ANLA - Resolución 001148 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 001148 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001148 (16 ABR. 2026) Página 1 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de sus facultades legales establecidas en el numeral 1 del artículo 52 de la Ley 99 de 1993 y las funciones asignadas en los numerales 1 y 2 del artículo 3 del Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024 y la Resolución 496 del 16 de abril de 2025 del MADS CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 1091 del 3 de septiembre de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA (en adelante ANLA), otorgó Licencia Ambiental a la sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA, para el proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN”, localizado en jurisdicción de los municipios de Barranquilla, Tubará, Juan de Acosta, Galapa, Baranoa, Usiacurí, Polonuevo, Santo Tomás, Ponedera, Palmar de Varela, Sabanalarga, Malambo y Puerto Colombia, en el departamento del Atlántico.

Baranoa, Usiacurí, Polonuevo, Santo Tomás, Ponedera, Palmar de Varela, Sabanalarga, Malambo y Puerto Colombia, en el departamento del Atlántico. Que mediante la Resolución 1650 del 21 de diciembre de 2015, la ANLA resolvió el recurso de reposición interpuesto por el representante legal de la sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA, mediante la comunicación con radicación 2015052342-1000 del 2 de octubre de 2015, en contra de la Resolución 1091 del 3 de septiembre de 2015, en el sentido de modificar la Tabla "Zonificación de Manejo Ambiental del proyecto" del artículo tercero del acto administrativo recurrido, entre otras determinaciones. Que mediante el Auto 6125 del 30 de junio de 2020, la ANLA realizó seguimiento y control ambiental al proyecto, efectuando unos requerimientos a la sociedad LEWISResolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 2 de 54 ENERGY COLOMBIA INC relacionados con informar las razones por las cuales no se ha dado inicio al proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte - SSJN-1 ZN”, entre otros aspectos. Que mediante comunicación con radicación 2020118266-1-000 24 de julio de 2020, la sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA INC, presentó respuesta a los requerimientos formulados en el Auto 6125 del 30 de junio de 2020.

Que mediante comunicación con radicación 2020118266-1-000 24 de julio de 2020, la sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA INC, presentó respuesta a los requerimientos formulados en el Auto 6125 del 30 de junio de 2020. Que mediante el oficio con radicación 20254200749011 del 18 de septiembre de 2025, la ANLA requirió a la sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA INC informar cuándo iniciarán actividades o si ya no ejecutarán el proyecto autorizado ambientalmente, con el fin de adoptar las decisiones que correspondan por parte de esta Autoridad Nacional. Que mediante la comunicación con radicación 20256201342812 del 29 de octubre de 2025, la sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA INC dio respuesta al oficio con radicación 20254200749011 del 18 de septiembre de 2025 en el sentido de indicar su intención de ejecutar el proyecto, para el segundo semestre de 2026. COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES Mediante el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Presidente de la República en uso de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d, e y f del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, como una entidad con autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hace parte del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998. El numeral 1° del artículo tercero del mencionado Decreto estableció dentro de las funciones de la Autoridad Nacional, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio, de conformidad con la ley y los

El numeral 1° del artículo tercero del mencionado Decreto estableció dentro de las funciones de la Autoridad Nacional, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio, de conformidad con la ley y los reglamentos. Mediante el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, se modificó la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. En virtud de lo establecido en la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, le corresponde a la Directora General, la función de suscribir el presente acto administrativo.Resolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 3 de 54 Que mediante la Resolución 496 del 16 de abril de 2025, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se nombró a la Doctora IRENE VÉLEZ TORRES, en el empleo de Director General Código 0015, de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, por tal motivo, es la funcionaria competente para suscribir el presente acto administrativo. CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA La ANLA adelantó una revisión de los documentos obrantes en el expediente

funcionaria competente para suscribir el presente acto administrativo. CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA La ANLA adelantó una revisión de los documentos obrantes en el expediente LAV0029-00-2015, referentes al proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” realizando la validación de las medidas de manejo del Plan de Manejo Ambiental vigente, de acuerdo con lo establecido mediante Resolución 1091 del 3 de septiembre de 2015 y sus modificaciones, así como a los demás actos administrativos emitidos en el marco del seguimiento y control ambiental al proyecto. Como consecuencia de lo anterior, esta Autoridad Nacional expidió el Concepto Técnico 2961 del 24 de marzo de 2026, en el cual se realizan las respectivas consideraciones al respecto de los medios abiótico, biótico y socioeconómico de la línea base del área de influencia del proyecto y su relación con los demás aspectos del licenciamiento ambiental, como, zonificación ambiental, zonificación de manejo ambiental, evaluación de impactos (impactos acumulativos y/o sinérgicos), vigencia y pertinencia de las medidas del plan de manejo ambiental, plan de seguimiento y monitoreo, plan de compensación, especies vedadas, y demás aplicables, teniendo en cuenta que la sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA INC ha realizado la construcción de un box coulvert en el Arroyo Grande, exponiendo los argumentos que serán de soporte y sirven de fundamento a las decisiones que serán acogidas dentro del presente acto administrativo, del cual es pertinente citar lo siguiente: “(…)

OTRAS CONSIDERACIONES

que serán de soporte y sirven de fundamento a las decisiones que serán acogidas dentro del presente acto administrativo, del cual es pertinente citar lo siguiente: “(…) OTRAS CONSIDERACIONES En razón a que la Sociedad LEWIS ENERGY COLOMBIA INC ha manifestado la intención de continuar adelante con el proyecto mediante comunicación con radicado 20256201342812 del 29 de octubre de 2025, respondiendo a la solicitud de la ANLA de indicar cuándo iniciarían actividades o si ya no ejecutarán el proyecto autorizado ambientalmente, con el fin de adoptar las decisiones que correspondan, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, a través de su equipo de Servicios Geoespaciales, revisó la información geográfica, satelital y documental contenida en sus bases de datos y elaboró un análisis multitemporal, en el cual se relacionan los siguientes resultados, relacionados con el análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental a la Sociedad. Aspectos Generales del proyectoResolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 4 de 54 Mediante Memorando interno con radicado 20264705127683 del 11 de marzo de 2026, el Grupo de Valoración y Manejo de Impactos en procesos de seguimiento, remitió a la subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales, el “Análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental. Proyecto

Grupo de Valoración y Manejo de Impactos en procesos de seguimiento, remitió a la subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales, el “Análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental. Proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona NorteSSJN-1 -ZN” – Expediente LAV0029-00-2015. Seguimiento años 2015 a 2026”, del cual se destaca o siguiente: El proyecto “ÁREA DE PERFORACIÓN EXPLORATORIA SINÚ SAN JACINTO NORTE UNO ZONA NORTE-SSJN-1-ZN” se encuentra ubicado en el departamento del Atlántico, en los municipios de Baranoa, Barranquilla, Galapa, Juan de Acosta, Malambo, Palmar de Varela, Pueblo Nuevo, Ponedera, Puerto Colombia, Sabana Larga, Santo Tomás, Tubará y Usiacurí. Cuenta con un área de 454 km2 y tiene como objetivo realizar actividades exploratorias de hidrocarburos, mediante la perforación de pozos exploratorios que permitan confirmar y evaluar la presencia de hidrocarburos (petróleo y/o gas). Se presenta el contexto espacial del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona NorteSSJN-1 -ZN”, donde se localiza el área del proyecto licenciado. De acuerdo con lo anterior, los proyectos licenciados activos que se ubican en el área de interés son los expedientes LAM0241, LAM1837, LAM2093, LAM2522,

LAM5546, LAM6843-00, LAV0010-00-2021, LAV0013-00-2024, LAV0024-002022, LAV0036-00-2020, LAV0041-00-2020, LAV0054-00-2023, LAV0064-00-2015 y LAV010500-2015. Así mismo, se observa que los proyectos, fueron autorizados con posterioridad a la licencia del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona NorteSSJN-1 -ZN”. Expedientes licenciados posterior a noviembre de 2014 (Modificación de licencia) Expediente Proyecto Resolución Etapa LAM0241 Construcción y Operación Gasoductos de la Costa Atlántica, (Ballena Cartagena, Barranquilla), y Construcción del LOOP Palomino La Mami 709 del 30 de abril de 2019 Operación LAM1837 Construcción de la Doble Calzada de la Carretera Cartagena-Barranquilla. 1 del 2 de enero de 2020 Operación LAM6843-00 Unidad Funcional 5 Km0+000 al Km16+500 1383 del 28 de octubre de 2015 Operación LAV0064-002015 Unidad Funcional 6 Km 16+500 al Km 36+665 1382 del 29 de octubre de 2015 Operación Fuente: Base de datos corporativa – ANLA (Ver Figura 1 “Localización del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona NorteSSJN-1 -ZN” con respecto a las demás áreas licenciadas por la Autoridad”. Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos,

Norte Uno Zona NorteSSJN-1 -ZN” con respecto a las demás áreas licenciadas por la Autoridad”. Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos, SSLA, 2026, en el Concepto Técnico 2961 del 24 de marzo de 2026). Medio BióticoResolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 5 de 54 Mediante Memorando interno con radicado 20264705127683 del 11 de marzo de 2026, el Grupo de Valoración y Manejo de Impactos en procesos de seguimiento, remitió a la subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales, el “Análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental. Proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona NorteSSJN-1 -ZN” - Expediente LAV0029-00-2015. Seguimiento años 2015 a 2026”, del cual se destaca o siguiente: El medio biótico incluye temáticas de la flora, la fauna y los ecosistemas, por consiguiente, los cambios en el territorio suelen reflejar transformaciones en las coberturas naturales, los hábitats y la conectividad ecológica. Para abordar este análisis en el área de interés del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte-SSJN1-ZN” (LAV0029-00-2015), se consideraron los siguientes criterios:

proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte-SSJN1-ZN” (LAV0029-00-2015), se consideraron los siguientes criterios: Cambio Bosque – No Bosque, deforestación A partir de la información contenida en el Sistema de Monitoreo de Bosques y Carbono (SMByC), se observan transformaciones significativas en la cobertura natural. Estas se determinaron mediante la comparación de las clases "bosque" y "no bosque", identificando áreas donde la cobertura boscosa fue reemplazada por usos agropecuarios, infraestructura o superficies desnudas, lo que refleja procesos de deforestación, fragmentación o degradación estructural del ecosistema. Tales cambios implican la pérdida de hábitat, la disminución de la conectividad ecológica y alteraciones en la oferta de servicios ecosistémicos como la regulación hídrica, la captura de carbono y el control de erosión. En línea con lo anterior, se realizó una comparación de la información disponible de Bosque - No Bosque previa al otorgamiento de la Licencia Ambiental del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte-SSJN-1-ZN”, periodo 2015-2016 frente a la información del periodo 2023-2024. Los resultados, específicos para el departamento de Atlántico donde se ubica el proyecto, evidencian que las áreas deforestadas han disminuido en un 37,7 %. Se identifican áreas deforestadas para el periodo 2015-2016 dentro del área de influencia del proyecto de interés, aproximadamente a 3,31 km de distancia del área del proyecto, así como otras áreas deforestadas cercanas cuya distancia al área del proyecto varía entre los 3,41 km y los 7,32 km. Para el periodo 2023-2024 las áreas deforestadas se localizan por

como otras áreas deforestadas cercanas cuya distancia al área del proyecto varía entre los 3,41 km y los 7,32 km. Para el periodo 2023-2024 las áreas deforestadas se localizan por dentro del área del proyecto en una menor proporción a diferencia del periodo anterior. Así mismo, no se evidencian áreas deforestadas por fuera del área de influencia del proyecto indicando la disminución de las mismas a través de los años. (Ver Figura 2 “Áreas deforestadas departamento de Atlántico periodo 2015 – 2016”. Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos, SSLA, 2026, de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), en el Concepto Técnico 2961 del 24 de marzo de 2026).Resolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 6 de 54 (Ver Figura 3 “Áreas deforestadas departamento de Atlántico periodo 2023 – 2024”. Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos, SSLA, 2026, de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), en el Concepto Técnico 2961 del 24 de marzo de 2026). Áreas Protegidas (RUNAP) Al revisar la ubicación del proyecto frente a la delimitación oficial de las áreas registradas en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), herramienta que consolida la información sobre las Áreas Protegidas del país

Áreas Protegidas (RUNAP) Al revisar la ubicación del proyecto frente a la delimitación oficial de las áreas registradas en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), herramienta que consolida la información sobre las Áreas Protegidas del país (Decretos 2372 de 2010 y 3572 de 2011), se evidencia que el trazado del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte-SSJN-1ZN” (LAV0029-00-2015) se encuentra a 10,31 km aproximadamente de la Reserva Natural de la Sociedad Civil Los Charcones’; 20,28 km de los Distritos Regionales de Manejo Integrado ‘Palmar del Tití’, y 28,04 km de Parques Naturales Bosque Seco ‘El Ceibal Mono Tití”; inscritas el 31 de agosto de 2018, 7 de mayo de 2019 y 14 de septiembre de 2017, respectivamente, ubicadas en el departamento del Atlántico, fuera del área de influencia del proyecto de interés. Esta situación es posterior al otorgamiento de la licencia ambiental del proyecto, por lo tanto, esta proximidad puede representar un riesgo ambiental y normativo, con potencial para generar impactos acumulativos y sinérgicos que repercuten en la integridad ecológica, la conectividad interna y el mantenimiento de servicios ecosistémicos fundamentales asociados a estas áreas protegidas. Dicha situación requiere, por lo tanto, una evaluación rigurosa y la implementación de medidas de mitigación y compensación estrictas, por parte del titular. (Ver Figura 4 “Criterios Componente Biótico”. Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos, SSLA, 2026. Instituto de Hidrología, Meteorología y

(Ver Figura 4 “Criterios Componente Biótico”. Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos, SSLA, 2026. Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en el Concepto Técnico 2961 del 24 de marzo de 2026). Es importante indicar que, si bien es cierto que el proyecto cuenta con una línea base ambiental aprobada en el instrumento de manejo otorgado por la Resolución 1091 del 3 de septiembre de 2015, la dinámica ecológica del área del proyecto y el tiempo transcurrido desde su elaboración hace necesario realizar la actualización de esta, con el fin de garantizar que la información utilizada en la evaluación de impactos refleje las condiciones actuales del área del proyecto. Respecto a los cambios en la cobertura vegetal y uso del suelo, las transformaciones recientes en el área de perforación están enmarcadas en la expansión de actividades agrícolas, así como urbanización de nuevas áreas, adicionalmente los procesos de aforestación como deforestación tanto de coberturas antrópicas como coberturas naturales de importancia estratégica comoResolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 7 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 7 de 54 el bosque seco tropical. Estos cambios impactan directamente la dinámica y estado de la flora, modificando su estructura y composición (especies protegidas, endémicas). Lo que está directamente relacionado con los cambios en riqueza

Página 7 de 54 el bosque seco tropical. Estos cambios impactan directamente la dinámica y estado de la flora, modificando su estructura y composición (especies protegidas, endémicas). Lo que está directamente relacionado con los cambios en riqueza (nuevos registros, especies amenazadas), abundancia o distribución de especies de fauna silvestre, así como cambios en patrones de migración o reproducción o los efectos de las actividades humanas sobre estas como el desplazamiento de fauna. Respecto a los ecosistemas estratégicos dentro del territorio que debido a su composición biológica, características físicas, estructuras y procesos ecológicos, proveen bienes y servicios ambientales imprescindibles e insustituibles para el desarrollo sostenible y armónico de la sociedad, lo cual es razón suficiente para propender por una mayor conservación de los mismos se encuentra el bosque seco tropical, la importancia de este ecosistema radica en los múltiples servicios ecosistémicos y en su acelerada desaparición, lo cual ha motivado a las distintas entidades oficiales a invertir esfuerzos y recursos en su protección. (…) También se destaca la presencia de Áreas prioritarias para conservación, estas áreas, son el resultado de una valoración de sitios en Colombia, cuyas características de representatividad, naturalidad, desarrollo sectorial sostenible y oportunidad para la conservación, requieren de mayores esfuerzos para la ampliación de su área protegida dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP). En el documento CONPES 3680 del 21 de Julio de 2010, se establece la importancia de generar un sistema nacional de áreas protegidas representativo en términos ecológicos y efectivo en la gestión para la consecución de los objetivos de

(SINAP). En el documento CONPES 3680 del 21 de Julio de 2010, se establece la importancia de generar un sistema nacional de áreas protegidas representativo en términos ecológicos y efectivo en la gestión para la consecución de los objetivos de conservación, por lo que se proponen unas directrices que conlleven a alcanzar dichos objetivos, entre ellas está el crear nuevas áreas protegidas en los sitios que lo ameriten. Una vez consultado el mapa de Prioridades de Conservación a escala nacional, se encontró que en el área del proyecto hay categorizadas como Arbustales del Zonobioma seco tropical del Caribe, lo cual indica que son ecosistemas críticos, con menos del 5% al 9% de su cobertura original remanente, altamente amenazados por la expansión agrícola y ganadera. Su conservación es prioritaria para proteger una biodiversidad única adaptada a la sequía y garantizar servicios ecosistémicos esenciales como el agua y la captura de carbono. (…) Estas áreas de conservación son zonas de alta importancia, sobre las cuales se debe considerar su protección dado el importante papel ecológico y lo que representan tanto a nivel local como a nivel regional, razón por la cual se requiere un mayor nivel de detalle en la información presentada para poder cuantificar laResolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 8 de 54 realización del proyecto teniendo en cuenta la menor generación posible de impactos ambientales negativos a las áreas anteriormente descritas.

Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 8 de 54 realización del proyecto teniendo en cuenta la menor generación posible de impactos ambientales negativos a las áreas anteriormente descritas. Respecto a la conectividad y fragmentación en el EIA se identificaron coberturas de bosque de galería, bosque fragmentado, lagunas, lagos y ciénagas naturales, arbustales densos como de alta sensibilidad, en el concepto técnico 3893 del 31 de julio de 2015 que fue acogido por medio de la Resolución 1091 del 3 de septiembre de 2015, se destacó que el área definida como complejo de bosques y arbustales del corredor Turbaco-CanaleteTubará, también se considera como de muy alta sensibilidad. No obstante, debido a las dinámicas socio ecológicas del área, se presentan cambios en la estructura de los fragmentos y los corredores biológicos previamente mapeados, lo que varía las métricas de parche, clase y paisaje bajo un análisis multitemporal que conlleve a identificar los agentes actuales que contribuyen al cambio de los ecosistemas y además establecer el contraste de estos hallazgos con las áreas nucleares, así como la tipificación de los diferentes niveles de estabilidad de las coberturas actuales. De igual forma es importante tener en cuenta que con la construcción de proyectos de infraestructura vial dentro del APE, tanto para las nuevas áreas urbanas como aquellas que son de Interés Nacional y que cuentan con Licencia Ambiental otorgada por la ANLA (expediente LAM1837, LAM6843-00 y LAV0064-00-2015), así como proyectos de energía, se presenta un incremento en la presiones a las coberturas naturales y por ende a la flora y fauna, causando pérdida o

como proyectos de energía, se presenta un incremento en la presiones a las coberturas naturales y por ende a la flora y fauna, causando pérdida o fragmentación de cobertura, cambios en la conectividad ecológica y/o deterioro funcional de los ecosistemas, lo cual no se encuentra caracterizado dentro del Estudio de Impacto Ambiental presentado por la Sociedad en el 2015. El desarrollo de nuevas actividades conlleva, a lo largo del tiempo, la generación de impactos adicionales, en la medida en que la ejecución simultánea de diversos proyectos implica una incidencia ambiental superior a la suma de sus efectos individuales. Causando nuevas presiones o impactos acumulativos que no fueron considerados en la línea base inicial. Asimismo, pueden surgir impactos no previstos al momento de la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de 2015, lo que hace necesario establecer y actualizar las correspondientes medidas de manejo, tanto para la fauna como para la flora. (…) Adicional a lo anterior, se han emitido nuevas directrices por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que implican ajustes en metodologías de caracterización biótica y criterios de evaluación. Como la METODOLOGÍA GENERAL PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTUDIOSResolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 9 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Control Ambiental del proyecto “Área de Exploración Sinú San Jacinto Norte Uno Zona Norte SSJN-1 ZN” y se dictan otras disposiciones” Página 9 de 54 AMBIENTALES" del año 2018 que incluye temáticas ausentes en el EIA presentado en el año 2014, como lo es la caracterización de los "Servicios Ecosistémicos",

Página 9 de 54 AMBIENTALES" del año 2018 que incluye temáticas ausentes en el EIA presentado en el año 2014, como lo es la caracterización de los "Servicios Ecosistémicos", entendidos como el vínculo entre las funciones de los ecosistemas y el bienestar humano que hoy deben ser analizados de forma interdisciplinar. Asimismo, se exige un "Análisis de fragmentación y conectividad" mediante el uso de "métricas de parche, clase y paisaje" en al menos dos temporalidades para definir la dinámica del ecosistema e identificar cambios críticos en estas temáticas. Por lo anterior, se hace necesario establecer la importancia de los impactos actuales, ya que puede haber algunos que hayan perdido vigencia y otros que, por el contrario, puedan presentar acumulación y/o sinergia con otros, lo que significa una situación totalmente diferente a la autorizada mediante Resolución 1091 del 3 de septiembre de 2015, modificada por la Resolución 1433 del 10 de noviembre de 2015, y con recurso de reposición Resolución 1650 del 21 de diciembre de 2015. Teniendo en cuenta lo anterior, la información existente de la línea base biótica no representa adecuadamente el estado actual de la flora, fauna, coberturas vegetales, recursos hidrobiológicos, así como los servicios ecosistémicos. Medio Abiótico Mediante Memorando interno con radicado 20264705127683 del 11 de marzo de 2026, el Grupo de Valoración y Manejo de Impactos en procesos de seguimiento, remitió a la subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales, el “Análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental. Proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno

remitió a la subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales, el “Análisis de impactos acumulativos y sinérgicos para solicitud de actualización de Licencia Ambiental. Proyecto “Área de Perforación Exploratoria Sinú San Jacinto Norte Uno Zona NorteSSJN-1 -ZN” - Expediente LAV0029-00-2015. Seguimiento años 2015 a 2026”, del cual se destaca o siguiente: La identificación de cambios en el medio abiótico (suelo, agua, aire, relieve, paisaje, geomorfología) a partir de insumos geográficos se realiza mediante un análisis comparativo espacial y temporal, apoyado en información cartográfica, imágenes satelitales y registros técnicos. En este análisis mediante imágenes satelitales se buscó determinar los cambios en coberturas, modificación de drenajes naturales, cuerpos de agua o zonas de recarga, evidencia de movimientos de tierra, cortes, rellenos o áreas artificializadas, así como, alteración de morfologías del relieve o nuevas estructuras, trazados, vías, explanaciones, plataformas u obras civiles. En la tabla 3 se relacionan las características generales de las imágenes satelitales abordadas: • Caleidoscopio: Imágenes satelitales de alta resolución espacial, de 0.50 metros Earth Scanner y 0.70 metros Daily Vision.Resolución No. 001148 Del 16 ABR. 2026 Hoja No. 10 de 54 “Por la cual se ordena la actualización del Estudio de Impacto Ambiental y del Instrumento de Co

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