ANLA - Resolución 001147 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 001147 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001147 (16 ABR. 2026) Página 1 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de sus facultades legales establecidas en el numeral 1 del artículo 52 de la Ley 99 de 1993 y las funciones asignadas en los numerales 1 y 2 del artículo 3 del Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024 y la Resolución 496 del 16 de abril de 2025 del MADS

CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 1471 del 30 de julio de 2009, el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en adelante el Ministerio), otorgó licencia ambiental a la sociedad PACIFIC STRATUS ENERGY COLOMBIA LTD, para el proyecto “Construcción y operación del gasoducto ramal Las Majaguas – Coveñas”, ubicado en jurisdicción de los municipios de Sincelejo, Palmito y Coveñas, en el departamento de Sucre. Que mediante la Resolución 1862 del 23 de septiembre de 2010, el Ministerio modificó el artículo primero de la Resolución 1471 de julio 30 de 2009, en el sentido

Que mediante la Resolución 1862 del 23 de septiembre de 2010, el Ministerio modificó el artículo primero de la Resolución 1471 de julio 30 de 2009, en el sentido de incluir la autorización para la construcción y operación del Gasoducto denominado Bremen – Tolcemento, el cual se compone de dos (2) ramales denominados Tramo Bremen (K00+000) – Las Majaguas (K12+000), que transcurre por los municipios de Sincelejo y Morroa y Tramo (K31+000) – Tolcemento (K45+679), que transcurre por los municipios de San Antonio de Palmito y Santiago de Tolú, entre otras determinaciones.Resolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 2 de 60 Que mediante la Resolución 341 del 22 de mayo de 2012, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA (en adelante ANLA) modificó el artículo primero de la Resolución 1471 del 30 de Julio de 2009, modificado por la Resolución 1862 del 23 de septiembre de 2010, en el sentido de adicionar al Gasoducto Ramal Las Majaguas - Coveñas, el Tramo San Pedro (K0+000) - Bremen (K32+000), el cual transcurre por jurisdicción de los municipios de San Pedro, Sincé, San Juan de Betulia y Corozal, departamento de Sucre, entre otras determinaciones. Que mediante la Resolución 1375 del 12 de noviembre de 2014, la ANLA modificó el artículo primero de la Resolución 1471 del 30 de julio de 2009, en el sentido de

Betulia y Corozal, departamento de Sucre, entre otras determinaciones. Que mediante la Resolución 1375 del 12 de noviembre de 2014, la ANLA modificó el artículo primero de la Resolución 1471 del 30 de julio de 2009, en el sentido de autorizar los siguientes tramos y realineamientos, para el desarrollo del proyecto "Construcción y Operación del gasoducto ramal Las Majaguas - Coveñas", ubicado en jurisdicción de los municipios de San Pedro, San Luis de Sincé, San Juan de Betulia, Corozal, Morroa, Sincelejo, San Antonio de Palmito y Santiago de Tolú, en el departamento de Sucre, el cual en adelante se denominará "Gasoducto La Creciente - Tolú", entre otras determinaciones. Que mediante el Auto 936 del 7 de marzo de 2018, la ANLA aceptó el cambio de razón social de la sociedad PACIFIC STRATUS ENERGY COLOMBIA CORP SUCURSAL COLOMBIA por el de META PETROLEUM CORP SUCURSAL COLOMBIA, con el NIT. 830126302-2, respecto a los diferentes actos administrativos surtidos dentro del expediente LAM4376 correspondientes al proyecto "Gasoducto La Creciente -Tolú” en virtud de la integración patrimonial de la sucursal primera al patrimonio de la sucursal segunda por la fusión de las sociedades extranjeras META PETROLEUM CORP y PACIFIC STRATUS

ENERGY COLOMBIA CORP.

Que mediante el Auto 1991 del 30 de abril de 2018, la ANLA aceptó el cambio de razón social de la sociedad META PETROLEUM CORP SUCURSAL COLOMBIA,

por el de FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP. SUCURSAL COLOMBIA, con

razón social de la sociedad META PETROLEUM CORP SUCURSAL COLOMBIA, por el de FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP. SUCURSAL COLOMBIA, con el NIT. 830126302-2, respecto a los diferentes actos administrativos surtidos dentro del expediente LAM4376 correspondientes al proyecto "Gasoducto La CrecienteTolú”. Que mediante el Auto 5567 del 18 de julio de 2022, la ANLA avocó conocimiento del expediente ATV-00072, remitido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, correspondiente al trámite ambiental de levantamiento de veda de (7) individuos de (Laguncularia recemosa), ordenada mediante la Resolución 395 del 23 de abril de 2013, aclarada a través de la Resolución 1551 del 17 de septiembre de 2014, para el desarrollo del proyecto "Gasoducto La Creciente - Tolú" que se manejará al interior de esta Autoridad Nacional con el expediente ATV0072-002020, el cual a su vez quedó asociado al expediente LAM4376. Que mediante el oficio con radicación 20254200749031 del 18 de septiembre de 2025, la ANLA requirió a la sociedad FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP.Resolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 3 de 60 SUCURSAL COLOMBIA indicar cuándo iniciarían actividades o si ya no ejecutarán el proyecto autorizado ambientalmente, con el fin de adoptar las decisiones que correspondan por parte de esta Autoridad Nacional.

Página 3 de 60 SUCURSAL COLOMBIA indicar cuándo iniciarían actividades o si ya no ejecutarán el proyecto autorizado ambientalmente, con el fin de adoptar las decisiones que correspondan por parte de esta Autoridad Nacional. Que mediante la comunicación con radicación 20256201332532 del 28 de octubre de 2025, la sociedad FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP. SUCURSAL COLOMBIA dio respuesta al oficio con radicación 20254200749031 del 18 de septiembre de 2025 en el sentido de indicar su intención de continuar ejecutando el proyecto.

COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS

AMBIENTALES.

Mediante el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Presidente de la República en uso de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d, e y f del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, como una entidad con autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hace parte del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998. El numeral 1° del artículo tercero del mencionado Decreto estableció dentro de las funciones de la Autoridad Nacional, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio, de conformidad con la ley y los reglamentos. Mediante el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, se modificó la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. En virtud de lo establecido en la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, “Por

reglamentos. Mediante el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, se modificó la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. En virtud de lo establecido en la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, le corresponde a la Directora General, la función de suscribir el presente acto administrativo. Que mediante la Resolución 496 del 16 de abril de 2025, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se nombró a la Doctora IRENE VÉLEZ TORRES, en el empleo de Director General Código 0015, de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, por tal motivo, es la funcionaria competente para suscribir el presente acto administrativo.Resolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 4 de 60 CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA La ANLA adelantó una revisión de los documentos obrantes en el expediente LAM4376, referentes al proyecto “Gasoducto La Creciente – Tolú” realizando la validación de las medidas de manejo del Plan de Manejo Ambiental vigente, de acuerdo con lo establecido mediante Resolución 1471 del 30 de julio de 2009 y sus modificaciones, así como a los demás actos administrativos emitidos en el marco

validación de las medidas de manejo del Plan de Manejo Ambiental vigente, de acuerdo con lo establecido mediante Resolución 1471 del 30 de julio de 2009 y sus modificaciones, así como a los demás actos administrativos emitidos en el marco del seguimiento y control ambiental al proyecto. Como consecuencia de lo anterior, esta Autoridad Nacional expidió el Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026, en el cual se realizan las respectivas consideraciones al respecto de los medios abiótico, biótico y socioeconómico de la línea base del área de influencia del proyecto y su relación con los demás aspectos del licenciamiento ambiental, como, zonificación ambiental, zonificación de manejo ambiental, evaluación de impactos (impactos acumulativos y/o sinérgicos), vigencia y pertinencia de las medidas del plan de manejo ambiental, plan de seguimiento y monitoreo, plan de compensación, especies vedadas, y demás aplicables, teniendo en cuenta que la sociedad FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP., SUCURSAL COLOMBIA no ha iniciado las actividades del proyecto, exponiendo los argumentos que serán de soporte y sirven de fundamento a las decisiones que serán acogidas dentro del presente acto administrativo, del cual es pertinente citar lo siguiente: “(…) OTRAS CONSIDERACIONES CONSIDERACIONES SOBRE LA CONTINUIDAD DE LA LICENCIA AMBIENTAL En razón a que la Sociedad FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP. SUCURSAL COLOMBIA ha manifestado la intención de continuar adelante con el proyecto mediante comunicación con radicado 20256201332532 del 28 de octubre de 2025, respondiendo a la solicitud de la ANLA de indicar cuándo iniciarían actividades o si

COLOMBIA ha manifestado la intención de continuar adelante con el proyecto mediante comunicación con radicado 20256201332532 del 28 de octubre de 2025, respondiendo a la solicitud de la ANLA de indicar cuándo iniciarían actividades o si ya no ejecutarán el proyecto autorizado ambientalmente, con el fin de adoptar las decisiones que correspondan, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, a través de su equipo de Servicios Geoespaciales, revisó la información geográfica, satelital y documental contenida en sus bases de datos y elaboró un análisis multitemporal, en el cual se relacionan los siguientes resultados, relacionados con el análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental a la Sociedad. Análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental El proyecto “GASODUCTO LA CRECIENTE-TOLÚ” se encuentra ubicado en el departamento de Sucre, en los municipios de San Pedro, San Luis de Sincé, San Juan de Betulia, Corozal, Morroa, Sincelejo, San Antonio de Palmito y Santiago deResolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 5 de 60 Tolú. Cuenta con una longitud de 80,432 km medidos desde las facilidades en el Bloque La Creciente hasta la línea de costa del Mar Caribe, localizada en el Golfo de Morrosquillo, en el municipio de Santiago de Tolú, y tiene como objetivo transportar el gas natural producido en el campo La Creciente y otros campos en la

Bloque La Creciente hasta la línea de costa del Mar Caribe, localizada en el Golfo de Morrosquillo, en el municipio de Santiago de Tolú, y tiene como objetivo transportar el gas natural producido en el campo La Creciente y otros campos en la zona, hasta los mercados de exportación en Centro América y el Caribe. Se presenta el contexto espacial del proyecto “Gasoducto La CrecienteTolú”, donde se localiza el trazado licenciado. De acuerdo con lo anterior, los proyectos licenciados activos que se ubican en el área de interés son los expedientes LAV0042-13, LAM0862, LAV0023-00-2015, LAV0047-14, LAM0241, LAM1082, LAM4272, LAM0916, LAM4605, LAM4376, LAV0056-00-2021, LAM1260, LAM2510, LAV0007-00-2020. Así mismo, se observa que los proyectos listados en la Tabla 1, fueron autorizados con posterioridad a la licencia del proyecto “Gasoducto La Creciente-Tolú”. Expedientes licenciados posterior a noviembre de 2014 (Modificación de licencia) Expediente Proyecto Resolución Etapa LAV0007-002020 Construcción de la Unidad Funcional Integral 7, Subsector 2, Variante de Coveñas 1317 del 27 de julio de 2021 Operación LAV0023-002018 Área Perforación Exploratoria YDSN1 1838 del 13 de septiembre de 2019 Operación LAV0056-002021 Nueva Subestación Toluviejo 220 kv y líneas de transmisión asociadas – tramo 1 1431 del 06 de julio de 2022 Operación LAV0023-002015

LAV0056-002021 Nueva Subestación Toluviejo 220 kv y líneas de transmisión asociadas – tramo 1 1431 del 06 de julio de 2022 Operación LAV0023-002015 Construcción y Operación del Gasoducto Loop San Mateo Mamonal 805 del 9 de julio de 2015 Operación Fuente: Base de datos corporativa - ANLA (Ver Figura 1 “Localización del proyecto “Gasoducto La Creciente-Tolú” con respecto a las demás áreas licenciadas por la Autoridad”. Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos, SSLA, 2026, en el Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026). A partir de la estandarización y jerarquización de impactos ambientales para proyectos licenciados por la ANLA, establecida por la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales - SIPTA en diciembre de 2023, se definieron 36 Categorías Estandarizadas de Impacto, las cuales permiten agrupar y clasificar de manera uniforme los impactos identificados en los diferentes proyectos. Teniendo en cuenta la información anterior, y consultando las bases de datos de la Autoridad Nacional, se evidencian aproximadamente 27 impactos acumulativos asociados a los expedientes LAV0007-00-2020, LAV0023-00-2018, LAV0056-002021 y LAV0023-002015. La acumulación de estos impactos a la ejecución del proyecto “Gasoducto La Creciente-Tolú” (LAM476) puede generar presiones

2021 y LAV0023-002015. La acumulación de estos impactos a la ejecución del proyecto “Gasoducto La Creciente-Tolú” (LAM476) puede generar presiones adicionales sobre los recursos ambientales y podrá potenciar efectos sinérgicosResolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 6 de 60 derivados de la interacción con otros proyectos presentes en la zona. Esta situación se ve reforzada por la variabilidad en la sensibilidad ambiental del territorio y la complejidad inherente al análisis de interacciones entre proyectos concurrentes. Los impactos identificados se presentan en detalle seguidamente: Impactos definidos de los proyectos licenciados posterior a noviembre de 2014 (Modificación de Licencia) Medi o Componente Ambiental Categoría Estandarizada de Impactos LAV0007-00-2020 LAV0023-00-2018 LAV0056-00-2021 LAV0023-00-2015 Alteración a las variables meteorológicas propiedades físicas del aire y o parámetros superficiales X X X X Alteración de la capa de ozono estratosférico Alteración de la concentración de contaminantes criterio y o sustancias tóxicas en el aire X X X X Alteración de la concentración de gases efecto invernadero y o contaminantes climáticos de vida corta X X X X Alteración en los niveles de presión sonora en la atmósfera X X X Alteración en los niveles de radiación en la atmósfera X X

invernadero y o contaminantes climáticos de vida corta X X X X Alteración en los niveles de presión sonora en la atmósfera X X X Alteración en los niveles de radiación en la atmósfera X X Generación de olores ofensivos ATMOSFÉRICO Generación de vibraciones en la atmósfera GEOLÓGICO Alteración de las condiciones geológicas GEOMORFOLÓGICO Alteración de la geoforma del terreno X X X GEOTECNIA Alteración de las condiciones geotécnicas X Alteración en la oferta y o disponibilidad del recurso hídrico subterráneo X X HIDROGEOLÓGICO Alteración en la calidad del recurso hídrico subterráneo X X Alteración en la oferta y disponibilidad del recurso hídrico superficial X X Alteración en la calidad del sedimento y del recurso hídrico superficial continental X X X X Alteración hidrogeomorfológica de la dinámica fluvial lacustre y o del régimen sedimentológico X X X HIDROLÓGICO Alteración en los niveles de presión sonoras en el agua Alteración a la calidad del recurso hídrico marino Alteración de las condiciones morfológicas de la costa ABIÓTICO OCEANOGRÁFICO Alteración en las condiciones de la dinámica marinaResolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 7 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 7 de 60 Medi o Componente Ambiental Categoría Estandarizada de Impactos LAV0007-00-2020

Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 7 de 60 Medi o Componente Ambiental Categoría Estandarizada de Impactos LAV0007-00-2020 LAV0023-00-2018 LAV0056-00-2021 LAV0023-00-2015 SUELO Alteración a la calidad del suelo X X X X DEMOGRÁFICO Alteración en las variables demográficas X X X X Alteración en la percepción visual del paisaje X X X Alteración en el uso socioeconómico del suelo X X X XCULTURAL Alteración en el entorno cultural X X X X POLÍTICO ORGANIZATIVO Generación o alteración de conflictos socioambientales X X X X Alteración de la accesibilidad movilidad y conectividad local X X X ESPACIAL Alteración de la infraestructura física y social y de la disponibilidad de los servicios públicos y sociales X X ECONÓMICO Alteración de las actividades económicas X X X

SOCIOECONÓMICO

TRASLADO

INVOLUNTARIO DE POBLACIÓN Traslado involuntario de población HIDROBIOTA Alteración a la hidrobiota incluyendo la fauna acuática X X Alteración a ecosistemas y hábitats acuáticos X X X ECOSISTEMAS Alteración a ecosistemas y hábitats terrestres X X X X FLORA Alteración a comunidades de flora X X X X FAUNA Alteración a comunidades de fauna terrestre X X X X

BIÓTICO COBERTURA Alteración de la estructura ecológica del paisaje X X X X Fuente: Base de datos corporativa - ANLA No obstante, los impactos definidos en otros proyectos licenciados posteriores a la licencia ambiental otorgada en el año 2014 para el proyecto “Gasoducto La Creciente – Tolú”, al día de hoy no son sinérgicos ni acumulativos con los del expediente LAM4376 debido a que los otros proyectos listados ya se encuentran en etapa de operación, por lo que los impactos identificados para la etapa de construcción de dichos proyectos ya se presentaron y se les dio el respectivo manejo, aunado al hecho que este proyecto no ha iniciado su fase constructiva y en consecuencia no se están desarrollando las actividades permitidas dentro de la licencia ambiental otorgada que pudieran generar un efecto ambiental conjunto mayor al sumar los impactos individuales de cada proyecto, así como tampoco existen actividades que interactuando simultáneamente con las del proyecto “Gasoducto La Creciente - Tolú” generen efectos progresivos en el tiempo y el espacio que pudieran degradar el ecosistema.Resolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 8 de 60 Sin embargo, considerando que la evaluación ambiental del proyecto se llevó a cabo hace más de diez años, es pertinente verificar si para el presente momento se decide realizar la construcción del proyecto este tipo de impactos (sinérgicos o acumulativos) pudiesen llegar a presentarse de acuerdo con la evolución del

hace más de diez años, es pertinente verificar si para el presente momento se decide realizar la construcción del proyecto este tipo de impactos (sinérgicos o acumulativos) pudiesen llegar a presentarse de acuerdo con la evolución del entorno para los medios abiótico, biótico y socioeconómico y con otro tipo de proyectos que se lleguen a desarrollar en el área de influencia del proyecto. Análisis ambiental de la evolución de las características ambientales del área de influencia directa del proyecto para los medios abiótico, biótico y socioeconómico Además de la identificación de los impactos acumulativos en el área del proyecto “Gasoducto La Creciente-Tolú” - Expediente LAM4376 y en virtud de que la Licencia Ambiental fue otorgada en el año 2014, se procedió a validar la información temática disponible. Esta validación se realizó a partir de los insumos oficiales para cada uno de los medios y/o componentes (abiótico, biótico y socioeconómico), buscando identificar posibles cambios en la caracterización de los elementos del área de influencia del proyecto, lo que conlleva a la variación de los atributos de los impactos ambientales que fueron identificados durante el proceso de evaluación para el otorgamiento de la licencia ambiental del proyecto y sus modificaciones en comparación con el estado actual para los tres medios en el área de influencia del trazado proyectado del gasoducto La Creciente Tolú. Medio Abiótico La identificación de cambios en el medio abiótico (suelo, agua, aire, relieve, paisaje, geomorfología) a partir de insumos geográficos se realiza mediante un análisis comparativo espacial y temporal, apoyado en información cartográfica, imágenes satelitales y registros técnicos.

geomorfología) a partir de insumos geográficos se realiza mediante un análisis comparativo espacial y temporal, apoyado en información cartográfica, imágenes satelitales y registros técnicos. En este análisis mediante imágenes satelitales se buscó determinar los cambios en coberturas, modificación de drenajes naturales, cuerpos de agua o zonas de recarga, evidencia de movimientos de tierra, cortes, rellenos o áreas artificializadas, así como, alteración de morfologías del relieve o nuevas estructuras, trazados, vías, explanaciones, plataformas u obras civiles. (…) Se presenta un comparativo de las imágenes satelitales Google Earth – Maxar Technologies del 22 de febrero de 2014, frente a una del 18 de julio de 2025, evidenciando para el periodo de tiempo validado, la expansión del tejido urbano del corregimiento Puerto Viejo en el municipio de Tolú, cuyo centroide se encuentra localizado en las coordenadas aproximadas 4716376E, 2603292N origen nacional, la cual se encuentra demarcada por el circulo amarillo. Así mismo, al occidente del trazado del gasoducto se observa para el año 2025, el desarrollo de las actividades correspondientes al proyecto “Unidad Funcional Integral 7, Subsector 2, VarianteResolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 9 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 9 de 60 De Coveñas” (Expediente LAV0007-00-2020), el cual actualmente se encuentra en etapa de operación de acuerdo con lo indicado en el Concepto Técnico de

Página 9 de 60 De Coveñas” (Expediente LAV0007-00-2020), el cual actualmente se encuentra en etapa de operación de acuerdo con lo indicado en el Concepto Técnico de Seguimiento Ambiental 2755 del 25 de abril de 2025 acogido mediante Acta Reunión de Control y Seguimiento Ambiental 224 del 6 de mayo de 2025. (Ver Figura 5 “Área de Influencia del proyecto – años 2014-2025”. Fuente: Servicios Geoespaciales, Grupo de Valoración y Manejo de Impactos-SSLA. 2026. Imágenes Google Earth – Maxar Technologies – marzo de 2015 y DailyVision de febrero de 2025, en el Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026). Por otra parte, según lo observado en las imágenes satelitales Google Earth – Maxar Technologies del 31 de marzo de 2015 y Daily Vision de febrero de 2025, se evidencia el crecimiento del tejido urbano del corregimiento La Arena en el municipio de Sincelejo. La cual se encuentra delimitada por el circulo amarillo, con centroide localizado en las coordenadas aproximadas 4727397E, 2595564N Origen Nacional. (Ver Figura 6 “Área de influencia del proyecto – años 2015-2025”. Fuente: Servicios Geoespaciales, Grupo de Valoración y Manejo de Impactos-SSLA. 2026. Imágenes Google Earth – Maxar Technologies – marzo de 2015 y DailyVision de febrero de 2025, en el Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026). Asimismo, en el municipio de Sincelejo, según lo evidenciado en las imágenes satelitales Google Earth – Maxar Technologies del 31 de marzo de 2015 y el 23 de

Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026). Asimismo, en el municipio de Sincelejo, según lo evidenciado en las imágenes satelitales Google Earth – Maxar Technologies del 31 de marzo de 2015 y el 23 de diciembre de 2025 se observa la expansión del tejido urbano de la cabecera municipal (circulo amarillo “A”) con centroide en las coordenadas aproximadas 4739814E, 2588494N origen nacional, y el cambio el cambio de la cobertura vegetal en los límites del área de influencia del proyecto en las coordenadas 4740244E, 2587949N Origen Nacional, como se observa en el área delimitada por el cirulo amarillo “B”. (Ver Figura 7 “Área de influencia del proyecto – años 2015-2025”. Fuente: Servicios Geoespaciales, Grupo de Valoración y Manejo de Impactos-SSLA. 2026. Imágenes Google Earth – Maxar Technologies – marzo de 2015 y diciembre de 2025, en el Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026). Por otra parte, en la zona demarcada por el círculo amarillo, se observa el crecimiento del perímetro urbano del municipio de Corozal, dicha expansión se localiza en las coordenadas aproximadas 47475479E, 2587513N origen nacional, según lo evidenciado en las imágenes satelitales imágenes satelitales Google Earth – Maxar Technologies del 31 de marzo de 2015 y diciembre de 2025. (Ver Figura 8 “Área de influencia del proyecto – años 2015-2025”. Fuente: Servicios Geoespaciales, Grupo de Valoración y Manejo de Impactos-SSLA. 2026. Imágenes Google

(Ver Figura 8 “Área de influencia del proyecto – años 2015-2025”. Fuente: Servicios Geoespaciales, Grupo de Valoración y Manejo de Impactos-SSLA. 2026. Imágenes Google Earth – Maxar Technologies – marzo de 2015 y diciembre de 2025, en el Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026).Resolución No. 001147 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 10 de 60 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental del Instrumento de Control Ambiental del proyecto ‘Gasoducto La Creciente – Tolú” y se dictan otras disposiciones” Página 10 de 60 Finalmente, en las áreas demarcadas por el círculo rojo, se observa lo que se infiere corresponde a infraestructura petrolera asociada al desarrollo de actividades del proyecto ‘Bloque de Exploración La Creciente’ (LAM3282) con licencia ambiental otorgada en el año 2007. Al respecto es pertinente mencionar que en lo que refiere al área demarcada por el círculo rojo “A” (coordenadas 4770264E, 25980569N origen Nacional), en el Estudio de Impacto Ambiental del Gasoducto la Creciente – Tolú, se delimita esta zona en la capa ‘InfraProyectoPG’ como una Zona de Ampliación de Facilidades, mientras que el área demarcada por el círculo rojo “B” (coordenadas 4769781E, 2594495N Origen Nacional), se reporta como zona de acopio de materiales, cuyo estado de la infraestructura se reporta como ‘Proyectada’. (Ver Figura 9 “Área de influencia del proyecto – años 2015-2025”. Fuente: Servicios

acopio de materiales, cuyo estado de la infraestructura se reporta como ‘Proyectada’. (Ver Figura 9 “Área de influencia del proyecto – años 2015-2025”. Fuente: Servicios Geoespaciales, Grupo de Valoración y Manejo de Impactos-SSLA. 2026. Imágenes Google Earth – Maxar Technologies – marzo de 2015 y DailyVision de enero de 2025, en el Concepto Técnico 2652 del 16 de marzo de 2026). Teniendo en cuenta que para el desarrollo de proyectos urbanísticos formales o para las áreas de expansión del tejido urbano, se realiza el aprovechamiento y la demanda de recursos para la fase de construcción y para la eficaz prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo, vías, energía y gas, la Sociedad deberá actualizar la línea base mediante la repetición de monitoreos de aquellos recursos que puedan haber sufrido alteración o cambio en sus características desde el año 2014 a la fecha, con el fin de valorarlos cualitativa y cuantitativamente para definir medidas concordantes con los impactos asociados y facilitar el seguimiento de la Autoridad Nacional. La disponibilidad (oferta) de materiales de cantera, agua, suelos y servicios atmosféricos, es decir, recursos para la construcción y/o adecuación de vías de acceso, para el cruce de cuerpos de agua

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