ANLA - Resolución 001291 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 001291 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001291 (05 MAY. 2026) Página 1 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1625 de 2016, modificado parcialmente por el Decreto 1564 de 2017, la Resolución 1419 de 2015, modificada por la Resolución 0143 de 2021, y las Resoluciones 2000 de 2017, 1226 de 2025, modificada por la Resolución 3129 de 2025, y 3330 de 2025, y

CONSIDERANDO QUE:

La CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA

(CORANTIOQUIA), con NIT. 811.000.231-7, y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., con NIT. 900.745.087-2, mediante comunicación con radicado 20256201565532 del 15 de diciembre de 2025, asociado al número VITAL 4200090074508725001, presentaron solicitud de certificación para acceder al incentivo de exclusión del IVA, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, para la adquisición de elementos y equipos de monitoreo destinados al fortalecimiento del

4200090074508725001, presentaron solicitud de certificación para acceder al incentivo de exclusión del IVA, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, para la adquisición de elementos y equipos de monitoreo destinados al fortalecimiento del Programa Integral Red Agua - PIRAGUA del recurso hídrico en jurisdicción de la mencionada Corporación. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio 20255401136001 del 24 de diciembre de 2025, requirió información a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA) y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., con el fin de continuar con el trámite de evaluación de la solicitud presentada, aclarando que la información requerida debía ser remitida en el término de un (1) mes, contado a partir del día hábil siguiente al recibido de dicho oficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011 1, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 20152. 1 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.” 2 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 2 de 11

La CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA

de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 2 de 11

La CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA

(CORANTIOQUIA) y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., mediante comunicaciones 20266200081122 del 20 de enero y 20266200089882 del 22 de enero de 2026, dieron respuesta a los requerimientos efectuados mediante el oficio 20255401136001 del 24 de diciembre de 2025. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), con fundamento en el Concepto Técnico 2387 del 11 de marzo de 2026, mediante oficio 20265400269451 del 13 de marzo de 2026, requirió información a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA) y a la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., con el fin de continuar el trámite de evaluación de la solicitud presentada, aclarando que la información requerida debía ser remitida en el término de un (1) mes, contado a partir del día hábil siguiente al recibido de dicho oficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015.

La CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA

(CORANTIOQUIA) y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., mediante comunicación 20266200467872 del 10 de abril de 2026, presentaron respuesta al requerimiento de información realizado mediante el oficio No. 20265400269451 del 13 de marzo de 2026.

mediante comunicación 20266200467872 del 10 de abril de 2026, presentaron respuesta al requerimiento de información realizado mediante el oficio No. 20265400269451 del 13 de marzo de 2026. La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), una vez evaluada la información presentada

por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA

(CORANTIOQUIA) y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., obrante en el expediente SBTI0014-00-2026, emitió el Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026, el cual sirve de insumo del presente acto administrativo, en el que concluyó que únicamente son acreditables los equipos relacionados en el artículo primero de la presente resolución. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El numeral 7° del artículo 424 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 38 de la Ley 1607 de 2012, señala como excluidos del Impuesto Sobre las Ventas (IVA), aquellos equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes. Conforme a la evaluación técnica realizada a través del Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026, se determinó que los elementos y equipos objeto de solicitud corresponden a cinco (5) medidores multiparamétricos portátiles; siete (7) sondas Digisens para la medición de oxígeno disuelto; dos (2) Sondas PHEHT para la medición de pH,

a cinco (5) medidores multiparamétricos portátiles; siete (7) sondas Digisens para la medición de oxígeno disuelto; dos (2) Sondas PHEHT para la medición de pH, Temperatura, entre otros; dos (2) sondas para medición de conductividad; cuatro (4) Receptores GPS portátiles; Soluciones patrón para medición de parámetros; siete (7) maletines de protección en campo para equipos; entre otros, los cuales son requeridos para realizar el monitoreo ambiental y seguimiento del estado de parámetros ambientales alResolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 3 de 11 recurso hídrico en la jurisdicción de CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL

CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA).

Adicionalmente, los mencionados elementos y equipos son necesarios para la operación del sistema de monitoreo de calidad y cantidad del agua (Programa Integral Red Agua Piragua) de CORANTIOQUIA y se instalarán en Cartama, en el municipio de Jericó; Citará, en el municipio de Andes; Hevéxicos, en el municipio de Santa Fe de Antioquia; Tahamíes, en el municipio de Santa Rosa de Osos; Panzenú, en el municipio de Caucasia; Zenufaná, municipio de Vegachí; y los sectores de Aburrá norte y Aburrá sur, en la ciudad de Medellín, en el departamento de Antioquia. El Sistema de Monitoreo Ambiental de Calidad y Cantidad del Agua (Programa Integral Red

municipio de Vegachí; y los sectores de Aburrá norte y Aburrá sur, en la ciudad de Medellín, en el departamento de Antioquia. El Sistema de Monitoreo Ambiental de Calidad y Cantidad del Agua (Programa Integral Red de Agua Piragua) de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA), al cual se incorporarán los ya referidos equipos y elementos, constituye en sí mismo un sistema de monitoreo ambiental, toda vez que su operación permite la obtención de información sobre el estado y la calidad del recurso hídrico en la jurisdicción de dicha Corporación. Lo anterior se refleja en la generación de información asociada a mejorar la calidad y minimizar la contaminación del recurso hídrico mediante el monitoreo, seguimiento y evaluación de la calidad del agua, lo cual permite orientar acciones para realizar una gestión eficiente del agua y medir el logro de los objetivos y metas de la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico. Los parámetros ambientales objeto de monitoreo, con la entrada en operación de los equipos y elementos solicitados serán: pH, Conductividad, Oxígeno disuelto, Turbidez, Temperatura, Salinidad, Potencial de óxido reducción, Presión, Iones específicos, Velocidad del agua y Georreferenciación. La entrada en operación de los equipos y elementos objeto de la solicitud es necesarias para la correcta y continua operación del Sistema de Monitoreo Ambiental de Calidad y Cantidad del Agua (Programa Integral Red de Agua Piragua), con la finalidad de garantizar la medición y análisis de los parámetros de calidad del agua sobre el recurso hídrico en la jurisdicción de CORANTIOQUIA. Así entonces, la información tendrá como destino el monitoreo ambiental sobre los recursos naturales renovables y la evaluación y seguimiento

la medición y análisis de los parámetros de calidad del agua sobre el recurso hídrico en la jurisdicción de CORANTIOQUIA. Así entonces, la información tendrá como destino el monitoreo ambiental sobre los recursos naturales renovables y la evaluación y seguimiento a la calidad del recurso hídrico, por medio del cubrimiento de los parámetros solicitados en la normatividad ambiental vigente, garantizando así la confiabilidad y calidad de los resultados analíticos emitidos, los cuales son requeridos para la toma de decisiones dentro de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (CORANTIOQUIA). Así mismo, se fortalecerá la capacidad analítica y científica de la citada Corporación, cubriendo los parámetros estipulados en las resoluciones y decretos ambientales vigentes en el territorio nacional, e incrementando la oportunidad en la entrega de resultados hidrológicos con los elementos y equipos objeto de la solicitud. Por otro lado, la entrada en operación del Sistema de Monitoreo Ambiental de Calidad y Cantidad del Agua (Programa Integral Red de Agua Piragua) de CORANTIOQUIA dará cumplimiento a lo establecido en la Ley 99 de 1993, específicamente a sus artículos 23° y 31°, numeral 12.Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 4 de 11 Ahora bien, es importante precisar que el elemento denominado “MALETIN DE PROTECCION EN CAMPO DEL EQUIPO MULTIPARAMETRICO Y LAS SONDAS”, de acuerdo con la información aportada por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL

Página 4 de 11 Ahora bien, es importante precisar que el elemento denominado “MALETIN DE PROTECCION EN CAMPO DEL EQUIPO MULTIPARAMETRICO Y LAS SONDAS”, de acuerdo con la información aportada por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA) y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., tiene como destinación realizar el transporte y protección de las sondas físicas de alta precisión, lo cual no está orientado a la obtención, verificación o procesamiento de información sobre el estado, calidad o comportamiento de los recursos naturales renovables, variables o parámetros ambientales, vertimientos, residuos y/o emisiones. En tal sentido, se ha identificado que la función que desarrolla dicho elemento no se encuentra alineada con lo establecido en la definición de sistema de monitoreo ambiental, de conformidad con el literal b) del artículo 1.3.1.14.4 3 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 de 2017. Bajo ese escenario, el mencionado elemento se encuentra dentro de aquellos objetos que no certificables para exclusión de IVA, atendiendo lo indicado en el literal a) del artículo 1.3.1.14.74 del Decreto 1625 de 2016. Por lo tanto, el “MALETIN DE PROTECCION EN CAMPO DEL EQUIPO MULTIPARAMETRICO Y LAS SONDAS” no será objeto de certificación por parte de esta Autoridad, para acceder al incentivo tributario de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA), con fundamento en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, en virtud de las consideraciones hechas en el numeral 3.3 del Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026.

del Impuesto sobre las Ventas (IVA), con fundamento en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, en virtud de las consideraciones hechas en el numeral 3.3 del Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026. Con base en lo previamente expuesto y con fundamento en la normativa aplicable al presente trámite administrativo ambiental, esto es, el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, bajo la reglamentación establecida en el Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 de 2017, y Resolución 2000 de 2017, las consideraciones contenidas a lo largo del Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026 y el análisis efectuado por el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios de esta Autoridad en sesión 468 del 28 de abril de 2026, se establecen como acreditables únicamente los equipos relacionados en el artículo primero de la presente resolución. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 20115 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y, en su artículo 2°, señala que es la encargada de que los proyectos, obras o actividades 3“ARTÍCULO 1.3.1.14.4. Definición de sistema de control ambiental, sistema de monitoreo ambiental y programa ambiental. (…) b) Sistema de monitoreo ambiental. Es el conjunto sistemático de elementos, equipos o maquinaria nacionales o importados, según sea el caso, destinados a la obtención, verificación o procesamiento de información sobre el estado, calidad o comportamiento de los recursos naturales renovables, variables o parámetros ambientales, vertimientos, residuos y/o emisiones…” Subrayado fuera de texto.”

importados, según sea el caso, destinados a la obtención, verificación o procesamiento de información sobre el estado, calidad o comportamiento de los recursos naturales renovables, variables o parámetros ambientales, vertimientos, residuos y/o emisiones…” Subrayado fuera de texto.” 4“…ARTÍCULO 1.3.1.14.7. Elementos, equipos o maquinaria que no son objeto de certificación para la exclusión de IVA. En el marco de lo dispuesto en los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA o quien haga sus veces, no acreditará la exclusión de IVA respecto de: a) Elementos, equipos o maquinaria que no sean constitutivos o no formen parte integral del sistema de control y monitoreo ambiental…”” 5“Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– y se dictan otras disposiciones.”Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 5 de 11 sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 2° del artículo 2° del Decreto 376 de 2020 6 establece dentro de las funciones del Despacho de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la terminación de las licencias, permisos y trámites ambientales.

del Despacho de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la terminación de las licencias, permisos y trámites ambientales. Por medio de los numerales 10 y 16 del artículo 8° de la Resolución 1226 de 2025, modificado por el artículo 5° de la Resolución 3129 de 2025, la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) delegó en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales las funciones de aprobar o negar las solicitudes de certificación para acceder a beneficios tributarios y de suscribir las decisiones administrativas que resuelvan de fondo los trámites de competencia de la SIPTA. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Resolución 1419 del 6 de noviembre de 2015, modificada por la Resolución 143 del 5 de enero de 2021, conformó el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios con el objeto de analizar las solicitudes para recomendar o no el otorgamiento de la certificación de los beneficios tributarios en materia ambiental; estableciendo en el inciso 2° del artículo 3°, como función del Comité, la de emitir las recomendaciones referentes a la procedencia o improcedencia de la certificación. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Certificar que son acreditables los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA), conforme al numeral 7 del artículo 424 del Estatuto Tributario, presentada por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA

REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA), con NIT. 811.000.231-7, y

artículo 424 del Estatuto Tributario, presentada por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA), con NIT. 811.000.231-7, y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., con NIT. 900.745.0872, de acuerdo con lo expuesto en el Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026 y la parte motiva del presente acto administrativo, los cuales se describen en la siguiente tabla: Tabla 1. Elementos para certificar

ELEMENTO

/EQUIPO/

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD/

UNIDAD DE

MEDIDA

MARCA MODELO / REFERENCIA FABRICANTE /PROVEEDOR PROVEEDOR/ VENDEDOR

FUNCION DE

CADA

ELEMENTO,

EQUIPO Y/O

MAQUINARIA

DENTRO DEL

SISTEMA DE

CONTROL

Medidor Multiparamétric o Portátil (El equipo está compuesto por: 1 Odeon CONSOLA , 1 Sonda PHEHT para medición 90278930 5/UND AQUALABO

NC-POR-C00091

Odeon Open X

AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Medición in situ y en tiempo real de parámetros fisicoquímicos (pH, Potencial de Óxido-Reducción y Temperatura) en cuerpos de agua. Es el componente 6“Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 11

y Temperatura) en cuerpos de agua. Es el componente 6“Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 6 de 11

ELEMENTO

/EQUIPO/

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD/

UNIDAD DE

MEDIDA

MARCA MODELO / REFERENCIA FABRICANTE /PROVEEDOR PROVEEDOR/ VENDEDOR

FUNCION DE

CADA

ELEMENTO,

EQUIPO Y/O

MAQUINARIA

DENTRO DEL

SISTEMA DE CONTROL de pH/ORP/Temp eratura DE Cable de conexión de 3 metros Y UNA

SONDA O

ELECTRODO

DE CONDUCTIVID AD DE CABLE 3 METROS ). principal de captura de datos del sistema de monitoreo, permitiendo obtener variables ambientales primarias para el diagnóstico de la calidad del recurso hídrico.

CARGADOR

PARA ODEON 90278990 5/UND AQUALABO NC-ACC-C-00001 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Cargador de batería para Medidor Multiparamétrico Odeon Open X SONDA

DIGISENS

OPTOD

(MEDICION DE

OXIGENO

DISUELTO

CON CABLE

3M CON

CONEXIÓN

FISCHER

batería para Medidor Multiparamétrico Odeon Open X SONDA

DIGISENS

OPTOD

(MEDICION DE

OXIGENO

DISUELTO

CON CABLE

3M CON

CONEXIÓN

FISCHER

90278930 7/UND AQUALABO PF-CAP-C-00140 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

ELECTRODO DE

OXIGENO

DISUELTO,

ACCESORIO

DEL EQUIPO Sonda PHEHT para medición de pH/ORP/Temp eratura DE Cable de conexión de 3 metros

90278990 2/UND AQUALABO PF-CAP-C-00143 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

ELECTRODO DE

PH, ACCESORIO

DEL EQUIPO

SONDA

CODUCTIVIDA

D C4E CON

CABLE 3M

FISCHER

90278991 2/UND AQUALABO PF-CAP-C-00149 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

ELECTRODO DE

CONDUCTIVIDA

D EN AGUAS,

ACCESORIO

DEL EQUIPO

SOLUCION DE

CONDUCTIVID

AD 1413

US/CM125ML 38221900 7/UND AQUALABO 14SCS19 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

SOLUCIONES

DE

CALIBRACION

PARA LA SONDA

DE

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

SOLUCIONES

DE

CALIBRACION

PARA LA SONDA

DE

CONDUCTIVIDA

D Y

GARANTIZAR EL

CORRECTO

FUNCIONAMIEN

TO Y VALIDADES

DE LOS

RESULTADOS.

SOLUCION

CONDUCTIVID

AD 12880

US/CM125ML 38229000 7/UND AQUALABO 1SC013 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

SOLUCIONES

DE

CALIBRACION

PARA LA SONDA

DE

CONDUCTIVIDA

D YResolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 7 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 7 de 11

ELEMENTO

/EQUIPO/

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD/

UNIDAD DE

MEDIDA

MARCA MODELO / REFERENCIA FABRICANTE /PROVEEDOR PROVEEDOR/ VENDEDOR

FUNCION DE

CADA

ELEMENTO,

EQUIPO Y/O

MAQUINARIA

DENTRO DEL

SISTEMA DE

CONTROL

GARANTIZAR EL

CORRECTO

FUNCIONAMIEN

TO Y VALIDADES

DE LOS

RESULTADOS.

SOLUCION PATRON DE ,PH10 - 125 ML 38229000 7/UND AQUALABO 1TP001 AQUALABO

SUMINISTROS

DE

LABORATORIO

KASALAB SAS

TO Y VALIDADES

DE LOS

RESULTADOS.

SOLUCION PATRON DE ,PH10 - 125 ML 38229000 7/UND AQUALABO 1TP001 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

SOLUCIONES

DE

CALIBRACION

SOLUCION PATRON DE PH7 - 125ML 38229000 7/UND AQUALABO 1TP060 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

SOLUCIONES

DE

CALIBRACION

SOLUCION PATRON DE PH4 - 125ML 38229000 7/UND AQUALABO 1TP061 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

SOLUCIONES

DE

CALIBRACION

REPUESTO

DEL ELECTRODO DE Sonda PHEHT para medición de pH/ORP/Temp eratura

90278990 2/UND AQUALABO PF-CAP-C-00155 AQUALABO

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

CONSUMIBLE

PARA

ELECTRODO DE

PH EL CUAL

HACE PARTE

DEL

ELECTRODO DE

PH Y

GARANTIZA EL

CORRECTO

FUNCIONAMIEN

TO DEL MISMO.

OSSB1MEDIDOR DE

CORRIENTE

UNIVERSAL

CON

VENTILADOR

DE ACERO INOXIDABLEKISTERS. - Mesa de calibración,

CORRECTO

FUNCIONAMIEN

TO DEL MISMO.

OSSB1MEDIDOR DE

CORRIENTE

UNIVERSAL

CON

VENTILADOR

DE ACERO INOXIDABLEKISTERS. - Mesa de calibración, cable de conexión de 2,5 m - Herramientas, aceite, rodamientos de repuesto en maletín resistente - Varilla de vadeo - Ø20 mm x L1,8 m (3 secciones), - Graduada cada 2 cm + numerada cada 10 cm - En bolsa de lona

9026101200 3/UND KISTER OSSB1 KISTERS

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

EQUIPO PARA

MEDIR FLUJO

DE AGUA EN

RIOS Y

CANALES.Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 8 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 8 de 11

ELEMENTO

/EQUIPO/

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD/

UNIDAD DE

MEDIDA

MARCA MODELO / REFERENCIA FABRICANTE /PROVEEDOR PROVEEDOR/ VENDEDOR

FUNCION DE

CADA

ELEMENTO,

EQUIPO Y/O

MAQUINARIA

DENTRO DEL

SISTEMA DE

CONTROL

"PVD200INDICADOR

DE

VELOCIDAD

PUNTUAL/ELE

CTRÓNICOKISTERS.

Contador de corriente y

EQUIPO Y/O

MAQUINARIA

DENTRO DEL

SISTEMA DE

CONTROL

"PVD200INDICADOR

DE

VELOCIDAD

PUNTUAL/ELE

CTRÓNICOKISTERS.

Contador de corriente y sonda de tierra Compatible con Bluetooth Coon"

9026101200 3/UND KISTER PVD200 KISTERS

SUMINISTROS

DE LABORATORIO KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

ACCESORIO

CONTROLADOR

DEL EQUIPO

DONDE

MUESTRA LA

MEDIDA DE

VELOCIDAD.

Receptor GPS Portátil 4/UND GARMIN eTrex 22x GARMIN

SUMINISTROS

DE

LABORATORIO

KASALAB SAS Georreferenciació n de alta precisión de los puntos de muestreo en campo. Su función es garantizar la trazabilidad espacial y el registro exacto de las coordenadas de las corrientes hídricas evaluadas, información fundamental para la consolidación de los datos en la Red de Monitoreo de Calidad del Agua de CORANTIOQUIA PARÁGRAFO PRIMERO. La presente certificación se expide única y exclusivamente para acreditar los elementos y equipos relacionados en el presente artículo, por cuanto hacen parte de un sistema de monitoreo ambiental, necesario para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares legales ambientales vigentes, como cumplimiento del requisito establecido en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, sin perjuicio de la responsabilidad que asumen los beneficiarios de la misma por la veracidad de la

disposiciones, regulaciones y estándares legales ambientales vigentes, como cumplimiento del requisito establecido en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, sin perjuicio de la responsabilidad que asumen los beneficiarios de la misma por la veracidad de la información presentada y el buen manejo de la certificación que se otorga. PARÁGRAFO SEGUNDO. El término de vigencia de la presente certificación es de un (1) año, contado a partir de la ejecutoria de este acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. Negar la expedición de la certificación ambiental para acceder al incentivo de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA), conforme al numeral 7 del artículo 424 del Estatuto Tributario, presentada por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA), con NIT. 811.000.231-7, y la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., con NIT. 900.745.0872, teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas en el Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026 y en la parte considerativa del presente acto administrativo, respecto del siguiente elemento:Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 9 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 9 de 11 Tabla 2. Elementos que no son objeto de certificación

ELEMENTO

/EQUIPO/

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD/

UNIDAD DE

MEDIDA

MARCA MODELO / REFERENCIA FABRICANTE /PROVEEDOR PROVEEDOR/ VENDEDOR

ELEMENTO

/EQUIPO/

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD/

UNIDAD DE

MEDIDA

MARCA MODELO / REFERENCIA FABRICANTE /PROVEEDOR PROVEEDOR/ VENDEDOR

FUNCION DE

CADA ELEMENTO,

EQUIPO Y/O

MAQUINARIA

DENTRO DEL

SISTEMA DE

CONTROL

MALETIN DE

PROTECCION EN

CAMPO DEL EQUIPO

MULTIPARAMETRIC

O Y LAS SONDAS.

42021250 7/UND AQUALABO PF-ACC-C-00201 AQUALABO

SUMINISTROS

DE

LABORATORI

O KASALAB SAS Monitoreo de calidad del agua,

ACCESORIO PARA

PROTECCION DE

LOS SENSORES Y

GARANTIZAR LOS

CORRECTOS

RESULTADOS DEL

LAS MEDICIONES

REALIZADAS CON

EL EQUIPO

ODEON X Y LOS

ELECTRODOS DE

LOS

PARAMETROS DE

MEDICION DE

CALIDAD DE AGUA

CON PH,

TEMPERATURA,

OXIGENO

DISUELTO Y

CONDUCTIVIDAD.

ARTÍCULO TERCERO. Notificar el presente acto administrativo a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA) y a la sociedad SUMINISTROS DE LABORATORIO KASALAB S.A.S., por intermedio de sus representantes legales o apoderados debidamente constituidos. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la

PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 4369 del 27 de abril de 2026. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la Subdirección de Fiscalización Tributaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para su conocimiento y fines pertinentes. ARTÍCULO QUINTO. - Publicar el contenido de este acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad. ARTÍCULO SEXTO. Una vez vencido el término de vigencia de la presente certificación, archívese el expediente SBTI0014-00-2026. ARTÍCULO SÉPTIMO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 20217. 7 “Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Resolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 10 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y se toman otras determinaciones.” Página 10 de 11

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 05 MAY. 2026

JORGE ALBERTO SANABRIA MORALES

SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

SHIRLEY YADEIBY BARBOSA PARRA

CONTRATISTA

OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ

CONTRATISTA

Expediente No. SBTI0014-00-2026 Concepto Técnico N° 4369 del 27 de abril de 2026

Fecha: 29 de abril de 2026

Proceso No.: 20265000012914

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la EntidadResolución No. 001291 Del 05 MAY. 2026 Hoja No. 11 de 11 “Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los elementos y equipos objeto de la solicitud de exclusión d

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