ANLA - Resolución 001347 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 001347 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001347 (08 MAY. 2026) Página 1 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 3330 de 2025 y 1226 de 2025 modificada por la Resolución 3129 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 008993 del 10 de octubre de 2025, avocó conocimiento de la Autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, otorgada por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA), con NIT 890.984.423-3, mediante la Resolución Metropolitana la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas

NIT 890.984.423-3, mediante la Resolución Metropolitana la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, con NIT 890.905.211-1, en el marco del proyecto “Broche Vial Avenida Las Palmas – San Carbón”, a desarrollarse en Calle 16 (avenida Las Palmas) entre las carreras 30 y 31 de Medellín, Antioquia, en los términos establecidos en el mencionado acto administrativo, por un término de doce (12) meses, contados a partir del día siguiente a la firmeza de dicho acto administrativo y prorrogable previa solicitud solo dos (02) veces por el mismo término inicialmente otorgado (expediente AMVA número CM5.08.22672)., a cuyo trámite le fue asignado el expediente AFC0327-00. La Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, fue notificada al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, el 21 de octubre de 2022. El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría

Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, el 21 de octubre de 2022. El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, mediante radicado 20256201384472 del 07 de noviembre deResolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 2 de 9 20251, solicitó prórroga de la vigencia de la Autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, otorgada mediante la mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024. De conformidad con la última prórroga otorgada por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA), la Resolución Metropolitana No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, se constató que artículo 1° establece: “Otorgar al DISTRITO ESPECIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE MEDELLÍN – secretaria de Infraestructura Física, con

se constató que artículo 1° establece: “Otorgar al DISTRITO ESPECIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE MEDELLÍN – secretaria de Infraestructura Física, con NIT 890.905.211-1, (…) un último plazo adicional de doce (12) meses, para realizar las intervenciones al componente arbóreo autorizadas en la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022 (…)”. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 008993 del 10 de octubre de 2025, Avocó conocimiento de las actuaciones administrativas remitidas por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA), con NIT. 890.984.423-3, mediante radicados ANLA 20256200710282 del 18 de junio de 2025, 20256200839542 del 18 de julio, 20256200971102 del 15 de agosto, 20256201192292 del 29 de septiembre y 20256201194082 del 30 de septiembre, todos de 2025, en lo relacionado al expediente AMVA CM5.08.22672, relativo a la Autorización de Aprovechamiento Forestal de Arboles Aislados otorgada mediante la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, a cuyo trámite le fue asignado el expediente ANLA AFC0327-00.

Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, a cuyo trámite le fue asignado el expediente ANLA AFC0327-00. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, mediante oficio 20255301040111 del 28 de noviembre de 2025, solicitó al Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA) informar lo motivos por los cuales limitó el número de prórrogas que el Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín puede solicitar con relación a la mencionada Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, en aras de establecer si existen condiciones especiales para no dar aplicación al artículo 55 del Decreto-Ley 2811 de 1974, la cual fue contestada mediante la comunicación de radicado 20256201541882 del 10 de diciembre de 2025. El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, mediante los radicados 20266200498012 y 20266200516262 del 20 y 22 de abril, Solicitud de impulso, celeridad y priorización en el trámite ambiental asociado al expediente AFC0327-00

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

1 Expediente VDI3782-00-2025Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de

aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 3 de 9 El Decreto Ley 2811 de 1974 2, establece en su artículo 51, que el derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. La precitada norma establece en su artículo 52, que los particulares pueden solicitar el otorgamiento del uso de cualquier recurso natural renovable de dominio público, salvo las excepciones legales o cuando estuviere reservado para un fin especial u otorgado a otra persona, o si el recurso se hubiere otorgado sin permiso de estudios, o cuando, por decisión fundada en conceptos técnicos, se hubiere declarado que el recurso no puede ser objeto de nuevos aprovechamientos. El artículo 55 del ya citado Decreto, señala que la duración del permiso será fijada de acuerdo con la naturaleza del recurso, de su disponibilidad, de la necesidad de restricciones o limitaciones para su conservación y de la cuantía y clase de las inversiones, sin exceder de diez años, estableciendo que los permisos por lapsos menores de diez años serán prorrogables siempre que no sobrepasen en total, el referido máximo. El artículo 211 del Capítulo II “De los aprovechamientos forestales” del Decreto 2811 de 1974, dispuso que “Se entiende por aprovechamiento forestal la extracción de productos de un bosque”.

El artículo 211 del Capítulo II “De los aprovechamientos forestales” del Decreto 2811 de 1974, dispuso que “Se entiende por aprovechamiento forestal la extracción de productos de un bosque”. El artículo 2.2.1.1.2.2., del Decreto 1076 del 2015, establece los principios generales que orientan la aplicación e interpretación del régimen de aprovechamiento forestal. El artículo 2.2.1.1.7.12. ibidem determinó que la vigencia de permisos de aprovechamiento será fijada de acuerdo con la clase de aprovechamiento solicitado, la naturaleza del recurso, la oferta disponible, la necesidad de establecer medidas para asegurar su renovabilidad, la cuantía y la clase de inversiones, sin exceder el plazo máximo y las condiciones establecidas en el artículo 55 del Decreto-ley 2811 de 1974. El artículo 35 del Decreto Ley 019 de 2012 establece, respecto a las solicitudes de renovación o prórrogas de permisos, licencias o autorizaciones que, cuando el ordenamiento jurídico permita la renovación de un permiso, licencia o autorización y el particular la solicite dentro de los plazos previstos en la normatividad vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, la vigencia del permiso, licencia o autorización se entenderá prorrogada hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación. La ANLA, mediante Auto 008993 del 10 de octubre de 2025, avocó conocimiento de la autorización de aprovechamiento forestal otorgada mediante la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones

autorización de aprovechamiento forestal otorgada mediante la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, expedidas por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA), a favor del Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín. 2 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 4 de 9 La Resolución Metropolitana No. S.A. 2833 del 11 de octubre de 2022, en el artículo 1° establece: “El plazo de ejecución de la presente autorización es de doce (12) meses contados a partir del día siguiente a la firmeza del presente acto administrativo, prorrogable previa solicitud dos (2) veces por el mismo termino otorgado. En caso de no llevar a cabo estas labores en el plazo concedido, deberá solicitar nuevamente la correspondiente autorización” (subrayado fuera del texto original). No obstante, el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín

estas labores en el plazo concedido, deberá solicitar nuevamente la correspondiente autorización” (subrayado fuera del texto original). No obstante, el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, mediante radicado 20256201109232 del 12 de septiembre de 2025, solicitó prórroga de la vigencia de la Autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, otorgada mediante la mediante Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024. Ante la limitación de las prórrogas que el Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín puede solicitar con relación a la mencionada Resolución Metropolitana No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, mediante oficio 20255301040101 del 28 de noviembre de 2025, solicitó al Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA) informar lo motivos por los cuales estipuló dicho condicionamiento, el (AMVA) mediante el radicado 20256201541882 del 10 de diciembre de 2025; indico que no se evidencian fundamentos técnicos ni jurídicos para limitar de forma estricta a dos prórrogas los permisos de aprovechamiento forestal otorgados mediante las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 2833 de 2022. Aunque en los actos y conceptos previos se fijó un término de doce meses y se previó esa limitación, la autoridad debe

Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 2833 de 2022. Aunque en los actos y conceptos previos se fijó un término de doce meses y se previó esa limitación, la autoridad debe evaluar cada nueva solicitud técnica y jurídicamente conforme al artículo 55 del Decreto 2811 de 1974, teniendo en cuenta que históricamente la entidad ha manejado ese plazo por la naturaleza del recurso y para permitir seguimiento y control. Conforme al análisis efectuado a la documentación que reposa en el expediente AFC032700, esta Autoridad concluye que no existen motivos para limitar las solicitudes de prórrogas que pueda presentar el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia), como titular de la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022 y sus prórrogas, puesto que no existe riesgo de disponibilidad del recurso ni deterioro grave o su agotamiento, siempre y cuando las mismas se realicen bajo las órdenes del artículo 55 del Decreto Ley 2811 de 1974. Así las cosas, esta Autoridad considera necesario modificar el artículo 1° de la Resolución Metropolitana No. S.A. 2833 del 11 de octubre de 2022, en el sentido de no limitar el número de prorrogas que pueda solicitar el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, como titular de dicho instrumento ambiental. Lo anterior, en los términos a indicar en la parte resolutiva del presente proveído.Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles

presente proveído.Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 5 de 9 Asimismo, acorde a los parámetros establecidos en el artículo 35 del Decreto Ley 019 de 2012, la solicitud de prórroga elevada mediante el radicado 20256201384472 del 07 de noviembre de 2025, se encuentra debidamente sustentada por el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, toda vez que fue elevada por quien está legitimado para tal fin y fue presentada previamente al vencimiento de la vigencia de la autorización de aprovechamiento forestal otorgada mediante la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024. Conforme a las anteriores consideraciones y teniendo en cuenta que el término otorgado para el aprovechamiento forestal, en el marco del proyecto “Broche Vial Avenida Las Palmas – San Carbón”, a desarrollarse en Calle 16 (avenida Las Palmas) entre las carreras 30 y 31 de Medellín, Antioquia, no excede el tiempo establecido en el artículo 55 del Decreto

Palmas – San Carbón”, a desarrollarse en Calle 16 (avenida Las Palmas) entre las carreras 30 y 31 de Medellín, Antioquia, no excede el tiempo establecido en el artículo 55 del Decreto Ley 2811 de 1974, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) encuentra viable conceder una prórroga adicional a dicha autorización otorgada mediante la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022 y sus prórrogas. En ese sentido, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) concederá al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, prórroga de doce (12) meses adicionales a la vigencia de la autorización de aprovechamiento forestal otorgada, contados a partir del vencimiento del término establecido en el artículo primero de la Resolución Metropolitana No. S.A. 2852 del 11 de diciembre de 2024, es decir, desde el 19 de diciembre de 2025. Cabe precisar, que los demás aspectos, términos y condiciones regulados en la Resolución Metropolitana 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024., continúan vigentes y sin ninguna modificación. Finalmente, se advierte al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, que la inobservancia a los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en el presente acto administrativo, así como a las demás disposiciones estipuladas en la Resolución Metropolitana 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las

presente acto administrativo, así como a las demás disposiciones estipuladas en la Resolución Metropolitana 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024., y en los demás actos administrativos emitidos en los expedientes AMVA CM5.08.22672 y ANLA AFC0327-00, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sancionatorias que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 del 21 de julio de 2009 3, modificada por la Ley 2387 del 25 de julio de 20244. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD 3 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 4 “Por medio de la cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 6 de 9

2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 6 de 9 El Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en su artículo 2º, señala que es la encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1º del artículo 3º del Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011 establece, dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la Ley y los reglamentos. El numeral 1º del artículo 11º del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 5, que modificó el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividades de su competencia El numeral 13º del artículo 8° de la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025, modificada por la Resolución 3129 de 2025, delega por parte de la Dirección General de la Autoridad

obras o actividades de su competencia El numeral 13º del artículo 8° de la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025, modificada por la Resolución 3129 de 2025, delega por parte de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, la función de otorgar o negar permisos, concesiones y/o autorizaciones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos naturales renovables de competencia de la Entidad, que no sean competencia de la Subdirección de Evaluación de Licencias Ambientales. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el 1° de la Resolución Metropolitana No. S.A. 2833 del 11 de octubre de 2022, por la cual se otorgó al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, con NIT 890.905.211-1, un último plazo adicional de doce (12) meses para realizar las intervenciones al componente arbóreo autorizadas en la Resolución Metropolitana No. S.A. 001626 del 25 de junio de 2019, en el marco del proyecto “Broche Vial Avenida Las Palmas – San Carbón”, a desarrollarse en Calle 16 (avenida Las Palmas) entre las carreras 30 y 31 de Medellín, Antioquia, conforme a las consideraciones efectuadas en la parte motiva del presente acto administrativo, quedando de la siguiente manera:

“Artículo 1°: Otorgar al DISTRITO ESPECIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E

INNOVACIÓN DE MEDELLÍN - Secretaría de Infraestructura Física, con NIT.

presente acto administrativo, quedando de la siguiente manera: “Artículo 1°: Otorgar al DISTRITO ESPECIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE MEDELLÍN - Secretaría de Infraestructura Física, con NIT. 890.905.211-1, representado legalmente por su Alcalde, doctor FEDERICO 5“Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”.Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 7 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 7 de 9 ANDRÉS GUTIÉRREZ ZULUAGA, identificado con la cédula de ciudadanía 71'751.933, quien actúa a través de Apoderada Especial, abogada ANA SILVIA VANEGAS FLOREZ, identificada con la cédula de ciudadanía 1.033'261.432 y portadora de la Tarjeta Profesional N° 257.992 del C.S. de la Judicatura, un plazo adicional de doce (12) meses, para realizar las intervenciones al componente arbóreo autorizadas en la Resolución Metropolitana N° S.A. 2833 del 11 de octubre de 2022, necesaria en la construcción del proyecto denominado “Broche Vial Avenida Las Palmas – San Carbón”, a desarrollarse en Calle 16 (avenida Las

de 2022, necesaria en la construcción del proyecto denominado “Broche Vial Avenida Las Palmas – San Carbón”, a desarrollarse en Calle 16 (avenida Las Palmas) entre las carreras 30 y 31 de Medellín, Antioquia, el cual comenzará a contarse a partir de la firmeza de la presente actuación administrativa.” ARTÍCULO SEGUNDO. Conceder al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, con NIT. 890.905.211-1, prórroga por el término de un (01) año adicional, contado a partir del vencimiento del término establecido en el artículo primero de la Resolución No. S.A. 2852 del 11 de diciembre de 2024, es decir, desde el 19 de diciembre de 2025, para efectuar las labores asociadas a la autorización de aprovechamiento forestal otorgada mediante la Resolución Metropolitana No. S.A. 2833 del 11 de octubre de 2022 y sus prórrogas, en el marco del proyecto “Broche Vial Avenida Las Palmas – San Carbón”, a desarrollarse en Calle 16 (avenida Las Palmas) entre las carreras 30 y 31 de Medellín, Antioquia, de acuerdo con la solicitud efectuada mediante radicado 20256201384472 del 07 de noviembre de 2025, con fundamento en lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. En consecuencia, modificar el parágrafo 2° del artículo 1° de la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022 y sus prórrogas, en el sentido de prorrogar por un (01) año adicional, contado a partir del 19 de diciembre de

Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022 y sus prórrogas, en el sentido de prorrogar por un (01) año adicional, contado a partir del 19 de diciembre de 2025, la vigencia de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada. ARTÍCULO CUARTO. Las demás condiciones, obligaciones y requisitos contenidos en la Resolución Metropolitana 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, continúan vigentes y sin ninguna modificación. ARTÍCULO QUINTO. Advertir al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, que la duración total de la autorización de árboles aislados otorgada no podrá exceder de diez (10) años, junto con las prórrogas que se hayan concedido respecto a su vigencia, por lo que, para nuevas solicitudes de prórroga de la vigencia de la Resolución Metropolitana No. S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, se dará aplicación de lo señalado en el artículo 55 del Decreto 2811 de 1974, en concordancia con el artículo 35 del Decreto 19 de 2012.Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 8 de 9

aplicación de lo señalado en el artículo 55 del Decreto 2811 de 1974, en concordancia con el artículo 35 del Decreto 19 de 2012.Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 8 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 8 de 9 ARTÍCULO SEXTO. Notificar el presente acto administrativo al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín (Antioquia) - Secretaría de Infraestructura Física, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO SÉPTIMO. Comunicar el presente acto administrativo al Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA), para su conocimiento y fines pertinentes. ARTÍCULO OCTAVO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Entidad. ARTÍCULO NOVENO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo, con el lleno de los requisitos legales, de conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 20216.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 20216.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 08 MAY. 2026

JORGE ALBERTO SANABRIA MORALES

SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

JOHANNA MONTES ACOSTA

CONTRATISTA

JORGE ANDRES GARZON PEDROZA

CONTRATISTA

Expediente No. AFC0327-00

Fecha: 06 de mayo de 2026

Proceso No.: 20265000013474 6“Por medio de la cual se reforma El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437

de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.Resolución No. 001347 Del 08 MAY. 2026 Hoja No. 9 de 9 “Por la cual se modifica y prorroga la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución Metropolitana S.A. 002833 del 11 de octubre de 2022, prorrogada por las Resoluciones Metropolitanas No. S.A. 003136 del 27 de noviembre de 2023 y No. S.A. 002852 del 11 de diciembre de 2024, y se toman otras determinaciones” Página 9 de 9

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

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