ANLA - Resolución 001264 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001264 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001264 (29 ABR. 2026) Página 1 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA, en uso de las facultades legales establecidas en el numeral 8 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto 3573 de 2011, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 de 2020, el literal a) del numeral 10.2 del artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, acorde con lo establecido en el artículo 3 y 4 de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el artículo 1 de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanada de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: Por medio del oficio con radicación No. 20256201599112 del 19 de diciembre del 2025, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, dio traslado a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por el señor JIA DU, en calidad de representante legal de la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., para la modificación de la Resolución 1017 del 19 de agosto de 20151, modificada por la Resolución 510 del 10 de marzo de 20232, en el sentido de aumentar la dosis aprobada y adicionar un nuevo cultivo.
COLOMBIA S.A.S., para la modificación de la Resolución 1017 del 19 de agosto de 20151, modificada por la Resolución 510 del 10 de marzo de 20232, en el sentido de aumentar la dosis aprobada y adicionar un nuevo cultivo. La sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S, en cumplimiento del artículo quinto de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008, remitió entre otros, la siguiente documentación tendiente a modificar el Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante la Resolución 1017 del 19 de agosto de 2015: 1 Por la cual se emite Dictamen Técnico Ambiental a nombre de la sociedad CAMPO CIENCIA AGRO S.A.S., identificada con el NIT. 900.602.1913, para el producto formulado GLUFOSINEE 200 SL, con base en el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO 2 Por medio de la cual autorizó la cesión del Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante Resolución 1017 del 19 de agosto de 2015, de la sociedad CAMPO CIENCIA AGRO S.A.S., en favor de sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., identificada con NIT. 901.435.922-1Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 2 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 30 1.Solicitud de modificación de Dictamen Técnico Ambiental suscrita por la representante legal de la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., el señor JIA DU. 2.Certificado de existencia y representación legal. 3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES OCHO MIL PESOS
representante legal de la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., el señor JIA DU. 2.Certificado de existencia y representación legal. 3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES OCHO MIL PESOS ($3.008.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación. 4.Nuevo Proyecto de Rotulado del producto formulado GLUFOSINEE 200 SL. 5.Evaluación de Riesgo Ambiental Estudio Ambiental. 6.Plan de Manejo Ambiental. 7.Copia del Protocolo de Ensayo de Eficacia debidamente aprobado por el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA. Cumplidos los requisitos anteriores, y a petición de la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., se surtió el siguiente:
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO
1. Inicio de trámite: A través del Auto 11733 del 26 de diciembre de 2025, esta Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de evaluación tendiente a la modificación del Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante la Resolución 1017 del 19 de agosto de 2015, en el sentido de aumentar la dosis aprobada y adicionar el cultivo palma de aceite.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico a la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., el 29 de diciembre de 2025, quedando ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad, el 30 del mismo mes y año.
2. Auto de Información Adicional: Mediante Auto 887 del 13 de febrero de 2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria para evaluar la solicitud de modificación de
2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria para evaluar la solicitud de modificación de Dictamen Técnico Ambiental. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 16 de febrero de 2026 y quedó ejecutoriado el 03 de marzo de 2026.
3. Respuesta a requerimientos de información adicional. A través de la
comunicación con radicación 20266200281462 del 03 de marzo de 2026, laResolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 3 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 30 sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., presentó la respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad Nacional en el Auto 887 del 13 de febrero de 2026.
4. Concepto Técnico. Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., y de aquella que reposa en el expediente LAM6828-00, el Grupo Técnico de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 3538 del 06 de abril de
2026.
II. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el
2026.
II. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental.
En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de actividades, (b) Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional, (c) Consideraciones jurídicas y (d) Consideraciones de la ANLA que motivan a emitir o negar la modificación del Dictamen Técnico Ambiental.
a) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
En primer lugar, evaluada la información presentada por el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 3538 del 06 de abril de 2026, donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud tiene por objeto la modificación del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLUFOSINEE 200 SL a partir del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, para ser utilizado como herbicida de uso agrícola, en el sentido de aumentar la dosis de aplicación e incluir el cultivo de palma de aceite, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. A continuación, se expone la información del producto formulado e ingrediente activo grado técnico:Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones”
grado técnico:Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 4 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 30
PRODUCTO FORMULADO GLUFOSINEE 200 SL
NOMBRE GLUFOSINEE 200 SL
CLASE DE USO1 Herbicida agrícola
TIPO DE
FORMULACIÓN1 Concentrado Soluble - SL
COMPOSICIÓN1 GLUFOSINATO DE AMONIO: 200 g/L
DOSIS DE APLICACIÓN Cultivos Blanco biológico Dosis (L/ha) Número de Aplicaciones recomendadas Caña de azúcar2 Bledo (Amaranthus dubius), Escoba (Sida acuta), Verdolaga (Portulaca oleracea), Siempreviva (Commelina diffusa), Batatilla (Ipomoea congesta), Guarda Rocio (Digitaria sanguinalis), Pata de gallina (Eleusine indica), Tumbergia (Thunbergia alata) 1,5 1 Papa2 Kikuyo (Pennisetum clandestinum), Rabano (Raphanus sativus), Hierba colorada (Rumex acetosella), Gualola (Polygonum segetum), Cenizo (Chenopodium album L.), Raigrass (Lolium perenne), Cilantrillo (Spergula arvensis L), Avena (Avena sativa), Alpiste (Phalaris canariensis), Diente de León (Taraxacum officinale) 1,5 1 Banano2 Verdolaga (Portulaca oleracea), Escoba (Sida acuta), Hierba de sapo (Talinum paniculatum),
Diente de León (Taraxacum officinale) 1,5 1 Banano2 Verdolaga (Portulaca oleracea), Escoba (Sida acuta), Hierba de sapo (Talinum paniculatum), Liendrepuerco (Echinochloa colonum), Papunga (Bidens pilosa), Viernes santo (Phyllanthus niruri), Botoncillo (Emilia sonchifolia), Tumbergia (Thunbergia sp). 1,0 1 Palma de aceite3 Malezas 1,0 – 3,0 1
FABRICANTE Y
PAÍS DE ORIGEN2
1. NINGBO GENERIC CHEMICAL CO., LTD., de China.
2. NINGBO CYCLE CHEMICAL CO., LTD., de China. 1: Resolución 1017 del 19 de agosto de 2015. 2: Copia de Registro Nacional ICA No PL0021432023, allegado mediante radicado ANLA 20256201210732 del 2 de octubre de 2025. 3: Nuevo proyecto de rotulado.
INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO GLUFOSINATO DE AMONIOResolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 5 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 30 NOMBRE COMÚN (ISO)1 GLUFOSINATO DE AMONIO NOMBRE QUÍMICO (IUPAC) 1 Ammonium (2RS)-2 amino-4-(methylphosphinato)butyryc acid
FÓRMULA EMPÍRICA1 C5H15N2O4P
NÚMERO CAS1 77182-82-2
GRUPO QUÍMICO1 Derivado del ácido fosfinico GRADO DE PUREZA1 Mínimo 950 g/Kg
IMPUREZAS RELEVANTES DE
INTERÉS AMBIENTAL1 No presenta FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN1 NINGBO GENERIC CHEMICAL CO., LTD., de China. 1: Resolución 1017 del 19 de agosto de 2015.
b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.
Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., a fin de determinar la viabilidad de la modificación del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLUFOSINEE 200 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, en el sentido de aumentar la dosis aprobada y adicionar el cultivo palma de aceite y de conformidad con los demás documentos presentados que obran en el expediente LAM6828-00; el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto Técnico 3538 del 06 de abril de 2026. En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…) La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante para el producto formulado GLUFOSINEE 200 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de
“(…) La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante para el producto formulado GLUFOSINEE 200 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998, modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y la Resolución 2075 del 02 de agosto de 2019 por la cual se adopta el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con las siguientes consideraciones: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO GLUFOSINATO DE AMONIO Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Sólido cristalino de color blanco a amarillo claro y olor levemente picante PRESIÓN DE VAPOR 3,1 x 10-5 Pa a 25°C SOLUBILIDAD EN AGUA 500000 mg/L a 20°C COEFICIENTE DE PARTICIÓN n-OCTANOL /AGUA Log Kow: -4,01 a 20°C y pH 7.0 FACTOR DE BIOCONCENTRACIÓN (BCF) 0,5Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 6 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 30 COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 5,4 mL/g DT50 SUELOS 30 días DT50 AGUAS Estable por hidrólisisEstable por fotólisis
METABOLITOS
(Con ocurrencia mayor al 10%) MPP MPA Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Codorniz (Colinus virginianus) DL50 1104 mg/Kg bw 501 – 2000 mg/Kg bw Levemente tóxico DIETARIA Codorniz (Colinus virginianus) CL50 >5000 mg/Kg >5000 mg/Kg Prácticamente no tóxico Efectos sobre organismos acuáticos
TOXICIDAD
AGUDA CRITERIOSTOXICIDAD ESPECIE
(mg/L) (mg/L) CATEGORÍA ORAL (96 h) Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 252 >100 Prácticamente no tóxico ORAL (48 h) Pulga de agua (Daphnia magna) 32,04 10 – 100 Ligeramente tóxico Efectos sobre el crecimiento Alga (Anabaena flosaquae) 0,072 ˂0,1 Extremadamente tóxico Efectos sobre el crecimiento Lenteja de agua (Lemna gibba) 1,47 1,0 - ˂10 Moderadamente tóxico Efectos sobre las abejas
TOXICIDAD ESPECIE
TOXICIDAD
AGUDA DL50 (µg/abeja) CRITERIOS (µg/abeja) CATEGORÍA CONTACTO Abeja (Apis mellifera) >345 >100 Prácticamente no tóxico ORAL Abeja (Apis mellifera) >600 >100 Prácticamente no tóxico
Efectos sobre la lombriz de tierra TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CL50 (mg/kg) ORAL Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 1000 PRODUCTO FORMULADO GLUFOSINEE 200 SL Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido de color azul claro y olor levemente picante COMPOSICIÓN1 GLUFOSINEE 200 SL: 200 g/LResolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 7 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 30 pH 7,2 ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Estable durante 2 años, almacenado bajo condiciones normales. INFLAMABILIDAD No inflamable DENSIDAD RELATIVA 1,089 g/cm3 a 20°C EXPLOSIVIDAD No explosivo CORROSIVIDAD No corrosivo 1: Certificado de composición EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL DEL INGREDIENTE ACTIVO GLUFOSINATO DE AMONIO La solicitante desarrolló la evaluación del riesgo ambiental del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO con una dosis máxima de aplicación del producto formulado GLUFOSINEE 200 SL de 3,0 L de PF/Ha, una concentración de ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO de 200 g/L, realizando una (1) aplicación, lo cual es equivalente a 0,6 Kg de GLUFOSINATO DE
AMONIO/ha.
Evaluación de riesgo ambiental en suelos. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente suelo, se reporta para el ingrediente activo GLUFOSINATO DE AMONIO un tiempo de vida media aeróbico en
AMONIO/ha.
Evaluación de riesgo ambiental en suelos. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente suelo, se reporta para el ingrediente activo GLUFOSINATO DE AMONIO un tiempo de vida media aeróbico en suelos de DT50 de 30 días y un valor para la constante de adsorción normalizada Koc de 5,4 ml/g, concluyendo que la sustancia es persistente y es móvil. Conforme lo reportado por la solicitante, el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO se degrada en el metabolito MPP y MPA con una fracción de ocurrencia mayor al 10%, presentando la siguiente información: Metabolitos DT50 (días) Koc (mL/g) Observaciones MPP 86 2,3 Persistente y móvil MPA 50 23 Persistente y móvil Evaluación de riesgo ambiental en aguas subterráneas. Para la evaluación del riesgo ambiental en aguas subterráneas, se reporta que el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO se calculó a partir de la ecuación de Gustafson, con los datos DT 50 de 30 días y Koc de 5,4 mL/g, obteniendo un valor de GUS igual a 4,83. Con base en el resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico presenta alto potencial de lixiviación hacia aguas subterráneas. De otra parte, se determinó el potencial de lixiviación (GUS) para los metabolitos MPP y MPA, a partir de la ecuación de Gustaffson, con los siguientes datos:Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 30
y MPA, a partir de la ecuación de Gustaffson, con los siguientes datos:Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 8 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 30 Metabolito DT50 (días) Koc (mL/g) GUS Observaciones MPP 86 2,3 7,04 Alto potencial de lixiviación MPA 50 23 4,48 Alto potencial de lixiviación Con base en los anteriores resultados, se realiza el segundo nivel de evaluación, en la que determina la concentración para el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO y los metabolitos MPP y MPA, en aguas subterráneas mediante el modelo SciGrow, versión 2.3, de USEPA, tomando como base una aplicación, un ciclo de cultivo al año y la siguiente información: Ingrediente activo/metabolitos DT50 (días) Koc (mL/g) Dosis (Lb/acre) Concentración (ppb) GLUFOSINATO DE AMONIO 30 5,4 0,54 1,08 MPP 86 2,3 0,25 6,44
MPA 50 23 0,14 3,02X10-1
De los resultados obtenidos, la solicitante reporta que la concentración en aguas subterráneas para el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO y los metabolitos MPP y MPA, se encuentran por debajo de los valores de concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Salud y Protección Social.
concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Salud y Protección Social. Evaluación de riesgo ambiental en aguas superficiales. En la evaluación del riesgo ambiental para las aguas superficiales, se indica que el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO es estable para hidrólisis y fotólisis, concluyendo que es persistente en agua superficial. Evaluación de riesgo ambiental en aire. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente aire, se reporta que el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO presenta una presión de vapor de 3,1 x 10-5 Pa a 25°C y una degradación oxidativa fotoquímica de 0,5 días; por lo cual, la solicitante considera que el ingrediente activo tiene un moderado potencial para volatilizarse y no es persistente en aire. Evaluación del riesgo ambiental en aves En la evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), basada en la dieta de grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 1: Nivel 1Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 9 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 30 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,6
Página 9 de 30 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,6 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 38,52 mg/kg bw 1104 mg/Kg bw 0,03 0,1 NO DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,6 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 128,4 mg/kg >5000 mg/Kg 0,02 0,1 NO Teniendo en cuenta los resultados obtenidos, donde no se cumplió con la totalidad de criterios del primer nivel, la solicitante continuó realizando la evaluación para el segundo nivel. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 2: Nivel 2. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO) 0,6 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 38,52 mg/kg bw 40 mg/kg bw 0,96 1,0 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo crónico para la especie evaluada fue menor al nivel crítico 1,0; no se requiere pasar al siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental; por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo crónico en aves.
especie evaluada fue menor al nivel crítico 1,0; no se requiere pasar al siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental; por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo crónico en aves. Evaluación del riesgo ambiental en organismos acuáticos. En la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como especies indicadoras más sensibles en el primer nivel, al pez, invertebrados, alga y planta acuática. Se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), utilizando la fórmula A/B del Manual Técnico andino y un porcentaje de escorrentía del 5%. En la siguiente tabla se presentan los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel 1: Nivel 1. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA (mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 252 0,00005 0,1 NO0,6 Pulga de agua (Daphnia magna) 0,015 32,04 0,0004 0,1 NOResolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 10 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 30 Alga (Anabaena flos-aquae) 0,072 0,2 0,1 SI Lenteja de agua (Lemna gibba) 1,47 0,01 0,1 NO Según los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO
Lenteja de agua (Lemna gibba) 1,47 0,01 0,1 NO Según los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO no cumple con la totalidad de criterios del primer nivel; por lo cual fue necesario continuar la evaluación. En la siguiente tabla se indican datos y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel 2: Nivel 2. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
CRÓNICO
(mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 50 0,0003 1,0 NO Pulga de agua (Daphnia magna) 18 0,0008 1,0 NO Alga (Anabaena flos-aquae) 0,041 0,36 1,0 NO 0,6 Lenteja de agua (Lemna gibba) 0,015 0,8 0,018 1,0 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo crónico para las especies evaluadas fue menor al nivel crítico (RQcrónico <1); por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo crónico en organismos acuáticos, y por ende no continúa con en el siguiente nivel de la evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en abejas. Para la evaluación de riesgo ambiental en abejas, la solicitante tomó una dosis de aplicación de producto formulado de 3,0 L de PF/Ha, con una composición de 200 g i.a./L, equivalente a 600 g i.a./ha, realizando una (1) aplicación. Los resultados
aplicación de producto formulado de 3,0 L de PF/Ha, con una composición de 200 g i.a./L, equivalente a 600 g i.a./ha, realizando una (1) aplicación. Los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1
DOSIS DE I.A.
(g/ha) TOXICIDAD AGUDA (μg/abeja) QHC QHO NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO) >345 (Contacto) 1,74 - 50 NO600 600 (Oral) - 1 50 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para abejas, contenido en el Manual Técnico Andino; por lo cual, no es necesario pasar al siguiente nivel de evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en lombriz de tierra Para la evaluación de riesgo ambiental en lombriz de tierra, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC) suponiendo que el plaguicida se distribuye en los 5 cm superiores del suelo en donde el suelo intercepta el 50% del plaguicida.Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 11 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 30 Los resultados obtenidos de la evaluación del riesgo ambiental del Nivel 1, se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1. DOSIS
DE I.A.
(kg/ha) ESPECIE EEC(mg/kg) PORCENTAJE QUE ALCANZA EL SUELO TOXICIDAD AGUDA(mg/kg) RQ NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO)
0,6
DOSIS
DE I.A.
(kg/ha) ESPECIE EEC(mg/kg) PORCENTAJE QUE ALCANZA EL SUELO TOXICIDAD AGUDA(mg/kg) RQ NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO)
0,6 Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 0,402 50% 1000 0,0004 < 0,5 NO De acuerdo con el anterior resultado, el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para lombriz de tierra contenido en el Manual Técnico Andino, por lo cual la solicitante no desarrolla el siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Programas del Plan de Manejo Ambiental El Plan de Manejo Ambiental propuesto para el producto formulado GLUFOSINEE 200 SL, tiene en cuenta la identificación y evaluación de los riesgos ambientales y las medidas de manejo. El complemento del Plan de Manejo Ambiental está conformado por los siguientes programas:
1. Programa de acción.
2. Programa de reducción de desechos.
3. Programa de monitoreo – seguimiento ambiental.
4. Programa medidas para el cultivo de palma.
Los programas que conforman el complemento del Plan de Manejo Ambiental se presentan mediante formatos de fichas que contienen los siguientes aspectos: objetivos, metas, alcance, impactos a controlar, etapa, tipo de medida, acciones a desarrollar, lugar de aplicación, indicadores de seguimiento, personal requerido, responsable de ejecución, temas de capacitación, presupuesto y cronograma. Plan de emergencias y contingencias La solicitante presenta en formato de ficha el programa denominado “plan de emergencias y contingencias”, el cual contempla el desarrollo de tres temas
responsable de ejecución, temas de capacitación, presupuesto y cronograma. Plan de emergencias y contingencias La solicitante presenta en formato de ficha el programa denominado “plan de emergencias y contingencias”, el cual contempla el desarrollo de tres temas principales: conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre, para las principales actividades relacionada con el manejo del producto formulado, las cuales son cargue, descargue y almacenamiento. En el conocimiento del riesgo, se identifican los eventos amenazantes endógenos y exógenos, en el de reducción del riesgo, se definen las medidas necesarias para controlar el riesgo y en el de manejoResolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 12 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 30 del desastre, se determinan los controles y medidas a implementar para dar respuesta a un incidente, así como también, la preparación ante escenarios de riesgo. CONSIDERACIONES Se solicitó la modificación del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLUFOSINEE 200 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, el cual será utilizado como herbicida de uso agrícola en el sentido de aumentar la dosis de aplicación e incluir el cultivo de palma de aceite, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. El producto GLUFOSINEE 200 SL, será formulado por NINGBO GENERIC CHEMICAL CO., LTD., de China y NINGBO CYCLE CHEMICAL CO., LTD., de China. El fabricante del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO es
NINGBO GENERIC CHEMICAL CO., LTD., de China.
CHEMICAL CO., LTD., de China y NINGBO CYCLE CHEMICAL CO., LTD., de China.
El fabricante del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO es
NINGBO GENERIC CHEMICAL CO., LTD., de China.
De acuerdo con el proyecto de rotulado presentado, los cultivos, los blancos biológicos a controlar, la dosis y número de aplicaciones recomendadas del producto GLUFOSINATO DE AMONIO, son los siguientes: Cultivos Blanco biológico Dosis (L/Ha) Número de aplicaciones recomendadas Caña de azúcar Bledo (Amaranthus dubius), Escoba (Sida acuta), Verdolaga (Portulaca oleracea), Siempreviva (Commelina diffusa), Batatilla (Ipomoea congesta), Guarda Rocio (Digitaria sanguinalis), Pata de gallina (Eleusine indica), Tumbergia (Thunbergia alata) 1,5 1 Papa Kikuyo (Pennisetum clandestinum), Rabano (Raphanus sativus), Hierba colorada (Rumex acetosella), Gualola (Polygonum segetum), Cenizo (Chenopodium album L.), Raigrass (Lolium perenne), Cilantrillo (Spergula arvensis L), Avena (Avena sativa), Alpiste (Phalaris canariensis), Diente de León (Taraxacum officinale) 1,5 1 Banano Verdolaga (Portulaca oleracea), Escoba (Sida acuta), Hierba de sapo (Talinum paniculatum), Liendrepuerco (Echinochloa colonum), Papunga (Bidens pilosa), Viernes santo (Phyllanthus niruri), Botoncillo (Emilia sonchifolia), Tumbergia (Thunbergia sp).
paniculatum), Liendrepuerco (Echinochloa colonum), Papunga (Bidens pilosa), Viernes santo (Phyllanthus niruri), Botoncillo (Emilia sonchifolia), Tumbergia (Thunbergia sp). 1,0 1 Palma de aceite Malezas 1,0 – 3,0 1 Frente a la evaluación del riesgo ambiental del ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO, el Equipo Evaluador Ambiental en adelante EEA, tiene las siguientes consideraciones:Resolución No. 001264 Del 29 ABR. 2026 Hoja No. 13 de 30 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 13 de 30 Para el componente suelo. De acuerdo con la información del análisis del riesgo ambiental, se considera que el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO es persistente y es móvil en suelos. Adicionalmente, los metabolitos MPP y MPA son persistentes y se clasifican como móvil en suelo. Para el componente aguas subterráneas. El potencial de lixiviación (GUS), determinado a partir de la ecuación de Gustafson, permite establecer que el ingrediente activo grado técnico GLUFOSINATO DE AMONIO tuvo un resultado de 4,83; por tal motivo el ingrediente activo presenta alto potencial de lixiviación hacia aguas subterráneas. Por otro l
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