ANLA - Resolución 001345 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001345 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001345 (08 MAY. 2026) Página 1 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO
HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO”
EL SUBDIRECTOR DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA En ejercicio de las facultades legales establecidas mediante el numeral 3 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, literales d), e) y f), del artículo 18 de la Ley 1444 del 4 de mayo de 2011, el artículo 34 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, el numeral 2 del artículo tercero del Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el numeral 2 del artículo segundo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024 y acorde con lo regulado en el artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 828 del 2 de mayo de 2025 y el artículo sexto numeral 1 de la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025 modificado por el artículo cuarto de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025
expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (En adelante el Ministerio), otorgó a la Sociedad EMGESA S.A. ESP., Licencia Ambiental para el proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”, localizado en jurisdicción de los Municipios de Garzón, Gigante, El Agrado, Paicol, Tesalia y Altamira en el Departamento del Huila. Que mediante Resolución 1628 del 21 de agosto de 2009, el Ministerio resolvió los recursos de reposición interpuestos por la Sociedad, la Fundación El Curíbano y por Alexander López Quiroz contra la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de modificar el acto administrativo recurrido en algunos aspectos como el plan de restauración, obras principales, vía panamericana, vías sustitutivas, compensación por aprovechamiento forestal, ataguía, programa socioeconómico, vegetación de protección perimetral, manejo íctico y rescate de peces, entre otros aspectos. Que mediante Resolución 1814 del 17 de septiembre de 2010, el Ministerio ajustó vía seguimiento las Resoluciones 899 del 15 de mayo de 2009 y 1628 del 26 de agosto de 2009, frente a la medida de compensación por reasentamiento de la población del área de influencia del proyecto.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO
“POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 2 de 137 Que mediante Resolución 2766 del 30 de diciembre de 2010, el Ministerio modificó el artículo sexto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de adicionar sitios de ocupación de cauces, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 2767 del 30 de diciembre de 2010, el Ministerio resolvió el recurso de reposición en contra de la Resolución 1814 del 17 de septiembre de 2010, en el sentido de confirmarla. Que mediante Resolución 310 del 22 de febrero de 2011, el Ministerio aclaró el artículo segundo de la Resolución 2766 del 30 de diciembre de 2010, en el sentido de indicar que el número del contrato único de concesión expedido por el Instituto Colombiano de Geología y Minería – INGEOMINAScorresponde al KI9-08302X. Que mediante Resolución 971 del 27 de mayo de 2011, el Ministerio modificó el numeral 2 del artículo cuarto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de adicionar y autorizar la construcción de la vía industrial por la orilla izquierda del río Magdalena y obras relacionadas, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 12 del 14 de octubre de 2011, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, (En adelante la Autoridad Nacional), resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad en contra de la Resolución 971 de 27 de mayo de 2011, en el sentido de modificar su artículo segundo, adicionando una zona de extracción de material
Ambientales, (En adelante la Autoridad Nacional), resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad en contra de la Resolución 971 de 27 de mayo de 2011, en el sentido de modificar su artículo segundo, adicionando una zona de extracción de material de arrastre, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 306 del 30 de diciembre de 2011, la Autoridad Nacional modificó el numeral 1 del artículo quinto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de adicionar y autorizar algunas concesiones, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 589 del 26 de julio 2012, la Autoridad Nacional modificó los numerales 2.2.3.3, 2.2.3.4, 2.2.3.5, 2.2.3.6, 2.2.3.8, 2.2.3.9 del artículo décimo de la Resolución 899 de 15 de mayo de 2009, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 945 del 13 de noviembre de 2012, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad en contra de la Resolución 589 del 26 de julio de 2012, en el sentido de modificar el literal a) del numeral 2.2.3.5 del artículo primero del acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 1142 del 28 de diciembre de 2012, la Autoridad Nacional modificó el numeral 8 del artículo cuarto de la Resolución 899 del 26 de julio de 2009, en el sentido de autorizar el cambio de uso del área licenciada para el relleno sanitario, a un área de actividades temporales como vías industriales, zonas de acopio temporal, zonas de parqueo, zonas de almacenamiento de equipos, zonas industriales y zonas de descanso y
de autorizar el cambio de uso del área licenciada para el relleno sanitario, a un área de actividades temporales como vías industriales, zonas de acopio temporal, zonas de parqueo, zonas de almacenamiento de equipos, zonas industriales y zonas de descanso y alimentación del personal, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 283 del 22 de marzo de 2013, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad en contra de la Resolución 1142 del 28 de diciembre de 2012, en el sentido de modificar el artículo quinto adicionando el permisoResolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 3 de 137 de ocupación de cauce para el campamento de vivienda de los equipos electromecánicos, en el sitio de coordenadas 764462N 835503E, bajo las condiciones y obligaciones generales para ejecutar este tipo de actividades en esta zona, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 395 del 2 de mayo de 2013, la Autoridad Nacional modificó el numeral 4 del artículo sexto de la Resolución 899 del 26 de julio de 2009, en el sentido de autorizar la ocupación del cauce del río Magdalena para algunas actividades necesarias en la ejecución del proyecto, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 181 del 28 de febrero de 2014, la Autoridad Nacional modificó el artículo cuarto de la Resolución 306 del 30 de diciembre de 2011, en el sentido de adicionar nuevos sitios de ocupación de cauces, entre otras determinaciones.
Que mediante Resolución 181 del 28 de febrero de 2014, la Autoridad Nacional modificó el artículo cuarto de la Resolución 306 del 30 de diciembre de 2011, en el sentido de adicionar nuevos sitios de ocupación de cauces, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 557 del 30 de mayo de 2014, la Autoridad Nacional niega la solicitud de revocatoria de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, para la ejecución del proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”. Que mediante Resolución 906 del 13 de agosto de 2014, la Autoridad Nacional modificó el numeral 3 del artículo segundo de la Resolución 395 del 2 de mayo de 2013, en el sentido de adicionar el permiso de aprovechamiento forestal otorgado para la construcción de los cuatro (4) tramos de vías sustitutivas autorizadas del proyecto, en una cantidad de 3.058 árboles, equivalentes a 152,9 m 3 de volumen de madera y 167,71 m 3 de volumen de biomasa, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 427 del 15 de abril de 2015, la Autoridad Nacional ajustó vía seguimiento la licencia ambiental, en el sentido de incluir el factor forma, conforme a lo establecido en el Acuerdo 007 del 21 de mayo de 2009, o el que lo modifique o sustituya, emitido por la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 493 del 30 de abril de 2015, la Autoridad Nacional niega la solicitud de revocatoria de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, para la ejecución del proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”, presentada
solicitud de revocatoria de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, para la ejecución del proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”, presentada por el señor Carlos Humberto Cuellar. Que mediante Resolución 759 del 26 de junio de 2015, la Autoridad Nacional modificó vía seguimiento la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución 899 del 26 de julio de 2009, en el sentido de incluir dentro del “Programa de Atención y protección de Sitios Críticos o Vulnerables durante la Operación del Proyecto”, en el borde del embalse lo referente al seguimiento de la sismicidad, cumpliendo con el análisis y seguimiento a la sismicidad inducida, y tomar las medidas pertinentes, realizando los monitoreos e instalar toda la infraestructura necesaria para tal efecto, mediante una estación de sismicidad que cumpla con los estándares internacionales para tal actividad, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 1390 del 30 de octubre de 2015, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición presentado por la Gobernación del Huila, el Municipio de Curíbano y la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena en contra la Resolución 759 del 26 de junio de 2015, confirmándola en todas sus partes.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 4 de 137 Que mediante Resolución 266 del 14 de marzo de 2016, la Autoridad Nacional modificó la
OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 4 de 137
Que mediante Resolución 266 del 14 de marzo de 2016, la Autoridad Nacional modificó la Resolución 1628 del 21 de agosto de 2009, en el sentido indicar que el monitoreo de calidad de aire deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Protocolo para el Monitoreo y Seguimiento de la Calidad del Aire, el cual fue ajustado mediante Resolución 2154 del 8 de noviembre de 2010. Que mediante Resolución 1095 del 26 de septiembre de 2016, la Autoridad Nacional impuso medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental en los temas relacionados con compensaciones por reasentamientos, actividades económicas y en dinero, gestiones adelantadas con terceros intervinientes; actuaciones realizadas en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la Ciudad de Neiva, en cumplimiento de una acción de Tutela, PQRS y el Programa de Restitución de Empleo. Que mediante Resolución 1099 del 27 de septiembre de 2016, la Autoridad Nacional impuso medidas adicionales a la Sociedad, relacionadas con la presentación de un informe consolidado del Plan de Gestión Social ejecutado hasta la finalización de la etapa constructiva, reportando el total de actividades ejecutadas para cada una de las medidas establecidas en el Plan de Manejo Ambiental, para el medio Socioeconómico, entre otras. Que mediante Resolución 1314 del 2 de noviembre de 2016, la Autoridad Nacional impuso medidas a la Sociedad, relacionadas con la complementación del Plan de Contingencias. Que mediante Resolución 144 del 10 de febrero de 2017, la Autoridad Nacional impuso
Que mediante Resolución 1314 del 2 de noviembre de 2016, la Autoridad Nacional impuso medidas a la Sociedad, relacionadas con la complementación del Plan de Contingencias. Que mediante Resolución 144 del 10 de febrero de 2017, la Autoridad Nacional impuso medidas adicionales vía seguimiento, relacionadas con presentar una propuesta de manejo de caudales cuando se presente una condición en la cual a nivel horario implique una descarga de caudal turbinado entre 0 y menor a 36m³/s y la instalación de estaciones de medición automáticas, de parámetros in situ, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 590 del 22 de mayo de 2017, la Autoridad Nacional aclaró el numeral 2 del artículo décimo segundo de la Resolución 899 de 2009, en el sentido de corregir el valor de las hectáreas de riego adicionales a adecuar de dos mil novecientas (2.900) ha a dos mil setecientas (2.700) ha, en concordancia con el subnumeral 2.1 del mismo artículo y se imponen medidas de manejo adicionales a la Licencia Ambiental producto de la Audiencia Pública realizada los días 11 y 12 de noviembre de 2016. Que mediante Resolución 740 del 30 de junio de 2017, la Autoridad Nacional impuso medidas adicionales a la Sociedad, relacionadas con la presentación de un análisis basado en los resultados de los monitoreos fisicoquímicos e hidrobiológicos, efectuados desde la línea base del Estudio de Impacto Ambiental hasta la etapa actual del proyecto, de tal manera que se evidencie como ha sido la evolución y el comportamiento, tanto de la fauna íctica como de los macroinvertebrados bentónicos y la incidencia de los parámetros fisicoquímicos, en especial de la concentración de oxígeno sobre las diferentes especies
manera que se evidencie como ha sido la evolución y el comportamiento, tanto de la fauna íctica como de los macroinvertebrados bentónicos y la incidencia de los parámetros fisicoquímicos, en especial de la concentración de oxígeno sobre las diferentes especies que integran estas comunidades, así como la variación que pudo haberse producido a la entrada en operación del sistema de oxigenación en cuanto variabilidad.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 5 de 137 Que a través de la Resolución 752 del 30 de junio de 2017, la Autoridad Nacional rechazó el recurso de reposición interpuesto por la Gobernación del Huila en contra de la Resolución 144 del 10 de febrero de 2017 por medio de la cual se impusieron unas medidas adicionales. Que mediante Resolución 1722 del 26 de diciembre de 2017, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad en contra de la Resolución 590 del 22 de mayo de 2017, en el sentido de modificar el numeral 1 del artículo primero del acto administrativo recurrido, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 131 del 5 de febrero de 2018, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad en contra de la Resolución 740 del 30 de junio de 2017, en el sentido de modificar los artículos primero, segundo, cuarto, quinto y sexto, revocar el artículo tercero y confirmar el artículo séptimo del acto administrativo recurrido, entre otras determinaciones.
junio de 2017, en el sentido de modificar los artículos primero, segundo, cuarto, quinto y sexto, revocar el artículo tercero y confirmar el artículo séptimo del acto administrativo recurrido, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 278 del 28 de febrero del 2018, la Autoridad Nacional modificó el artículo décimo tercero de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, relacionado con la aprobación transitoria del programa de inversión forzosa de no menos del 1% presentado por la Sociedad por la utilización del recurso hídrico superficial de la fuente río Magdalena, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 43 de la ley 99 del 22 de diciembre de 1993 reglamentado por el Decreto 1900 del 12 de junio del 2006, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 938 del 26 de junio de 2018, la Autoridad Nacional modificó el artículo cuarto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de incluir obras, infraestructura y actividades, entre otras determinaciones. Que mediante la Resolución 1727 del 5 de octubre de 2018, la Autoridad Nacional incorporó la modificación (No. 002 - vía perimetral) al “Documento de cooperación celebrado entre la gobernación del departamento del Huila, los municipios del Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia, el Ministerio de Minas y Energía, de Agricultura y EMGESA S.A. E.S.P”, a la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009 que otorgó Licencia Ambiental para el proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”. Que mediante Resolución 154 del 12 de febrero de 2019, la Autoridad Nacional ajustó vía
E.S.P”, a la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009 que otorgó Licencia Ambiental para el proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”. Que mediante Resolución 154 del 12 de febrero de 2019, la Autoridad Nacional ajustó vía seguimiento la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de modificar la obligación contenida en el numeral 4.1.6.2 de su artículo décimo, entre otras determinaciones. Que mediante Resolución 2018 del 8 de octubre de 2019, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición impuesto en contra de la Resolución 154 del 12 de febrero de 2019, en el sentido de confirmar en su integridad el acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 1354 del 12 de agosto de 2020, la Autoridad Nacional impuso medidas adicionales a la Sociedad, relacionadas con muestreos nictemerales y calidad del agua del embalse.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 6 de 137 Que mediante Resolución 1927 del 30 de noviembre de 2020, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición impuesto en contra de la Resolución 1354 del 12 de agosto de 2020, en el sentido de confirmar en su integridad el acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 462 del 8 de marzo de 2021, la Autoridad Nacional modificó el artículo décimo tercero de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de
Que mediante Resolución 462 del 8 de marzo de 2021, la Autoridad Nacional modificó el artículo décimo tercero de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de aprobar el acogimiento al porcentaje incremental a que se refiere el artículo 321 de la Ley 1955 del 25 de mayo del 2019. Que mediante Resolución 792 del 3 de mayo de 2021, la Autoridad Nacional rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 462 del 8 de marzo de 2021. Que mediante la Resolución 1328 del 28 de julio de 2021, la Autoridad Nacional modificó el artículo noveno de la Resolución 462 del 8 de marzo de 2021, con el fin de actualizar la liquidación parcial de la inversión forzosa de no menos del 1% del proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”. Que mediante Resolución 2073 del 19 de noviembre de 2021, la Autoridad Nacional modificó el numeral 6.3 del numeral 6 del Componente Biótico del artículo décimo de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009. Que mediante Resolución 2398 del 29 de diciembre de 2021, la Autoridad Nacional modificó el artículo noveno de la Resolución 1328 del 28 de julio de 2021. Que por Escritura Pública 562 del 1 de marzo de 2022 de la Notaría 11 de Bogotá D.C., inscrita el 1 de marzo de 2022, con el No. 02798609 del Libro IX, la Sociedad EMGESA S.A. E.S.P. cambió su denominación o razón social a ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. Que mediante Resolución 899 del 4 de mayo de 2022, la Autoridad Nacional resolvió el
S.A. E.S.P. cambió su denominación o razón social a ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. Que mediante Resolución 899 del 4 de mayo de 2022, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 2398 del 29 de diciembre de 2021, en el sentido de modificar el contenido del numeral 1 del artículo segundo, y confirmar las demás disposiciones del acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 1572 del 22 de julio de 2022, la Autoridad Nacional aceptó como parte de la liquidación de la inversión forzosa de no menos del 1%, la suma de SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS CON SIETE CENTAVOS ($62.419.279.07), liquidado sobre la base de liquidación que corresponde a la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS SIETE PESOS MCTE. ($6.241.927.907), valor que corresponde al ítem de adquisición terrenos del periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021, aunado a ello se modificó el artículo noveno de la Resolución 462 del 8 de marzo de 2021. Que mediante la Resolución 2829 del 30 de noviembre de 2022, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 1572 del 22 de julio de 2022, en el sentido de modificar el artículo segundo, y la temporalidad establecida en el artículo tercero de la Resolución 1572 del 22 de julio de 2022.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 7 de 137
de 2022, en el sentido de modificar el artículo segundo, y la temporalidad establecida en el artículo tercero de la Resolución 1572 del 22 de julio de 2022.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 7 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 7 de 137 Que mediante la Resolución 3043 del 26 de diciembre de 2022, la Autoridad Nacional aceptó el cambio de razón social de la sociedad EMGESA S.A. E.S.P., por la sociedad ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. como titular de la Licencia Ambiental otorgada a través de la Resolución 899 de 15 de mayo de 2009, y en los artículos segundo y tercero otorga viabilidad para la ubicación propuesta de las estaciones MGE4 y MGE1, respectivamente. Que mediante la Resolución 283 del 17 de febrero de 2023, la Autoridad Nacional declaró como ejecutadas unas actividades con cargo al plan de inversión forzosa de no menos del 1% del proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”, entre otras disposiciones. Que mediante Resolución 315 del 21 de febrero de 2023, la Autoridad Nacional aprobó la propuesta de rehabilitación por afectación de especies no vasculares, presentada por la Sociedad a través de la comunicación con radicación 2022062442-1-000 del 1 de abril de 2022, para llevar a cabo en un área de 30,82 ha. Que mediante Resolución 646 del 3 de abril de 2023, la Autoridad Nacional resolvió el
2022, para llevar a cabo en un área de 30,82 ha. Que mediante Resolución 646 del 3 de abril de 2023, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 3043 del 26 de diciembre de 2022, en el sentido de modificar el contenido del artículo tercero y cuarto, y confirmar las demás disposiciones del acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 700 del 5 de abril de 2023, la Autoridad Nacional ajustó vía seguimiento el subnumeral 3.1.2.1. del numeral 3 del artículo quinto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de modificar el porcentaje de sobrevivencia establecido en la precitada obligación y los numerales 3.1.2.1, 3.1.2.3 y 3.1.2.4 del artículo quinto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de incluir acciones de restauración activa en las áreas de los ZODMES 14, 21 y 24. Que mediante Auto 2720 del 21 de abril de 2023 la Autoridad Nacional reconoció como tercero interviniente a la Veeduría Ciudadana “SEGUIMIENTO AL PROGRAMA DE COMPRA Y ADECUACIÓN DE 2700 HA” dentro del proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo” Que mediante Resolución 1145 del 5 de junio de 2023, la Autoridad Nacional aprobó el proyecto “Construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales domésticas del centro poblado San Antonio del Pescado del Municipio de Garzón Huila” como parte de la línea de inversión “Interceptores y sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas” en cumplimiento parcial de la obligación forzosa de no menos del 1% presentado por la
línea de inversión “Interceptores y sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas” en cumplimiento parcial de la obligación forzosa de no menos del 1% presentado por la Sociedad mediante comunicación con radicación 2023045547-1-000 del 7 de marzo de 2023. Que mediante Resolución 1965 del 4 de septiembre de 2023, la Autoridad Nacional impuso medidas adicionales a la Sociedad, relacionadas con concertar con la comunidad de la Cañada un programa de manejo que dé solución efectiva a las afectaciones causadas sobre la conectividad fluvial de esta vereda, presentar un programa de seguimiento a las posibles variaciones geomorfológicas en el río Magdalena, desde el tramo que inicia en la descarga de casa de máquinas, hasta la entrada al embalse Betania, y cuantificar los impactos biofísicos ocasionados por el proyecto, entre otros aspectos.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 8 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 8 de 137 Que mediante Resolución 2012 del 8 de septiembre de 2023, la Autoridad Nacional impuso medidas adicionales a la Sociedad, relacionadas con muestreos nictemerales y calidad del agua del embalse. Que mediante Resolución 2100 del 12 de septiembre de 2023, la Autoridad Nacional negó la solicitud de modificación de licencia ambiental solicitada por la Sociedad a través de las comunicaciones con radicación 2022191052-1-000 del 1 de septiembre de 2022 y
la solicitud de modificación de licencia ambiental solicitada por la Sociedad a través de las comunicaciones con radicación 2022191052-1-000 del 1 de septiembre de 2022 y 2022204212-1-000 del 15 de septiembre de 2022, complementadas mediante las comunicaciones 2023025879-1-000 del 10 de febrero de 2023, 20230637991-000 del 28 de marzo de 2023, 2023071219-1-000 del 4 de abril de 2023 y 20236200028572 del 24 de abril de 2023, relacionada con la modificación de los numerales 2 y 6 del artículo décimo segundo de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009. Que mediante Resolución 2354 del 10 de octubre de 2023, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición presentado por la Sociedad en contra de la Resolución 2100 del 12 de septiembre de 2023, en el sentido de confirmar en todas sus partes el acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 2479 del 25 de octubre de 2023, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición presentado por la Veeduría Ciudadana “Seguimiento al programa de compra y adecuación de 2700 Ha” en contra de la Resolución 2100 del 12 de septiembre de 2023, en el sentido de confirmar en todas sus partes el acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 2495 del 27 de octubre de 2023, la Autoridad Nacional incorporó la modificación (No. 003) al “Documento de cooperación celebrado entre la gobernación del departamento del Huila, los municipios del Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia, el Ministerio de Minas y Energía, de Agricultura y EMGESA S.A. E.S.P”, suscrito el
departamento del Huila, los municipios del Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia, el Ministerio de Minas y Energía, de Agricultura y EMGESA S.A. E.S.P”, suscrito el 30 de agosto de 2023, y en consecuencia ajustó el literal a) del artículo primero de la Resolución 1727 del 5 de octubre de 2018 que modificó el numeral 11 del artículo décimo segundo de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009. Que mediante Resolución 2561 del 3 de noviembre de 2023, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición presentado por la Sociedad en contra de la Resolución 1965 del 4 de septiembre de 2023, en el sentido de confirmar en todas sus partes el acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 2706 del 22 de noviembre de 2023, la Autoridad Nacional resolvió el recurso de reposición presentado por la Sociedad en contra de la Resolución 2012 del 8 de septiembre de 2023, en el sentido de confirmar en todas sus partes el acto administrativo recurrido. Que mediante Resolución 2992 del 18 de diciembre de 2023, la Autoridad Nacional aceptó a la Sociedad la ejecución del programa de “Optimización sistema de tratamiento de aguas residuales (STAR) del Municipio de El Agrado, departamento del Huila” enmarcado en la línea de inversión “Interceptores y sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas” para el cumplimiento de la obligación de inversión forzosa de no menos del 1% del proyecto “Hidroeléctrico El Quimbo”; entre otras disposiciones.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 9 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA
“Hidroeléctrico El Quimbo”; entre otras disposiciones.Resolución No. 001345 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 9 de 137 “POR LA CUAL SE APRUEBAN NUEVOS VALORES CON CARGO A LA OBLIGACIÓN DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO” Página 9 de 137 Que mediante Resolución 192 del 9 de febrero de 2024, la Autoridad Nacional aceptó como ejecutado con cargo al Plan de Inversión Forzosa de no menos del 1%, el proyecto “Descontaminación, protección y educación ambiental de las microcuencas de las Quebradas La Yaguilga y La Buenavista del Municipio del Agrado, Huila, Centro Oriente” por la suma de MIL CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y
NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA PESOS MCTE. (
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