ANLA - Resolución 001276 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
ANLA - Resolución 001276 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001276 (04 MAY. 2026) Página 1 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE

TOMAN OTRAS DETERMINACIONES

EL SUBDIRECTOR DE SEGUIMIENTO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de las facultades legales establecidas por el numeral 6 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 2 del artículo tercero del Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el numeral 2 del artículo segundo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, y acorde con lo regulado en el artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, la Resolución 828 del 2 de mayo de 2025 y el numeral 1 del artículo sexto de la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025, modificado por el artículo cuarto de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución 958 del 22 de agosto de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, en adelante esta Autoridad Nacional, otorgó a la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. Licencia Ambiental para el proyecto vial

Que mediante Resolución 958 del 22 de agosto de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, en adelante esta Autoridad Nacional, otorgó a la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. Licencia Ambiental para el proyecto vial denominado "Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada", en el departamento del Magdalena, que hacen parte del Tramo 6 Plato – Ariguaní, Ruta 8002, del sector 3 Ruta del Sol. Que por medio de la Resolución 1384 del 14 de noviembre de 2014 esta Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto por la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. mediante comunicación con radicado ANLA 4120-E148132 del 9 de septiembre de 2014, contra la Resolución 958 del 22 de agosto de 2014, y como resultado del análisis jurídico y técnico del mismo, acogió parcialmente las pretensiones del recurrente, disponiendo la modificación, aclaración y adición de algunos apartes del acto administrativo recurrido, enResolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 2 de 37 particular del artículo segundo, en lo relacionado con la incorporación de información técnica sobre inclinación de taludes, volúmenes de corte y relleno, autorización de campamentos transitorios y ajuste de coordenadas de estructuras

Página 2 de 37 particular del artículo segundo, en lo relacionado con la incorporación de información técnica sobre inclinación de taludes, volúmenes de corte y relleno, autorización de campamentos transitorios y ajuste de coordenadas de estructuras hidráulicas; del parágrafo del mismo artículo, en lo relativo a las condiciones para el cruce seguro de la vía y uso de fuentes de materiales de terceros; del numeral 3.1 y del parágrafo primero del artículo tercero, respecto de la disposición y donación de materiales sobrantes; así como de apartes de los artículos sexto y séptimo relacionados con ajustes al Plan de Manejo Ambiental; confirmando las demás disposiciones de la Resolución 958 de 2014, en especial el numeral 3 del artículo décimo, relativo a la compensación por pérdida de biodiversidad en proporción 1:1. Que a través del Auto 1671 del 5 de mayo de 2016, esta Autoridad Nacional efectuó seguimiento y control ambiental al proyecto vial denominado “Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada”, en el sentido de requerir al titular del instrumento de manejo y control ambiental la presentación del Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA) 1, correspondiente a los seis (6) primeros meses de ejecución del proyecto, entre otras determinaciones. Que así mismo, mediante el Auto 3780 del 30 de agosto de 2017, esta Autoridad Nacional efectuó control y seguimiento ambiental al proyecto vial denominado “Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada”, en el sentido de requerir al titular del instrumento de manejo y control ambiental implementar las medidas necesarias para dar inicio a la compensación

“Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada”, en el sentido de requerir al titular del instrumento de manejo y control ambiental implementar las medidas necesarias para dar inicio a la compensación por pérdida de biodiversidad, de conformidad con la Ficha GA-15 y el Manual de Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad, tanto en ecosistemas equivalentes como en aquellos diferentes a los naturales y seminaturales, entre otras determinaciones. Que con ocasión del Auto 6555 del 25 de octubre de 2018, esta Autoridad Nacional efectuó seguimiento y control ambiental al proyecto vial “Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada”, y realizó requerimientos al titular del proyecto, entre ellos la presentación de información en el marco del Modelo de Almacenamiento Geográfico – GDB, incluyendo la relacionada con áreas licenciadas, uso y demanda de recursos naturales, obras de infraestructura, zonificación de manejo ambiental, puntos de monitoreo, así como la correspondiente a compensaciones ambientales e inversión forzosa de no menos del 1 %, en los casos en que aplique, además de la actualización del Plan de Contingencias del proyecto, entre otras determinaciones. Que mediante el Auto 2075 del 22 de abril de 2019, esta Autoridad Nacional efectuó seguimiento y control ambiental al proyecto vial denominado “Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada”, en el sentidoResolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 3 de 37 de requerir al titular del instrumento de manejo y control ambiental presentar los soportes que permitieran evidenciar el inicio de la compensación por pérdida de biodiversidad, de conformidad con el Manual de Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad y el Plan definitivo de compensaciones, tanto en ecosistemas equivalentes como en aquellos diferentes a los naturales y seminaturales, entre otras determinaciones. Que mediante el Auto 3039 del 6 de mayo de 2021, esta Autoridad Nacional efectuó seguimiento y control ambiental al proyecto vial denominado “Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada”, en el sentido de requerir al titular del instrumento de manejo y control ambiental ajustar la Ficha GA-15 del Programa de Compensación para el Medio Biótico – Flora, por no cumplir con los criterios del Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad, así como presentar el plan definitivo de compensaciones por pérdida de biodiversidad, entre otras determinaciones. Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 1437 de 2011 y en desarrollo del procedimiento complejo de seguimiento ambiental, orientado a verificar el cumplimiento efectivo de las obligaciones ambientales del proyecto, conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 12 de mayo de 2022 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

verificar el cumplimiento efectivo de las obligaciones ambientales del proyecto, conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 12 de mayo de 2022 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA realizó por medios electrónicos la reunión de control y seguimiento ambiental, la cual se llevó a cabo con fundamento en los resultados del Concepto Técnico 2549 del 12 de mayo de 2022 y en el respectivo análisis jurídico, que sirvieron de soporte fáctico y técnico para las determinaciones adoptadas; de lo acontecido en dicha reunión se dejó constancia en el Acta 223 del 12 de mayo de 2022, en la cual, entre otros aspectos, se reiteró al titular del proyecto la presentación de los soportes que permitieran evidenciar el inicio de la compensación en ecosistemas equivalentes, de conformidad con el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad y lo dispuesto en el literal b del numeral 2 del artículo décimo de la Resolución 958 del 22 de agosto de 2014, requerimiento previamente efectuado en el numeral 10 del artículo segundo del Auto 3780 de 2017 y en el numeral 15 del artículo primero del Auto 2075 del 22 de abril de 2019. Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 1437 de 2011 y en desarrollo del procedimiento complejo de seguimiento ambiental, orientado a verificar el cumplimiento efectivo de las obligaciones ambientales del proyecto, conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 11 de abril de 2023 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA realizó por medios electrónicos la reunión de control y seguimiento ambiental,

conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 11 de abril de 2023 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA realizó por medios electrónicos la reunión de control y seguimiento ambiental, la cual se llevó a cabo con fundamento en los resultados del Concepto Técnico 1664Resolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 4 de 37 del 10 de abril de 2023 y en el respectivo análisis jurídico, que sirvieron de soporte fáctico y técnico para las determinaciones adoptadas; de lo acontecido en dicha reunión se dejó constancia en el Acta 159 del 11 de abril de 2023, en la cual, en relación con el Plan de Compensación, se formularon, entre otros, los requerimientos, mediante los cuales se solicitó al titular del proyecto presentar la información cartográfica siguiendo el modelo de datos geográficos adoptado mediante la Resolución 2182 de 2016 o la que la modifique o sustituya, en cumplimiento del literal b del numeral 5 del artículo segundo de la Resolución 368 del 6 de marzo de 2020, así como allegar la información correspondiente a las áreas intervenidas y proyectadas a intervenir por el desarrollo del proyecto, cuantificando las áreas afectadas y objeto de afectación por las actividades ejecutadas y proyectadas, conforme al referido modelo de datos geográficos.

intervenidas y proyectadas a intervenir por el desarrollo del proyecto, cuantificando las áreas afectadas y objeto de afectación por las actividades ejecutadas y proyectadas, conforme al referido modelo de datos geográficos. Que mediante comunicación con radicado ANLA 2023016418-1-000 del 26 de enero de 2023, la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. EN REORGANIZACIÓN, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2 “Compensación por pérdida de biodiversidad” del artículo décimo de la Resolución 958 del 22 de agosto de 2014, presentó el diseño del Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad para el proyecto “Construcción de las Variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada”, de conformidad con lo dispuesto en el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad. Que mediante Resolución 1000 del 12 de mayo de 2023, esta Autoridad Nacional aceptó el Plan de Compensación por pérdida de biodiversidad presentado por el titular del instrumento la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. EN REORGANIZACIÓN, mediante radicado 2023016418-1-000 del 26 de enero de 2023, entre otras determinaciones. Que mediante comunicación con radicado ANLA 20256200423762 del 11 de abril de 2025, la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. EN REORGANIZACIÓN informó el desistimiento de la propietaria Carmen Medina del predio La Bendición de Dios, identificado con folio de matrícula 226-54236 y con cédula catastral 475550001000000040069000000000, ubicado en la vereda Punta Gorda del municipio Plato, del departamento del Magdalena, manifestando que no desea

de Dios, identificado con folio de matrícula 226-54236 y con cédula catastral 475550001000000040069000000000, ubicado en la vereda Punta Gorda del municipio Plato, del departamento del Magdalena, manifestando que no desea continuar con las actividades del Plan de Compensación. Que mediante comunicación con radicado ANLA 20256201362552 del 4 de noviembre de 2025, la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. ENResolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 5 de 37

REORGANIZACIÓN informó el cambio de predio para la implementación del Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad. Que mediante comunicación con radicado ANLA 20256201493642 del 28 de noviembre de 2025, la sociedad YUMA CONCESIONARIA S.A. EN REORGANIZACIÓN remitió el Informe de Cumplimiento Ambiental ICA 21, correspondiente al primer semestre de 2025. Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 1437 de 2011 y en desarrollo del procedimiento complejo de seguimiento ambiental, orientado a verificar el cumplimiento efectivo de las obligaciones ambientales del proyecto, conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 6 de marzo de 2026 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA realizó por medios electrónicos la reunión de control y seguimiento ambiental,

conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 6 de marzo de 2026 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA realizó por medios electrónicos la reunión de control y seguimiento ambiental, la cual se llevó a cabo con fundamento en los resultados del Concepto Técnico 2188 del 6 de marzo de 2026 y en el respectivo análisis jurídico, que sirvieron de soporte fáctico y técnico para las determinaciones adoptadas; de lo acontecido en dicha reunión se dejó constancia en el Acta 77 del 6 de marzo de 2026, en la cual, entre otros aspectos, se requirió al titular del proyecto presentar la propuesta para la compensación por la intervención de ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales, reiterando la obligación de presentar la información cartográfica asociada a dicha compensación, de conformidad con el modelo de datos geográficos adoptado mediante la Resolución 2182 de 2016 o la que la modifique o sustituya. COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL El Gobierno Nacional, mediante Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA como una entidad con autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hace parte del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998. El numeral 2° del artículo tercero del mencionado decreto estableció dentro de las funciones de la Autoridad Nacional, la de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio, de conformidad con la ley y los reglamentos.

El numeral 2° del artículo tercero del mencionado decreto estableció dentro de las funciones de la Autoridad Nacional, la de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio, de conformidad con la ley y los reglamentos. Mediante el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, se modificó la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, estableciendo en su artículo 2 las funciones del despacho de la Dirección General de la Autoridad Nacional.Resolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 6 de 37

La Autoridad Nacional emitió la Resolución 2938 de 27 de diciembre de 2024, “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, en donde se establece que corresponde al Despacho de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, “Suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la terminación de las licencias, permisos y trámites ambientales”. Ahora, por Resolución 828 del 2 de mayo de 2025, la Dirección General de la Autoridad Nacional Licencias Ambientales – ANLA nombró al servidor público Camilo Alexander Rincón Escobar en el cargo de Subdirector Técnico Código 150

Ahora, por Resolución 828 del 2 de mayo de 2025, la Dirección General de la Autoridad Nacional Licencias Ambientales – ANLA nombró al servidor público Camilo Alexander Rincón Escobar en el cargo de Subdirector Técnico Código 150 grado 21, Subdirector de Seguimiento de Licencias Ambientales, de la planta de personal de esta Autoridad. Que mediante el numeral 1 del artículo sexto de la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025, “Por la cual se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones”, modificado por el artículo cuarto de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, se delegó en el Subdirector de Seguimiento de Licencias Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA la función de suscribir los actos administrativos que aprueben los planes de compensación y de inversión de no menos del 1 %, por lo cual es el funcionario competente para suscribir el presente acto administrativo. CONSIDERACIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL Con fundamento en las facultades conferidas por la ley y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, en lo relacionado con el seguimiento y control ambiental de proyectos, obras o actividades con Licencia Ambiental, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA verificó los aspectos referentes al proyecto "Construcción de las variantes en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada, en el departamento del Magdalena, que hacen parte del Tramo 6 Plato – Ariguaní Ruta 8002, del sector 3 Ruta del Sol", en su fase de construcción, con base en la información documental presentada por el titular del instrumento de manejo y control ambiental, YUMA CONCESIONARIA S.A. EN

de construcción, con base en la información documental presentada por el titular del instrumento de manejo y control ambiental, YUMA CONCESIONARIA S.A. EN REORGANIZACIÓN, para el periodo comprendido entre el 11 de marzo de 2025 y el 19 de febrero de 2026, el Informe de Cumplimiento Ambiental – ICA 21, correspondientes al primer semestre de 2025 y la visita de seguimiento realizada del 16 al 18 de febrero de 2026. Como resultado de lo anterior, la ANLA emitió el Concepto Técnico 2188 del 6 de marzo de 2026, del cual resulta pertinente citar lo siguiente:Resolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 7 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 7 de 37

(…) DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Objetivo del proyecto El proyecto construcción de las Variantes en los Municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada, en el departamento del Magdalena, que hacen parte del Tramo 6: Plato – Ariguaní Ruta 8002, del sector 3 Ruta del Sol, tiene como objetivo Construir las variantes de los municipios de Ariguaní – El Difícil y Nueva Granada del departamento del Magdalena, Ruta

Nacional 8002, proyecto Ruta del Sol, sector 3. Localización El proyecto construcción de las variantes se localiza en los municipios de Ariguaní (El Difícil) y Nueva Granada, del departamento del Magdalena, que hacen parte del Tramo 6 Plato – Ariguaní Ruta 8002, del sector 3 Ruta del Sol. Localización variante del municipio de Ariguaní – El Difícil El proyecto de paso vial del proyecto Ruta del Sol por el costado oriental sentido sur – norte del casco urbano del municipio de Ariguaní – El Difícil, se encuentra ubicado en el departamento del Magdalena, entre las abscisas PR INVIAS K68+810 y K73+860 y entre las abscisas de diseño K0+000 al K6+080, de la ruta Nacional 8002, Tramo 6 y 7 del proyecto Ruta del Sol, Sector 3, tal como se presenta en la siguiente tabla: Abscisas de inicio y fin del paso vial por el casco urbano de Ariguaní (El Difícil). Coordenadas magna sirgas origen BogotáPR Invias Abscisas diseño calzada sentido sur· norte Inicio FinRuta Inicio Fin Inicio Fin Este Norte Este Norte Longitud (m) 8002 68+810 73+860 0+000 6+080 980.663 1.579.504 984.684 1.582.335 6.080

Fuente: Resolución 958 del 22 de agosto de 2014.

(Ver Figura 1. Área de la Variante del municipio de Ariguaní. (El Difícil), en el Concepto Técnico 2188 del 6 de marzo de 2026. Fuente: SIG Web – Ágil - ANLA. Consultado el 28/02/2025). Localización variante del municipio de Nueva Granada

Concepto Técnico 2188 del 6 de marzo de 2026. Fuente: SIG Web – Ágil - ANLA. Consultado el 28/02/2025). Localización variante del municipio de Nueva Granada El proyecto de paso vial por el centro poblado del municipio de Nueva Granada se encuentra ubicado en el departamento de Magdalena, entre las abscisas INVIAS PR50+430 y PR54+470, en la Ruta Nacional 8002 del proyecto Ruta del Sol. Sector 3 – Tramo 6, equivalentes a las abscisas de diseño K0+000 al K4+510. A continuación, se encuentra la tabla con las coordenadas de inicio y final de la variante de Nueva Granada:Resolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 8 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 8 de 37

Inicio – Final variante Granada PT Invias Abscisado de diseño tramo 6 v 7 Coordenadas magna sirgas origen Bogotá Inicio Final Inicio Final Inicio Final Longitud

(m) K50+430 K54+470 K0+000 K4+510 N1575683,05 E963519.55 N1575390,22E967476.45 4.510

Fuente: SIG Web – Ágil - ANLA. Consultado el 28/02/2025.

(Ver Figura 2. Área de la variante del municipio de Nueva Granada, en el Concepto Técnico 2188 del 6 de marzo de 2026. Fuente: Resolución 958 del 22 de agosto de 2014). Infraestructura, obras y actividades autorizadas

Técnico 2188 del 6 de marzo de 2026. Fuente: Resolución 958 del 22 de agosto de 2014). Infraestructura, obras y actividades autorizadas A continuación, se relaciona de manera general la infraestructura y/u obras autorizadas para el proyecto, de acuerdo con los establecido en los actos administrativos vigentes. Infraestructura y/u obras que hacen parte del Proyecto INFRAESTRUCTURA Y/U OBRAS AUTORIZADAS EJECUTADA Construcción de la variante Ariguaní (El Difícil) en una longitud de 6.080 m. La obra paso vial del proyecto Ruta del Sol por el costado oriental sentido sur – norte del casco urbano del municipio de Ariguaní (El Difícil), se encuentra ubicado en el departamento del Magdalena, entre las abscisas PR INVIAS K68+810 y K73+860 y entre las abscisas de diseño K0+000 al K6+080, de la ruta de Nacional 8002, Tramo 6 y 7 del proyecto Ruta del Sol Sector 3, con las siguientes características: -Ancho de calzada, longitud, bermas, ancho de corona, peralte, velocidad de diseño. -Retornos -Establecimiento de sitios para acopio y almacenamiento de materiales. -Box coulvert -Vías y redes de servicio a interceptar. Parcial Construcción de la Variante de Nueva Granada con una longitud de 4.510 metros. Esta variante se localiza entre las abscisas INVIAS PR50+430 y PR54+470, en la Ruta Nacional 8002 del proyecto Ruta del Sol. Sector 3 - Tramo 6, equivalentes a las

abscisas de diseño K0+000 al K4+510, con las siguientes características: -Ancho de calzada, longitud, bermas, ancho de corona, peralte, velocidad de diseño. -Retornos -Establecimiento de sitios para acopio y almacenamiento de materiales. -Box coulvert -Vías y redes de servicio a interceptar.

SI Fuente: Resolución 958 del 22 de agosto de 2014.

Estado de avanceResolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 9 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 9 de 37

La variante Nueva Granada, al momento de la visita de seguimiento se encontraba habilitada para el tránsito vehicular, con la ejecución de obras hidráulicas, puentes vehiculares, retornos, vías y red de servicio al 100 %. En relación con el estado de la variante El Difícil, las actividades constructivas permanecen suspendidas, manteniéndose pendientes los empalmes viales de acceso y las adecuaciones asociadas a la glorieta, como parte de obras complementarias a petición del municipio. Paralelamente, la Sociedad continúa ejecutando labores de estabilización y mantenimiento de taludes, así como acciones de revegetalización orientadas a garantizar la recuperación y funcionalidad ambiental del corredor. Para el periodo correspondiente al primer semestre de 2025, se reporta que, debido al retiro voluntario del proyecto de los predios La Esperanza y La Bendición de Dios, autorizados

la recuperación y funcionalidad ambiental del corredor. Para el periodo correspondiente al primer semestre de 2025, se reporta que, debido al retiro voluntario del proyecto de los predios La Esperanza y La Bendición de Dios, autorizados para la compensación por pérdida de diversidad mediante Resolución 1000-4 del 12 de mayo de 2023 posteriormente la sociedad informó la nueva fase de aprestamiento predial y concertación de áreas efectivas en los predios Villa Luri y Los Nogales II, ubicados en la vereda Bajo Grande del municipio de Plato, Magdalena, con el interés de ejecutar allí, las acciones de compensación aprobadas en la Resolución 1000-4 del 12 de mayo de 2023. Desde el medio socioeconómico se verificó con el secretario de planeación de la Alcaldía del municipio de El Difícil que en el primer semestre de 2025 se realizó la socialización de las obras complementarias para mejorar el tema de accesibilidad en el municipio contempladas en el Otrosí 16, correspondiente a los accesos vehiculares de los 3 Box Coulver y la Glorieta que adiciono la ANI a través de otrosí 17, para lo cual se proyecta solicitar la modificación de la licencia ante ANLA. El representante de Asocomunal, comentó que ha recibido la socialización de las obras complementarias y que en este momento la mayor expectativa es por la contratación de mano de obra en el municipio. (…)

CUMPLIMIENTO DE PLANES Y PROGRAMAS

(…) Plan de Compensación Se realizó la verificación de los documentos de SDE disponibles en el Sistema de Información de Licencias Ambientales (SILA) de la ANLA, identificando que en el último seguimiento documental espacial SDE No. 54547 del 26 de diciembre de 2025, con

Se realizó la verificación de los documentos de SDE disponibles en el Sistema de Información de Licencias Ambientales (SILA) de la ANLA, identificando que en el último seguimiento documental espacial SDE No. 54547 del 26 de diciembre de 2025, con radicado ANLA 20254705512463 del 26 de diciembre de 2025, se incluye la siguiente información en cuanto a la compensación:Resolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 10 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES Página 10 de 37 “Compensación: De acuerdo con la información geográfica asociada al ICA 21 (I 2025), el titular presentó la capa “CompensacionBiodiversidad”, junto con la tabla asociada “Ubic_Comp_InvTB”. A continuación, se relacionó la información atributiva más representativa de la capa mencionada y, en la Figura 13, se presenta la localización de las actividades descritas sobre imagen satelital. Áreas de Compensación por pérdida de biodiversidad ID_CO MP Área total (ha) a compens ar Acciones a realizar Actividad categoriza da Descripción Área (ha) del polígon o Estado Fecha inicio actividad es Fecha fin actividad es

LNIIER

H 2,71 VLERH 1 3,48 VLERH 2 Enriquecimiento de rondas mediante la siembra de especies nativas con mayores

inicio actividad es Fecha fin actividad es

LNIIER

H 2,71 VLERH 1 3,48 VLERH 2 Enriquecimiento de rondas mediante la siembra de especies nativas con mayores índices de valor de importancia (IVI), identificadas en el estudio de caracterización de flora. 1,13 VLRRH Reforestaci ón protectora Recuperación de rondas hídricas mediante la siembra de especies nativas con mayores índices de valor de importancia (IVI), identificadas en el estudio de caracterización de flora. 1,34

LNIIEV

G 12,99 Restauración Rehabilitaci ón Restauración de bosque; Restauración sobre las actuales coberturas de vegetación secundaria. 4,33 Aproba do en ejecució n 2023-0512 2028-1231

Fuente: Servicios Geoespaciales – Grupo de Valoración y Manejo de Impactos, SSLA, 2025.Resolución No. 001276 Del 04 MAY. 2026 Hoja No. 11 de 37

POR LA CUAL SE AJUSTA LA RESOLUCIÓN 1000-4 DEL 12 DE MAYO DE 2023, EN LO RELACIONADO CON LOS PREDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL

PLAN DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD,

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...