ANLA - Resolución 001751 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001751 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001751 (26 JUN. 2026) Página 1 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones”
LA SUBDIRECTORA DE EVALUACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES
ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de las facultades legales establecidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024 de ANLA, y las Resoluciones 496 del 16 de abril de 2025 y 753 del 19 de junio del 2026 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y CONSIDERANDO: Que mediante la comunicación con radicación en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea – VITAL 0200083001629125002 y en la ANLA 20256201596702 del 19 de diciembre de 2025, la sociedad CONTROL PLUS S.A.S., identificada con el NIT 830.016.291-8, solicitó Licencia Ambiental para la actividad de “Importación del producto COMEFIN PLUS de uso en salud pública”; petición que surtió el siguiente:
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO
1. Verificación preliminar de documentos. El 29 de diciembre de 2025, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en adelante esta Autoridad Nacional, llevó a cabo la reunión virtual de socialización de resultados
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO
1. Verificación preliminar de documentos. El 29 de diciembre de 2025, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en adelante esta Autoridad Nacional, llevó a cabo la reunión virtual de socialización de resultados de la Verificación Preliminar de la Documentación VPD0281-00-2025, con la sociedad CONTROL PLUS S.A.S., la cual tuvo como resultado APROBADA por contar con la documentación necesaria en cumplimiento de los requisitos
establecidos en el artículo 2.2.2.3.6.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015.Resolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 2 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 2 de 49 2.Inicio de trámite. A través del Auto 76 del 09 de enero de 2026, esta Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de evaluación de la solicitud de Licencia Ambiental para el desarrollo de la actividad de “Importación del producto COMEFIN PLUS de uso en salud pública”. El citado acto administrativo fue notificado a la sociedad CONTROL PLUS S.A.S. por correo electrónico el 13 de enero de 2026 y comunicado el 14 del mismo mes y año, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Salud y Protección Social, al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y a la Procuraduría Delegada con funciones mixtas 3: para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios; quedando ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad Nacional el 14 de enero de 2026.
3. Visita. Teniendo en cuenta que la actividad solicitada no se circunscribe ni se
Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios; quedando ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad Nacional el 14 de enero de 2026.
3. Visita. Teniendo en cuenta que la actividad solicitada no se circunscribe ni se desarrolla en una localización geográfica puntual o específica dentro del territorio nacional, dada su naturaleza, se prescindió de realizar visita técnica.
4. Reunión de Información Adicional 1. El 19 de febrero de 2026, a través del aplicativo Microsoft Teams en la modalidad virtual, como consta en el Acta 04 del 19 de febrero de 2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad CONTROL PLUS S.A.S., para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria, en los temas relacionados con: identificación del plaguicida, descripción de actividades, evaluación ambiental, Plan de Manejo Ambiental, Plan de seguimiento y monitoreo, y Plan de contingencias, con el fin de continuar con el trámite de evaluación ambiental para establecer la viabilidad de la Licencia Ambiental. Las decisiones adoptadas en la referida reunión quedaron notificadas verbalmente, de conformidad con lo preceptuado en el inciso cuarto del numeral 2 del artículo 2.2.2.3.6.3. del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015.
5. Respuesta a requerimientos de información adicional. La sociedad CONTROL PLUS S.A.S., a través de la comunicación con radicado VITAL 3500083001629126001 y ANLA 20266200369902 del 20 de marzo de 2026, presentó respuesta a la información requerida en el Acta 04 del 19 de febrero de
2026.
6. Concepto técnico. El Equipo Evaluador Ambiental del Grupo de Evaluación de
presentó respuesta a la información requerida en el Acta 04 del 19 de febrero de 2026.
6. Concepto técnico. El Equipo Evaluador Ambiental del Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de esta Autoridad Nacional emitió el Concepto Técnico 6936 del 26 de junio de 2026, a través del cual se revisó y evaluó integralmente el Estudio de Impacto Ambiental, la respuesta a los requerimientos de información adicional presentada por la sociedad CONTROL 1 A través del oficio con radicación 20263000139751 del 11 de febrero de 2026, esta Autoridad Nacional convocó a la sociedad
CONTROL PLUS S.A.S., a Reunión de Información Adicional para el 19 de febrero de 2026.Resolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 3 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 3 de 49 PLUS S.A.S. y los demás documentos obrantes en el expediente LAV0064-002025.
7. Reunida información. En cumplimiento del numeral 5 del artículo 2.2.2.3.6.3 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, esta Autoridad Nacional, por medio del Auto 5644 del 26 de junio de 2026, declaró reunida la información para decidir sobre la solicitud de Licencia Ambiental presentada por la sociedad CONTROL PLUS S.A.S., en adelante la solicitante.
II. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de la Licencia Ambiental.
y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de la Licencia Ambiental. En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción general de la actividad, (b) Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional, (c) Consideraciones jurídicas de la Autoridad Nacional y (d) Consideraciones de la ANLA que motivan a otorgar o negar la Licencia Ambiental.
a) DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ACTIVIDAD.
Evaluada la información presentada para la Licencia Ambiental, el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 6936 del 26 de junio de 2026, donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…) ASPECTOS GENERALES DE LA ACTIVIDAD La solicitud corresponde a la obtención de la Licencia Ambiental para la actividad de importación del producto formulado COMEFIN PLUS, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, de uso en salud pública, para el control de insectos como gorgojo, carcoma, termitas o comején. A continuación, se describe el uso, blancos biológicos a tratar, dosis, forma de aplicación o empleo, composición y formuladores del producto COMEFIN PLUS, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, de acuerdo con la información y documentación presentada en el Estudio de Impacto Ambiental. PRODUCTO FORMULADO COMEFIN PLUSResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 4 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras
información y documentación presentada en el Estudio de Impacto Ambiental. PRODUCTO FORMULADO COMEFIN PLUSResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 4 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 4 de 49
NOMBRE
COMERCIAL COMEFIN PLUS
USO2 USO EN SALUD PÚBLICA (Insecticida para aplicación en madera en ambientes internos de instalaciones como edificaciones de áreas industriales, comerciales, fábricas, depósitos y bodegas donde se almacena madera, en lugares susceptibles de ataque, por las plagas a controlar, como son pisos, guardaescobas, cielos rasos, rodapiés y closets)
TIPO DE
FORMULACIÓN Concentrado Emulsionable - EC COMPOSICIÓN1 PERMETRINA: 384 g/L
USOS, BLANCOS
BIOLÓGICOS, DOSIS
Y FORMA DE
APLICACIÓN2
PLAGA DOSIS MÉTODO DE APLICACIÓN MODO DE EMPLEO 20 cm3/L Aspersión o brochado Mezcle 20 cm 3 de producto en agua o algún derivado del petróleo. Aplique la mezcla mediante aspersión o directamente a la madera a tratar. Se recomienda que los productos derivados de madera tengan una humedad inferior al 20 %, sin lacas u otras sustancias impermeabilizantes. Para una mayor protección, haga dos aplicaciones con intervalos de 4–6 horas. 10 cm3/L Inmersión Aplique a madera con humedad inferior al 20 % y sumérjala totalmente de 30 a 50 minutos. Posteriormente,
aplicaciones con intervalos de 4–6 horas. 10 cm3/L Inmersión Aplique a madera con humedad inferior al 20 % y sumérjala totalmente de 30 a 50 minutos. Posteriormente, deje secar las maderas en ambiente ventilado. El tanque de inmersión debe agitarse antes de sumergir las maderas y se recomienda mantenerlo cubierto para evitar la penetración de la luz solar y otras sustancias. El tanque de inmersión puede ser de cualquier material, a excepción de cobre o plástico. Maderas blandas: 5 - 15 minutos. Maderas duras y recias, dependiendo del grosor, entre 30 a 60 minutos. Maderas con diámetros mayores a 20 cm, dejar de 6 a 12 horas. Gorgojo, carcoma, termitas o comején 20 cm3/L Inyección Inyectar la mezcla de COMEFIN PLUS (varias inyecciones) por los orificios yResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 5 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 5 de 49 galerías que deje el insecto hasta el punto de saturación. FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN1 NANJING ESSENCE FINE-CHEMICAL CO., LTD., de China 1: Conforme al certificado de composición del producto formulado. 2: Según el proyecto de rotulado del producto formulado y el Estudio de Impacto Ambiental.
INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PERMETRINA
NOMBRE COMÚN (ISO) PERMETRINA
1: Conforme al certificado de composición del producto formulado. 2: Según el proyecto de rotulado del producto formulado y el Estudio de Impacto Ambiental. INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PERMETRINA NOMBRE COMÚN (ISO) PERMETRINA NOMBRE QUÍMICO (IUPAC) 3-phenoxybenzyl (1RS,3RS;1RS,3SR)-3-(2,2-dichlorovinyl)-2,2-dimethylcyclopropanecarboxylate
FÓRMULA EMPÍRICA C21H20Cl2O3
NÚMERO CAS 52645-53-1
GRUPO QUÍMICO Piretroide
GRADO DE PUREZA1 94,0% mín.
MODO Y MECANISMO DE ACCIÓN Actúa como una neurotoxina al despolarizar las membranas de las células nerviosas de los parásitos. Interrumpe la corriente del canal de sodio por el que se regula la repolarización de la membrana.
IMPUREZAS RELEVANTES1 No reporta
FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN1 NANJING ESSENCE FINE - CHEMICAL CO., LTD., de China 1: Conforme al certificado de análisis del ingrediente activo. (…)”. b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL Con el objeto de llevar a cabo la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental presentado por la sociedad CONTROL PLUS S.A.S., en adelante la solicitante, a fin de determinar la viabilidad de la Licencia Ambiental para la actividad de importación del producto COMEFIN PLUS, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, y de conformidad con los demás documentos presentados que obran en el expediente LAV0064-00-2025, el Grupo de Evaluación de Agroquímicos
del producto COMEFIN PLUS, a partir del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, y de conformidad con los demás documentos presentados que obran en el expediente LAV0064-00-2025, el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto Técnico 6936 del 26 de junio de 2026. En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…) EVALUACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación entregada en el Estudio de Impacto Ambiental para el producto formulado COMEFIN PLUS de uso en salud pública, con base en el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, se realizó con fundamentoResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 6 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 6 de 49 en los Términos de Referencia para la importación de plaguicidas químicos para uso doméstico, industrial y salud pública (MAVDT, 2010). Así mismo, teniendo en cuenta que la actividad objeto de estudio no se circunscribe ni se desarrolla en una localización geográfica puntual o específica dentro del territorio nacional, dada su naturaleza, es pertinente precisar que la evaluación ambiental realizada por esta Autoridad Nacional se efectuó bajo un enfoque de identificación y evaluación de riesgos ambientales, mas no de impactos ambientales, de conformidad con los Términos de Referencia mencionados. A continuación, se describe la información presentada por la solicitante para el
evaluación de riesgos ambientales, mas no de impactos ambientales, de conformidad con los Términos de Referencia mencionados. A continuación, se describe la información presentada por la solicitante para el ingrediente activo grado técnico, así como del producto formulado: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PERMETRINA Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido viscoso marrón amarillo a beige PUNTO DE FUSIÓN 34,5 °C PUNTO DE EBULLICIÓN 200 °C PRESIÓN DE VAPOR 7,0 x 10-6 Pa a 20 °C SOLUBILIDAD EN AGUA 0,011 mg/L a 20 °C COEFICIENTE DE PARTICIÓN nOCTANOL /AGUA Log Kow = 6,1 COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 5000 mL/g DT50 SUELOS 350 días DT50 AGUAS DT50 = 31 días por hidrólisisDT50 = 86 días por fotólisis Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Codorniz(Colinus virginianus) DL50 > 2000 mg/kg bw > 2000 mg/kg bw Prácticamente no tóxico
DIETARIA
Pato (Anas platyrhynchos) CL50 > 5200 mg/kg > 5000 mg/kg Prácticamente no tóxico Efectos sobre organismos acuáticos
ESPECIE TOXICIDAD AGUDA(mg/L) CRITERIOS(mg/L) CATEGORÍA Mojarra oreja azul (Lepomis macrochirus) CL50 = 0,00079 < 0,1 Extremadamente tóxico Pulga de agua (Daphnia magna) EC50 = 0,000039 < 0,1 Extremadamente tóxicoResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 7 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 7 de 49 Efectos sobre las abejas
TOXICIDAD ESPECIE
TOXICIDAD
AGUDA DL50 (µg/abeja) CRITERIOS (µg/abeja) CATEGORÍA ORAL Apis mellifera 0,13 < 2 Altamente tóxico CONTACTO Apis mellifera 0,024 < 2 Altamente tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDACL50 (mg/kg) CRITERIOS(mg/kg) CATEGORÍA ORAL Eisenia foetida 1440 > 100 Prácticamente no tóxico PRODUCTO FORMULADO COMEFIN PLUS Propiedades fisicoquímicas ESTADO FÍSICO Líquido amarillo o amarillo-marrón INFLAMABILIDAD No disponible EXPLOSIVIDAD No explosivo ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Se considera estable, tiempo de vida en estante, en envase original y a temperatura ambiente es de 2 años RESPUESTA A LOS REQUERIMIENTOS DEL ACTA 4 DEL 19 DE FEBRERO DE 2026 DE LA REUNIÓN DE INFORMACIÓN ADICIONAL Una vez revisada la documentación entregada en la solicitud de la Licencia Ambiental de la referencia, el Equipo Evaluador Ambiental consideró necesario requerir
2026 DE LA REUNIÓN DE INFORMACIÓN ADICIONAL Una vez revisada la documentación entregada en la solicitud de la Licencia Ambiental de la referencia, el Equipo Evaluador Ambiental consideró necesario requerir información adicional, cuyos resultados quedaron consignados en el Acta 4 del 19 de febrero de 2026. En atención a lo anterior, la solicitante, mediante comunicación con radicación VITAL 3500083001629126001 del 20 de marzo de 2026, presentó el Estudio de Impacto Ambiental ajustado en respuesta a los requerimientos efectuados por medio de la mencionada acta. Así pues, una vez evaluada la información y documentación anexada, el Equipo Evaluador Ambiental de esta Autoridad Nacional destaca lo siguiente, para lo cual indica de manera general lo que se requirió a través del Acta 4 del 19 de febrero de 2026:
IDENTIFICACIÓN DEL PLAGUICIDA
REQUERIMIENTO 1
El Equipo Evaluador Ambiental requirió para el ingrediente activo PERMETRINA indicar la fuente bibliográfica del valor reportado de solubilidad en agua, señalarResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 8 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 8 de 49 información de viscosidad e incluir el dato más restrictivo de toxicidad aguda para invertebrado acuático. Como respuesta al requerimiento, la solicitante reportó en el numeral 2.2.2.6. del Estudio de Impacto Ambiental que la solubilidad en agua del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA es 0,011 mg/L, precisando la respectiva fuente bibliográfica. Por otra parte, en el numeral 2.2.2.14 presentó información de viscosidad del
técnico PERMETRINA es 0,011 mg/L, precisando la respectiva fuente bibliográfica. Por otra parte, en el numeral 2.2.2.14 presentó información de viscosidad del ingrediente activo grado técnico. Adicionalmente, se reportó el valor más restrictivo registrado en fuentes internacionales de toxicidad aguda del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA para el invertebrado acuático Daphnia Magna, correspondiente a 0,000039 mg/L.
REQUERIMIENTO 2
El Equipo Evaluador Ambiental requirió complementar el ámbito de aplicación del producto formulado COMEFIN PLUS, especificando las instalaciones o materiales en los cuales se realizará la aplicación, de manera que se evidencie con claridad su utilización en el contexto de un uso en salud pública, y con base en esto efectuar los ajustes que correspondan en la Evaluación de Riesgo Ambiental. Como respuesta al requerimiento, la solicitante indicó en el Estudio de Impacto Ambiental y en el proyecto de rotulado del producto formulado COMEFIN PLUS que la recomendación de uso y ámbito de aplicación es para el control de insectos que atacan la madera en espacios interiores de instalaciones como edificaciones de áreas industriales, comerciales, fábricas, depósitos y bodegas donde se almacena madera, en lugares susceptibles de ataque por las plagas a controlar, como son pisos, guardaescobas, cielos rasos, rodapiés y closets. Razón por la cual, en la Evaluación de Riesgo Ambiental, la solicitante establece que, de acuerdo con el ámbito de aplicación del producto formulado, este no ingresará a componentes ambientales y no habrá exposición para las especies de aves, organismos acuáticos, abejas y lombrices de tierra.
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
de acuerdo con el ámbito de aplicación del producto formulado, este no ingresará a componentes ambientales y no habrá exposición para las especies de aves, organismos acuáticos, abejas y lombrices de tierra.
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
REQUERIMIENTO 3
El Equipo Evaluador Ambiental requirió retirar las referencias de uso agrícola del producto formulado en el Estudio de Impacto Ambiental. Como respuesta al requerimiento, la solicitante eliminó del Estudio de Impacto Ambiental, en el numeral 3.3.1, las referencias de uso agrícola del producto formulado COMEFIN PLUS “Métodos para el tratamiento y disposición de desechos”. EVALUACIÓN AMBIENTALResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 9 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 9 de 49
REQUERIMIENTO 4
El Equipo Evaluador Ambiental requirió ajustar y complementar la evaluación ambiental considerando el ámbito de aplicación definido para el producto formulado COMEFIN PLUS y los datos más restrictivos de propiedades físicas y químicas del ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, aplicables en los componentes ambientales y especies evaluadas. Como respuesta al requerimiento, la solicitante en el Estudio de Impacto Ambiental presentó la evaluación ambiental considerando el uso del producto formulado COMEFIN PLUS en espacios interiores de instalaciones como edificaciones de áreas industriales, comerciales, fábricas, depósitos y bodegas donde se almacena madera, en lugares susceptibles de ataque por las plagas a controlar, como son pisos, guardaescobas, cielos rasos, rodapiés y closets.
industriales, comerciales, fábricas, depósitos y bodegas donde se almacena madera, en lugares susceptibles de ataque por las plagas a controlar, como son pisos, guardaescobas, cielos rasos, rodapiés y closets. Con base en las condiciones de uso previstas, la solicitante estableció que, bajo este ámbito de aplicación, el producto no ingresará a componentes ambientales; no representa riesgo para las especies de aves, organismos acuáticos, abejas y lombrices de tierra al no presentarse exposición a estas especies y, en el desarrollo de la evaluación ambiental consideró los valores más restrictivos reportados en fuentes internacionales para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA, en relación con cada uno de los componentes ambientales y especies evaluadas.
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
REQUERIMIENTO 5
El Equipo Evaluador Ambiental requirió ajustar el Plan de Manejo Ambiental de acuerdo con los resultados obtenidos en la evaluación de riesgo ambiental. Como respuesta al requerimiento, la solicitante ajustó el Plan de Manejo Ambiental conforme a los resultados de la Evaluación de Riesgo Ambiental y presentó los programas denominados: programa de manejo de residuos y reducción de desechos y programa de capacitación usuario final - manejo de educación - información y atención de consultas - acompañamiento del producto.
REQUERIMIENTO 6
El Equipo Evaluador Ambiental requirió complementar el programa de manejo de residuos y reducción de desechos en el sentido de clasificar el programa dentro del medio abiótico, incluir metas, acciones a desarrollar e indicadores de seguimiento en relación con la adecuada gestión ambiental de residuos de equipos usados para la aplicación del producto formulado y de residuos líquidos generados por el uso del
medio abiótico, incluir metas, acciones a desarrollar e indicadores de seguimiento en relación con la adecuada gestión ambiental de residuos de equipos usados para la aplicación del producto formulado y de residuos líquidos generados por el uso del producto, e incluir un indicador de seguimiento asociado a la meta de mantener al mínimo el volumen de desechos tóxicos generados por vencimiento del producto. Como respuesta al requerimiento, la solicitante incluyó el programa de manejo de residuos y reducción de desechos en lo relacionado con el medio abiótico. Así mismo,Resolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 10 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 10 de 49 planteó una meta de recolectar y gestionar equipos usados y los desechos de la aplicación del producto junto con un indicador de seguimiento asociado a la efectividad de disposición de los residuos generados. Adicionalmente, formuló un indicador relacionado con la realización de auditorías al canal de distribución, dentro de las cuales se verificará el manejo de existencias caducas.
REQUERIMIENTO 7
El Equipo Evaluador Ambiental requirió complementar el programa de capacitación usuario final – manejo de educación - información y atención de consultasacompañamiento del producto, en el sentido de establecer metas, acciones a desarrollar e indicadores de seguimiento en relación con el objetivo planteado de atender las consultas relacionadas con el producto y la salud ambiental. Como respuesta al requerimiento, la solicitante planteó en el programa de capacitación usuario final - manejo de educación - información y atención de consultas - acompañamiento del producto, la meta de contar con un canal de información las 24
Como respuesta al requerimiento, la solicitante planteó en el programa de capacitación usuario final - manejo de educación - información y atención de consultas - acompañamiento del producto, la meta de contar con un canal de información las 24 horas, con el fin de suministrar información al usuario de medidas de protección necesarias para evitar riesgo al ambiente; así mismo incluye la respectiva acción a desarrollar e indicador de seguimiento en relación con esta meta.
PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO
REQUERIMIENTO 8
El Equipo Evaluador Ambiental requirió ajustar y entregar el Plan de Seguimiento y Monitoreo de acuerdo con las modificaciones realizadas al Plan de Manejo Ambiental. Como respuesta al requerimiento, la solicitante presentó el Plan de Seguimiento y Monitoreo, conforme a los resultados de la evaluación de riesgo ambiental y a las acciones propuestas en el Plan de Manejo Ambiental realizado.
PLAN DE CONTINGENCIA
REQUERIMIENTO 9
El Equipo Evaluador Ambiental requirió presentar el documento titulado Plan de contingencia, en el cual se involucren los procesos de la gestión del riesgo de conformidad con los lineamientos descritos en el Decreto 1081 del 2015, adicionado por el artículo 2.3.1.5.2.1.1 del Decreto 2157 de 2017 y el artículo 2.2.2.3.9.3 del Decreto 1076 de 2015. Como respuesta al requerimiento, la solicitante presentó el documento denominado “PLAN DE CONTINGENCIAS”, en el cual se desarrollan las etapas de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre. En el proceso de conocimiento del riesgo, se describe la información general de la
“PLAN DE CONTINGENCIAS”, en el cual se desarrollan las etapas de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre. En el proceso de conocimiento del riesgo, se describe la información general de la solicitante, se presenta el área de posible afectación y elementos expuestos en elResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 11 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 11 de 49 área de influencia del sitio de almacenamiento, así como el análisis de riesgos relacionado con las actividades de almacenamiento, cargue y descargue. En la reducción del riesgo, se definen las medidas necesarias para reducir y prevenir el riesgo (intervención correctiva, intervención prospectiva y protección financiera); y en el manejo del desastre, se incluye el Plan de Emergencias y Contingencias (PEC), en el que se determinan los controles y medidas a implementar para dar respuesta a una emergencia, así como también, la preparación ante escenarios de riesgo, siendo estructurado en plan estratégico, plan operativo, plan informativo y plan de inversiones. REQUERIMIENTO GENERAL El Equipo Evaluador Ambiental realizó un requerimiento general consistente en la presentación de los ajustes previamente citados en un nuevo documento. En respuesta, la solicitante presentó información acorde a los términos de referencia para la Importación de Plaguicidas Químicos para uso doméstico, industrial y salud pública (MAVDT, 2010), la cual es adecuada y suficiente para pronunciarse de fondo respecto de la solicitud de licencia ambiental. EVALUACIÓN AMBIENTAL PARA EL INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PERMETRINA La información y documentación anexa al Estudio de Impacto Ambiental para el
de la solicitud de licencia ambiental. EVALUACIÓN AMBIENTAL PARA EL INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO PERMETRINA La información y documentación anexa al Estudio de Impacto Ambiental para el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA presenta la evaluación ambiental para los compartimientos ambientales: suelos, aguas subterráneas y superficiales, aire, y los organismos: aves, acuáticos, abejas y lombriz de tierra, teniendo en cuenta el uso y método de aplicación del producto formulado COMEFIN PLUS. En el Estudio de Impacto Ambiental y en el proyecto de rotulado, se informa que el producto formulado COMEFIN PLUS será utilizado para el control de insectos que atacan la madera, mediante aplicación por aspersión o brochado, inmersión e inyección, actividades a realizar en espacios interiores de instalaciones como edificaciones de áreas industriales, comerciales, fábricas, depósitos y bodegas donde se almacena madera, en lugares susceptibles de ataque por las plagas a controlar, como son pisos, guardaescobas, cielos rasos, rodapiés y closets. De acuerdo con lo anterior, la solicitante, atendiendo lo dispuesto en el numeral 4.2.2.1 del procedimiento escalonado para la Evaluación de Riesgo Ambiental, establecido en los Términos de referencia para la importación de Plaguicidas Químicos para uso doméstico, industrial y salud pública (MAVDT, 2010), desarrolló la Fase I para un escenario de aplicación en espacios interiores. A continuación, se describen los resultados presentados en el Estudio de Impacto Ambiental: Evaluación de riesgo ambiental para suelosResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 12 de 49
A continuación, se describen los resultados presentados en el Estudio de Impacto Ambiental: Evaluación de riesgo ambiental para suelosResolución No. 001751 Del 26 JUN. 2026 Hoja No. 12 de 49 “Por la cual se decide una solicitud de Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones” Página 12 de 49 En el Estudio de Impacto Ambiental en suelos, la solicitante reportó que el ingrediente activo grado técnico PERMETRINA presenta una vida media de 350 días y un valor
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