ANLA - Resolución 001633 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001633 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001633 (16 JUN. 2026) Página 1 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA, En uso de las facultades legales establecidas en el numeral 8 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto 3573 de 2011, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 de 2020, el literal a) del numeral 10.2 del artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, acorde con lo establecido en el artículo 5 de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el artículo 1 de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanada de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: Mediante la Resolución 1977-4 del 05 de septiembre de 2023, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió Dictamen Técnico Ambiental, a nombre de la sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S., identificada con el NIT 901.169.684-2, para el producto formulado LARISCA SC, con base en los ingredientes activos grado técnico PROTHIOCONAZOLE y TRIFLOXYSTROBIN. El Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, mediante oficio con radicado ANLA
901.169.684-2, para el producto formulado LARISCA SC, con base en los ingredientes activos grado técnico PROTHIOCONAZOLE y TRIFLOXYSTROBIN. El Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, mediante oficio con radicado ANLA 20256201629452 del 29 de diciembre de 2025, dio traslado a esta Autoridad Nacional, de la solicitud presentada por la sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S., tendiente a modificar el Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante la Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023, en el sentido de adicionar el cultivo de arroz y aumentar la dosis aprobada del producto formulado LARISCA SC.Resolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 2 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 36 La sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S, en cumplimiento del artículo quinto de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 20081, remitió entre otros, la siguiente documentación tendiente a modificar el Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante la Resolución 1977-4 del 05 de septiembre de 2023:
1. Solicitud diligenciada y suscrita por el señor TITO RAMIRO AVILES SILVA en calidad de Representante Legal suplente de la sociedad CAC COLOMBIA
CROPSCIENCES S.A.S.
2. Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES OCHO MIL PESOS
($3.008.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación.
3. Evaluación de Riesgo Ambiental del producto formulado LARISCA SC.
4. Plan de Manejo Ambiental del producto formulado LARISCA SC.
5. Copia del Protocolos de Ensayo de Eficacia debidamente aprobado por el
Instituto Colombiano Agropecuario – ICA.
6. Proyecto de rotulado del producto formulado LARISCA SC.
Cumplidos los requisitos anteriores, y a petición de la sociedad BASF QUIMICA COLOMBIANA S.A., se surtió el siguiente:
TRÁMITE ADMINISTRATIVO
1. Inicio de trámite. A través del Auto 814 del 11 de febrero de 2026, esta Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de modificación del Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante la Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023, para el producto formulado LARISCA SC, con base en los ingredientes activos grado técnico PROTHIOCONAZOLE y TRIFLOXYSTROBIN, en el sentido de adicionar el cultivo de arroz y aumentar la dosis aprobada del producto formulado LARISCA SC.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico a la sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S, el 12 de febrero de 2026 y quedó ejecutoriado y publicado en la gaceta de esta Autoridad Nacional el 13 de febrero de 2026.
2. Auto de Información Adicional. Mediante Auto 2175 del 24 de marzo de 2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad CAC COLOMBIA 1 “Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del dictamen técnico-ambiental al que alude la Norma Andina
esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad CAC COLOMBIA 1 “Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del dictamen técnico-ambiental al que alude la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, Decisión 436, de la Comisión de la Comunidad Andina, y se toman otras determinaciones”Resolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 3 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 36 CROPSCIENCES S.A.S, para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de la modificación del Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante la Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 26 de marzo 2026 y quedó ejecutoriado el 14 de abril de 2026.
3. Respuesta a requerimientos de información adicional. A través de la comunicación con radicación 20266200504662 del 20 de abril de 2026, la sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S, presentó la respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad Nacional en el Auto 2175 del 24 de marzo de 2026.
4. Concepto Técnico. Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S, y de aquella que reposa en el expediente LAM9122-00, el Grupo Técnico de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el
de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 5326 del 19 de mayo de 2026. CONSIDERACIÓN PREVIA Previo al pronunciamiento de fondo objeto del trámite iniciado por medio del Auto 814 del 11 de febrero de 2026, se advierte la necesidad de aclarar el Concepto Técnico 5326 del 19 de mayo de 2026. Lo anterior, se hace virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011, el cual señala que la autoridad, en cualquier momento, previo a la expedición del acto, podrá corregir las irregularidades de que se presenten en la actuación administrativa 2 y lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1437 de 20113. En este sentido, se evidenció que en los numerales 4 del acápite “Consideraciones“ y 5.5.2 del acápite “Resultado de la evaluación” del Concepto Técnico 5326 del 19 de mayo de 2026, se registró como obligación a cargo de la sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S la presentación de la “Copia del documento donde conste que se informó a las autoridades 2 “ARTÍCULO 41. Corrección de irregularidades en la actuación administrativa. La autoridad, en cualquier momento anterior a la expedición del acto, de oficio o a petición de parte, corregirá las irregularidades que se hayan presentado en la
actuación administrativa para ajustarla a derecho, y adoptará las medidas necesarias para concluirla.” 3 “Artículo 3o. Principios. Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales. (…)
11. En virtud del principio de eficacia, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho
material objeto de la actuación administrativa. (…)”Resolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 4 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 36 ambientales regionales sobre la conformación del Departamento de Gestión Ambiental, que incluya funciones y responsabilidades asignadas, en cumplimiento al artículo 2.2.8.11.1.7. del Decreto 1076 de 2015”. No obstante, considerando que está ya se encuentra incluida en la Resolución 1977-4 del 05 de septiembre de 2023 que emitió dictamen técnico ambiental, no existe la necesidad de incorporarla nuevamente como parte de las obligaciones producto de la presente evaluación ambiental y en consecuencia, no se hará referencia a ella en la parte resolutiva del presente administrativo. En ese orden, con el fin de asegurar que la decisión final que se consigne en este acto administrativo sea el resultado de una actuación congruente ajustada
referencia a ella en la parte resolutiva del presente administrativo. En ese orden, con el fin de asegurar que la decisión final que se consigne en este acto administrativo sea el resultado de una actuación congruente ajustada a derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011 y el numeral 3 del artículo 11 del CPACA, se enmienda lo indicado en el concepto técnico 5326 del 19 de mayo de 2026.
I. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con la
modificación del Dictamen Técnico Ambiental. En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de actividades, (b) Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional, (c) Consideraciones jurídicas y (d) Consideraciones de la ANLA que motivan a modificar o no el Dictamen Técnico Ambiental.
a) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
Evaluada la información presentada por el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 5326 del 19 de mayo de 2026 donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud corresponde a la modificación del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado LARISCA SC, con base en los ingredientes activos grado técnico PROTHIOCONAZOLE y TRIFLOXYSTROBIN, en el sentido de adicionar el cultivo de
La solicitud corresponde a la modificación del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado LARISCA SC, con base en los ingredientes activos grado técnico PROTHIOCONAZOLE y TRIFLOXYSTROBIN, en el sentido de adicionar el cultivo de arroz, lo cual implica un aumento en la dosis máxima aprobada.Resolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 5 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 36 A continuación, se expone la información del producto formulado e ingredientes activos grado técnico.
PRODUCTO FORMULADO LARISCA SC
NOMBRE1 LARISCA SC
CLASE DE USO1 Fungicida agrícola
TIPO DE FORMULACIÓN1 Suspensión Concentrada (SC) COMPOSICIÓN1 PROTHIOCONAZOLE: 175 g/LTRIFLOXYSTROBIN: 150 g/L
CULTIVOS A TRATAR,
BLANCOS
BIOLÓGICOS A
CONTROLAR, DOSIS
DE APLICACIÓN Cultivo Blanco Biológico Dosis Número de aplicaciones recomendadas Maíz1 (Zea mays) Stenocarpella maydis 0,5 L/ha 1 Arroz2 (Oryza sativa) Complejo del manchado de grano (Helminthosporium sp, Sphaerulina oryzina, Curvularia sp, Sarocladium oryzae, Rynchosporium oryzae, Cercospora oryzae) 0,65 L/ha 1 FORMULADOR Y PAÍS DE ORIGEN1 CAC NANTONG CHEMICAL CO., LTD., de China 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023
Cercospora oryzae) 0,65 L/ha 1 FORMULADOR Y PAÍS DE ORIGEN1 CAC NANTONG CHEMICAL CO., LTD., de China 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023 2: Nuevo proyecto de rotulado radicado ANLA 20256201629452 del 29 de diciembre de 2025 – Modificación DTA INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PROTHIOCONAZOLE NOMBRE COMÚN (ISO)1 PROTHIOCONAZOLE NOMBRE QUÍMICO (IUPAC)1 (RS)-2-[2-(1-chlorocyclopropyl)-3-(2-chlorophenyl)-2-hydroxypropyl]-2,4-dihydro-1,2,4-triazole-3-thione
FÓRMULA EMPÍRICA1 C14H15Cl2N3OS
NÚMERO CAS1 178928-70-6
GRUPO QUÍMICO1 Triazoles GRADO DE PUREZA1 98% mín (w/w) IMPUREZAS RELEVANTES1 - Prothioconazole-desthio = 0,05 % max (w/w).- Toluene = 0,5 % max (w/w).
FABRICANTE Y PAÍS DE
ORIGEN1
1.JIANGXI TIANYU CHEMICAL CO., LTD., de China. 2.CAC NANTONG CHEMICAL CO., LTD., de China. 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023 INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO TRIFLOXYSTROBIN NOMBRE COMÚN (ISO)1 TRIFLOXYSTROBIN NOMBRE QUÍMICO (IUPAC)1 Methyl (E)-methoxyimino-{(E)-α-[1-(α,α,α-trifluoro-m-tolyl) ethylideneaminooxy]-o-tolyl}acetate
FÓRMULA EMPÍRICA1 C20H19F3N2O4
NÚMERO CAS1 141517-21-7
GRUPO QUÍMICO1 EstrobilurinaResolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 6 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 36 GRADO DE PUREZA1 98% mín (w/w) IMPUREZAS RELEVANTES1 Methyl (2E)-[2-(chloromethyl)phenyl] (methoxyimino)acetate = 0,4 %(w/w) max
FABRICANTE Y PAÍS DE
ORIGEN1
1.JIANGXI TIANYU CHEMICAL CO., LTD., de China. 2.CAC NANTONG CHEMICAL CO., LTD., de China. 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023 (…)”.
b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.
Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad CAC COLOMBIA CROPSCIENCES S.A.S, a fin de determinar la viabilidad de modificación del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado LARISCA SC, a partir de los ingredientes activos grado técnico PROTHIOCONAZOLE Y TRIFLOXYSTROBIN, en el sentido de adicionar el cultivo de arroz, lo cual implica un aumento en la dosis aprobada el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto Técnico 5326 del 19 de mayo de 2026. En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…)
En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…) EVALUACIÓN AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante para el producto formulado LARISCA SC, a partir de los ingredientes activos grado técnico PROTHIOCONAZOLE y TRIFLOXYSTROBIN, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998, modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con las siguientes consideraciones: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PROTHIOCONAZOLE Propiedades fisicoquímicas ASPECTO1 Polvo color blanco PRESIÓN DE VAPOR 4 x 10-7 Pa a 20°C SOLUBILIDAD EN AGUA 22,5 mg/L a 20°C COEFICIENTE DE PARTICIÓN n-OCTANOL /AGUA Log Pow = 4,16
FACTOR DE BIOCONCENTRACIÓN - BCF 57,8
COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 1765 mL/g DT50 SUELO 14,1 días
DT50 AGUA Estable por hidrólisisDT50 = 101,9 días por fotólisisResolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 7 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 36
METABOLITOS CON OCURRENCIA MAYOR
AL 10% Prothioconazole-S-methyl Prothioconazole-desthio 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023 Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves
METABOLITOS CON OCURRENCIA MAYOR
AL 10% Prothioconazole-S-methyl Prothioconazole-desthio 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023 Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Codorniz(Colinus virginianus) DL50 > 1413 mg/kg bw 501 - 2000 mg/kg bw Levemente tóxico ORAL Codorniz(Colinus virginianus) DL50 > 2000 mg/kg bw > 2000 mg/kg bw Prácticamente no tóxico ORAL Pato (Anas platyrhynchos) DL50 > 2457 mg/kg bw > 2000 mg/kg bw Prácticamente no tóxico DIETARIA Codorniz (Colinus virginianus) CL50 > 4983 mg/kg 1001 - 5000 mg/kg Levemente tóxico DIETARIA Pato(Anas platyrhynchos) CL50 > 5000 mg/kg > 5000 mg/kg Prácticamente no tóxico Efectos sobre organismos acuáticos
ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA Trucha arcoíris
(Oncorhynchus mykiss) CL50 = 1,83 mg/L 1,0 - < 10 mg/L Moderadamente tóxico Pulga de agua (Daphnia magna) EC50 = 1,2 mg/L 1,0 - < 10 mg/L Moderadamente tóxico Diatomea Marina
(Skeletonema costatum) EC50 = 0,021 mg/L < 0,1 mg/L Extremadamente tóxico Lenteja de agua (Lemna gibba) EC50 = 0,073 mg/L < 0,1 mg/L Extremadamente tóxico Efectos sobre las abejas TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDADL50 (µg/abeja) CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Apis mellifera > 71 > 11 - 100 Ligeramente tóxico CONTACTO Apis mellifera > 100 > 100 Prácticamente no tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra
TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDACL50 (mg/Kg) ORAL Eisenia foetida > 1000
INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO TRIFLOXYSTROBIN Propiedades fisicoquímicas ASPECTO1 Polvo color amarillo claro PRESIÓN DE VAPOR 3,4 x 10-6 Pa a 20°CResolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 8 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 36
SOLUBILIDAD EN AGUA 0,61 mg/L a 20°C COEFICIENTE DE PARTICIÓN n-OCTANOL /AGUA2 Log Pow = 4,5
FACTOR DE BIOCONCENTRACIÓN - BCF 431
COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 351,5 mL/g DT50 SUELO 49,5 días DT50 AGUA Estable por hidrólisisDT50 = 9,5 días por fotólisis
METABOLITOS CON OCURRENCIA
MAYOR AL 10%
CGA 321113 CGA 373466 CGA 357261 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023
METABOLITOS CON OCURRENCIA
MAYOR AL 10%
CGA 321113 CGA 373466 CGA 357261 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023 Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves TOXICIDAD ESPECIES TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Codorniz(Colinus virginianus) DL50 > 2000 mg/kg bw > 2000 mg/kg bw Prácticamente no tóxico ORAL Pato(Anas platyrhynchos) DL50 > 2250 mg/kg bw > 2000 mg/kg bw Prácticamente no tóxico DIETARIA Codorniz(Colinus virginianus) CL50 > 5050 mg/kg > 5000 mg/kg Prácticamente no tóxico DIETARIA Pato(Anas platyrhynchos) CL50 > 5050 mg/kg > 5000 mg/kg Prácticamente no tóxico Efectos sobre organismos acuáticos
ESPECIES TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA Trucha arcoíris
(Oncorhynchus mykiss) CL50 = 0,014 mg/L < 0,1 mg/L Extremadamente tóxico Pulga de agua (Daphnia magna) EC50 = 0,0017 mg/L < 0,1 mg/L Extremadamente tóxico Alga verde-azul (Anabaena flos-aquae) EC50 > 0,00012 mg/L < 0,1 mg/L Extremadamente tóxico Lenteja de agua (Lemna gibba) EC50 > 1,93 mg/L 1,0 - < 10 mg/L Moderadamente tóxico
Efectos sobre las abejas TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDADL50 (µg/abeja) CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Apis mellifera > 110 > 100 Prácticamente no tóxico CONTACTO Apis mellifera > 100 > 100 Prácticamente no tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra
TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDACL50 (mg/Kg)
ORAL Eisenia foetida > 500Resolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 9 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 36 PRODUCTO FORMULADO LARISCA SC Propiedades fisicoquímicas ASPECTO1 Liquido color blanco ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO1 Estable por dos (2) años bajo condiciones normales de almacenamiento pH1 6,3 INFLAMABILIDAD1 No inflamable DENSIDAD1 1,122 g/ml EXPLOSIVIDAD1 No explosivo CORROSIVIDAD1 No corrosivo 1: Resolución 1977 del 05 de septiembre de 2023 EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PROTHIOCONAZOLE La solicitante desarrolló la evaluación del riesgo ambiental - ERA del ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE utilizando una dosis máxima de aplicación del producto formulado LARISCA SC de 0,65 L/ha, con una concentración de ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE de 175 g/L, realizando una (1) aplicación, lo cual es equivalente a 0,11375 kg de PROTHIOCONAZOLE/ha. Evaluación de riesgo ambiental en suelo
ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE de 175 g/L, realizando una (1) aplicación, lo cual es equivalente a 0,11375 kg de PROTHIOCONAZOLE/ha. Evaluación de riesgo ambiental en suelo En la evaluación del riesgo ambiental para el componente suelo, se reporta para el ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE un tiempo de vida media en suelo DT 50 de 14,1 días y una constante de adsorción normalizada de carbono orgánico Koc de 1765 mL/g, estableciendo que el ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE se clasifica como no persistente y no móvil en este componente. Conforme a lo reportado por la solicitante, el ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE se degrada en los metabolitos Prothioconazole-S-methyl y Prothioconazole-desthio, con una fracción de ocurrencia mayor al 10%; presentando la siguiente información: Metabolito DT50 (días) Koc (mL/g) Persistencia Movilidad Prothioconazole-S-methyl 243 678 Persistente No Móvil Prothioconazole-desthio 422 523 Persistente No Móvil Evaluación de riesgo ambiental en agua subterránea Para la evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea, se reporta que el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE se calculó a partir de la ecuación de Gustaffson, con los datos DT50 de 14,1 días y Koc de 1765 mL/g, obteniendo un valor de GUS igual a 0,87. Con base en el resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado
DT50 de 14,1 días y Koc de 1765 mL/g, obteniendo un valor de GUS igual a 0,87. Con base en el resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico no lixivia hacia este componente ambiental.Resolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 10 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 36 De otra parte, se determinó el potencial de lixiviación (GUS) para los metabolitos Prothioconazole-desthio y Prothioconazole-S-methyl, a partir de la ecuación de Gustaffson, obteniendo los siguientes resultados: Metabolito DT50 (días) Koc (mL/g) GUS Potencial de lixiviación Prothioconazole-S-methyl 243 678 2,79 Moderado potencial de lixiviación Prothioconazole-desthio 422 523 3,36 Alto potencial de lixiviación La solicitante determina las concentraciones en agua subterránea de los metabolitos Prothioconazole-S-methyl y Prothioconazole-desthio, empleando el modelo SciGrow, versión 2.3, de US EPA, tomando como base dos aplicaciones al año, las variables de entrada y los resultados obtenidos se registran en la siguiente tabla: Metabolito DT50 (día) KOC (mL/g) Aplicac./año % ocurrencia DOSIS (lb/acre) Concentración (ppb) Prothioconazole-S-methyl 243 678 2 14,6 0,01478 0,00831
Prothioconazole-desthio 422 523 2 49,4 0,050 0,0632 De los resultados obtenidos, la solicitante concluye que las concentraciones en aguas subterráneas obtenidas para los metabolitos Prothioconazole-S-methyl y Prothioconazole-desthio, determinadas mediante el modelo SCI-GROW, se encuentran por debajo de los valores de concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y de Salud y Protección Social. Evaluación de riesgo ambiental en agua superficial. En la evaluación del riesgo ambiental para agua superficial, se reporta que el ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE es estable por hidrólisis y presenta una vida media DT50 de 101,9 días por fotólisis. La solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico es persistente en este componente por efectos de hidrólisis y fotólisis. Evaluación de riesgo ambiental en aire En la evaluación del riesgo ambiental para el componente aire, se reporta que el ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE presenta una presión de vapor de 4 x 10 -7 Pa a 20°C y una vida media de 1,6 horas por degradación fotoquímica oxidativa, por lo cual la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico presenta un potencial moderado de volatilización y no es persistente en este componente ambiental. Evaluación de riesgo ambiental en aves En la evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración
grado técnico presenta un potencial moderado de volatilización y no es persistente en este componente ambiental. Evaluación de riesgo ambiental en aves En la evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), asumiendo como escenario más restrictivo la dieta deResolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 11 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 36 consumo basada en grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel I: Nivel I
DOSIS DE
I.A. (kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQagudo NIVEL CRÍTICO (LOC) RIESGO (SI/NO) 0,11375 Codorniz(Colinus virginianus) Grass corto 7,303 mg/kg bw > 1413 mg/kg bw 0,00517 0,1 NO 0,11375 Codorniz(Colinus virginianus) Grass corto 7,303 mg/kg bw > 2000 mg/kg bw 0,00365 0,1 NO 0,11375 Pato(Anas platyrhynchos) Grass corto 2,434 mg/kg bw > 2457 mg/kg bw 0,00099 0,1 NO 0,11375 Codorniz(Colinus virginianus) Grass corto 24,34 mg/kg > 4983 mg/kg 0,00489 0,1 NO
0,11375 Pato(Anas platyrhynchos) Grass corto 24,34 mg/kg > 5000 mg/kg 0,00487 0,1 NO El cálculo de los cocientes de riesgo RQ agudo obtuvo resultados que no superan el límite de 0,1, sin embargo, teniendo en cuenta que no se da cumplimiento a la totalidad de criterios de evaluación del primer nivel, se evaluó el segundo nivel para el ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel II: Nivel II
DOSIS DE
I.A. (kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDADCRÓNICA RQcrónico
NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,11375 Codorniz(Colinus virginianus) Grass corto 7,303 mg/kg bw ≥ 86 mg/kg bw 0,0849 1 NO 0,11375 Pato(Anas platyrhynchos) Grass corto 2,434 mg/kg bw 78 mg/kg bw 0,0312 1 NO De acuerdo con los anteriores resultados, se obtienen cocientes de riesgo crónico inferiores a 1,0, por lo cual la solicitante concluye que no se presenta riesgo crónico para aves y, por ende, no es necesario continuar con la evaluación de riesgo ambiental en el siguiente nivel. Evaluación de riesgo ambiental en organismos acuáticos En la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como referencia especies indicadoras de pez, invertebrado acuático, alga y planta acuática. Se calculó la Concentración Ambiental Estimada (EEC), utilizando la
En la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como referencia especies indicadoras de pez, invertebrado acuático, alga y planta acuática. Se calculó la Concentración Ambiental Estimada (EEC), utilizando la ecuación A/B establecida en el Manual Técnico Andino; para el cálculo asumió una escorrentía de 2%. En la siguiente tabla se presentan los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel I: Nivel IResolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 12 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 36
DOSIS DE
I.A. (kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA (mg/L) RQ agudo NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,11375 Trucha arcoíris(Oncorhynchus mykiss) 0,00114 1,83 0,00062 0,1 NO 0,11375 Pulga de agua(Daphnia magna) 0,00114 1,2 0,00095 0,1 NO 0,11375 Diatomea Marina(Skeletonema costatum) 0,00114 0,021 0,05417 0,1 NO 0,11375 Lenteja de agua(Lemna gibba) 0,00114 0,073 0,01558 0,1 NO El ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE cumple con los criterios establecidos para el primer nivel de evaluación del riesgo ambiental, por lo cual la solicitante concluye que no se presenta riesgo agudo para organismos acuáticos, y
El ingrediente activo grado técnico PROTHIOCONAZOLE cumple con los criterios establecidos para el primer nivel de evaluación del riesgo ambiental, por lo cual la solicitante concluye que no se presenta riesgo agudo para organismos acuáticos, y no es necesario realizar la evaluación de riesgo ambiental en un siguiente nivel. Evaluación de riesgo ambiental en abejas Para la evaluación de riesgo ambiental en abejas, la solicitante tomó una dosis de aplicación equivalente a 113,75 g i.a./ha, realizando una aplicación. Los resultados obtenidos en el nivel I se presentan en la siguiente tabla: Nivel I
DOSIS DE I.A.
(g/ha)
TOXICIDAD AGUDA
(μg/abeja) QHC QHO
NIVEL CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 113,75 > 100 Contacto 1,14 --- 50 NO 113,75 > 71 Oral --- 1,60 50 NO Teniendo en cuenta que los cocientes de riesgo agudo oral y por contacto no fueron mayores al nivel crítico, no se requiere pasar al siguiente nivel de evaluación; por lo tanto, la solicitante concluye que no hay riesgo agudo para abejas. Evaluación de riesgo ambiental en lombriz de tierra Para la evaluación de riesgo ambiental en lombriz de tierra, la solicitante determinó la Concentración Ambiental Estimada (EEC), suponiendo que el plaguicida se distribuye en los 5 cm superiores del suelo y que el porcentaje del plaguicida que alcanza el suelo es el 100%. Los resultados obtenidos de la evaluación del riesgo ambiental del Nivel I se presentan en la siguiente tabla: Nivel I EEC DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
TOXICIDAD
AGUDA
suelo es el 100%. Los resultados obtenidos de la evaluación del riesgo ambiental del Nivel I se presentan en la siguiente tabla: Nivel I EEC DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
TOXICIDAD AGUDA mg/kg)
% QUE
ALCANZA EL
SUELO (mg/kg) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 0,11375 Eisenia foetida > 1000 100 0,152 0,00015 0,5 NOResolución No. 001633 Del 16 JUN. 2026 Hoja No. 13 de 36 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 13 de 36 De acuerdo con el anterior resultado, el ing
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