En la Evaluación de Riesgo Ambiental al aire, la solicitante reportó que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, presenta una presión de vapor de 4 x 10 -10 Pa a 20°C clasificando al ingrediente activo con un bajo potencial para volatilizarse, así como presenta un tiempo de vida media por degradación fotoquímica oxidativa en aire de 2,54 horas. Teniendo en cuenta lo anterior, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, no se considera persistente en aire y no se esperan afectaciones en este compartimento ambiental. Evaluación de riesgo ambiental en aves La solicitante realizó la Evaluación de Riesgo Ambiental en aves, empleando una dosis de ingrediente activo equivalente a 0,105 kg i.a. IMIDACLOPRID/ha, con una dieta a base de Grass corto: Nivel 1. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO) 0,105 Perdiz(Perdix perdix) Grass corto 6,74mg/Kg pc DL50= 13,9 mg/kg pc 0,48 0,1 SI 0,105 Codorniz japonesa (Coturnix japónica) Grass corto 6,74mg/Kg pc DL50=31 mg/kg pc 0,21 0,1 SI 0,105 Pato silvestre (Anas plathyrhynchos)
Codorniz japonesa (Coturnix japónica) Grass corto 6,74mg/Kg pc DL50=31 mg/kg pc 0,21 0,1 SI 0,105 Pato silvestre (Anas plathyrhynchos) Grass corto 2,24mg/Kgpc DL50 =283 mg/Kg pc 0,0079 0,1 NO El cálculo del cociente de riesgo RQ agudo establece que se supera el valor límite de 0,1, por lo cual, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, genera riesgo agudo en aves; Y debido a que no cumple con todos los criterios de evaluación para el primer nivel, se desarrolló el segundo nivel de evaluación.Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 11 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 48 Nivel 2. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,105 Codorniz japonesa (Coturnix japónica) Grass corto 6,74mg/Kg pc NOEC = 3,1 mg/Kg de pc 2,17 1,0 SI 0,105 Pato silvestre (Anas plathyrhynchos) Grass corto 2,24mg/Kg pc NOEC = 11,7 mg/Kg de pc 0,19 1,0 NO
0,105 Pato silvestre (Anas plathyrhynchos) Grass corto 2,24mg/Kg pc NOEC = 11,7 mg/Kg de pc 0,19 1,0 NO Debido a que el RQ crónico obtenido superan el nivel crítico 1,0 la solicitante desarrolló una refinación de la EEC a partir de una metodología sustentada técnica y bibliográficamente. Obteniendo los siguientes resultados: Nivel 2 – Refinado. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,105 Codorniz japonesa (Coturnix japonica)3 Dieta mixta 2,28mg/Kg pc NOEC = 3,1 mg/Kg de pc 0,73 1,0 NO 0,105 Pato silvestre (Anas plathyrhynchos) Grass corto 0,68mg/Kg pc NOEC = 11,7 mg/Kg de pc 0,05 1,0 NO Debido a que el cociente de riesgo RQ no supera el nivel crítico 1,0, la solicitante concluyó que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, no genera riesgo crónico en aves y no es necesario desarrollar el siguiente nivel de evaluación. De la misma manera, teniendo en cuenta que, para el desarrollo de la Evaluación de Riesgo Ambiental en aves, se realizó una refinación de la EEC y se presentó el programa específico para aves al interior del Plan de Manejo Ambiental, de acuerdo con los lineamientos del Manual Técnico Andino. Evaluación de riesgo ambiental en Organismos acuáticos
programa específico para aves al interior del Plan de Manejo Ambiental, de acuerdo con los lineamientos del Manual Técnico Andino. Evaluación de riesgo ambiental en Organismos acuáticos La solicitante realizó la Evaluación de Riesgo Ambiental, para organismos acuáticos, tomando como referencia las especies indicadoras más representativa de peces, invertebrados y algas, con una dosis de ingrediente activo equivalente a 0,105 kg i.a. 3 Para el Nivel 2 – Refinado de la Evaluación de Riesgo Ambiental en aves, la especie evaluada corresponde a la Codorniz japonesa (Coturnix japonica), conforme a la aclaración realizada en las Cuestiones Previas del presente acto administrativo.Resolución No. 001134 Del 15 ABR. 2026 Hoja No. 12 de 48 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado IMIDAPROTEKT 350 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 48 IMIDACLOPRID/ha. Para el primer nivel se calculó la concentración ambiental estimada, tomando como base la ecuación A/B establecida en el Manual Técnico Andino; para el cálculo asumió un 5% de escorrentía. Nivel 1. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA
CL50 o EC50
RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,105 Trucha arcoíris(Oncorhynchus mykiss) 0,0026 CL50 = 83 mg/L 0,00003 0,1 NO 0,105 Pulga de Agua(Daphnia magna) 0,0026 EC50 = 85 mg/L 0,00003 0,1 NO 0,105 Alga(Scenedesmus subspicatus) 0,0026 EC50 = 10 mg/L 0,0003 0,1 NO El cálculo del cociente de riesgo RQ agudo establece que no se supera el valor límite de 0,1, por lo cual, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico IMIDACLOPRID, no genera riesgo agudo en organismos acuáticos; y debido a que cumple con todos los criterios de evaluación para el primer nivel, no es necesario continuar con el siguiente nivel de evaluación. Evaluación de riesgo ambiental en Abejas La solicitante realizó la Evaluación de Riesgo Ambient
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