ANLA - Resolución 001667 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001667 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001667 (19 JUN. 2026) Página 1 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento de la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción de 2024” EL SUBDIRECTOR DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de las facultades legales establecidas mediante el numeral 12 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, el numeral 2 del artículo tercero del Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el numeral 2 del artículo segundo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 y acorde con lo regulado en el artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, la Resolución 828 del 2 de mayo de 2025 y el numeral 2 del artículo sexto de la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025, modificado por el artículo cuarto de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 372 del 7 de mayo de 1986, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente – INDERENA, en adelante INDERENA, decidió no otorgar un permiso de caza de fomento de Babilla, ni licencia para el establecimiento del zoocriadero que se ubicaría en el municipio de Codazzi,
Recursos Naturales Renovables y del Ambiente – INDERENA, en adelante INDERENA, decidió no otorgar un permiso de caza de fomento de Babilla, ni licencia para el establecimiento del zoocriadero que se ubicaría en el municipio de Codazzi, Cesar, solicitado por el señor JOSÉ CATALINO DAZA CALDERÓN, toda vez que el peticionario adelantó actividades de caza y cría en cautiverio de individuos de esa especie sin los permisos y licencias necesarias. Que mediante la Resolución 190 del 19 de febrero de 1987, el INDERENA resolvió el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 372 de 1986 y otorgó al señor JOSÉ CATALINO DAZA CALDERÓN licencia para el establecimiento de un zoocriadero de Babilla (Caiman crocodilus fuscus) en su etapa experimental denominado Babilonia, ubicado en el predio San José, del municipio de Codazzi, Cesar. Adicionalmente, otorgó permiso de caza de fomento para 3.000 ejemplares.Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 2 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 2 de 50 Que mediante la Resolución 642 del 15 de junio de 1989, el INDERENA modificó el titular de la licencia, pasando de JOSÉ CATALINO DAZA CALDERÓN a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA, y autorizó el traslado de las instalaciones del zoocriadero Babilonia, ubicado en el municipio de Codazzi, Cesar, al predio
ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA, y autorizó el traslado de las instalaciones del zoocriadero Babilonia, ubicado en el municipio de Codazzi, Cesar, al predio Santa Helena, ubicado en el municipio de Sabanalarga, Atlántico. Que mediante la Resolución 287 del 23 de marzo de 1990, el INDERENA otorgó licencia de funcionamiento definitiva a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA por un término de diez (10) años autorizando el desarrollo de actividades comerciales; así mismo otorgó cupo de aprovechamiento y comercialización. Que mediante la Resolución 710 del 9 de agosto de 1990, el INDERENA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA un cupo de aprovechamiento y comercialización de 28.346 ejemplares de la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus). Que mediante la Resolución 348 del 20 de mayo de 1993, el INDERENA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA un cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1991. Que mediante la Resolución 358 del 26 de mayo de 1994, el INDERENA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1992. Que mediante la Resolución 1341 del 23 de diciembre de 1994, el INDERENA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1993. Que mediante la Resolución 506 del 21 de marzo de 1995, el INDERENA otorgó a
otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1993. Que mediante la Resolución 506 del 21 de marzo de 1995, el INDERENA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1994. Que mediante la Resolución 337 del 13 de septiembre de 1996, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico – CRA, en adelante CRA, otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1995. Que mediante la Resolución 290 del 16 de septiembre de 1997, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA, cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1996. Que mediante la Resolución 245 del 18 de septiembre de 1998, la CRA otorgó a la sociedad Zoocriadero Babilonia & Cía Ltd ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDAResolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 3 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 3 de 50 a cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1997. Que mediante la Resolución 280 del 4 de octubre de 1999, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y
año 1997. Que mediante la Resolución 280 del 4 de octubre de 1999, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1998. Que mediante la Resolución 264 del 3 de octubre de 2000, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 1999. Que mediante la Resolución 314 del 2 de octubre de 2002, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2001. Que mediante la Resolución 167 del 10 de junio de 2003, la CRA renovó la licencia otorgada por el INDERENA mediante la Resolución 287 del 23 de marzo de 1990 a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA, para el desarrollo de actividades comerciales con Babilla (Caiman crocodilus fuscus) por el término de duración de la actividad, indicando que esta corresponde a la licencia ambiental del proyecto. Que mediante la Resolución 308 del 24 de septiembre de 2003, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2002. Que mediante Resolución 157 del 5 de mayo de 2004, la CRA otorgó al ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción del año 2003. Que mediante Resolución 299 del 3 de septiembre de 2004, la CRA estableció al
ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción del año 2003. Que mediante Resolución 299 del 3 de septiembre de 2004, la CRA estableció al ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA, la forma de entrega de las cuotas de reposición y repoblación de Babilla (Caimán cocodrilos fuscas), correspondientes a los años 1989 al 2003. Que mediante la Resolución 267 del 9 de junio de 2005, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2004. Que mediante la Resolución 85 del 31 de marzo de 2006, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2005.Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 4 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 4 de 50 Que mediante la Resolución 79 del 20 de marzo de 2007, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2006. Que mediante la Resolución 134 del 28 de marzo de 2008, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2007.
Que mediante la Resolución 134 del 28 de marzo de 2008, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2007. Que mediante la Resolución 369 del 31 de mayo de 2010, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento para la producción de Babilla del año 2009. Que mediante la Resolución 529 del 15 de julio de 2011, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2010. Que mediante la Resolución 634 del 25 de septiembre de 2012, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2011. Que mediante la Resolución 819 del 31 de diciembre de 2013, la CRA otorgó a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA cupo de aprovechamiento y comercialización para la producción de Babilla del año 2012. Que mediante la Resolución 45 del 10 de febrero de 2014, la CRA autorizó la cesión de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución 287 del 23 de marzo de 1990 renovada mediante la Resolución 167 del 10 de junio de 2003 a la sociedad ZOOCRIADERO BABILONIA & CÍA LTDA a favor de la sociedad CROCODYLUS S.A.S. Que mediante el Auto 2053 del 26 de mayo de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, en adelante ANLA, avocó conocimiento del
S.A.S. Que mediante el Auto 2053 del 26 de mayo de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, en adelante ANLA, avocó conocimiento del expediente del proyecto de zoocría de la sociedad CROCODYLUS S.A.S., identificado con el número interno de la CRA 1709011. Este expediente había sido remitido por la CRA a través de la comunicación con radicación 2015024911-1-000 del 13 de mayo de 2015. Que mediante la Resolución 1268 del 10 octubre de 2017, la ANLA otorgó a la sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción obtenida en el año 2016 (18.180 especímenes). Que mediante la Resolución 18 del 2 de enero de 2018, la ANLA otorgó a la sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento para la especie BabillaResolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 5 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 5 de 50 (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción obtenida en los años 2014 (17.223 especímenes) y 2015 (11.164 especímenes). Que mediante la Resolución 653 del 7 de mayo de 2018, la ANLA autorizó el reemplazo y la nivelación del pie parental del programa de la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) y adoptó otras determinaciones. Que mediante la Resolución 2147 del 23 de noviembre de 2018, la ANLA otorgó a
reemplazo y la nivelación del pie parental del programa de la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) y adoptó otras determinaciones. Que mediante la Resolución 2147 del 23 de noviembre de 2018, la ANLA otorgó a la sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción obtenida en el año 2017 (25.534 especímenes). Que mediante la Resolución 1589 del 9 de agosto de 2019, la ANLA otorgó a la sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción obtenida en el año 2018 (32.389 especímenes). Que mediante la Resolución 1733 del 23 de octubre de 2020, la ANLA otorgó a la sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción obtenida en el año 2019 (32.580 especímenes). Que mediante la Resolución 1167 del 6 de junio de 2022, la ANLA otorgó a la sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción obtenida en los años 2020 (32.124 especímenes) y 2021 (29.939 especímenes). Que mediante la Resolución 2263 del 5 de octubre de 2023, la ANLA otorgó a la sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento de la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) para la producción de 2022 (32.525 especímenes).
sociedad CROCODYLUS S.A.S. cupo de aprovechamiento de la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) para la producción de 2022 (32.525 especímenes). Que mediante la Resolución 2912 del 26 de diciembre de 2024, la ANLA otorgó cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus), correspondiente a la producción de 2023, estableciendo que en el evento en que la entrega de la cuota de repoblación sea convenida a través de especímenes para ser utilizados en el manejo sostenible de la especie, el cupo será de treinta mil setecientos setenta y tres (30.773) especímenes, y, en caso de que la entrega de la cuota de repoblación sea convenida a través de recursos económicos y/o servicios ambientales, el cupo será de treinta y dos mil trecientos noventa y tres (32.393) especímenes. Que mediante la Resolución 58 del 20 de enero de 2025, la ANLA corrigió el artículo segundo de la Resolución 2912 del 26 de diciembre de 2024, en el sentido de establecer como cuota de repoblación en función del estado de conservación de laResolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 6 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 6 de 50 especie Babilla (Caiman crocodylus fuscus), un cinco por ciento (5 %) sobre el total de especímenes a aprovechar de la producción obtenida en 2023, equivalente a 32.393 especímenes, en consecuencia se estableció como cuota de repoblación la
de especímenes a aprovechar de la producción obtenida en 2023, equivalente a 32.393 especímenes, en consecuencia se estableció como cuota de repoblación la correspondiente a mil seiscientos veinte (1.620) especímenes. Que mediante la comunicación con radicación 20256200670202 del 10 de junio de 2025, la sociedad CROCODYLUS S.A.S. entregó los informes trimestrales de los periodos IV de 2024, correspondientes a octubre, noviembre y diciembre, y I de 2025, asociados a los meses de enero, febrero y marzo. Que mediante la comunicación 20256200683892 del 12 de junio de 2025, la sociedad CROCODYLUS S.A.S. presentó el informe correspondiente a la producción 2024, y solicitó el cupo de aprovechamiento de la producción 2024. Que mediante Auto 11894 del 30 de diciembre de 2025, esta Autoridad Nacional solicitó información adicional para continuar con el trámite administrativo tendiente a la obtención de cupo de aprovechamiento de la producción de la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) del año 2024. Que mediante comunicación con radicación 20266200121032 del 29 de enero de 2026, la sociedad CROCODYLUS S.A.S. presentó respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 11894 del 30 de diciembre de 2025. COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d, e y f, del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Gobierno Nacional expidió el Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, creando la Autoridad Nacional de Licencias
En ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d, e y f, del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Gobierno Nacional expidió el Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, creando la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, y le asignó, entre otras funciones, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que a través del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, regulando íntegramente lo contemplado en el artículo 2.2.2.3.9.1 que establece el control y seguimiento por parte de las autoridades ambientales a los proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental o plan de manejo ambiental. Que mediante Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, el presidente de la Republica modificó la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA. Que en la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”,Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 7 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 7 de 50 se establece que corresponde al Despacho de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA expedir las actuaciones “que sean
crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 7 de 50 se establece que corresponde al Despacho de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA expedir las actuaciones “que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”. Mediante la Resolución 828 del 2 de mayo de 2025, se nombró al servidor público Camilo Alexander Rincón Escobar, identificado con cédula de ciudadanía 80.016.725, en el empleo Subdirector Técnico Código 150, Grado 21, de libre nombramiento y remoción de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA. En ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 489 de 1998, se expidió la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025, “Por la cual se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones”, modificada por la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, y mediante el numeral 2 del artículo sexto delegó en la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales, la función de “Expedir los actos administrativos por medio de los cuales se resuelvan las solicitudes de cupos de zoocriaderos”. Teniendo en cuenta lo anterior, es el subdirector de seguimiento de licencias ambientales de la Autoridad Nacional el funcionario competente para pronunciarse para el otorgamiento de cupo de la producción de la especies Babilla (Caiman crocodilus fuscus). CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA evaluó la documentación presentada por CROCODYLUS S.A.S., mediante comunicación con radicación
CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA evaluó la documentación presentada por CROCODYLUS S.A.S., mediante comunicación con radicación 20266200121032 del 29 de enero de 2026, en respuesta a los requerimientos de información adicional formulados en el Auto 11894 del 30 de diciembre de 2025, con el propósito de analizar la viabilidad del otorgamiento del cupo de aprovechamiento de la producción de Babilla (Caiman crocodilus fuscus) obtenida en el 2024. Como resultado de lo anterior, la ANLA emitió el Concepto Técnico 4225 del 23 de abril de 2026, del cual resulta pertinente citar lo siguiente: (…) DESCRIPCIÓN GENERAL El zoocriadero es propiedad de la sociedad comercial denominada Crocodylus S.A.S., que de acuerdo con el Registro Único Empresarial y Social de Cámaras de Comercio-RUES de la Red de Cámaras de Comercio-CONFECÁMARAS (www.rues.org.co; fecha de consulta: 24 de marzo de 2026), cuenta con matrícula activa y el último año renovado corresponde al 2026.Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 8 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 8 de 50 Objetivo del proyecto El proyecto de la sociedad Crocodylus S.A.S, tiene como objetivo adelantar actividades de zoocría comercial en ciclo cerrado con la especie Caiman crocodilus fuscus (Babilla), y a
Página 8 de 50 Objetivo del proyecto El proyecto de la sociedad Crocodylus S.A.S, tiene como objetivo adelantar actividades de zoocría comercial en ciclo cerrado con la especie Caiman crocodilus fuscus (Babilla), y a partir de sus crías, obtener pieles para su comercialización. Localización El zoocriadero Crocodylus, se encuentra ubicado en el Predio Santa Helena, en el municipio de Sabanalarga, en el departamento del Atlántico, en las coordenadas Este 4791852.415 y Norte 2734306.387 (Datum magna sirgas Origen Único Nacional). (Ver Figura 1. Localización del proyecto Zoocriadero de Crocodylus S.A.S., en el Concepto Técnico 4225 del 23 de abril de 2026. Fuente: SIG-AGIL, ANLA. Consultado el 23 de marzo de 2026). Infraestructura, Obras y Actividades De acuerdo con la revisión efectuada al expediente LAM6777-00 y la información recopilada en la visita realizada los días 1, 2 y 3 de diciembre de 2025 en el marco del Concepto Técnico de Cupos 11822 del 23 de diciembre de 2025 cuyos resultados fueron acogidos en el Auto 11894 del 30 de diciembre de 2025, se evidenció que la sociedad Zoocría Crocodylus S.A.S. no ha presentado novedades en la infraestructura destinada al proceso productivo. Infraestructura destinada al proceso productivo Coordenadas planas (Datum magna sirgas Origen
Único Nacional)No. Infraestructura y/u obras Este Norte 1 Incubadora 4791807.49 2734366.82 2 Neonatera 4791821.38 2734366.18 3 Anillos juveniles 4791835.40 2734368.53 4 Bloques 15 y 14 4791824.01 2734404.74 5 Bloques 10 – 21 4791910.07 2734227.85 6 Encierro de parentales 6 4791810.17 2734300.76 7 Encierro de parentales 5 4791858.68 2734221.75 8 Encierro de parentales 4 4791844.82 2734161.78
Fuente: Visita realizada los días 1, 2 y 3 de diciembre de 2025 en el marco del Concepto Técnico de Cupos 11822 del 23 de diciembre de 2025 cuyos resultados fueron acogidos en el Auto 11894 del 30 de diciembre de
2025. (Ver Figura 2. Infraestructura general del proyecto, en el Concepto Técnico 4225 del 23 de abril de 2026. Fuente: SIG-AGIL, ANLA. Consultado el 23 de marzo de 2026).Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 9 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 9 de 50 ESTADO DE AVANCE Programa de cría Caiman crocodilus fuscus (Babilla) El proyecto se encuentra actualmente en operación, por lo que viene desarrollando de manera regular la actividad de zoocría en cautiverio con la especie Caiman crocodius fuscus (Babilla). Origen y manejo del grupo parental
El proyecto se encuentra actualmente en operación, por lo que viene desarrollando de manera regular la actividad de zoocría en cautiverio con la especie Caiman crocodius fuscus (Babilla). Origen y manejo del grupo parental a. Trazabilidad de la procedencia legal del pie parental: la última descripción se presentó en el Concepto Técnico 11822 del 23 de diciembre de 2025, cuyos resultados fueron acogidos en el Auto 11894 del 30 de diciembre de 2025. Al momento de elaborar el Concepto Técnico1, la sociedad comercial Crocodylus S.A.S. no ha presentado novedades relacionadas con las características de la incubadora. Trazabilidad de las autorizaciones de conformación del pie parental de Babilla (Caiman crocodilus fuscus). N o. Acto Administrativ o Autorida d ambienta l Cantidad autorizada según Resolución Tipo de autorización y procedencia Cantidad autorizada acumulada 1 Resolución 190 de febrero de 1987
INDEREN
A 3.000 (1.500 hembras y 500 machos) Otorga un permiso de caza de fomento, sin embargo, pese a que se señala que es para 3.000 animales, la sumatoria de la cantidad de hembras y machos autorizados corresponde a 2.000 individuos (1.500 hembras y 500 machos). En el Artículo Tercero de la Resolución 287 del 23 de marzo de 1990, se especifica que fueron capturados 1.200 animales 3.000 (1.500 hembras y 500 machos) 2 Resolución 1341 del 23 de diciembre de 1994
INDEREN
especifica que fueron capturados 1.200 animales 3.000 (1.500 hembras y 500 machos) 2 Resolución 1341 del 23 de diciembre de 1994
INDEREN
A 1.000 (750 hembras y 250 machos) Autoriza la ampliación del grupo parental con 1.000 individuos sin especificar la procedencia, y estableciendo que el número total de parentales autorizados para ese momento era de 4.000 animales (3.000 hembras y 1.000 machos). 4.000 (3.000 hembras y 1.000 machos). 1 Concepto Técnico 4225 del 23 de abril de 2026.Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 10 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 10 de 50 N o. Acto Administrativ o Autorida d ambienta l Cantidad autorizada según Resolución Tipo de autorización y procedencia Cantidad autorizada acumulada 3 Resolución 506 del 21 de marzo de 1995
INDEREN
A 120 (90 hembras y 30 machos) Autoriza la ampliación del grupo parental con 120 individuos de la producción de 1989, estableciendo que el número total de parentales autorizados para ese momento era de 4.120 animales (3.090 hembras y 1.030 machos). 4.120 (3.090 hembras y 1.030 machos). 4 Resolución
que el número total de parentales autorizados para ese momento era de 4.120 animales (3.090 hembras y 1.030 machos). 4.120 (3.090 hembras y 1.030 machos). 4 Resolución 264 del 2 de diciembre de 2005 CRA 882 individuos (710 hembras y 172 machos) Autoriza la ampliación del grupo parental con animales de la producción de 2001. 4.165 (3.125 hembras y 1.040 machos) 5 Resolución 220 del 6 de diciembre de 2013 CRA 4.165 (3.125 hembras y 1.040 machos) Se autorizó el sacrificio de los 4.165 parentales y se cita en la parte considerativa, su reemplazo por la misma cantidad de individuos de la producción de 2009 del zoocriadero 4.165 (3.125 hembras y 1.040 machos). 6 Resolución 653 del 7 de mayo de 2018 ANLA 1.905 (1.532 hembras y 373 machos) Autorizó el reemplazo de 1.905 individuos (1.532 hembras y 373 machos) con individuos de la producción de 2011 del mismo zoocriadero, manteniendo una población parental total autorizada de 4.165 parentales con 3.125 hembras y 1.040 machos. 4.165 (3.125 hembras y 1040 machos)
Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental – ESARevisión documental LAM6777-00.
4.165 parentales con 3.125 hembras y 1.040 machos. 4.165 (3.125 hembras y 1040 machos)
Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental – ESARevisión documental LAM6777-00.
De acuerdo con la revisión efectuada al expediente LAM6777-00 y la información recopilada en la visita realizada los días 1, 2 y 3 de diciembre de 2025 en el marco del Concepto Técnico de Cupos 11822 del 23 de diciembre de 2025 cuyos fueron acogidos en el Auto 11894 del 30 de diciembre de 2025, se evidenció que la sociedad Zoocría Crocodylus S.A.S. no ha presentado novedades. b. Áreas de manejo de reproductores: para el manejo del grupo parental, el zoocriadero cuenta con siete (7) encierros construidos en tierra y con paredes perimetrales en malla, con cobertura vegetal y material para construcción de nidos, como se describe en la siguiente tabla: Encierros de manejo de parentales de Babilla (Caiman crocodilus fuscus).Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 11 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 11 de 50 Área de los encierros Cantidad de encierros Ancho (m) Largo (m) Área total (m2) Espejo de agua (m2) Características generales 4 Forma irregular Forma irregular 4.000 1.200 5 Forma irregular Forma irregular 5.000 1.200 6 Forma irregular Forma irregular 5.000 1.200
Características generales 4 Forma irregular Forma irregular 4.000 1.200 5 Forma irregular Forma irregular 5.000 1.200 6 Forma irregular Forma irregular 5.000 1.200 7 Forma irregular Forma irregular 8.000 2.500 8 Forma irregular Forma irregular 4.000 1.000 9 Forma irregular Forma irregular 5.000 1.200 10 Forma irregular Forma irregular 5.000 1.200 Estructura perimetral en pared en bloque y mortero de cemento de 1,5 m de alto y 1,2 m con malla galvanizada, cuenta con bigas de amarre de varilla y mortero de cemento; las puertas de ingreso a cada uno de los encierros son en tubo galvanizado y lámina de metal de parentales.
Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental – ESA, Datos en expediente LAM6777-00.
De acuerdo con la
revisión efectuada al expediente LAM6777-00 y la información recopilada en la visita realizada los días 1, 2 y 3 de diciembre de 2025 en el marco del Concepto Técnico de Cupos 11822 del 23 de diciembre de 2025 cuyos resultados fueron acogidos en el Auto 11894 del 30 de diciembre de 2025, se evidenció que la sociedad Zoocría Crocodylus S.A.S. no ha presentado novedades en el inventario de su pie parental. Inventario de individuos del grupo parental Identificación del encierro Cantidad de hembras por encierro Cantidad de machos por encierro Cantidad total 4 304 108 412 5 299 103 402Resolución No. 001667 Del 19 JUN. 2026 Hoja No. 12 de 50 “Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) correspondiente a la producción de 2024” Página 12 de 50 Identificación del encierro Cantidad de hembras por encierro Cantidad de machos por
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