ANLA - Resolución 001245 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001245 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001245 (28 ABR. 2026) Página 1 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA, en uso de las facultades legales establecidas en el numeral 8 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto 3573 de 2011, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 de 2020, el literal a) del numeral 10.2 del artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, acorde con lo establecido en el artículo 3 y 4 de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el artículo 1 de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanada de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: Por medio del oficio con radicación 20256201197672 del 30 de septiembre de 2025, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, dio traslado a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por la señora SONIA INFANTE GARZON, en calidad de representante legal de la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., identificada con el NIT. 830.051.371-7, para la emisión del
Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por la señora SONIA INFANTE GARZON, en calidad de representante legal de la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., identificada con el NIT. 830.051.371-7, para la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado REVITON® 339 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL, tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. La sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 1 del artículo tercero de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 1, radicó junto con la solicitud la documentación enunciada a continuación: 1 “Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del dictamen técnico-ambiental al que alude la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, Decisión 436, de la Comisión de la Comunidad Andina, y se toman otras determinaciones”Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 34 1.Solicitud diligenciada y suscrita por la representante legal de la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., la señora SONIA INFANTE GARZON. 2.Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad solicitante. 3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES OCHO MIL PESOS ($3.008.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación.
2.Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad solicitante. 3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES OCHO MIL PESOS ($3.008.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación. 4.El Estudio Ambiental de conformidad con lo dispuesto en el Manual Técnico Andino. 5.Copia del Protocolo de Ensayo de Eficacia debidamente aprobado por el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA. Cumplidos los requisitos anteriores, se conformó el expediente LAM10056-00 y a petición de la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., se surtió el siguiente:
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO
1. Inicio de trámite. A través del Auto 9752 del 5 de noviembre de 2025, esta Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de evaluación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado REVITON® 339 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico a la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., el 6 de noviembre de 2025, quedando ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad Nacional, el 7 del mismo mes y año.
2. Auto de Información Adicional. Mediante el Auto 393 del 29 de enero de 2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de Dictamen Técnico Ambiental.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 30 de enero de 2026, quedando ejecutoriado el 16 de febrero de 2026.
necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de Dictamen Técnico Ambiental. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 30 de enero de 2026, quedando ejecutoriado el 16 de febrero de 2026.
3. Auto que concede prórroga. En atención a la solicitud presentada por la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., a través de la comunicación con radicado 20266200257892 del 26 de febrero de 2026, esta Autoridad Nacional, por medio del Auto 2409 del 31 de marzo de 2026, concedió una prórroga de un (1) mes para presentar la información requerida en el Auto 393 del 29 de enero
de 2026, esto es, hasta el 17 de abril de 2026, de conformidad con lo establecidoResolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 34 en la Ley 1755 de 2015. Acto administrativo notificado por correo electrónico el 6 de abril de 2026 y quedó ejecutoriado el 7 de ese mismo mes y año.
4. Respuesta a requerimientos de información adicional. A través de la comunicación con radicación 20266200433972 del 6 de abril de 2026, la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., presentó la respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad Nacional en el Auto 393 del 29 de enero de 2026.
5. Concepto Técnico. Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., y de
requerimientos efectuados por esta Autoridad Nacional en el Auto 393 del 29 de enero de 2026.
5. Concepto Técnico. Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., y de aquella que reposa en el expediente LAM10056-00, el Grupo Técnico de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 4081 del 21 de abril de 2026.
II. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental.
En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de actividades, (b) Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional, (c) Consideraciones jurídicas de la Autoridad Nacional y (d) Consideraciones de la ANLA que motivan a emitir o negar el Dictamen Técnico Ambiental.
a) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
En primer lugar, evaluada la información presentada por el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 4081 del 21 de abril de 2026, donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud corresponde a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el
donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud corresponde a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado REVITON® 339SC, a partir del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL, para ser utilizado como herbicida de uso agrícola para cultivos de café y arroz, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. AResolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 34 continuación, se expone la información del producto formulado e ingrediente activo grado técnico.
PRODUCTO FORMULADO REVITON® 339SC
NOMBRE1 REVITON 339SC CLASE DE USO1 Herbicida de uso agrícola
TIPO DE
FORMULACIÓN
1 Suspensión concentrada (SC) COMPOSICIÓN2 TIAFENACIL: 339 g/L
DOSIS DE
APLICACIÓN1
Cultivo Blanco biológico Dosis(cc/ha) Número de aplicaciones recomendadas Café Diente de León (Emilia sonchifolia) Corazón Herrido (Polygonum nepalense) Orejas de ratoncito (Dichondra repens Forst) Pacunga (Bidens pilosa) Cerraja (Sonchus oleraceus) Verenilla (Cuphea racemosa) Campanita (Ipomoea sp) 100120 1 Arroz Caminadora (Rottboellia cochinchinensis) Guarda rocío
Cerraja (Sonchus oleraceus) Verenilla (Cuphea racemosa) Campanita (Ipomoea sp) 100120 1 Arroz Caminadora (Rottboellia cochinchinensis) Guarda rocío (Digitaria sanguinalis) Paja mona (Leptochloa filiformis) Falsa caminadora (Ischaemum rugosum) Chaparro de agua (Oldenlandia lancifolia) Pata de gallina (Eleusine indica) Liendre puerca (Echinochloa colonum) Coquito (Cyperus rotundus) 100 1
FABRICANTE Y
PAÍS DE
ORIGEN2
FARMHANNONG CO., LTD. de la República de Corea del Sur 1 Proyecto de rotulado 2 Certificado de composición
INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO TIAFENACIL
NOMBRE COMÚN (ISO)1 TIAFENACIL
NOMBRE QUÍMICO (IUPAC)
1 Methyl 3-[(2RS)-2-{2-chloro-4-fluoro-5-[1,2,3,6-tetrahydro-3methyl-2,6-dioxo-4-(trifluoromethyl) pyrimidin-1(6H)-yl] phenylthio} propionamido]propionate
FÓRMULA EMPÍRICA1 C19H18CIF4N3O5S
NÚMERO CAS1 1220411-29-9
GRUPO QUÍMICO1 UracilResolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 34
“Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 34
GRADO DE PUREZA2 95 min % p/p
IMPUREZAS RELEVANTES
DE INTERÉS AMBIENTAL3 No presenta
FABRICANTE Y PAÍS DE
ORIGEN2 FARMHANNONG CO., LTD. de la República de Corea 1 Dossier Técnico 2 Certificado de composición 3Equipo Evaluador Ambiental -EEA: https://www.regulations.gov/document/EPA-HQ-OPP-2019-0413-0012 (…)”.
b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.
Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA., a fin de determinar la viabilidad del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado REVITON® 339 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL para ser utilizado como herbicida de uso agrícola para cultivos de café y arroz y de conformidad con los demás documentos presentados que obran en el expediente LAM10056-00; el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto Técnico 4081 del 21 de abril de 2026. En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…) EVALUACIÓN AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante, para
En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…) EVALUACIÓN AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante, para el producto formulado REVITON® 339SC, a partir del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998, modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y la Resolución 2075 del 02 de agosto de 2019 - Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con las siguientes consideraciones: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO TIAFENACIL Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Sólido blanco con leve olor característico PRESIÓN DE VAPOR < 1,48 x 10-8 Pa a 20°C SOLUBILIDAD EN AGUA 110 mg/L a pH5
COEFICIENTE DE PARTICIÓN n-OCTANOL
/AGUA 1,95Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 34
COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA (Koc) 6,1
FACTOR DE BIOCONCENTRACIÓN (BCF) No se reporta DT50 SUELOS DT50 = 16 días DT50 AGUAS DT50 = 19,5 días por fotólisisDT50 = 20,5 días por hidrólisis METABOLITOS (Con ocurrencia mayor al 10%) No se reporta
DT50 SUELOS DT50 = 16 días DT50 AGUAS DT50 = 19,5 días por fotólisisDT50 = 20,5 días por hidrólisis METABOLITOS (Con ocurrencia mayor al 10%) No se reporta Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves
TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA
ORAL Pato (Anas platyrhynchos) DL50 > 2250 mg/Kg bw >2000 mg/Kg bw Prácticamente no tóxico
DIETARIA
Pato (Anas platyrhynchos) CL50 > 2068 mg/Kg bw >2000 mg/Kg bw Prácticamente no tóxico
DIETARIA
Pato (Anas platyrhynchos) CL50 > 5620 ppm >5000 ppm Prácticamente no tóxico ORAL Codorniz (Colinus virginianus) DL50 > 2250 mg/Kg bw 2000 mg/Kg bw Prácticamente no tóxico
DIETARIA
Codorniz (Colinus virginianus) CL50 > 1094 mg/Kg bw 501 – 2000 mg/Kg bw Levemente tóxico
DIETARIA
Codorniz (Colinus virginianus) CL50 > 5620 ppm >5000 ppm Prácticamente no tóxico Efectos sobre organismos acuáticos
TOXICIDAD AGUDA
TOXICIDAD ESPECIE CL50 (mg/L) CRITERIOSmg/L CATEGORÍA
ORAL (96 h) Cyprinodon variegatus >13,60 10 - 100 Ligeramente tóxico ORAL (48 h) Daphnia magna >75,50 10 - 100 Ligeramente Tóxico Efectos sobre el crecimiento Raphidocelis subcapitata 0,005 < 0,1 Extremadamente Tóxico Efectos sobre el crecimiento Lemna gibba 0,006 < 0,1 Extremadamente Tóxico Efectos sobre las abejas TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍAResolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 7 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 34 DL50 (µg/abeja) (µg/abeja) CONTACTO Apis mellifera > 109,5 > 100 Prácticamente no tóxico ORAL Apis mellifera > 100,5 > 100 Prácticamente no tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDACL50 (mg/kg) ORAL Eisenia foetida 1000 PRODUCTO FORMULADO REVITON® 339SC Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido blanco con olor característico ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Estable a 20°C durante 36 meses pH 4.5 a 4,6 INFLAMABILIDAD No inflamable DENSIDAD RELATIVA 1,1310 g/ml EXPLOSIVIDAD No explosivo
EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL INGREDIENTE ACTIVO GRADO
TÉCNICO TIAFENACIL
INFLAMABILIDAD No inflamable DENSIDAD RELATIVA 1,1310 g/ml EXPLOSIVIDAD No explosivo EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO TIAFENACIL La solicitante, desarrolló la evaluación del riesgo ambiental - ERA del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL con una dosis máxima de aplicación del producto formulado REVITON® 339SC de 0,12 L/ha, una concentración de ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL de 339 g/L, realizando una (1) aplicación, lo cual es equivalente a 0,04068 kg de TIAFENACIL/ha. Evaluación de riesgo ambiental en suelos. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente suelo, se reporta que el ingrediente activo TIAFENACIL cuenta con un tiempo de vida media en suelo DT50 de 16 días y un valor para la constante de adsorción normalizada K oc de 6,1 ml/g, concluyendo que la sustancia es móvil y no persistente en suelo. Evaluación de riesgo ambiental en agua subterránea. Para la evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea, se calculó el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL a partir de la ecuación de Gustaffson, con los datos DT50 de 16 días y Koc de 6,1 ml/g obteniendo un valor de GUS igual a 3,87. De los resultados obtenidos, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico tiene un alto potencial de lixiviación hacia agua subterránea.Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 34
el ingrediente activo grado técnico tiene un alto potencial de lixiviación hacia agua subterránea.Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 34 A razón de ello, la solicitante realizó una refinación de la evaluación en agua subterránea empleando el modelo SCI-GROW versión 2.3 de US EPA para determinar la concentración del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL en agua subterránea. Para el modelo, se tomó como base un (1) ciclo de cultivo al año y una (1) aplicación por ciclo de cultivo, las variables de entrada y los resultados obtenidos se registran en la siguiente tabla: Sustancia DT50(días) Koc(mL/g) Fracción, de ocurrencia Dosis(Lb/acre) Concentración(ppb) TIAFENACIL 16 6,1 100% 0,03623 1,57 x 10-2 De los anteriores resultados, se concluye que la concentración en agua subterránea obtenida para el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL, se encuentran por debajo de los límites máximos de concentración aceptables para plaguicidas y otras sustancias químicas establecidos en la Resolución 2115 del 22 de junio de 2007. Evaluación de riesgo ambiental en aguas superficiales. En la evaluación del riesgo ambiental para las aguas superficiales, se reporta que el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL cuenta con un tiempo de vida media
Evaluación de riesgo ambiental en aguas superficiales. En la evaluación del riesgo ambiental para las aguas superficiales, se reporta que el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL cuenta con un tiempo de vida media DT50 de 20,5 días por hidrólisis y de 19,5 días fotólisis, concluyendo que no es persistente en aguas superficiales. Evaluación de riesgo ambiental en aire. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente aire, se reporta que el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL presenta una presión de vapor de 1,48 x 10-8 Pa a 20°C y una vida media en aire de 0,27 días. Por lo cual, concluye que el ingrediente activo cuenta con un moderado potencial para volatilizarse y no es persistente en aire. Evaluación del riesgo ambiental en aves En la Evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), basada en la dieta de follaje. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,04068 Codorniz Follaje 2,44 1094mg/Kg bw 0,002231 0,1 NOResolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 9 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 34
“Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 34 DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
(Colinus virginianus) mg/Kg bw 0,04068 Codorniz (Colinus virginianus) Follaje 2,44 mg/Kg bw 2250 mg/kg bw 0,0031 0,1 NO 0,04068 Pato (Anas platyrhynchos) Follaje 0,81 mg/Kg bw 2250 mg/kg bw 0,003616 0,1 NO 0,04068 Pato (Anas platyrhynchos) Follaje 0,81 mg/Kg bw 2068 mg/Kg bw 0,000393 0,1 NO De acuerdo con los resultados obtenidos no se evidencia riesgo agudo en aves debido a que los RQ no superaron el valor crítico. Adicionalmente, se cumplió con todos los criterios de evaluación del primer nivel. En consecuencia, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL no genera riesgo para aves y no es necesario continuar con el siguiente nivel de evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en organismos acuáticos. En la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como especies indicadoras más sensibles en el primer nivel, los peces, invertebrados
nivel de evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en organismos acuáticos. En la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como especies indicadoras más sensibles en el primer nivel, los peces, invertebrados y algas acuáticas. Se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), utilizando la fórmula A/B del Manual Técnico de la Norma Andina y un porcentaje de escorrentía del 5%. En la siguiente tabla se presenta los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA (mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,04068 Cyprinodon variegatus 0,001017 >13,60 0,000075 0,1 NO 0,04068 Daphnia magna 0,001017 >75,50 0,000013 0,1 NO 0,04068 Raphidocelis subcapitata 0,001017 0,005 0,2034 0,1 SI 0,04068 Lemna gibba 0,001017 0,006 0,1695 0,1 SI De acuerdo con los anteriores resultados, y teniendo en cuenta que no se cumplió con la totalidad de los criterios del primer nivel de evaluación, la solicitante concluye que se presenta riesgo agudo en Raphidocelis subcapitata y Lemna gibba, y por ende continua con en el siguiente nivel de la evaluación.Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 10 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental
continua con en el siguiente nivel de la evaluación.Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 10 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 34 Nivel 2 DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
CRÓNICA
(mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,04068 Cyprinodon variegatus 0,001017 0,120 0,0084 1,0 NO 0,04068 Daphnia magna 0,001017 0,605 0,0016 1,0 NO 0,04068 Raphidocelis subcapitata 0,001017 0,003 0,3390 1,0 NO 0,04068 Lemna gibba 0,001017 0,001 1,0170 1,0 SI Debido a que los coeficientes de riesgo obtenidos superan el nivel crítico de 1,0 para plantas acuáticas, la solicitante procedió a realizar una refinación de la EEC, utilizando una metodología técnica y bibliográficamente sustentada. Refinación Kd DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
CRÓNICA
(mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,04068 Cyprinodon variegatus 0,0008268 0,120 0,0068 1,0 NO
TOXICIDAD
CRÓNICA
(mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,04068 Cyprinodon variegatus 0,0008268 0,120 0,0068 1,0 NO 0,04068 Daphnia magna 0,0008268 0,605 0,0013 1,0 NO 0,04068 Raphidocelis subcapitata 0,0008268 0,003 0,2756 1,0 NO 0,04068 Lemna gibba 0,0008268 0,001 0,8268 1,0 NO De los resultados obtenidos, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL no genera riesgo crónico en organismos acuáticos. La solicitante presentó un programa específico para organismos acuáticos dentro del Plan de Manejo Ambiental. Evaluación del riesgo ambiental en abejas Para la evaluación de riesgo ambiental en abejas, la solicitante tomó una dosis máxima de aplicación del producto formulado REVITON® 339SC de 0,12 L/ha, una concentración de ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL de 339 g/L, realizando una (1) aplicación, lo cual es equivalente a 0,04068 kg de TIAFENACIL /ha. Los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1
DOSIS DE I.A.
(g/ha)
TOXICIDAD AGUDA (μg/abeja) QHC QHO NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO) 40,68 > 109,5 (Contacto) 0,37 - 50 NO
Nivel 1
DOSIS DE I.A.
(g/ha) TOXICIDAD AGUDA (μg/abeja) QHC QHO NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO) 40,68 > 109,5 (Contacto) 0,37 - 50 NO 40,68 > 100,5 (Oral) - 0,40 50 NOResolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 11 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 34 De acuerdo con los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL cumple con el criterio para el Nivel 1 de Evaluación de Riesgo Ambiental para abejas; por lo cual, no es necesario pasar al siguiente nivel de evaluación, y se concluye que no se presenta riesgo agudo en abejas. Evaluación del riesgo ambiental en lombriz de tierra Para la Evaluación de Riesgo en lombriz de tierra, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC) suponiendo que el plaguicida se distribuye en los 5 cm superiores del suelo en donde el 50% del plaguicida alcanza el suelo. Los resultados obtenidos de la evaluación del riesgo ambiental del Nivel 1, se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE EEC(mg/kg)
PORCENTAJE
QUE
ALCANZA EL
SUELO
TOXICIDAD
AGUDA (mg/kg)
RQ NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO)
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE EEC(mg/kg)
PORCENTAJE
QUE
ALCANZA EL
SUELO
TOXICIDAD
AGUDA (mg/kg) RQ NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO) 0,04068 Eisenia foetida 0,027 50% 1000 0,000027 < 0,5 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para lombriz de tierra contenido en el Manual Técnico de la Norma Andina, por lo cual la solicitante no desarrolla el siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Programas del Plan de Manejo Ambiental El Plan de Manejo Ambiental propuesto por la solicitante para el producto formulado REVITON® 339SC, contiene la identificación y evaluación de los riesgos ambientales y las medidas de manejo. El Plan de Manejo Ambiental está conformado por los siguientes programas:
1. Programa de acción
2. Programa de reducción de desechos
3. Programa de seguimiento y monitoreo ambiental
4. Programa para prevenir el impacto en organismos acuáticos Los programas que conforman el Plan de Manejo Ambiental se presentan mediante formatos de fichas que contienen los siguientes aspectos: objetivos, metas, alcance, impactos a controlar, etapa, tipo de medida, acciones a desarrollar, lugar de aplicación, indicadores de seguimiento, personal requerido, responsable de ejecución, temas de capacitación, presupuesto y cronograma.Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 12 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental
ejecución, temas de capacitación, presupuesto y cronograma.Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 12 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 34 Programa de atención de emergencias y de contingencias: La solicitante presenta la ficha del Programa de atención de emergencias y contingencias, el cual se enfoca en atender rápida y eficientemente las emergencias del producto formulado, reducir los costos que conllevan la atención de emergencias, disminuir el impacto que la emergencia pueda tener sobre la imagen corporativa de la empresa, dar cumplimiento a la legislación nacional existente para el manejo y transporte de sustancias químicas peligrosas, para la atención de emergencias, con las mismas y a las Normas Técnicas Colombianas y normas de calidad implementadas voluntariamente por ISHIHARA COLOMBIA LTDA. De igual forma, se presenta el documento denominado “Plan de Gestión de Riesgo de Desastres.”. Este describe las etapas de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre, considerando las actividades de cargue, descargue y almacenamiento, así como los elementos expuestos y áreas de afectación en el lugar de almacenamiento, incluyendo el análisis de vulnerabilidad. CONSIDERACIONES La sociedad ISHIHARA COLOMBIA LTDA, solicita el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado REVITON® 339SC a partir del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL, el cual será utilizado como herbicida de uso agrícola para cultivos de café y arroz, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado.
para el producto formulado REVITON® 339SC a partir del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL, el cual será utilizado como herbicida de uso agrícola para cultivos de café y arroz, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado.
1. El producto REVITON® 339SC será formulado por: FARMHANNONG CO., LTD. de la República de Corea del Sur.
2. El fabricante del ingrediente activo grado técnico TIAFENACIL es:
FARMHANNONG CO., LTD. de la República de Corea del Sur. De acuerdo con el proyecto de rotulado presentado, los cultivos y blancos biológicos a controlar, las dosis y número de aplicaciones recomendadas del producto formulado REVITON® 339SC, son los siguientes: Cultivo Blanco biológico Dosis(L/ha) Número de aplicaciones recomendadas Café Diente de León (Emilia sonchifolia) Corazón Herrido (Polygonum nepalense) Orejas de ratoncito (Dichondra repens Forst) Pacunga (Bidens pilosa) Cerraja (Sonchus oleraceus) Verenilla (Cuphea racemosa) Campanita (Ipomoea sp) 100 - 120 1Resolución No. 001245 Del 28 ABR. 2026 Hoja No. 13 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adopta
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