ANLA - Resolución 001528 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001528 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001528 (29 MAY. 2026) Página 1 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA, En uso de las facultades legales establecidas en el numeral 8 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto 3573 de 2011, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 de 2020, el literal a) del numeral 10.2 del artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, acorde con lo establecido en el artículo 3 y 4 de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el artículo 1 de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanada de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: Por medio del oficio con radicación 20256201466132 del 25 de noviembre de 2025, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, dio traslado a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por el representante legal de la sociedad COLINAGRO S.A., identificada con el NIT. 817.001.672-8, para la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado POLINIZA 98,
de la sociedad COLINAGRO S.A., identificada con el NIT. 817.001.672-8, para la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado POLINIZA 98, a partir del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO, tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. La sociedad COLINAGRO S.A., en cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 1 del artículo tercero de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 1, radicó junto con la solicitud la documentación enunciada a continuación: 1 “Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del dictamen técnico-ambiental al que alude la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, Decisión 436, de la Comisión de la Comunidad Andina, y se toman otras determinaciones”Resolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 2 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 35 1.Solicitud diligenciada y suscrita por el representante legal de la sociedad COLINAGRO S.A., el señor DIEGO CARVAJALINO GALOFRE. 2.Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad solicitante. 3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES OCHO MIL PESOS ($3.008.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación. 4.El Estudio Ambiental de conformidad con lo dispuesto en el Manual Técnico Andino.
3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES OCHO MIL PESOS ($3.008.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación. 4.El Estudio Ambiental de conformidad con lo dispuesto en el Manual Técnico Andino. 5.Copia del Protocolo de Ensayo de Eficacia debidamente aprobado por el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA. Cumplidos los requisitos anteriores, se conformó el expediente LAM10154-00 y a petición de la sociedad COLINAGRO S.A., se surtió el siguiente:
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO
1. Inicio de trámite. A través del Auto 11738 del 26 de diciembre de 2025, esta Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de evaluación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado POLINIZA 98, a partir del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico a la sociedad COLINAGRO S.A., el 29 de diciembre de 2025, quedando ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad Nacional, el 30 del mismo mes y año.
2. Auto de Información Adicional. Mediante el Auto 1113 del 19 de febrero de 2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad COLINAGRO S.A., para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de Dictamen Técnico Ambiental.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 20 de febrero de 2026, quedando ejecutoriado el 9 de marzo de 2026.
3. Solicitud de prórroga. Por medio de la comunicación con radicación
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 20 de febrero de 2026, quedando ejecutoriado el 9 de marzo de 2026.
3. Solicitud de prórroga. Por medio de la comunicación con radicación 20266200244272 del 24 de febrero de 2026, el señor DIEGO CARVAJALINO GALOFRE, en su calidad de representante legal de la sociedad COLINAGRO S.A., solicitó a esta Autoridad Nacional una prórroga para hacer entrega de la
información adicional requerida a través del Auto 1113 del 19 de febrero de 2026.Resolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 3 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 35
4. Auto de prórroga. Mediante el Auto 1869 del 13 de marzo de 2026, esta Autoridad Nacional concedió a la sociedad COLINAGRO S.A., una prórroga por el término de un (1) mes, contado a partir del vencimiento del término otorgado en el Auto 1113 del 19 de febrero de 2026, esto es, hasta el 11 de mayo de 2026, para que presentara la información adicional necesaria para continuar con el trámite administrativo tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 16 de marzo de 2026, quedando ejecutoriado el 17 de marzo de 2026.
5. Respuesta a requerimientos de información adicional. A través de la comunicación con radicación 20266200495142 del 20 de abril de 2026, la
de 2026, quedando ejecutoriado el 17 de marzo de 2026.
5. Respuesta a requerimientos de información adicional. A través de la comunicación con radicación 20266200495142 del 20 de abril de 2026, la sociedad COLINAGRO S.A., presentó la respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad Nacional en el Auto 1113 del 19 de febrero de
2026.
6. Concepto Técnico. Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad COLINAGRO S.A., y de aquella que reposa en el expediente LAM10154-00, el Grupo Técnico de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 4883 del 7 de mayo de 2026.
II. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental.
En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de actividades, (b) Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional, (c) Consideraciones jurídicas y (d) Consideraciones de la ANLA que motivan a emitir o negar el Dictamen Técnico Ambiental.
a) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
Evaluada la información presentada por el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA,
negar el Dictamen Técnico Ambiental.
a) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
Evaluada la información presentada por el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 4883 del 7 de mayo de 2026, donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…)Resolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 4 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 35 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud tiene por objeto la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado POLINIZA 98, a partir del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO, para ser utilizado como regular fisiológico de uso agrícola para el cultivo de palma de aceite, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. A continuación, se expone la información del producto formulado e ingrediente activo grado técnico.
PRODUCTO FORMULADO POLINIZA 98
NOMBRE POLINIZA 98
CLASE DE USO Regulador fisiológico TIPO DE FORMULACIÓN1 Polvo seco (DP) COMPOSICIÓN2 ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO: 980 g/Kg
DOSIS DE
APLICACIÓN1
Cultivo Objetivo de uso Dosis Número de aplicaciones tenidas en cuenta en la ERA Palma de aceite Favorecer frutos partenocárpicos en híbridos
DOSIS DE
APLICACIÓN1
Cultivo Objetivo de uso Dosis Número de aplicaciones tenidas en cuenta en la ERA Palma de aceite Favorecer frutos partenocárpicos en híbridos interespecíficos OxG de palma de aceite 3 g de Premezcla3/racimo4, 5 (0,848 kg producto formulado/ha/año) 1 FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN2 SHAOXING AGROTRUST BIOTECH LIMITED., de China. 1: Proyecto de rotulado 2: Certificado composición 3: 1 gramo de la premezcla contiene: 0,184 g de producto POLINIZA 98 4: Densidad de siembra: 128 plantas/ha 5: Número de racimos/año:12 INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO NOMBRE COMÚN (ISO) ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO NOMBRE QUÍMICO (IUPAC) 2-naphthalen-1-ylacetic acid
FÓRMULA EMPÍRICA C12H10O2
NÚMERO CAS 86-87-3
GRUPO QUÍMICO Auxinas PGR
GRADO DE PUREZA 98% min
IMPUREZAS RELEVANTES
DE INTERES AMBIENTAL No presenta
FABRICANTE Y PAÍS DE
ORIGEN SHAOXING AGROTRUST BIOTECH LIMITED., de China.
Certificado de composición del ingrediente activo.Resolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 5 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de
“Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 35 (…)”.
b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.
Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad COLINAGRO S.A., a fin de determinar la viabilidad del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado POLINIZA 98, a partir del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO para ser utilizado como regulador fisiológico de uso agrícola en el cultivo de palma de aceite y de conformidad con los demás documentos presentados que obran en el expediente LAM10154-00; el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto Técnico 4883 del 7 de mayo de 2026. En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…) EVALUACIÓN AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante para el producto formulado POLINIZA 98, a partir del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998, modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y la Resolución 2075 del 02 de agosto de 2019 por la cual se adopta el Manual Técnico
modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y la Resolución 2075 del 02 de agosto de 2019 por la cual se adopta el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con las siguientes consideraciones: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Sólido PRESIÓN DE VAPOR 1,27 x 10-3 Pa a 20°C SOLUBILIDAD EN AGUA 16,8 mg/L a 20°C COEFICIENTE DE PARTICIÓN n-OCTANOL /AGUA Log Pow = 0,02 pH 7 a 20°C
FACTOR DE BIOCONCENTRACIÓN (BCF) Bajo riesgo
COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 43,52 mL/g DT50 SUELOS 77 días
DT50 AGUAS Estable por hidrólisis2,9 días por fotólisisResolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 6 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 35
METABOLITOS
(Con ocurrencia mayor al 10%) 1-NA Phthalic acid 1-NAD Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves
TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA
ORAL Codorniz (Colinus virginianus) DL50 >2510 mg/Kg bw >2000 mg/Kg bw Prácticamente no tóxico
DIETARIA
Codorniz (Colinus virginianus)
ORAL Codorniz (Colinus virginianus) DL50 >2510 mg/Kg bw >2000 mg/Kg bw Prácticamente no tóxico
DIETARIA
Codorniz (Colinus virginianus) CL50 >1606 mg/Kg 1001 – 5000 mg/Kg Levemente tóxico Efectos sobre organismos acuáticos TOXICIDAD AGUDA CRITERIOSTOXICIDAD ESPECIE (mg/L) (mg/L) CATEGORÍA ORAL (96 h) Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 28 10 – 100 Ligeramente tóxico ORAL (48 h) Pulga de agua (Daphnia magna) 56 10 – 100 Ligeramente tóxico Efectos sobre el crecimiento Alga (Pseudokirchneriella subcapitata) 14,9 10 – 100 Ligeramente tóxico Efectos sobre el crecimiento Lenteja de agua (Lemna gibba) 5,09 1,0 -˂ 10 Moderadamente tóxico Efectos sobre las abejas TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDADL50 (µg/abeja) CRITERIOS (µg/abeja) CATEGORÍA CONTACTO Abeja (Apis mellifera) >120 >100 Prácticamente no tóxico ORAL Abeja (Apis mellifera) >120 >100 Prácticamente no tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra
TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDACL50 (mg/kg)
ORAL Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 1000Resolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 7 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de
“Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 35
PRODUCTO FORMULADO POLINIZA 98
Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Polvo pH 7,1 ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Estable a temperatura ambiente y presión normal.
INFLAMABILIDAD No aplica DENSIDAD RELATIVA 1,150 g/cm3
EXPLOSIVIDAD No explosivo CORROSIVIDAD No corrosivo EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL INGREDIENTE ACTIVO ACIDO 1NAFTALENACÉTICO La solicitante desarrolló la evaluación del riesgo ambiental - ERA del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO con una dosis máxima de aplicación del producto formulado POLINIZA 98 de 0,848 Kg de PF/ha/año, una concentración de ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO de 980 g/Kg, realizando una (1) aplicación, para el cual, la solicitante empleo una dosis de 0,831 Kg de ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO/ha. Evaluación de riesgo ambiental en suelos. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente suelo, se reporta para el ingrediente activo ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO un tiempo de vida media aeróbico en suelos de DT50 de 77 días y un valor para la constante de adsorción normalizada Koc de 43,52 ml/g, concluyendo que la sustancia es persistente y es móvil. De otra parte, se indica que el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1en suelos de DT50 de 77 días y un valor para la constante de adsorción normalizada Koc de 43,52 ml/g, concluyendo que la sustancia es persistente y es móvil. De otra parte, se indica que el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1NAFTALENACÉTICO se degrada en los metabolitos 1-NA, phthalic y 1-NAD con una fracción de ocurrencia mayor al 10%; por lo cual, reporta los siguientes parámetros de vida media en el suelo y Koc, como se indica la siguiente tabla: Metabolitos DT50 (días) Koc (mL/g) Observaciones 1-NA 6 1,06 No persistente y móvil Phthalic 4,1 75 No persistente y móvil 1-NAD 301,3 20 Persistente y móvilResolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 8 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 35 Evaluación de riesgo ambiental en agua subterránea. Para la evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea, se reporta que el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1NAFTALENACÉTICO se calculó a partir de la ecuación de Gustafson, con los datos DT50 de 77 días y K oc de 43,52 mL/g, obteniendo un valor de GUS igual a 4,45. Con base en el resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico presenta alto potencial de lixiviación hacia agua subterránea.
base en el resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico presenta alto potencial de lixiviación hacia agua subterránea. Para los metabolitos 1-NA, phthalic y 1-NAD del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO, se calculó el potencial de lixiviación a partir de la ecuación de Gustafson, obteniendo los siguientes resultados: Metabolitos DT50 (días) Koc (mL/g) GUS Observaciones 1-NA 6 1,06 3,09 Alto potencial de lixiviación Phthalic 4,1 75 1,30 No lixivia 1-NAD 301,3 20 6,69 Alto potencial de lixiviación De acuerdo con los resultados obtenidos para el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO y los metabolitos 1-NA y 1-NAD, la solicitante realiza una evaluación refinada en la que determina la concentración del ingrediente activo y los metabolitos mencionados, en agua subterránea mediante el modelo SciGrow, versión 2.3, de US EPA, tomando como base tres aplicaciones por ciclo de cultivo, un ciclo de cultivo al año y una dosis de 0,24 lb/acre, 0,06 lb/acre y 0,04 lb/acre; obteniendo una concentración de 1,78 ppb para el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO, 1,05x10-3 ppb para el metabolito 1-NA y 6,25 ppb para el metabolito 1-NAD. De los resultados obtenidos, la solicitante reporta que la concentración en agua subterránea para ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO y
para el metabolito 1-NAD. De los resultados obtenidos, la solicitante reporta que la concentración en agua subterránea para ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO y los metabolitos 1-NA y 1-NAD, se encuentran por debajo de los valores de concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Salud y Protección Social. Evaluación de riesgo ambiental en agua superficial. En la evaluación del riesgo ambiental para las agua superficial, se indica que el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO para hidrólisis es estable; para el caso de fotólisis presenta una vida media de 2,9 días, concluyendo que es persistente en agua superficial. Evaluación de riesgo ambiental en aire. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente aire, se reporta que el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO, presenta unaResolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 9 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 35 presión de vapor de 1,27 x 10 -3 Pa a 20°C y una degradación fotoquímica oxidativa de 0,28 días; por lo cual, la solicitante considera que el ingrediente activo tiene un alto potencial para volatilizarse y no es persistente en aire. Evaluación del riesgo ambiental en aves
de 0,28 días; por lo cual, la solicitante considera que el ingrediente activo tiene un alto potencial para volatilizarse y no es persistente en aire. Evaluación del riesgo ambiental en aves En la evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), basada en la dieta de grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,831 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 53,35 mg/kg bw >2510 mg/Kg bw 0,02 0,1 NO DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
0,831 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 177,84 mg/kg >1606 mg/Kg 0,11 0,1 SI Teniendo en cuenta los resultados obtenidos, donde no se cumplió con la totalidad de criterios del primer nivel, la solicitante continuó realizando la evaluación para el segundo nivel. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 2: Nivel 2 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
Nivel 2 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO) 0,831 Rata (Rattus sp) Grass corto 53,35 mg/kg bw 13,4 mg/kg bw 3,98 1,0 SI De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo crónico para la especie evaluada fue mayor al nivel crítico 1,0; por lo cual, la solicitante realizó la refinación del nivel 2. En la siguiente tabla se observan el resultado obtenido en la refinación basada en hábitos alimenticios de la especie indicadora. Nivel 2 – refinadoResolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 10 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 35 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha) ESPECIE INDICADORA EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO) 0,831 Rata (Rattus sp) 6,04 mg/kg bw 13,4 mg/kg bw 0,45 1,0 NO De acuerdo con los resultados anteriores, el cociente de riesgo crónico refinado para la especie evaluada fue menor al nivel crítico 1,0; por lo cual, no se requiere pasar al siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental, por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo crónico en mamíferos y aves, y por ende no es necesario
siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental, por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo crónico en mamíferos y aves, y por ende no es necesario continuar con la evaluación en el siguiente nivel. La solicitante presenta programa específico para el manejo del riesgo en aves dentro del PMA. Evaluación del riesgo ambiental en organismos acuáticos. En la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como especies indicadoras más sensibles en el primer nivel, al pez, invertebrados, alga y planta acuática. Se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), utilizando la fórmula A/B del Manual Técnico Andino y un porcentaje de escorrentía del 2%. En la siguiente tabla se presenta los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA (mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 28 0,0002 0,1 NO Pulga de agua (Daphnia magna) 56 0,0001 0,1 NO Alga (Pseudokirchneriella subcapitata) 14,9 0,0005 0,1 NO 0,831 Lenteja de agua (Lemna gibba) 0,0083 5,09 0,001 0,1 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo agudo para las especies evaluadas fue menor al nivel crítico (RQagudo <0,1), asimismo, cumple con
0,0083 5,09 0,001 0,1 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo agudo para las especies evaluadas fue menor al nivel crítico (RQagudo <0,1), asimismo, cumple con los demás criterios de evaluación para el primer nivel; por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo agudo en organismos acuáticos, y por ende no continua con el siguiente nivel de la evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en abejasResolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 11 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 35 Para la evaluación de riesgo ambiental en abejas, la solicitante tomó una dosis de aplicación de producto formulado de 0,848 Kg de PF/Ha, con una composición de 980 g i.a./Kg, equivalente a 831 g i.a./ha, realizando tres (3) aplicaciones. Los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1
DOSIS DE I.A.
(g/ha) TOXICIDAD AGUDA (μg/abeja) QHC QHO NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO) >120 (Contacto) 6,92 - 50 NO831 >120 (Oral) - 6,92 50 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para abejas, contenido en el Manual Técnico Andino; por lo cual, no es
1-NAFTALENACÉTICO cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para abejas, contenido en el Manual Técnico Andino; por lo cual, no es necesario pasar al siguiente nivel de evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en lombriz de tierra Para la evaluación de riesgo ambiental en lombriz de tierra, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC) suponiendo que el plaguicida se distribuye en los 5 cm superiores del suelo en donde el suelo intercepta el 50% del plaguicida. Los resultados obtenidos de la evaluación del riesgo ambiental del Nivel 1, se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1 DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE EEC(mg/kg)
PORCENTAJE
QUE
ALCANZA EL
SUELO
TOXICIDAD
AGUDA (mg/kg)
RQ NIVEL CRÍTICO RIESGO(SI/NO)
0,831 Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 0,56 50% 1000 0,0006 < 0,5 NO De acuerdo con el anterior resultado, el ingrediente activo grado técnico ACIDO 1NAFTALENACÉTICO cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para lombriz de tierra contenido en el Manual Técnico Andino, por lo cual la solicitante no desarrolla el siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Programas del Plan de Manejo Ambiental El Plan de Manejo Ambiental propuesto por la solicitante para el producto formulado POLINIZA 98, tiene en cuenta la identificación y evaluación de los riesgos ambientales
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Programas del Plan de Manejo Ambiental El Plan de Manejo Ambiental propuesto por la solicitante para el producto formulado POLINIZA 98, tiene en cuenta la identificación y evaluación de los riesgos ambientales y las medidas de manejo.Resolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 12 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 35 El Plan de Manejo Ambiental está conformado por los siguientes programas:
1. Programa de acción
2. Programa de gestión y reducción de residuos/desechos
3. Programa de seguimiento y monitoreo ambiental
4. Programa de manejo especial para aves
5. Programa específico para cultivo de palma africana Los programas que conforman el Plan de Manejo Ambiental se presentan mediante formatos de fichas que contienen los siguientes aspectos: objetivos, metas, alcance, impactos a controlar, etapa, tipo de medida, acciones a desarrollar, lugar de aplicación, indicadores de seguimiento, personal requerido, responsable de ejecución, temas de capacitación, presupuesto y cronograma.
Plan de gestión del riesgo de desastres Con relación a este documento, se enfoca en el desarrollo de tres temas principales: conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre. En el conocimiento del riesgo, se identifican los eventos amenazantes endógenos y exógenos, en el de reducción del riesgo, se definen las medidas necesarias para controlar el riesgo y en el de manejo del desastre, se encuentran los planes estratégicos, operativos e informáticos en caso de materialización del riesgo y atención de un riesgo.
controlar el riesgo y en el de manejo del desastre, se encuentran los planes estratégicos, operativos e informáticos en caso de materialización del riesgo y atención de un riesgo. Además, establece una estrategia de respuesta para atender un accidente, incidente o emergencia ambiental, responsabilidades y personas que intervienen en la operación. CONSIDERACIONES La solicitante requiere el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado POLINIZA 98, a partir del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1NAFTALENACÉTICO, el cual será utilizado como regulador fisiológico de uso agrícola en el cultivo de palma de aceite, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado.
1. El producto POLINIZA 98, será formulado por SHAOXING AGROTRUST
BIOTECH LIMITED., de China.
2. El fabricante del ingrediente activo grado técnico ACIDO 1-NAFTALENACÉTICO
es SHAOXING AGROTRUST BIOTECH LIMITED., de China.
De acuerdo con el proyecto de rotulado presentado, el cultivo, el objetivo de uso, la dosis y número de aplicaciones recomendadas del producto POLINIZA 98, son los siguientes:Resolución No. 001528 Del 29 MAY. 2026 Hoja No. 13 de 35 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 13 de 35 Cultivo Objetivo de uso Dosis Número de aplicaciones tenidas en cuenta en la ERA Palma de aceite Favorecer frutos partenocárpicos en híbridos interespecíficos OxG de palma de aceite
Cultivo Objetivo de uso Dosis Número de aplicaciones tenidas en cuenta en la ERA Palma de aceite Favorecer frutos partenocárpicos en híbridos interespecíficos OxG de palma de aceite 3 g de premezcla/racimo1, 2, 3 (0,848 kg producto formu
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